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Inicio » Consultas » Obligaciones formales y sustanciales

Obligaciones formales y sustanciales

Publicado por Miguel Torres el 28 de octubre de 20094 comentarios

Una consulta, cuales son las obligaciones formales y sustanciales relacionadas al Artículo 69º.- PRESUNCIÓN DE VENTAS O COMPRAS OMITIDAS POR DIFERENCIA ENTRE LOS BIENES REGISTRADOS Y LOS INVENTARIOS…..

Respuesta

Tributariamente para efecto de la determinación de la deuda tributaria mediante la presentación del PDT o formulario físico existen dos obligaciones: Una Formal, cual es la presentación de la declaración jurada y otra sustancial, cual es la del pago del tributo.

De acuerdo al Código Tributario, los efectos de la aplicación de presunciones, salvo en aquellos casos en los que el procedimiento de presunción contenga una forma de imputación de ventas, ingresos o remuneraciones presuntas  que sea distinta, son los siguientes:

a) Para efecto del IGV e ISC , las ventas o ingresos determinados incrementarán las ventas o ingresos declarados, registrados o comprobados en cada uno de los meses comprendidos en el requerimiento en forma proporcional a las ventas o ingresos declarados o registrados. Esta omisión de ventas o ingresos no dará derecho a cómputo de crédito fiscal.

b) En el caso de percibir exclusivamente rentas de tercera categoría del Impuesto a la Renta, las ventas o ingresos determinados se considerarán como renta neta de tercera categoría del ejercicio a que corresponda.

c) La aplicación de las presunciones no tiene efectos para la determinación de los P/A/C del Impuesto a la Renta de tercera categoría.

d) Para el Régimen Especial del Impuesto  a la Renta, las ventas o ingresos determinados incrementarán, para la determinación del Impuesto a la Renta, del IGV e ISC, cuando corresponda, las ventas o ingresos declarados, registrados o comprobados en cada uno de los meses comprendidos en el requerimiento en forma proporcional a las ventas o ingresos declarados o registrados.

e) Para efecto del Nuevo RUS, se aplicarán las normas que regulan dicho régimen.

Temas: consulta, Obligaciones formales

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4 comentarios

  1. Milagros Lopez Ricse dice

    28 de octubre de 2012 a las 8:59 pm

    no es para mi tarea lo suficienet!

    Responder
  2. Miguel Torres dice

    28 de mayo de 2012 a las 6:36 pm

    Déjame tu correo para mandar los archivos … te lo envió en la noche ^^

    Responder
  3. Brendita Mirella dice

    28 de mayo de 2012 a las 4:30 am

    Hola… Soy estidiante de contabilidad. Estoy en el segundo ciclo y un docente dejo para averiguar que son. Ventas omitidas y que son presunciones. Por favor alguien que me ayude. Lo necesito para mañaana gracias

    Responder
  4. Lily Pily Vilcarromero Chichipe dice

    18 de noviembre de 2011 a las 7:58 pm

    Tengo dos opciones…seguir un pokito triste y resentida..o simplemente olvidarlo y dejar que las cosas caigan por su propio peso….no es facil…!!!

    Responder

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