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Inicio » Estudio Contable » ¿Qué tipo de contrato debe realizarse en un estudio contable?

¿Qué tipo de contrato debe realizarse en un estudio contable?

Publicado por Miguel Torres el 17 de junio de 202255 comentarios

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Miguel ¿Qué tipo de contrato se debería realizar en un estudio contable?

El día de ayer recibí una cantidad enorme de emails preguntándome sobre el tipo de contrato que debería realizarse para diferentes tipos de puestos y empresas, esto debido al artículo que escribí sobre la casuística de una secretaría.

Una pregunta que llamo mucho mi atención el día de ayer fue:

Miguel ¿Qué tipo de contrato se debería realizar en un estudio contable?

Para responder esta pregunta analizare distintos supuestos y algunos pronunciamientos del tribunal constitucional.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Supuesto 01 – Campaña DJ Anual
  • Supuesto 02 – Nuevo Cliente
  • Supuesto 03 – Reemplazo de un Trabajador
  • Supuesto 04 – Inauguración de un Estudio Contable
  • Supuesto 05 – Practicante Contable
  • Estudio Contable
  • Desnaturalización de Contratos
  • Tribunal Constitucional
      • Conclusiones
      • Recomendación

Supuesto 01 – Campaña DJ Anual

Los primeros 4 meses de cada año, la demanda de un estudio contable aumenta, esto debido al cumplimiento de presentar las declaraciones juradas anuales por las empresas jurídicas y naturales.

En esta suposición es muy probable que los estudios contables requieran contratar personal adicional.

¿Qué tipo de contrato se debería realizar?

El contrato idóneo sería: Contrato de Temporada.

Este contrato es celebrado con el objetivo de atender necesidades propias del giro de la empresa, que se cumplen solo en determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en periodos equivalente.

Recomendaciones:

  • Documentación necesaria que pruebe este tipo de contrato (facturación por la campaña).
  • Documentos que prueben el inicio y final de la temporada (proforma, cotizaciones, etc).

Supuesto 02 – Nuevo Cliente

En este mes, se empezara a prestar los servicios contables para una empresa PRICO, es por ello que se requiere contratar a un asistente contable.

¿Qué tipo de contrato se debería realizar?

El contrato idóneo sería: Contrato para Servicio Especifico

Este contrato se celebra con un objetivo establecido y una duración determinada. En este caso el objetivo es prestar servicios contables y cuya duración estará sujeta al contrato de servicio entre el estudio contable y el PRICO.

Recomendaciones

  • Debe realizarse un contrato por el servicio contable, donde se establezca la duración.
  • En el contrato de trabajo se debe establecer la duración del contrato de servicio.

Supuesto 03 – Reemplazo de un Trabajador

Un estudio contable siempre tiene el riesgo de que los trabajadores renuncien por mejores oportunidades laborales, en ese caso se verá obligado a reemplazar a un trabajador que renuncio o fue despedido.

¿Qué tipo de contrato se debería realizar?

El contrato idóneo sería: Contrato Original de la persona reemplazada

Es importante seguir con el mismo tipo de contrato que se realizo a la persona reemplazada (respetamos la naturaleza del puesto y las condiciones).

Supuesto 04 – Inauguración de un Estudio Contable

Si tú meta personal es tener tu propio estudio contable, un factor importante es que tendrás que contratar personal (practicantes, auxiliares o asistentes contables).

¿Qué tipo de contrato se debería realizar?

El contrato idóneo sería: Contrato Inicio de Actividades

Este contrato se celebra por el inicio de una actividad productiva (servicios), así como el inicio de nuevas actividades.

Recomendaciones

  • Es importante señalar en el contrato la fecha de constitución de la empresa, así como licencia de funcionamiento municipal.
  • Se puede adicionar una copia de la ficha ruc al contrato de trabajo.

Supuesto 05 – Practicante Contable

En el trabajo diario de un estudio contable se requiere cumplir con tareas básicas como el llenado de libros, revisión de documentos, pagos de tributos, etc. Para cubrir dichas tareas, en la mayoría de casos se requiere contratar a un practicante contable.

¿Qué tipo de contrato debería realizarse?

En este caso un contrato de trabajo no sería la mejor opción. Se podría optar por una modalidad formativa: Practicas Pre Profesionales.

Recomendaciones

  • Respetar el horario de trabajo de 30 horas semanales
  • Realizar el convenio de practicas pre profesionales.
  • Contratar el seguro privado para practicantes.

Estudio Contable

Tener presente que un estudio contable es una empresa privada que tiene la obligación de respetar las obligaciones laborales con los trabajadores (contratos, boleta de haberes, beneficios laborales, etc).

  • 3 Recomendaciones para incrementar los clientes en un Estudio Contable

Para disminuir la carga laboral en punto de costos, este tipo de empresas califican para poder ser acreditadas como una MYPE (microempresa o pequeña empresa).

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Desnaturalización de Contratos

Es importante siempre realizar contratos de trabajo correctos, olvídate del copiar y pegar formatos de internet, realiza tus propios contratos de trabajo analizando la naturaleza del puesto, los objetivos y funciones.

¿Por qué un contrato de trabajo se desnaturaliza?

Personalmente, la razón principal es que no se indica la causa objetiva del contrato de trabajo. En palabras sencillas el ¿por qué estas elaborando el contrato?.

  • Fiscalización Contratos Sujetos a Modalidad

Miguel, no has tocado mi caso personal, yo trabajo por recibos por honorarios ¿Qué puedo hacer en ese caso?

Yo te recomendaría que converses con el contador del estudio contable, explícale los beneficios de estar acreditado como una Mype y lo importante que es formalizar la parte laboral.

Además, si es un estudio contable cuya empresa es persona natural, dile que a futuro no querrá que le embarguen su bienes personales.

Finalmente, ya es tu decisión personal si decides denunciarlo a Sunafil.

Tribunal Constitucional

Revisemos algunos pronunciamientos de tribunal constitucional, en este caso colocare fragmentos del análisis:

EXP. Nº 02148-2010-PA/TC

10. Del texto del contrato de trabajo sujeto a modalidad y su respectiva adenda, obrantes de fojas 8 a 10, puede advertirse que en estos no se consigna la causa objetiva determinante de la contratación de la demandante, es decir, que no establecen en forma precisa y clara qué actividad de la Sociedad emplazada ha sido incrementada para que se justifique la contratación temporal de la demandante.

EXP. Nº 01998-2013-PA/TC

3.3.7 Por consiguiente, si en el contrato de trabajo por necesidades del mercado no se menciona la causa objetiva originada en una variación sustancial de la demanda del mercado, o si, al detallarse dicha causa, esta no posee un carácter coyuntural o temporal, se debe entender que dicho contrato habrá sido simulado y que, por ende, se ha desnaturalizado.

Conclusiones

  1. Si vas a utilizar un contrato sujeto a modalidad, no te olvides de detallar la causa objetiva del ¿por qué estas elaborando el contrato?.
  2. Una opción para contratar practicantes contables es las modalidades formativas (convenio, 30 horas semanales de trabajo, pago del seguro de practicante, etc).

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Virtual: "Calculo de Beneficios Laborales 2022", donde aprenderás como calcular los principales beneficios laborales: gratificación, vacaciones y CTS, si deseas más información, te dejo este link: >> Beneficios Laborales 2022 <<

Temas: contrato de trabajo, estudio contable

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55 comentarios

  1. Anali Chauca dice

    23 de agosto de 2022 a las 11:13 pm

    Excelente, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2022 a las 11:35 am

      Gracias 🙂

  2. Glenda dice

    2 de julio de 2019 a las 5:44 pm

    Hola miguel podrías realizar un taller en el que incluya el tema de realizar contratos de trabajos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2019 a las 10:08 pm

      Lo voy a tener en cuenta, muchas gracias 🙂

  3. Willman Victor Salazar Gallegos dice

    16 de mayo de 2019 a las 11:31 am

    Excelente Miguel
    Gracias por el aporte que nos brindas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2019 a las 6:05 pm

      Bendiciones 🙂

  4. Jose dice

    27 de mayo de 2018 a las 5:18 pm

    Y los contadores que son independientes y emiten Recibo por honorarios pueden tener practicantes en modalidad formativa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2018 a las 9:58 pm

      No pueden hacerlo.

  5. Camila dice

    28 de junio de 2017 a las 12:39 pm

    Hola miguel, que tipo de contrato se le debe realizar a un asistente contable en una empresa, agradecería su comentario.

    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:44 pm

      Indeterminado con un periodo de prueba de 3 meses.

  6. Franklin dice

    8 de marzo de 2017 a las 9:53 pm

    Miguel muy buen aporte Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 4:53 pm

      Gracias, que tengas un buen día.

  7. Manuel dice

    8 de marzo de 2017 a las 8:11 pm

    Gracias miguel muy buenos tus comentarios.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 4:54 pm

      Super, buen día.

  8. Vanessa dice

    8 de marzo de 2017 a las 4:03 pm

    Excelente aporte Miguel 😉

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 4:49 pm

      Muchas gracias por el comentario, que tengas un buen día.

  9. Sergio dice

    8 de marzo de 2017 a las 3:47 pm

    Muchas gracias Miguel muy interesante tu comentario.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 4:49 pm

      Muchas gracias, buen día.

  10. Felipe dice

    8 de marzo de 2017 a las 1:53 pm

    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 4:43 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  11. Rosa dice

    8 de marzo de 2017 a las 1:38 pm

    Super interesante!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 1:53 pm

      Gracias, buen día 🙂

  12. Fernando Olivares Moreno dice

    8 de marzo de 2017 a las 11:07 am

    Excelente Miguel. Muy acertados tus comentarios. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 1:59 pm

      Muchas gracias, buen diá 🙂

  13. Ines dice

    8 de marzo de 2017 a las 10:46 am

    Miguel un modelo de contrato intermitente gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:00 pm

      No tengo a la mano dicho formato.

  14. Carmen dice

    8 de marzo de 2017 a las 9:51 am

    Gracias Miguel!!!
    Una consulta, el año pasado nos olvidamos de renovar contrato con dos trabajadores, es una micro empresa que esta registrada en el REMYPE, la fecha de renovación era el 01/02/2016 hasta el 31/01/2017, debo regularizar como contrato extemporáneo?…, cuanto debo pagar si ambos estaban con el sueldo mínimo 750.00 en esa fecha. Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:01 pm

      Debes renovar el contrato con un mayo tiempo, pero ya no se presentan al ministerio de trabajo.

  15. Yuliana dice

    11 de octubre de 2016 a las 3:32 pm

    Miguel buemas tardes.
    Una consulta. Qué se puede hacer cuando sunat te envia una carta diciendote q tiene q regularizar tu planilla desde el año pasado. Paso que hicieron una visita al negocio y encontraron a la única trabajadora que no esta en planilla y trabaja por horas desde hace varios años, es estudiante universitaria y trabaja medio tiempo. Qué se puede hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de octubre de 2016 a las 12:17 am

      En ese caso, tendrías que demostrar que no es una trabajador permanente, que solo viene eventualmente y presta sus servicios mediante recibos por honorarios.

  16. Ross dice

    28 de septiembre de 2016 a las 10:14 am

    Los estudios contables o rubros similares pueden acogerse a REMYPE?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de septiembre de 2016 a las 9:51 am

      Es correcto, pueden acogerse.

  17. Jesse dice

    31 de julio de 2016 a las 10:53 pm

    Muy interesante, quería hacerle una si una empresa es mype los trabajadores tiene derecho a una liquidación y cual es el monto que se toma COMO REFERENCIA PARA EL CALCULO DE SU LIQUIDACION DE BENEFICIOS SOCIALES.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 7:41 pm

      Si les corresponde liquidación, las empresas mypes tienen categorías (micro, pequeña) dependerá de cada una para sus beneficios respectivos.

  18. Rosa Pacheco dice

    28 de julio de 2016 a las 9:12 am

    Muy importante la nota, gracias por compartir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 7:10 pm

      Muchas gracias 🙂

  19. Alberto Fernandez dice

    25 de julio de 2016 a las 11:24 pm

    Excelente info 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2016 a las 11:08 am

      Muchas gracias 🙂

  20. Gina dice

    25 de julio de 2016 a las 10:11 am

    Miguel,
    Buena tu información.
    Sldos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de julio de 2016 a las 11:32 pm

      Muchas gracias 🙂

  21. Esaú dice

    25 de julio de 2016 a las 9:10 am

    Buena información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de julio de 2016 a las 11:32 pm

      Muchas gracias 🙂

  22. Jorge dice

    22 de julio de 2016 a las 6:07 pm

    Valiosa información¡

    Muchos exitos.

    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2016 a las 12:04 pm

      Muchas gracias 🙂

  23. Elena Carhuallanqui C. dice

    22 de julio de 2016 a las 5:47 pm

    Excelente como siempre, temas relevantes, éxitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2016 a las 12:07 pm

      Muchas gracias 🙂

  24. Erasmo Juan Chuquihuara toribio dice

    22 de julio de 2016 a las 3:45 pm

    Muchas gracias es una excelente explicación
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2016 a las 4:14 pm

      Muchas gracias, que tengas un buen fin de semana.

  25. Martin Lopez dice

    22 de julio de 2016 a las 3:08 pm

    Pienso que aun falto mencionar los relevantes de los demás tipos de contratos,
    por ejemplo el de formación laboral … sin sobrecargas laborales…

    Responder
  26. Cristhian dice

    22 de julio de 2016 a las 2:18 pm

    Excelente información 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2016 a las 4:16 pm

      Gracias 🙂

  27. Marisela dice

    22 de julio de 2016 a las 2:10 pm

    Excelente como todas tus notas!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2016 a las 4:17 pm

      Muchas gracias 🙂

    • Edith dice

      7 de septiembre de 2016 a las 9:43 pm

      En el caso de una empresa de hospedaje, que necesita contratar un recepcionista, contador, que tipo de contrato califica para estas labores?

    • Miguel Torres dice

      8 de septiembre de 2016 a las 4:43 pm

      En el caso del recepcionista, si la empresa es nueva, podría ser un contrato por inicio de actividades, de lo contrario sería indeterminado. Puedes estableces un periodo de prueba para verificar el desempeño del trabajador. En el caso del contador puede ser un contrato outsourcing, locación de servicio.

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