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Trabajadores de confianza pueden sindicalizarse

Sin categoría - Publicado por Miguel Torres el 5 julio, 2012 7 comentarios

Aunque para experto se carecen del derecho a la negociación colectiva

Los trabajadores de confianza tienen derecho a la libertad sindical siempre que se encuentren afiliados al sindicato, en cuyo caso gozan de los beneficios a los que pudiera haber llegado mediante la convención colectiva.

La Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) llegó a esta conclusión en el Informe N° 07-2012-MTPE/2/14, porque considera que el artículo 2 del Convenio 87 de la OIT y el artículo 28 de la Constitución no impiden a este personal la posibilidad de constituir sindicatos y de afiliarse a éstos. Además, el artículo 42 de la Ley de Relaciones Colectivas faculta al trabajador de confianza afiliarse al sindicato si es que lo permite el estatuto de dicha organización.

“Si el estatuto sindical aprobara la afiliación del personal de confianza y se celebrara una negociación colectiva, los efectos de ésta también alcanzaría a ese grupo de trabajadores”, refiere un informe laboral del Estudio Miranda & Amado Abogados.

Observaciones

Al respecto, el laboralista Ricardo Herrera afirmó que si bien estos trabajadores tienen derecho a sindicalizarse, no podrán acceder a la negociación colectiva ni beneficiarse del convenio colectivo, por tener información privilegiada.

Diario El Peruano (05/07/2012)

Etiquetado con: empleador, sindicato, trabajador confianza

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7 comentarios

  1. Mauricio Pinzon dice

    19 febrero, 2016 en 4:16 pm

    Hola yo acabo de formar un sindicato y ahora resulta q todos nosotros somos de confianza en las hojas de nomina no lo especifica o como puedo verificar si es cierto ya que la empresa dice q si?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      19 febrero, 2016 en 9:38 pm

      Pues la nominación de trabajadores de confianza debe ser informada al trabajador mediante un memo, una claúsula en su contrato, boleta de haberes.

  2. Brigida Mallcco Huaraca dice

    3 julio, 2015 en 3:09 pm

    ¿Los trabajadores que no están en planilla o que se encuentran subcontratados tienen derecho de afiliarse a un sindicato?, o si la ley no lo prohíbe, pueden ejercerlo en la práctica?.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 julio, 2015 en 8:56 am

      Solo los trabajadores que están en planilla pueden afiliarse al sindicato.

  3. Geovanny dice

    22 septiembre, 2013 en 7:53 pm

    es una inquietud. Mi cargo es supervisor de geotecnia, tengo derecho a los convenios colectivos? (no soy trabajador de confianza , ya que ni en mi contrato ni en mi boleta de pago lo especifica).

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      24 septiembre, 2013 en 12:26 pm

      Primero tienes que sindicalizarse para poder tener derecho a los convenios colectivos.

  4. Cesar Wilfredo Anton Silva dice

    6 julio, 2012 en 11:40 am

    Noticia para difundir

    Accede para responder

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