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Inicio » Notas » 3 Recomendaciones respecto al deposito de CTS

3 Recomendaciones respecto al deposito de CTS

Publicado por Miguel Torres el 28 de octubre de 20142 comentarios

Para todos aquellos que reciben ingresos en dólares o realizan pagos deben haber notado que el dólar ha empezado a elevarse en estos dos últimos meses, a la fecha de hoy el tipo de cambio es T/C 4.10.

Esto significa que muchas personas que ahorran en dólares están ganando por la diferencia de cambio e intereses que generan estos, pero como podemos sacar provecho ante esta situación nosotros como trabajadores.

El deposito de CTS

Un beneficio laboral que tienen los trabajadores de la actividad privada (Decreto Legislativo 728), es el deposito de CTS , que no viene hacer dos depósitos al año en una cuenta bancaria elegido por el trabajador. En el articulo 23 del Decreto Supremos 001-97-TR:

El trabajador que ingrese a prestar servicios deberá comunicar a su empleador, por escrito y bajo cargo, en un plazo que no excederá del 30 de abril o 31 de octubre según su fecha de ingreso, el nombre del depositario que ha elegido, el tipo de cuenta y moneda en que deberá efectuarse el depósito.

Notamos que el trabajador tiene la obligación de comunicar a su empleador el nombre del depositario (entidad financiera), tipo de cuenta y moneda. Este ultimo concepto es el que nos importa, quiere decir que el trabajador puede elegir que su cuenta de CTS sea en moneda extranjera (dólares), con el fin de aprovechar el alza del tipo de cambio.

Deposito de CTS en Moneda Nacional o Moneda Extranjera

Muchos trabajadores tienen el concepto de que solo pueden elegir un sola moneda para el deposito de CTS, cuando esto no es del todo cierto. Si tu eres una persona conservadora, que no arriesga mucho una opción podría ser que tu deposito de CTS se realice 50% moneda nacional y 50% moneda extranjera.

En el articulo 25 del Decreto Supremos 001-97-TR menciona:

Elegido el depositario el trabajador puede decidir que una parte de la compensación por tiempo de servicios se deposite en moneda nacional y otra en moneda extranjera.

Por lo tanto tienes la opción de elegir que tu deposito de CTS se realice en dos monedas y es mas elegir el % par cada uno de ellos.

Intereses del deposito CTS

Los depósitos de CTS ganan intereses de acuerdo a las tasas de cada entidad financiera, una buena opción seria que nuestro deposito se encuentre en la entidad que paga mas.

Según el articulo 26 del Decreto Supremo 001-97TR menciona:

El trabajador puede disponer libremente y en cualquier momento el traslado del monto acumulado de su compensación por tiempo de servicios e intereses de uno a otro. …

Comparto las 5 entidades financieras que están pagando mas intereses por depósitos en dólares (comparandobien.com).

comparacion cts

Conclusiones

  1. Para tu primer deposito de CTS, una buena opción seria que elijas como moneda el dólar, por la alza en estos momentos.
  2. Si eres conservador y no deseas arriesgar mucho, tienes la opción de elegir una parte en moneda local y otra en moneda extranjera.
  3. Investiga que entidad financiera paga mas intereses por tu deposito de CTS, tienes la opción de poder trasladar tu deposito.

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Temas: cts, depositario

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2 comentarios

  1. yanet dice

    29 de octubre de 2014 a las 12:13 pm

    muy buena la informacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2014 a las 2:51 pm

      Gracias 🙂

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