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Un jubilado puede volver a trabajar

Laboral, Notas - Publicado por Miguel Torres el 22 julio, 2019 70 comentarios

Miguel, ¿Un jubilado puede volver a trabajar o lo puedo contratar con recibos por honorarios?

Por su puesto que puede volver a trabajar y debería estar en planilla si cumple los requisitos de un trabajador dependiente.

Adicionalmente, el jubilado gozara de todos los beneficios laborales como gratificaciones legales, vacaciones y CTS.

Por otra parte, dependiendo del sistema de pensiones se realizarán los aportes al seguro y retenciones del régimen pensionario.

Jubilado en Planilla

Para dar de alta a un jubilado en planilla, lo primero que debemos hacer es darle de alta en el T-Registro.

En el T-Registro colocaremos el tipo de pensionista y régimen pensionario.

Pensionista T-Registro

Pensionista del AFP

En el supuesto de un pensionista del AFP, el empleador tendrá que realizar el aporte del Essalud.

Por otra parte, no se realizará retención de aporte de AFP.

Miguel ¿Se realiza retención de quinta categoría a un jubilado?

Por su puesto que SI. Se debe realizar la retención de quinta categoría por los ingresos percibidos.

Pensionista del ONP

En el caso de contratar un pensionista de la ONP las implicancias son distintas al del AFP.

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Por otra parte, el pensionista tendrá que evaluar si sus ingresos (pensión + planilla) superan el 50% UIT.

Análisis de la Empresa

La empresa que contrata a un pensionista de la ONP, debe realizar el aporte del Essalud, adicionalmente también debe realizar la retención del ONP.

Recordemos un punto importante, cuando un pensionista recibe su pensión lo hace con un descuento del 4% por concepto de Essalud.

Por lo tanto, abra una doble aportación de Essalud, por una parte, el 4% de la pensión del jubilado, más el 9% de la remuneración percibida.

Miguel, ¿Por qué a un pensionista se le descuenta la pensión, este monto incrementara la pensión del jubilado?

No, el descuento que se realiza al pensionista ingresara para las arcas del ONP.

Análisis del Pensionista

En primer lugar, una aclaración muy importante, analizaremos la parte legal para los pensionistas de la Ley 19990.

Revisemos el artículo 1° de la Ley 28678 donde menciona:

El Pensionista que se reincorpore a la actividad laboral como trabajador dependiente o independiente elegirá entre la remuneración o retribución que perciba por sus servicios prestados o su pensión generada por el Sistema Nacional de Pensiones …

Por lo tanto, el pensionista que desea volver a laboral sea como dependiente o independiente tendrá que elegir entre su pensión (lo que recibe mensualmente) o los ingresos que obtenga nuevamente como trabajador.

Miguel ¿También aplica para los recibos por honorarios?

Es correcto, es por ello, que es aconsejable que un pensionista del ONP tenga mucho cuidado a la hora de emitir recibos por honorarios.

Por otra parte, el presente artículo menciona una excepción:

… Excepcionalmente, el pensionista trabajador podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración o retribución, cuando la suma de estos conceptos no supere el cincuenta por ciento (50%) de la UIT vigente …

Mientas los ingresos del pensionista, sumado los ingresos como trabajador dependiente o independiente no supere el 50% UIT vigente, podrá percibir ambos ingresos.

Si lo antes mencionado no se cumpliera, tendría que solicitar la suspensión de su pensión.

Miguel ¿Qué pasa si el pensionista percibe ingresos superiores al 50% UIT u no suspende su pensión?

Mientras el ONP no te detecte, no pasara nada, pero cuando lo haga, notificara al pensionista con la suspensión de su pensión por una cantidad de meses que supero el límite.

Jubilado que vuelve a trabajar

Jubilado que vuelve a trabajar

Conclusión

  1. Un jubilado puede volver a trabajar nuevamente, la incidencia de sus aportes y retención dependerá del sistema de pensiones del pensionista.

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el CURSO VIRTUAL: "CALCULO DE BENEFICIOS LABORALES 2021", donde analizaremos como calcular los principales beneficios laborales: gratificación, vacaciones y CTS, si deseas más información, te dejo este link: >> Curso Virtual Beneficios Laborales 2021 <<

Etiquetado con: onp, pension

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70 comentarios

  1. alfredo dice

    28 enero, 2021 en 8:02 pm

    hola miguel queria hacer una consulta, soy pensionista por discapacidad y se me da una pension pauperrima de lo cual se me descuenta essalud , paralelamente tambien trabajo en planilla y se me decuenta essalud, se tiene que aportar de las dos entidades o una de los dos se me hara devolucion’.

    Accede para responder
  2. GEOVANNA dice

    27 enero, 2021 en 4:00 pm

    una persona de mas de 70 años que nunca aporto a la afp u onp, se le debe afiliar a algun regimen pensionario, ademas esta persona es extranjera, pero ya tiene carnet de extranjeria…agradezco de antemano tu respuesta.

    Accede para responder
  3. Shirley Bautista dice

    25 enero, 2021 en 2:08 pm

    Muchas gracias por compartir tus conocimientos Miguel. Una pregunta, ¿si tengo un trabajador pensionista de la 20530, debo hacerle el descuento de AFP?. Gracias por tu respuesta.

    Accede para responder
  4. Shirley Bautista dice

    25 enero, 2021 en 2:00 pm

    Muchas gracias por compartir tus conocimientos Miguel. Una pregunta, ¿si tengo un trabajador pensionista de la 20530, debo hacerle el descuento de AFP?

    Accede para responder
  5. Juan Vargas dice

    31 diciembre, 2020 en 8:19 am

    Estimado, un trabajador retiro el 95.5% de sus fondos. Ya se mando carta AFP para que no seguir aportando, al entrar en TRegistro pestaña pensionista, me sale que solo ONP AFP etc pueden utilizarlo, igual tengo que registrarlo en esa pestaña o eso lo hace la AFP?
    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      30 marzo, 2021 en 10:33 am

      Te recomiendo probarlo en el AFPNET si le sigue cobrando. Si el AFP ya no realiza la retención lo actualizas en el T-Registro.

  6. Abelardo dice

    23 diciembre, 2020 en 7:53 pm

    Miguel, mi padre es jubilado 19990, posterior trabajo dependiente 4 años y le descontaron para una AFP, lo han llamado de su AFP para retirar fondos de esos 4 años pero le recomendaron no lo haga porque EESALUD puede suspenderle su pensión, es cierto eso, si es asi que puedes hacer, gracias de antemano por tu respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 diciembre, 2020 en 8:12 pm

      Es correcto, porque si tu padre gano mas del 50& UIT le suspenderán la pensión todos los meses que supere el límite (pensión + sueldo de dependiente).

  7. Margarita dice

    14 julio, 2020 en 12:23 am

    Miguel una trabajador realiza el retiro del 95% de su aportación al AFP en el cual va gozar del seguro de Essalud, puede regresar a trabajar para la misma empresa estar en plla o con recibos de honorarios? y el empleador está obligado aportar el 9% de Essalud?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 julio, 2020 en 3:09 pm

      Si esta en planilla, debe aportar el EsSalud.

  8. Herbert dice

    6 abril, 2020 en 12:03 pm

    Miguel
    Soy pensionista pero me falto 6 meses para tener una pensión completa, pero ingrese a trabajar pidiendo suspensión de mi pension, estoy trabajando ya casi 7 años y me siguen descontando de la ONP, ahora me darán mi pensión completa ya que supere grandemente mi tiempo de aportación ?
    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 abril, 2020 en 1:55 am

      No es posible.

  9. Luis Aguilar dice

    30 marzo, 2020 en 10:35 am

    Estimado Miguel en julio el pensionista percibe pensión y gratificación de ONP y por su nuevo empleo recibe sueldo y gratificación , Se computan las gratificaciones para el cálculo de no superar la media UIT? o no se consideran las gratifiaciones?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      1 abril, 2020 en 12:31 am

      No es el sueldo que ganará mensualmente.

  10. Espinoza Escobar Javier Hildebrando dice

    1 marzo, 2020 en 11:01 pm

    Hola Miguel. ¿Las mismas reglas aplican en el caso el jubilado contratado trabaje para una MYPE?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 marzo, 2020 en 9:29 am

      Es correcto, aplica lo mismo.

  11. Eliza dice

    25 febrero, 2020 en 11:55 am

    Hola Miguel
    Si hace 10 años que no aporto a la AFP, ni aportare porque trabajo de manera independiente sin emitir recibo honorario, tengo 48 años . Puedo solicitar la devolución total o parcial de mis aportaciones debido a que mi saldo es insuficiente para jubilarme, y en que momento puedo solicitarlo?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 febrero, 2020 en 10:38 am

      Hay mecanismos para retirar parte del fondo, como créditos hipotecarios, te recomiendo ir a una oficina de AFP.

  12. Bertha dice

    18 febrero, 2020 en 12:43 pm

    Hola Miguel consulta, percibo 500 soles x jubilación, y en planilla el sueldo será 1800 bruto con los descuentos debo recibir algo de 1620.
    Para no superar el 50 por ciento entre mi jubilación y remuneración se considera el sueldo bruto o el neto? Porque si fuera con el neto no superaría el 50 porciento de la uit
    Geacias por la respuesta

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      18 febrero, 2020 en 8:35 pm

      Se considera el sueldo bruto.

  13. Cesar dice

    31 enero, 2020 en 12:02 pm

    Para un policía en retiro que cobra pensión de la caja policial y va trabajar en una empresa privada, deberán descontarle la ONP O LA AFP.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 febrero, 2020 en 10:28 am

      Ninguno de los dos, no se descuenta nada.

  14. Maria dice

    23 enero, 2020 en 3:24 pm

    Si gano por pensión 900 y trabajo independiente 500 me afectaría ,tendría que dejar mi pensión para seguir con mi trabajo independiente

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 enero, 2020 en 4:56 am

      Puede seguir con ambas remuneraciones.

  15. Jorge Ruiz dice

    13 enero, 2020 en 4:15 pm

    Buenas tardes, Miguel, una pregunta que no vi en los comentarios es, como debe salir la boleta de pago del trabajador jubilado que esta en planilla, digamos que se jubilo en afp, debería decir que es jubilado, debe llevar algún dato que lo distinga de un trabajador regular. Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 enero, 2020 en 10:47 am

      Muy fácil, el mismo PLAME te va arrojar un modelo, puedes copiarlo o agregar más datos (pero no quitarlos).

  16. Wilfredo JG dice

    6 enero, 2020 en 3:16 pm

    Estimado Miguel en el caso de los jubilados que retiraron el 95.5% de su AFP se les descuenta o ya no?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 enero, 2020 en 11:19 am

      La misma plataforma del AFPNET lo detecta y te aprueba o no el pago de la retención.

  17. Benjamin dice

    17 diciembre, 2019 en 8:15 pm

    Disculpe, un jubilado de la ONP. al momento de reingresar en planilla se le hizo un descuento del 13%, sin embargo dos años más tarde ha solicitado la devolución de sus aportes a la entidad, es procedente=?? la devolución y como debe ingresarse al jubilado en el T.Registro

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      18 diciembre, 2019 en 1:40 pm

      No es procedente.

  18. Karla dice

    30 septiembre, 2019 en 12:37 pm

    Miguel, si tengo un jubilado que esta en el afp, sus ingresos por planilla estarian afectos a descuentos de renta de 5ta, o no estaria afecto?
    Gracias,

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      30 septiembre, 2019 en 10:50 pm

      Estan afecto.

  19. Maria dice

    31 agosto, 2019 en 8:37 pm

    Estimado Miguel, como seria para el caso de los jubilados de la caja de pension militar?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 septiembre, 2019 en 12:07 am

      No he visto ese caso. Puedes consultarlo con tu organismo que lo administra.

  20. Kerly dice

    23 agosto, 2019 en 2:54 pm

    Hola Miguel, en primer lugar agradecerte por los aportes que nos das. Quería hacer una consulta : Tenemos un colaborador jubilado que va a ingresar a laborar y se encuentra afiliado a la ONP, por el descuento que realiza el indica si habría otra opción para poder tenerlo con recibos por honorarios sin que incurramos en falta y nos observen.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 agosto, 2019 en 5:19 am

      Creo que esta claro que es lo correcto.

  21. Medalit Grados dice

    24 julio, 2019 en 9:37 am

    Miguel, muchas gracias.
    Excelente tu información, lo tendré presente.
    Que tengas un gran día!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 julio, 2019 en 8:08 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  22. Hugo Cervantes Malpartida dice

    23 julio, 2019 en 9:09 am

    Pertenezco a 19990,mi pensión es 823.trabajo y gano 1000 y aveces me pagan bonos por puntualidad 350 máximo y otras fechas menos no hay norma del bono se considera monto de bono para pasar la media uit, podría darme algún alcance.

    Accede para responder
  23. Blanca Guardia dice

    22 julio, 2019 en 4:36 pm

    Muy buena Miguelito

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2019 en 8:52 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  24. Francisco Palomino Garcia Milla dice

    22 julio, 2019 en 3:06 pm

    Muy bueno

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2019 en 8:55 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  25. Miguel dice

    22 julio, 2019 en 12:59 pm

    Un jubilado vuelve emitira recibos por honorarios por 1500 y su pension 500 mensualmente. el importe de su pension tambien se considerarà como ingreso para su importe maximo anual para el 2019 de s/37.500? o los 500 no se considera

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2019 en 8:57 am

      Las pensiones están gravado con el impuesto a la renta.

  26. Juan Calcina dice

    22 julio, 2019 en 12:33 pm

    Muy bien, quisiera consultar sobre la desafiliacion de la afp, nos han notificado de la onp que estamos afiliados en una afp, que debo hacer puedo desafiliarme?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2019 en 8:58 am

      Tienes que acercarte al AFP a realizar dicho tramite.

  27. Guillermo dice

    22 julio, 2019 en 10:16 am

    Estimado Miguel que pasa si soy persona natural con negocio ubicado en el RER emitod mis facturas ,y me he jubilado..estos ingresos por el negocio puede hacer que se suspenda mi pensión.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2019 en 9:13 am

      No, solo los ingresos de cuarta y quinta categoría.

  28. Jaime Garrido dice

    4 enero, 2019 en 12:00 am

    Saludos Miguel: Soy jubilado Ley 19990; aparte de mi pension s/415.00; emito Recibo de Honorarios por 500 soles como independiente, pero en Diciembre por realizar unos trabajos a otras empresas superé el 50% de la UIT vigente; también debo inmediatamente informar y renunciar a su pensión de jubilado?
    Un Feliz Año Miguel y a todo tu equipo de colaboradores.
    Jaime

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 julio, 2019 en 4:51 am

      La teoría menciona que si deberías realizar dicho procedimiento, o esperar que el ONP te detecte y te suspensa la pensión por la cantidad de meses que superaste el limite.

  29. Pedro Tafur Navarro dice

    27 marzo, 2018 en 11:15 pm

    Soy jubilado de la 19990. Recibo como pensión 823 soles mensuales. Si me contratan como docente en una academia y gano 2,000 soles. ¿Podré percibir los dos sueldos?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 marzo, 2018 en 9:56 am

      No puedes, tendrás que dejar tu pensión.

  30. Yanderin Yanira dice

    5 octubre, 2017 en 1:15 pm

    Hola miguel , si es un jubilado que aporta a caja militar y quiere ingresar a planilla en una empresa, como seria el caso, gracias de antemano.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 octubre, 2017 en 12:29 pm

      En ese caso, te sugiero leer la normas de la caja militar, hace buen tiempo que deje hacerlo.

  31. Ernesto Medina Sono dice

    27 enero, 2016 en 8:59 pm

    Por que límite,para pensionista de la 19990, se entiende que ya aportó mas de 30 años para essalud, porque en este pais, limitan a los viejos, o lo hacen para mantener tanto sinvergüenza en essalud, lo que se tiene que hacer, si quieren al recibo por honorario aplicar, el 4% y asunto,terminado,pero ponerle,tope y trámite burocrático

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 enero, 2016 en 2:23 am

      Lamentablemente así esta la normatividad.

  32. Maria Ramos dice

    22 enero, 2016 en 6:06 pm

    Miguel una consulta,una persona que recibe Pensión de Invalidez en el SNP, puede girar recibo por honorarios a su empresa que esta como Titular Gerente .

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      25 enero, 2016 en 2:38 am

      Tienes que tener en cuenta el limite, si no superas el 50% UIT, puedes, pero de lo contrario no lo recomiendo.

  33. Miryam Villafuerte dice

    16 julio, 2015 en 5:43 pm

    Miguel una consulta, pensionista de la 20530, jubilado como docente, ha participado en un concurso CAS del programa DEVIDA, y cogiò, el tratamiento es el mismo que si fuera pensionistas de la 19990, si ambos montos suman mas 50% de la UIT ò debe suspender a uno de ellos, o para la 20530, el tratamiento es otro. ¿se descuenta su aporte obligatorio (SNP AFP) y se paga essalud, ??,Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 julio, 2015 en 5:02 am

      Te sugiero que lo revises, no he visto casos con la 20530.

  34. Juana Peña dice

    31 marzo, 2015 en 12:13 pm

    si soy pensionista , ¿puedo formar mi empresa con un familiar? y como debería hacerlo para no excederme al 50% uit.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      31 marzo, 2015 en 2:46 pm

      Si creas tu empresa ya no hay limite ya que no son ingresos tuyos, si no mas bien de la empresa.

  35. Rodolfo dice

    30 marzo, 2015 en 9:48 am

    Y de conseguir un trabajo que sumado pensión y nuevo recibo por honorario no supero el 50% de UIT. Deberá declarar Renta a fin de año?

    Accede para responder
  36. Cynthia dice

    13 febrero, 2015 en 4:16 pm

    Hola, y yo como empleador de tu abuelito, debo retenerle las aportaciones a la ONP si te reinsertas a trabajar? o no?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 febrero, 2015 en 4:30 pm

      Depende si sumado el salario y pensión super el 50% UIT.

  37. Adolfo dice

    4 agosto, 2014 en 10:16 am

    ¿Que pasa si el pensionista recibe S/.800 de pensión, emite recibos por honorarios por S/.1000 y tienes rentas de primera categoría de S/.2000?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 febrero, 2015 en 12:56 pm

      Va tener que realizar su declaración jurada anual de persona natural, donde tributara todas las rentas que percibe.

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