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Amo las Resoluciones de multa de la Sunat. Ahorro en dinero

Notas - Publicado por Miguel Torres el 3 septiembre, 2014 25 comentarios

¡Amo las Resoluciones de multa de la Sunat!, es una frase que leí hace buen tiempo en un libro que hablaba de como se puede reducir costos tributarios, lamentablemente el libro ya no esta en circulación, pero tuve la suerte de conocer al autor.

Las Resoluciones de Multa de la Sunat

Las resoluciones de multa es un documento que sunat emite a un deudor tributario cuando ha cometido una infracción tributaria. Por ejemplo si tu declaras fuera de fecha tu impuesto mensual PDT 621, estas cometiendo una infracción numeral 1 del articulo 176 del código tributario:

No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.

La multa para dicha infracción en el régimen general es 1 UIT.

Cual es el Beneficio de una Resolución de Multa

El beneficio se encuentra en la gradualidad, recordar que algunas infracciones tributarias tienen un descuento (gradualidad) y este depende si la subsanación es voluntaria o inducida (Voluntaria Pago 90% – Inducida Pago 60%).

Efectos de la Notificación

Cuando Sunat te notifica (en el caso de resoluciones de multa) esta surge efecto al día siguiente de su recepción, lo que significa que el día que recibes la notificación es como un día de gracia (estas dentro del tiempo voluntario). Lo antes mencionado tiene como base el articulo 176 del Código Tributario menciona:

Las notificaciones surtirán efectos desde el día hábil siguiente al de su recepción, entrega o depósito, según sea el caso.

Un Ejemplo para entender el beneficio

Miguel Torres es el contador de una empresa del régimen general, como es un muy distraído, se ha olvidado declarar los impuestos del mes de Junio 2014. El día de hoy recibe una esquela de Multa donde le indica que no ha declarado el impuesto de Junio 2014, le dan como plazo 3 días hábiles para que subsane dicha infracción y ademas le indican que tiene una multa de 1 UIT.

Analizamos el caso

La multa es correcta y ya te la ganaste por no declara tu impuesto dentro del plazo establecido. El detalle es ¿Cuanto es la gradualidad? ¿Sera 90% o 60%?

Quizás tu digas bueno ya no es voluntario, porque ya me notifico Sunat, por ende es inducido. Lo que tienes que recordar es que las notificaciones como una resolución de multa surge efecto al día siguiente de haberla recibido.

Por ende el mismo día que recibiste la notificación, Miguel puede presentar su PDT 621 y pagar su multa con la gradualidad del 90%.

Si Miguel subsana al día siguiente de recibir la notificación ya la gradualidad seria del 60%. Y en el peor de los casos si Miguel no subsana dentro del plazo de los 3 días hábiles ya no hay gradualidad, la multa es 1 UIT.

Moraleja

Muchas veces una notificación de Resolución de Multa es bueno, porque:

1. Te indica un infracción que cometiste.

2. El día que recibes la notificación es un día neutro, estas dentro del plazo del voluntario.

3. Es un feedback que te sirve para ver como esta tú trabajo, a la vez una llamada de atención a ponerle énfasis en algunos puntos.

Etiquetado con: código tributario, impuesto, infraccion, multa, notificacion, Sunat

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Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

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25 comentarios

  1. Milina dice

    13 febrero, 2020 en 10:34 pm

    Declare mi pdt fuera de fecha antes que me notificara la sunat, pero aun no pagué la multa…. ahora me llegó una resolución de multa, tengo gradualidad?? gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      18 febrero, 2020 en 9:03 am

      Tienes gradualidad del 80%.

  2. Roxana Castillo dice

    23 diciembre, 2018 en 11:20 am

    La resolucion de multa por no pagar importes retenidos a tiempo (SNP) llego un viernes a las 7 pm en el buzon. Se dice que la misma surge efecto el dia habil siguiente del deposito de la misma. Por tanto ¿Puedo pagar el dia sabado con la gradualidad del 95%?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 diciembre, 2018 en 9:37 am

      Tendrías que pagar el mismo día viernes para tener acceso a la gradualidad.

  3. Marii dice

    28 mayo, 2018 en 9:21 am

    Miguel buen dia, el viernes 25 pague una multa por delcarar fuera de plazo (con gradualidad del 90%) pero a las 7 de la noche me llega una resolucion de multa y el dia de hoy 28 revisando mi clave sol en mis deudas de valores me figura un saldo pendiente a pagar. Como haria en ese caso, tengo que hacer un reclamo?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 mayo, 2018 en 7:47 pm

      Claro presenta un reclamo indicando que el pago de la multa con la gradualidad del 90% (antes de haber sido notificado).

  4. Rosa dice

    9 marzo, 2018 en 4:10 pm

    Buenas tardes, me llego una esquela por no presentar mi pdt plame periodo 08/2017 pero yo pague el impuesto resultante y la multa en 10/2017 y olvide presentar mi declaración , lo hice después que llegò la esquela como seria en este caso ,,,gracias Miguel por tu atención.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 marzo, 2018 en 12:40 am

      Tienes que pagar la multa con rebaja de 80%.

  5. Maria Esther Ch dice

    28 septiembre, 2017 en 6:38 pm

    Miguel buen dia, se considera recibida la resolucion cuando es fisico o enviado al buzon electronico, es mas en mi caso estan considerando hasta la esquela como variacion en la gradualidad.

    Accede para responder
  6. Silvia Torres dice

    26 septiembre, 2017 en 3:53 pm

    Hoy me llegó una resolución de multa por pago de tributos fuera de plazo, si pago hoy la multa tengo gradualidad??

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 septiembre, 2017 en 1:56 am

      Si pagas el mismo día de la notificación tienes gradualidad 90%.

  7. Yobana dice

    6 junio, 2017 en 1:11 pm

    Consulta , olvide declarar Plame, periodo 04/2016, pero se pago en su fecha los tributos y aportes , luego en enero de este año me percate e hice la declaración ,ahora ha llegado una resolución de multa , ojo que la orden nunca nos ha llegado , estaba en el régimen general en 2016 ahora régimen mype. Que solución habra por que la multa salió una uit =( ingresos no pueden cubrir esa multa =(

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 junio, 2017 en 7:33 pm

      Si te notificaron luego de haber subsanado, tienes un descuento del 80% de la multa.

  8. July Mirtha Rosales Gonzales dice

    29 marzo, 2016 en 12:06 am

    Hola Miguel una consulta que pasas si no subsane y tampoco hice caso a la esquela cuanto es la multa ya que es régimen especial

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 marzo, 2016 en 7:32 am

      Bueno dependerá en que situación se encuentre el procedimiento de cobranza para aplicar la tasa de gradualidad correcta.

  9. Mary dice

    5 marzo, 2016 en 7:55 am

    Gracias por responder bendiciones

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      8 marzo, 2016 en 11:41 pm

      Gracias 🙂

  10. Mary dice

    1 marzo, 2016 en 10:31 pm

    Hola que pasa si me llego una esquela por no presentar mi pdt pero yo lo subsane antes pero no pague la multa que gradualidad debo tomar porque en la esquela me dicen el 50% , pero si yo lo subsane antes q recibiera esa esquela cuanto seria mi gradualidad ,,,gracias Miguel por tu atencion

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 marzo, 2016 en 5:17 am

      Si no pagaste la multa, pero ya lo subsanaste la gradualidad es 80%.

  11. Francisco dice

    9 junio, 2015 en 1:39 pm

    Lo cierto es que ahora con la notificación electrónica, tienes que estar pendiente del buzón.
    Y ahora SUNAT, lo que hace notificarte por este medio, de tal manera que si no estuviste atento a tu buzón, te mandan la coactiva, ahora si por escrito y a tu domicilio.
    Saludos

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      11 junio, 2015 en 4:39 am

      Muy buena acotación. Sumarle a ello la fiscalización parcial electrónica.

  12. Jonathan dice

    4 septiembre, 2014 en 11:55 am

    Gradualidad de 90%?? pero si es 95%

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      4 septiembre, 2014 en 12:06 pm

      Dicha gradualidad es para las infracciones por datos falsos.

  13. [email protected] dice

    3 septiembre, 2014 en 9:58 am

    Hola Por favor tendrás alguna copia del libro que mencionas o puedes proporcionarme el nombre del autor… porfaaaa

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      3 septiembre, 2014 en 10:08 am

      Ese libro es parte del pasado ya son varios años que han pasado. Solo puse esa frase como referencia al autor, pero te diré que ese autor fue decano del colegio de contadores.

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