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3 problemas con el depósito de CTS

Laboral - Publicado por Miguel Torres el 11 noviembre, 2019

¿Tienes problemas con el depósito de CTS?, para nada Miguel, ese tema lo demonio al 100%.

Muy Bien 🙂

En este artículo te comentaré 3 errores muy frecuentes que las empresas cometen con respecto al depósito de CTS.

Entérate cómo prevenirlos:

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • 01. La empresa elige el depositario
  • 02. Intereses por depósito extemporáneo
  • 03. Diferencia de Cambio por depósito extemporáneo
  • 3 Errores muy frecuentes CTS

01. La empresa elige el depositario

Muchas veces las empresas obligan al trabajador la entidad financiera donde deben abrir su cuenta de CTS.

No aceptan otra opción.

Esta aptitud del área de recursos humanos es muy desatinada, porque está en contra de lo que menciona la normatividad.

Revisemos lo que menciona el artículo 22 del Decreto Supremo 001-97-TR:

El trabajador que ingrese a prestar servicios deberá comunicar a su empleador, por escrito y bajo cargo, en un plazo que no excederá del 30 de abril o 31 de octubre según su fecha de ingreso, el nombre del depositario que ha elegido, el tipo de cuenta y moneda en que deberá efectuarse el depósito.

Por lo tanto, el trabajador tiene plazo hasta el 30 de Abril para notificar al empleador su decisión de cuál será la entidad financiera donde desea su depósito de cts.

Miguel, en mi empresa no acepta la encargada de planilla otra entidad ¿Qué puedo hacer?.

Primero, cumple con lo que menciona la norma, acércate a recursos humanos con tu escrito sobre tu decisión, de no querer aceptarla, adjúntame la norma legal a tu escrito(Decreto Supremo 001-97-TR).

Segundo, si no cambia de opinión, realiza tu denuncia anónima en la página del MTPE, quizás con una multa, aprenda la lección:

>> link para realizar una denuncia anónima <<

02. Intereses por depósito extemporáneo

Para realizar el depósito de CTS, existe un plazo cuyo límite es hasta el 15 de Noviembre, de no cumplirse con dicho plazo, tenemos que calcular los intereses respectivos.

Revisemos lo que menciona el artículo 56 del Decreto Supremo 001-97-TR:

Cuando el empleador deba efectuar directamente el pago de la compensación por tiempo de servicios o no cumpla con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente.

Por lo tanto, ante un depósito extemporáneo, se origina la obligación del pago de intereses.

Miguel, una pregunta ¿Cómo calculo los intereses de la CTS?

Es un poquito complicado, pero no imposible de hacerlo, puedes revisar el siguiente artículo donde detalló los procedimientos y además un aplicativo en excel que te puede ayudar.

  • Cálculo de Interés de CTS

Mencionar que la tasa de interés a utilizar para el calculo, depende de cada entidad financiera. 

03. Diferencia de Cambio por depósito extemporáneo

Esta contingencia se origina por un depósito extemporáneo, cuando el trabajador ha solicitado su depósito en moneda extranjera.

La norma indica que la empresa debe asumir la diferencia de cambio que se puede originar por el depósito extemporáneo.

Revisemos lo que menciona el artículo 56 del Decreto Supremo 001-97-TR:

Cuando el empleador deba efectuar directamente el pago de la compensación por tiempo de servicios o no cumpla con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y en su caso, a asumir la diferencia de cambio, si éste hubiera sido solicitado en moneda extranjera.

Les adjunto un pequeño cuadro de la dinámica del depósito de CTS en moneda extranjera.

cts-intereses

3 Errores muy frecuentes CTS

errores frecuentes en el calculo de cts

Conclusiones

  1. No olvidar que el “depositario”, lo elige el trabajador, cuya fecha máxima es el 30 de abril o 31 de octubre, de no comunicar nada, la empresa decide.
  2. Si realizas depósitos extemporáneos no olvides considerar los intereses respectivos.
  3. Si el deposito es en moneda extranjera, no olvides la diferencia de cambio que se puede originar por un depósito extemporáneo.

Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre Full Day Laboral 2019, invitarlos para el Domingo 22 de Diciembre al taller full práctico (cada alumno con su computadora) donde analizaremos como se realiza el calculo de beneficios laborales, vacaciones, subsidios, cts, horas extras, etc más información del taller aquí.

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Etiquetado como: cálculo de cts, intereses de cts

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Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

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86 comentarios

  1. Miguel dice

    14 noviembre, 2019 al 12:15 am

    Miguel soy un trabajador que tiene sueldo básico + comisiones(variables de acuerdo a la productividad del mes) + asignación familiar.
    tengo 10 años en la empresa SCI del grupo Scotiabank.
    como calculo mi intangible de cts

    • Miguel Torres dice

      19 noviembre, 2019 al 3:53 pm

      En base a tu remuneración de octubre: Básico + Asig. Fami + Promedio de Comisiones. Por otra parte, la parte intangible lo define la empresa.

  2. Tonny dice

    13 noviembre, 2019 al 11:18 am

    Una pregunta si una persona no aperturó su cuenta de CTS por más de 1 año su dinero se pierde

    • Miguel Torres dice

      24 noviembre, 2019 al 7:38 pm

      No, se debe subsanar los depósitos.

  3. Noe dice

    11 noviembre, 2019 al 5:00 pm

    Hola Miguel, una pregunta sobre beneficios sociales, un trabajador inicia labores un 03 de septiembre y concluye un 14 de octubre. Por norma sabemos que si le corresponde cts trunca por 1 mes 12 dias, pero gratificacion trunca le corresponde? De ser negativa hasta cuando tuvo que quedarse como mínimo para que le dieran?

    • Miguel Torres dice

      24 noviembre, 2019 al 7:39 pm

      No corresponde. Debió trabajar hasta el 31 de octubre.

  4. Mayra dice

    6 junio, 2019 al 11:19 am

    Miguel buenos días , una consulta que pasa cuando se realizo el deposito menor lo que le corresponde , hay una diferencia cual seria el tratamiento .
    gracias por la respuesta.

    • Miguel Torres dice

      6 junio, 2019 al 11:13 pm

      Tienes que regularizar mas el pago de intereses.

  5. Gabriela dice

    20 mayo, 2019 al 1:04 pm

    Como se corrige cuando se deposita dos veces el importe de cts a la cuenta del trabajador.

    • Miguel Torres dice

      20 mayo, 2019 al 9:29 pm

      Si no puedes revertir el deposito, lo regularizas con el proximo deposito o liquidación.

  6. Yanni Eli dice

    7 diciembre, 2017 al 1:07 pm

    Buenas tardes Miguel, una consulta:
    Tengo un trabajador que por mutuo acuerdo se le bajo el sueldo básico en Julio 2017 y para el cálculo de CTS de Nov 2017 tomé como base su sueldo actual. ¿Es correcto eso o tengo de calcularle en base a la suma de los 6 sueldos y dividirlos entre 6?… Gracias de antemano.

    • Miguel Torres dice

      8 diciembre, 2017 al 4:38 am

      Para la CTS de noviembre, tomas como base el sueldo que percibió en octubre 2017.

  7. Angel dice

    7 diciembre, 2017 al 9:48 am

    Una consulta me equivoque en abonar el deposito de la cts a otra cuenta de mi empleador, que puedo hacer?

    • Miguel Torres dice

      8 diciembre, 2017 al 1:17 pm

      Comunicarte con la entidad financiera o con el trabajador para ver una solución.

  8. Daisy dice

    19 noviembre, 2017 al 8:38 am

    Buen día, una consulta que sucede si solicitas el traslado de tu CTA cts a otro banco, el empleador lo realiza de forma extemporánea y al realizar el nuevo depósito vuelven a hacerlo en el banco anterior teniendo actualmente 2 cuentas de CTS en diferentes bancos que se puede hacer?

    • Miguel Torres dice

      19 noviembre, 2017 al 11:51 pm

      El tiene que asumir el pago de intereses y dar solución.

  9. Nataly Karina dice

    14 noviembre, 2017 al 12:22 pm

    Hola quería consultar aun sigue vigente informar las 6 ultimas remuneraciones del trabajador al 30/04 y 31/10? o se informa a solicitud del trabajador cuando decide retirar? indicarme base legal gracias

    • Miguel Torres dice

      21 noviembre, 2017 al 5:01 pm

      Se informa al momento de realizar los depósitos, la mayoría de entidades bancarias en sus formatos te piden la parte intangible. Si deseas base legal comunicate con el Mintra.

  10. Sara dice

    8 noviembre, 2017 al 11:05 pm

    Hola Miguel, gracias por la información brindada, tengo 2 consultas:
    1. Mi cuenta de cts la tengo en una entidad financiera distinta a la que trabaja mi empresa, por ello, demoran cerca de 7 días en depositarme y cuando reclamo, mi empleador me dice que ellos si realizaron el depósito el 15 de Mayo y que ya depende del banco.

  11. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    27 octubre, 2017 al 9:40 am

    Si se liquida un personal al 31 de octubre es necesario efectuar el deposito de la CTS a un banco, o se puede pagar directamente al trabajador en su liquidación de beneficios laborales porque ya no volverá a trabajar. se traslado a otra empresa.

    • Miguel Torres dice

      29 octubre, 2017 al 12:33 am

      Le deberías pagar directamente en su liquidación.

  12. Raquel dice

    26 octubre, 2017 al 1:57 pm

    Que gran persona eres. Tus ayudasson muy valiosas. Ayudar sin pedir nada a cambio, dice mucho de ti como ser humano. Te deseo todos los éxitos.

    • Miguel Torres dice

      27 octubre, 2017 al 7:55 am

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  13. Lesly dice

    6 octubre, 2017 al 6:25 pm

    Y que hago si el empleador no me quiere dar y el banco no me quiere dar mi CTS sin ese documento habrá otra forma de cobrar?

    • Miguel Torres dice

      9 octubre, 2017 al 10:46 pm

      Puedes ir al ministerio de trabajo y te dan un documento para retirar tu cts.

  14. Ricardo dice

    8 julio, 2017 al 9:01 pm

    Buenas noches si entre a trabajar el 8de agosto del 2016 y me retire el 6 de mayo del 2017 cuanto me corresponde de CTS alguien que me me diga por favor.

    • Miguel Torres dice

      9 julio, 2017 al 9:25 pm

      Depende si te depositaron tu CTS Mayo 2017 (Noviembre 2016 – Abril 2017), solo te correspondía CTS trunca por los días de Mayo.

  15. Adriana dice

    5 julio, 2017 al 10:37 am

    Hola que se hace si un trabajador tiene 02 cuentas CTS abiertas en diferentes bancos y está solicitando el traslado de esas 02 cuentas a un tercer banco. Como procedo en ese caso.

    • Miguel Torres dice

      7 julio, 2017 al 1:23 am

      No puede tener dos cuentas, solo una. Si una de las cuentas es de un trabajador anterior, quedo inutilizable al cesar.

  16. Alejandra dice

    15 mayo, 2017 al 5:23 pm

    Hola y en caso no se pueda depositar la cts a un empleado porque no abrió su cuenta debido a que perdió su DNI. En este caso el.empleador también es.sancionado?

    • Miguel Torres dice

      16 mayo, 2017 al 5:05 pm

      No es sancionado, solo subsana el deposito.

  17. Ramiro Gordon dice

    11 mayo, 2017 al 10:14 am

    Excelente Miguelon tus aportes son de mucha utilidad para mi formación profesional.gracias de verdad y un abrazo a la distancia saludos desde REQUENA-LORETO.o

    • Miguel Torres dice

      26 mayo, 2017 al 4:29 pm

      Muchas gracias, buen día.

  18. Luís Torres Vásquez dice

    4 mayo, 2017 al 11:12 am

    Gracias Miguel, muy oportuna y clara la información.
    Mi consulta es la siguiente, la gratificación del año anterior estuvo compuesta por remuneración básica más promedio de comisiones. Para elaborar la CTS de Mayo, el cálculo de 1/6 de la gratificación ¿es el de la gratificación realmente pagada que incluye el promedio de comisiones, o solo sobre la remuneración básica?

    • Miguel Torres dice

      5 mayo, 2017 al 12:11 am

      Es 1/6 de la gratificación pagada, calculada con comisiones, horas extras, etc.

  19. Jorge dice

    1 mayo, 2017 al 12:21 pm

    Que sucede si el deposito si el deposito de CTS, se deposita en una cuenta de ahorros en vez de una cuenta de CTS, es aceptable este procedimiento o seria sujeto de observación por en el ente regulador de esta contribución.

    • Miguel Torres dice

      1 mayo, 2017 al 11:25 pm

      No es aceptado.

  20. Liz dice

    27 abril, 2017 al 12:34 pm

    Tengo un trabajador que ingreso a planilla el 03/10/2016, pero como no tenia mes completo, no se deposito en noviembre, esos días los debo incluir en este deposito de mayo 2017?

    • Miguel Torres dice

      27 abril, 2017 al 2:58 pm

      Es correcto, para mayo debes reconocer.

  21. Carlos dice

    27 abril, 2017 al 11:23 am

    Hola Miguel, en el mes de abril me suben el sueldo, mi pregunta es para el cálculo de CTS período noviembre 2016 – abril 2017 considero este último sueldo?.

    Gracias por la respuesta

    • Miguel Torres dice

      28 abril, 2017 al 8:32 am

      Si es correcto.

  22. Liz dice

    26 abril, 2017 al 6:34 pm

    Miguel, en el caso de estar en el RUS y tengo un trabajador en planilla estoy obligado a pagar la CTS?.

    • Miguel Torres dice

      27 abril, 2017 al 7:25 am

      Si es correcto, el tema tributario no tiene nada que ver con el laboral.

  23. Rosa dice

    24 abril, 2017 al 2:38 pm

    Muy buena pagina Miguel excelente información bendiciones.

    • Miguel Torres dice

      2 mayo, 2017 al 12:15 am

      Muchas gracias 🙂

  24. Victor dice

    22 abril, 2017 al 4:09 pm

    Muy buen blogg y espero que siempre estés para cualquier duda y/o consulta
    Muchas gracias

    • Miguel Torres dice

      23 abril, 2017 al 12:44 am

      Gracias, buen fin de semana.

  25. José Manuel dice

    12 enero, 2017 al 8:00 pm

    Buenas noches mi Bro tengo una consulta e laborado 8 años, la cual fui al banco con mi carta de cese i me dijeron que la cuenta no existe, que repercute eso mi empleador no depósito? Pues desde un inicio supe que mi cts estaba en dicho banco, ahora nose si estará en otra entidad i como saber de ello espero tu cordial respuesta.

    • Miguel Torres dice

      13 enero, 2017 al 12:13 am

      Tienes que comunicarte con tu ex empleador y pedirla la información. Otra salida es ir a la SBS y pedir una búsqueda en los sistemas financieros.

  26. Omar dice

    1 diciembre, 2016 al 10:07 am

    Estimado Miguel como siempre muy claras tus respuestas…. gracias
    Tengo una consulta ya vengo trabajando 12 años en una empresa y tuve un accidente laboral dentro de la empresa ..bueno el último descanso médico fue desde el 30 de mayo hasta el 28 de octubre del 2016 ..me corresponde cts….muchas gracias y suerte

    • Miguel Torres dice

      4 diciembre, 2016 al 10:49 pm

      Si te corresponde, pero no completo. Solo te reconocerán 2 meses como laborado del tiempo con descanso medico.

  27. Rosaisell dice

    21 noviembre, 2016 al 3:14 pm

    Gracias. me sirvió de mucho y me fue muy util.

    • Miguel Torres dice

      23 noviembre, 2016 al 8:57 am

      Muchas gracias, buena semana.

  28. Luís Torres Vásquez dice

    10 noviembre, 2016 al 10:31 pm

    Gracias Miguel, muy didáctico y útil.

  29. Carlita dice

    16 mayo, 2016 al 1:52 pm

    Porque motivos no puedo sacar mi cts si tengo mas de 4 sueldos en el banco donde me depositan? y porque si me cambie de banco me lo siguen depositando al anterior?

    • Miguel Torres dice

      16 mayo, 2016 al 3:29 pm

      Es posible que la empresa no haya detallado la parte intangible, seria bueno que lo consultes con ellos.

  30. Ivan dice

    11 mayo, 2016 al 12:53 pm

    Miguel que pasa si por error presento la carta de intangibilidad a los bancos por calculo equivocado , hay algun problema.

    Saludos

    • Miguel Torres dice

      13 mayo, 2016 al 5:58 am

      El problema lo puede tener el trabajador quizas, analiza ese punto.

  31. Carlos dice

    4 mayo, 2016 al 12:24 pm

    Este tema lo demonio al 100% pero gracias Miguel por compartirnos tus conocimientos 😀

    • Miguel Torres dice

      4 mayo, 2016 al 2:39 pm

      Super amigo, muchos éxitos !!!

  32. Lily dice

    28 abril, 2016 al 1:26 pm

    Consulta este 30 de abril se presentara la carta de intangibilidad a los bancos por la suma de los seis últimos sueldos, o ya no es necesario.

    • Miguel Torres dice

      3 mayo, 2016 al 3:21 am

      La intangibilidad es por las 4 remuneraciones brutas.

  33. Magali Tavera dice

    25 abril, 2016 al 3:39 pm

    Hola Miguel: una consulta que pasa si en una empresa tienen trabajadores en planillas hace tres años y ni se les aperturó cuentas de depósito de CTS; cuando cesan, con que tasa de interés se calcula su CTS.
    Gracias!!!

    • Miguel Torres dice

      26 abril, 2016 al 3:36 pm

      En ese caso te guiarás de la tasa de la SBS.

  34. Luis Muñoz Chavez dice

    21 abril, 2016 al 12:05 pm

    Excelente Miguel, lo que pasa el banco solicita al empleador tener una cuenta y/o tener cliente y como se puede depositar CTS, cuando un trabajador escoge cualquier banco si el empleador solo tiene cuenta en un solo banco

    • Lucila Martha Ricalde Manchaco dice

      21 abril, 2016 al 4:15 pm

      Gracias miguel es muy interesante.

    • Miguel Torres dice

      22 abril, 2016 al 1:01 am

      Super 🙂

    • Miguel Torres dice

      22 abril, 2016 al 12:53 am

      No es correcto dicha información, el deposito puede ser en efectivo y no mediante un cuenta de bancos.

  35. Yadira Maite dice

    21 abril, 2016 al 9:15 am

    Excelente Miguel Gracias todas tus enseñanzas me sirven de mucho

    • Miguel Torres dice

      22 abril, 2016 al 12:47 am

      Super, éxitos !!!

  36. Siro dice

    21 abril, 2016 al 4:20 am

    Hola Miguel, agradezco de antemano tu respuesta. Miguel se ha solicitado a la afp net el código para hacer las declaraciones ya paso varios meses y no hice las declaraciones respectivas de los aportes de afp. Ahora como se regulariza dichos aportes

    • Miguel Torres dice

      21 abril, 2016 al 6:14 am

      Tienes que realizar las declaraciones y pago, si no te envían los códigos de acceso ir personalmente a sus oficinas.

  37. Carolina dice

    20 abril, 2016 al 8:38 pm

    Gracias Miguel me encantan tus actualizaciones esto nos ayuda mucho gracias

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 8:52 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  38. Daniel dice

    20 abril, 2016 al 6:51 pm

    Siempre compartiendo conocimientos puntuales, gracias por tus aportes

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 8:54 pm

      Muchas gracias 🙂

  39. Edika Ramos dice

    20 abril, 2016 al 3:21 pm

    Muy buena información gracias
    🙂

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 4:03 pm

      Gracias 🙂

  40. RIicardo Jordang dice

    20 abril, 2016 al 3:05 pm

    Excelente amigo gracias por tu aporte.

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 4:05 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  41. Maria Lusely Machuca Alvares dice

    20 abril, 2016 al 2:28 pm

    Exelente muchas gracias que tengas una bonita tarde

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 4:07 pm

      Muchas gracias por el comentario.

    • Mary dice

      5 mayo, 2016 al 11:23 pm

      Me encantó muchas gracias.

    • Miguel Torres dice

      6 mayo, 2016 al 8:08 am

      Super 🙂

  42. Mary dice

    20 abril, 2016 al 2:12 pm

    Gracias Miguel por tus enseñanzas 😉

    • Miguel Torres dice

      20 abril, 2016 al 4:07 pm

      Gracias 🙂

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