• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
    • Excel Contable
    • Laboral
    • PLE
    • Sunat
  • Podcast
  • Revista
  • Talleres
    • Asistente Contable [Curso Gratuito]
    • Asistente de Planillas [Curso Gratuito]
    • Plan Contable Empresarial 2021
  • Estudio
  • Ingresar
Usted está aquí: Inicio / Consultas / Multa por Legalización de libros

Multa por Legalización de libros

Consultas - Publicado por Miguel Torres el 13 diciembre, 2009 103 comentarios

Una empresa inicio en marzo del 2009 actividades y a la fecha no ha legalizado sus libros contables, se encuentra en el régimen general, sus ventas mensuales promedio están en los 10,000. ¿Se debe pagar la multa por libro no legalizado y por llevar con atraso? por favor desearía saber cuál sería el monto a pagar de la multa y con que código debe pagarse, desearía saber para regularizar antes que la Sunat me pueda requerir los libros.

Respuesta

La multa se encuentra prevista en el numeral 5 del artículo 175º del Código Tributario: Llevar con atraso mayor al permitido los libros de contabilidad u otros libros o registros (…).

La multa equivale al 0.3% de los Ingresos Netos (es el resultado de acumular la información contenida en la casilla de rentas netas de la DJ Anual del ejercicio anterior).  Para los que recién inician operaciones la multa es del 40% de la UIT, ello de conformidad con el artículo 180º del Código Tributario. En su caso, como recién inicio operaciones en marzo de 2009, tendría que aplicar este supuesto.

De acuerdo al Régimen de Gradualidad (R.S 063-2007/SUNAT), se encuentra en el anexo I y establece que existe una rebaja del 90% en la medida que se subsane voluntariamente. La subsanación consiste en poner al día los libros  y pagar la multa.

El código de la multa para el pago a través de la Guía de pagos varios es: 6035 (no requiere tributo asociado).

De conformidad con la RTF Nº 5935-5-2006: “Se comete una sola infracción por la totalidad de libros o registros que no se hubieran legalizado, en tanto que el supuesto de hecho descrito en la norma que tipifica la infracción está referido en plural “los libros o registros”…… POR LO CUAL CORRESPONDE APLICAR UNA SÓLA MULTA POR TODOS LOS LIBROS.

Etiquetado con: contabilidad, libros, multa, Sunat

Artículos que te recomiendo:

  • Estados financieros ¿Qué son, definición y tipos?
  • Renta de Tercera Categoría
  • Contabilidad ¿Qué es, definición y concepto?
  • Estado de Flujo de Efectivo
  • ¿Qué es el IGV?
Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

¿TE GUSTÓ ESTE ARTÍCULO?

Comparto material exclusivo sólo con mis suscriptores.
Apúntate para recibirlo en tu email.

¡Me suscribo!


¿Qué te ha parecido este artículo?

Califica esto post

¿NO ENCUENTRAS LO QUE BUSCAS?

Puedes empezar revisando las categorías más visitadas del blog:

  • Excel
  • Laboral
  • PLE 5.2
  • Sunat

Interacciones con los lectores

103 comentarios

  1. Milagros dice

    26 enero, 2021 en 6:46 pm

    Tengo un cliente cuya actividad inició en 12/2016 de rég. General, en ese mes realizo una compra y nunca legalizó libros. El 01/01/2018 se acogió al RMT y solo en 12/2020 declaró compras y presentó libros electrónicos C Y V. Se que hay multa por no legalizar libros. Mi consulta es se debe regularizar con el libro Diario de FS desde el año 2016 a la fecha? porque 16 y 17 fue general.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 enero, 2021 en 3:33 pm

      Desde la fecha del 2016, el RG esta obligado a llevar el LDS.

  2. Luis dice

    4 enero, 2021 en 10:44 am

    Soy régimen RMT y suspendí mi negocio al cierre del 2018,he reiniciado actividades en enero del 2020, a partir del reinicio he optado por llevar libros electrónicos,siempre he declarado mes a mes mi RC y RV dentro del 2020 (ventas y compras serán 10mil),mi libro diario simplificado no lo he declarado de forma electrónica ni tengo hojas legalizadas, tendría alguna multa o solo regularizo?

    Accede para responder
  3. Katherine Saavedra dice

    10 diciembre, 2020 en 12:41 am

    Consulta si una empresa se inscribe en sunat en enero 2020 en regimen mype tributario y se estuvo declarando en cero,pero recien en noviembre del 2020 realiza compras, pero quiere llevar su libros electronicos , tendria alguna multa ?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      13 diciembre, 2020 en 3:40 pm

      Ninguna, solo declara tus libros.

  4. Yesenia dice

    31 octubre, 2020 en 12:44 pm

    Estoy en el MYPE tributario, empecé mi negocio Febrero 2020, decidí llevar libros electrónicos y no manual, tendría problemas?, pero solo presente registro de compras y ventas, aun puedo presentar el libro diario simplificado?, tendría multa por ello?
    Muchas gracias de antemano!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 noviembre, 2020 en 2:16 am

      Si, claro puedes subsanar y no tendrás multa.

  5. Bernardo Castilla Ruiz dice

    28 abril, 2020 en 4:15 am

    Hola miguel, estoy en el rus, la sunat me emitió una carta inductiva donde me dice que mis compras del enero a junio del 2019 superan los 8000 soles y que debo pasarme a otra categoría, que tipos de multas me corresponde y a que regimen debo acogerme si solo mis compras son mis diferencias, de enero a junio 2019, y mis ventas son iguales, que pasa con los libros contables si estoy en un régimen superior solo por mis compras.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 abril, 2020 en 9:58 am

      Lo mejor seria pasarte al RER, y tendrás que regularizar tus declaraciones mensuales y libros contables (compras y ventas).

  6. Lidia dice

    20 enero, 2020 en 11:00 am

    Buenos dias , una consulta mi empresa se acogió al ruc en 04- 2019 pero hasta la fecha no eh legalizado los libros, tambien eh estado emitiendo compras y ventas por todos los meses hasta la fecha. cual seria mi multa? y si tiene intereses y desde que fecha corre los intereses?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 enero, 2020 en 10:55 am

      Si tendrías multa, a la fecha de hoy sería 40% UIT, dado que no tienes ingresos del 2019 (salvo que hayas presentado la DJ Anual).

  7. Claudia dice

    6 enero, 2020 en 1:49 pm

    Buenas tardes,
    Me inscribí mi empresa en la sunat desde el 24 de julio del 2019 y vengo emitiendo facturas y haciendo compras y tambien declarando cada mes, pero las sumas de los ingresos no son cantiddes fuertes, el tema es que recien me entero que tengo que legalizar los libros. y lo haré mañana. cuanto de multa recibiré?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 enero, 2020 en 11:26 am

      En tu caso si es libro físico o computarizado, es 40% UIT con una rebaja del 90%.

  8. Nelly La Torre dice

    28 diciembre, 2019 en 5:38 pm

    Miguel, tus respuestas referente a Legalización de libros contable son muy didácticos e interesante.
    Agradezco mucho el tiempo para todos tus suscriptores.

    Saludos cordiales.
    NLT

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 enero, 2020 en 7:04 am

      Muchas gracias, bendiciones y feliz año.

  9. Mara dice

    4 julio, 2019 en 6:39 pm

    Miguel hola. Consulta: el libro permanente valorizado del 2015 no está impreso, no tengo hojas legalizadas. Ya calculé mi multa. Mi tema es por los intereses:
    es a partir de la fecha que legalice las hojas en la notaria?
    es por los días de atraso RS sunat 169-2015, en este caso seria desde 05.05.2015
    ayudame por favor.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 julio, 2019 en 9:16 pm

      Es por los días de atraso hasta la legalización.

  10. Jhonatan dice

    4 junio, 2019 en 5:33 pm

    Hola Miguel, se aplica intereses desde la fecha que legalizas los libros hasta la fecha que cancelas tu multa ?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 junio, 2019 en 10:56 pm

      Es correcto.

  11. Patricia dice

    21 mayo, 2019 en 5:42 am

    Buenos días una consulta tengo una revisión de Registro de venta y compra y en nos he legalizado fuera de fecha mi multa es el 0.3% verdad y me puedo acoger a la rebaja del 90%, y si es así lo pago después de que me revisen o se hace antes.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 mayo, 2019 en 9:19 pm

      Se hace antes de que te revisen.

  12. Nilda dice

    4 mayo, 2019 en 9:57 am

    Buenos Días, si la empresa inicio sus operaciones en 04/2016 como régimen general con todo legalizado de sus libros ( mayor, diario compras y ventas). pero en 01 /2017 se acogió a régimen Mype Tributario pero a la fecha 05/2019 recién se legalizo el libro diario simplificado que me faltaba. cual seria la multa?, espero sus comentarios. Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 mayo, 2019 en 10:31 am

      La multa es 0.3% IN, con un descuento del 90%.

  13. Gab dice

    19 marzo, 2019 en 2:58 pm

    Hola, si inicie operaciones en enero pero no emití ni recibí comprobante de pago y ahora en marzo legalizo mi libro, tengo multa? estoy en el Régimen Mype Tributario.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      19 marzo, 2019 en 10:46 pm

      La fecha maxima de legalización es 10 días.

  14. Orlando La Rosa dice

    6 enero, 2019 en 1:52 pm

    Hola, buenas tardes.
    Al Llevar registros contables en Excel tales como registro de compra y venta como haría para ligalizarlo? o no es necesario cuando es computarizado? la empresa está en el RER.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 enero, 2019 en 3:39 pm

      Si tienes que legalizar, en este caso hojas suelta en la notaria. Posteriormente imprimes tu excel en las hojas legalizadas.

  15. Marina dice

    27 junio, 2018 en 5:08 pm

    Hola miguel, una consulta si estoy en el regimen mype de oficio por sunat y me piden regularizar dd.jj. mensuales de periodos ene-mayo 2017 que los declare como rus ¿Tendría que pagar multa si recién regularizare en junio 2018? tampoco se ha legalizado libros ¿Que multa seria?
    gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 julio, 2018 en 7:44 pm

      No pagarias multa por las declaraciones, solo por tributo omitido de IGV o Renta + Intereses.

  16. Gisel dice

    19 abril, 2018 en 12:17 am

    Buenas noches, la empresa inicio sus actividades Abril 2015 y hasta la fecha no legalizó libros. Es regimen general EIRL . De cuanto seria la multa y que libros deberia llevar. De antemano gracias.

    Accede para responder
  17. Karina dice

    12 abril, 2018 en 1:24 pm

    Buenas tardes, que periodo se consigna para el pago de la multa por atraso de libros contables en la guia de pagos varios? la empresa inicio en julio 2017 y ahora en 04/2018 voy a regularizar … El código es 6035?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 mayo, 2018 en 12:35 pm

      Le colocaria el ultimo periodo, en tu caso 04/2018.

    • Paulo dice

      28 diciembre, 2018 en 8:38 am

      A ver, es el ultimo periodo en tu caso, si es Registro de compras y ventas, en el caso de Libro Diario y Mayor serian 3 meses de atrazo es decir en tu caso 01/2018

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:44 am

      Gracias por el comentario 🙂

  18. Katherine dice

    8 noviembre, 2017 en 11:57 am

    Hola Miguel, buen día, Mi consulta es: Inicié operaciones en mayo 2017 con regimen Mype, pero ya siendo noviembre no compré ni legalicé los libros de compra, venta y diario, solo tengo una factura de 100 soles por compra que ha sido declarada, no tengo emisiones por ventas, Pagaría una multa??

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 noviembre, 2017 en 2:36 am

      No, solo regulariza.

    • Jose dice

      24 noviembre, 2017 en 8:56 pm

      pero si es 40% de la UIT para los que no tienen ingresos en el año anterior, porque indicas que no hay multa, explicame por favor

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      25 noviembre, 2017 en 8:24 am

      porque el inicio como RMT, tiene un beneficios en el primer año.

  19. Lucho dice

    27 octubre, 2017 en 4:04 pm

    Hola amigo
    la empresa tiene sus libros legalizados en su oportunidad, pero su ruc aparece como contabilidad manual/computarizada.
    estoy obligado llevar solo 3 libros (<150 UIT), pero toda la contabilidad esta en un programa, puedo imprimir en hojas sueltas y no tener que escribir todo en libros?
    la empresa solo ha legalizado libros y no tiene ninguna hoja suelta legalizado.
    gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 octubre, 2017 en 12:24 am

      No puedes hacer eso, o bien llenas los libros manualmente o mandas a legalizar hojas impresa, que tendrías que pagar la multa.

  20. Angel dice

    30 septiembre, 2017 en 9:56 pm

    Buenas Noches;
    Una empresa MYPE inicia sus actividades el 01/07/2017 colocando en su ficha RUC sist. de Contabilidad manual el; 30/09/2017 decide cambiar a computarizado (sabiendo que a la fecha 30/09/2017 no legalizo sus libros contables) para legalizar las hojas el 02/10/2017
    Pregunta: dicha acción tiene multa??? y ¿de cuanto seria?

    Accede para responder
  21. Maritza dice

    28 septiembre, 2017 en 10:11 am

    Hola miguel una consulta la empresa se inscribió en la sunat 01/04/2014, pero no tuvo ingreso solo se declaro en 00 (en mes de julio del 2016 recién empieza facturar y la legalización de libro es en 03-09-2016, cuento debo pagar la multa.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      30 septiembre, 2017 en 8:26 pm

      Es 40% UIT, con un descuento del 90%.

  22. Evelyn Rodriguez dice

    23 septiembre, 2017 en 1:44 am

    Un empresa recién constituida de ss. D intermediación laboral puede destacar personal de mantenimiento y reparación y pagarles con recibos x honorarios?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 septiembre, 2017 en 8:57 am

      No se puede hacer eso.

  23. Alicia dice

    31 julio, 2017 en 4:49 pm

    Si la empresa inicio sus actividades en agosto del 2016 (pero no tuvo ingresos y solo declaro en 0).Recién en Febrero comenzó a vender; no tiene libros contables a la fecha, recién los va a comprar y legalizar .¿Cuanto de multa debe pagar por no contar con libros contables ni legalizarlos?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      11 agosto, 2017 en 11:17 pm

      La multa es 40% UIT con una rebaja del 90%.

    • Rosa dice

      5 septiembre, 2017 en 12:54 pm

      Hola, una consulta, cuanto de atraso se puede en el registro de compra y venta manual, y cuanto seria la multa si es fuera de plazo.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      15 septiembre, 2017 en 9:38 am

      El atraso son 10 días, por ejemplo Marzo 2017, puede estar con atraso hasta los 10 primeros días de Abril 2017. La multa 03% IN, descuento 90%.

  24. Carmen Natalia dice

    22 mayo, 2017 en 6:15 pm

    Una consulta si una empresa esta acogida al régimen de la amazonia y se constituyo el 16 de Enero del 2017, que libros esta obligada a llevar?, a la fecha no tiene libros contables pero en enero se declaro en cero la multa seria aplicada por cada mes de atraso desde febrero hasta mayo? Agradezco mucho su respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 mayo, 2017 en 12:48 am

      Los 3 libros básicos: compras, ventas y libro diario simplificado.

  25. Marlene Vasquez dice

    30 noviembre, 2016 en 11:14 am

    Hola buen día, mi consulta es la siguiente se tendría que aplicar intereses por no legalizar a la fecha?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 diciembre, 2016 en 1:36 am

      Si a la multa si tendrías que aplicar intereses.

  26. Franko dice

    25 octubre, 2016 en 1:15 pm

    Hola gracias por la respuesta , una empresa se constituyo con domicilio fiscal en la ciudad de Tacna, por lo cual se legalizó los libros contables , ahora por motivos la empresa desea cambiar su domicilio fiscal a la ciudad de lima, es posible? Si cambio mi domicilio fiscal de tacna a lima , mis libros contables todavía tendrán validez o hay que volver a legalizar uno nuevo en lima? saludos .

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 octubre, 2016 en 1:09 am

      Si puedes cambiar el domicilio fiscal, no tienes que cambiar los libros contables, siguen siendo validos.

  27. Liliana dice

    22 septiembre, 2016 en 1:13 pm

    Consulta nos olvidamos de legalizar las hojas del año 2015 y para no tener problemas llevamos las hojas a la notaria el 02/08/2016 y el mismo día se pago la Multa por la infraccion. El problema es que en la Notaria se demoraron en legalizar las hojas y por ello los libros salieron con Fecha de Legalización el 12/09/2016.
    Tendría algún problema con la SUNAT por lo ocurrido??
    Gracias,

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 septiembre, 2016 en 4:20 pm

      Lo que podrías hacer es pagar intereses por los días que paso, toma el pago como un acuenta de la multa, y luego lo saldas a las fecha de legalización.

  28. Tania dice

    10 agosto, 2015 en 3:16 pm

    Hola Miguel, mi empresa tenía la obligación de llevar libros electrónicos entre ellos diario y caja desde junio-2013, sin embargo a la fecha solo presentamos compras y ventas y los demás libros seguimos llevando en forma manual, nos llegó un requerimiento de sunat solicitándonos todo los libros, mi preguntas es¿ahora puedo presentar los libros electrónicos ple desde donde tenia que hacerlo y estaría incurriendo en la infracción 175 num. 3 por no llevar de la forma correcta y acogerme a subsanación voluntaria con el 100% de rebaja?, o que tipo de infracción estaría incurriendo, que me recomiendas hacer,presentar como lo tengo y esperar lo que me diga sunat o me anticipo,por favor espero tu respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      10 agosto, 2015 en 10:04 pm

      La sanción es el numeral 3 del artículo 175 del código tributario, la gradualidad es el 90%.

  29. Lisette dice

    6 agosto, 2015 en 10:29 am

    Estimado Miguel tengo una cosulta, la Empresa inicia el 2010 (Regimen General) los libros de compras y ventas fuero manuales hasta el 2013 que se terminó el libro, para el año 2014, recien hemos legalizado con fecha Agosto 2015 , sé que tenemos una multa x legalizacion extemporanea, mi pregunta es para empezar a Imprimir Enero 2014, con que fecha lo debo de hacer, porque sé que deberian ser dentro de los 5 primeros dias del sgte. mes (lo recomendable) , pero en este caso x la legalización a destiempo varia en algo la fecha de impreción o no?

    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 agosto, 2015 en 10:10 pm

      No varia en nada, lo recomendable es que siga manual.

  30. Mary dice

    20 julio, 2015 en 9:10 pm

    Hola, la empresa en que trabajo, paso al régimen general el 2012, la contadora hizo comprar hojas para los libros contables y dijo que los iba a legalizar para su llenado, resulta que nos llegó la notificación para presentar todos los libros del año 2014 y no hay ningún libro legalizado ni mucho menos llenado. Ahora ella propone solo legalizar los libros solo para el año 2014 para la presentación a SUNAT, eso es válido?? y como queda el 2012 y 2013. Lo único que ella realizó son las declaraciones mensuales y anuales. Gracias por tu respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 julio, 2015 en 11:45 pm

      No es correcto, debe legalizar todo los periodos, pueden denunciarla al colegio de contadores (área de ética), para suspenderla su colegiatura en caso de negarse.

  31. Karina dice

    20 julio, 2015 en 5:35 pm

    Señor Miguel, no entiendo, quiere decir antes de que me envien la citación o antes de ir a la citación , puedo acogerme a este descuento, o en los dos casos, gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 julio, 2015 en 12:17 am

      Es correcto, en la misma esquela debe mencionar que puedes acogerte al régimen de gradualidad.

  32. Karina dice

    14 julio, 2015 en 12:58 pm

    Hola, una persona natural con negocioy y comence a facturar en octubre del 2008 y despues en enero del 2009 legalice mis libros pero no los he llenado y ahora me ha llegado una citacion para llevar mis libors , que puedo hacer para no pagar multas excesivas, antes de ir a la citación puedo pagar la multa para tener alguna rebaja y como se llamaria este tipo de multa. o cuando uno tiene la citación ya no puedes acogerte a este descuento por favor respondeme pronto.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      19 julio, 2015 en 11:11 pm

      Es correcto antes de la citación puedes acogerte al 90% del descuento.

  33. Lidia dice

    8 julio, 2015 en 3:33 pm

    Antes, un cordial saludo, una persona natural con negocio ha legaliza sus libros dentro del plazo establecido, sin embargo no se han estado registrado a tiempo, ejm, se legalizo el 2012, no se registro por mucho tiempo, pero da el caso que para el 2014 se ha empezado a registrar y nos falto hojas, asi que mandamos a legalizar el 2do libros, se legalizo en junio 2014, pero faltaba registrar desde enero 2014, ahi tendría dos multas???, una por la legalización extemporánea y otra, el registro fuera de plazo?? gracias por su respuestas.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 julio, 2015 en 12:39 am

      Solo es una multa por legalización extemporánea, 0.3% IN del ejercicio anterior.

  34. Nicol dice

    17 mayo, 2015 en 10:16 pm

    Hola .mi consulta es:cuanto tiempo debe tener de atraso los libros contables electrónicos???

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 julio, 2015 en 12:03 am

      Existen cronogramas para el caso de los libros electrónicos, te recomiendo revisar la resolución sunat 018-2015.

  35. Luis dice

    15 mayo, 2015 en 12:10 am

    Antes que nada gracias por tu respuesta. Comencé a tener factura desde mayo del 2013, antes tuve RH pero con poco montos que no era necesario declarar. Tuve compras en mayo y junio de ese año (2013) y recién legalicé mis libros de compra y venta el 16 de julio del mismo año 2013. Al legalizar estaba vacío el libro, osea no había anotado las compras pero sí había declarado en el PDT, osea me generó un saldo a favor.
    Desde el comienzo no generé ingresos, hasta despues de casi 2 años, osea en abril del 2015 recién generé solo 1,500 soles + IGV. Antes declaré 0 todos los meses, pero ya me toca declarar lo del mes de abril y tengo ese Saldo a Favor y no se si lo puedo usar o no?. Aparte cual sería la multa a pagar voluntariamante por atraso en legalizar el libro y cuantos son los intereses por cada mes?…

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      15 mayo, 2015 en 1:27 pm

      Hola luis, si puedes usar el saldo a favor si lo has estado registrando en todas tus declaraciones ( … enero, febrero, marzo ), por lo tanto el saldo que jalabas en las declaraciones anteriores lo puedes usar para abril. Solo la legalización de libros te dejo un link: (ver enlace)

  36. Danielo dice

    30 abril, 2015 en 10:06 am

    soy persona natural, daba rrhh pero las empresas me piden factura por servicios, y mis ingresos no pasan de 1500 soles, debo legalizar mis libros y abrir una cuenta bancaria para mis movimientos o puedo usar mi cuenta de ahorros?
    gracias por sus comentarios.
    muy buena página.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      30 abril, 2015 en 10:08 am

      Bueno mientras el importe de tus facturas que vas a emitir no supere los S/. 3,500 soles o $ 1,000 dólares puedes usar tu cuenta de ahorros.

  37. Yenny dice

    20 mayo, 2014 en 9:40 am

    Hola, la actividad de mi empresa ha comenzado en 09-2012 hasta el momento no he legalizado mis libros, estoy régimen especial por lo tanto creo que solo me toca llevar compra y venta verdad? Quisiera saber cuánto es la multa y de acuerdo a que a mi ingreso o a UIT.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:58 am

      Es correcto, solo estas obligada a llevar dos libros contables, la multa será el 0.3% de IN del 2013.

  38. Edinson German Segarra Flores dice

    16 mayo, 2014 en 1:12 pm

    Tengo atrasado el pago de mi rus de 20 soles desde finales del gobierno de alan garcia hasta la fecha y no he trabajado en mi negocio de confecciones hasta ahora y eso creo que la sunat no me lo va ha creer ,y toda toda esa deuda es de todos los meses hasta ahora ,¿ podre refinansiar esa deuda con facilidades de pago ante la sunat por que estoy pensando en abrir mi negocio de confecciones ahora .? y sobre que multa es la que ya me la impusieron . y que pasos es lo que debo de hacer para otra ves reabrir mi negocio ahora .

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:59 am

      Puedes fraccionar tus multas para una mejor manera de pago.

  39. Nancy dice

    5 mayo, 2014 en 5:08 pm

    Es necesario comunicar a la sunat que se me extravió un libro contable? Con toda las formalidades que indica y que consecuencias me traería si no informo dentro de los 15 días. Y con que numero de libro tendría que hacerlo legalizar? Gracias por su atención

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:59 am

      Es correcto, hay que informar a SUNAT, 15 idas como máximo de luego de haber sucedido.

  40. Kathia Guerrero dice

    2 mayo, 2014 en 5:09 pm

    Mi caso es similar tengo una empresa que se encuentra en regimen especial, iniciamos funciones(con sunat) en el año 2010 (noviembre), pero hasta la fecha no hemos legalizado los libros, mis ingresos aprox mensuales es de 20000 soles, ¿Cuánto seria la multa?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:00 pm

      La multa es 0.3% de los ingresos netos anuales, con una gradualidad del 90%

  41. Betty dice

    26 febrero, 2014 en 10:12 am

    Buenos días.
    Estuve leyendo el artículo y quería preguntar rápidamente sobre mi caso. Mi empresa comenzó operaciones en junio del 2013 y no hemos sacado libres contables. ?En mi caso que se aplicaría? mis ingresos no han superado ni siquiera los 5 mil soles, ha sido baja mi facturación desde esa fecha, por eso quería saber que caso se aplicaría a mi empresa.

    Agradezco infinitamente a alguien que me pudiera responder
    GRACIAS!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:06 pm

      Primero que nada, legaliza tus libros contables y llénalos, ya tienes una infracción por legalización extemporánea

  42. Rocio dice

    28 noviembre, 2012 en 6:01 pm

    Una consulta, tengo mi ruc como persona natural, y el contador ha desaparecido, y no tengo como recuperrar mis libros como puedo hacer..
    gracias por su respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:05 pm

      Pon una denuncia por perdida de libros, y vuelves a comprarlos y llenarlos.

  43. Isabel dice

    30 octubre, 2012 en 10:59 pm

    Hola por favor, ayudenme. Afines de agosto 2012, saque recibo por honorarios, ese mismo mes gire recibos.Ahora este mes recien compre el libro de ingresos, fui a la SUNAT y me dijeron que tenia que pagar una  multa de S/146.00. Que hay de cierto en cuanto a esta situación ?. Espero sus comentarios  

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:05 pm

      Es correcto, pero normalmente ese libro no muchos lo llevan, pero si es obligatorio que los lleves.

  44. Javier dice

    1 agosto, 2012 en 7:45 pm

    Me gusta su web, felicitaciones.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:04 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  45. Guissela Evelyn Huaman Victoria dice

    26 julio, 2012 en 4:35 pm

    Gracias por la información.

    Accede para responder
  46. Margarita dice

    23 marzo, 2012 en 7:54 am

    Estoy en el regimen general inicie mis actividades en Julio 2010, legalice los registros de compras, ventas y el diario simplificado ese mismo mes y año, quiero saber que monto debo pasar en el periodo 2011 para legalizar los demás libros (caja bancos, diario, mayor, inv. y bal., etc.), si en caso pase de ese monto hasta cuando era el plazo para legalizar los libros, y si aun no los legalice a la fecha, quiero saber si hay multa y cuanto es, si es por cada libro o en conjunto.
     

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:08 pm

      Para que lleves todos esos libros, se denomina que llevas contabilidad completa, para ello debes superar 150 UIT (S/.540.000) en ventas anuales.

  47. Janett dice

    14 marzo, 2012 en 6:52 am

    En la boleta de pago hay que consignar periodo o simplemente se presenta esa parte en blanco.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 12:03 pm

      El boleta de guía pago varios, si tienes que consignar el periodo tributario.

  48. Rosa dice

    6 febrero, 2012 en 5:17 pm

    Una consulta
    Soy persona natural con negocio, me acogi al Regimen especial el 12 de Enero 2012 ya tuve una compra y me emitieron una factura el 16 de enero 2012 pero me llego el 30 de enero y recien el 06 de febrero legalice mis libros de registro de compras y ventas, me corresponde una multa de cuanto ?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:54 am

      Se inscribió en el RER y se afecto a renta de tercera categoría RER el 12/01/2012, entonces el plazo máximo para legalizar su registro de compras y ventas es hasta el décimo día hábil del mes de febrero 2012. Por ende no hay multa.

  49. Kiara dice

    20 octubre, 2011 en 3:09 pm

    Buenas tardes,
    Si una empresa de regimen general inicia sus operaciones en setiembre pero hasta la fecha no legaliza los libros, cual es la multa que se le afecta

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 diciembre, 2018 en 11:51 am

      Si a la fecha de hoy (2012) se le detecta que no está llevando libros. La multa asciende a 0.6 % de los ingresos netos de ejercicio anterior (2011).

      Si a la fecha de detección aun no se hubiera presentado la DJ anual del ejercicio 2011 y por consiguiente no se han declarado los ingresos del año anterior, entonces se aplicará la multa del 40 % de la UIT.

  50. Edy dice

    20 mayo, 2011 en 11:55 am

    Tiempo de atraso de los libros contables.

    Accede para responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Para poder publicar un comentario tienes que ser suscriptor Apúntate aquí o Inicia sesión.

Barra lateral primaria

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

ACERCA DE MIGUEL

Miguel Torres Chauca Miguel Torres, CEO de Noticiero Contable, es un apasionado de la tecnología online, es contador, profesor en escuelas de negocio y universidades , speaker nacional y consultor de temas tributarios para empresas. Leer Más...

LEE MÁS CONTENIDO

  • Asientos Contables
  • Comprobantes Electrónicos
  • Macros Excel Contable
  • Beneficios Laborales
  • Libros Electrónicos
  • Temática Tributaria

REVISTA MISHA – OCTUBRE 2020

Revista Contable Misha Octubre 2020

PODCAST DE CONTABILIDAD

Contador Independiente
Curso Virtual PLE 2021
Curso Virtual Beneficios Laborales 2021

© 2014–2021 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Facebook
  • Instagram
  • Twitter
  • Contacto