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TC evalúa tres acciones de inconstitucionalidad contra CAS

Sin categoría - Publicado por Miguel Torres el 29 agosto, 2010 Dejar un comentario

La procuradora del Ministerio de Justicia, Katty Aquize, informó que actualmente existen tres demandas planteadas ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) para solicitar se declare su inconstitucionalidad.

“Es el TC quien decidirá si el régimen CAS es constitucional o no”, precisó. Dos de estos casos están muy avanzados pues ya se realizó la audiencia de vista de la causa y en el tercero el Estado está por contestar la demanda defendiendo la constitucionalidad del régimen.

Consultada sobre cuándo podría resolver el TC las demandas planteadas, Aquize prefirió no aventurarse a dar una fecha, pues dado que los casos son similares, el TC podría decidir acumular los tres procesos, y en esa situación el Tribunal esperará que se dé la vista de la causa en la tercera demanda y luego emitir un solo fallo.

Inaplicación

Esta información la brindó al momento de aclarar que si bien el Poder Judicial, gracias al control difuso, puede inaplicar una norma para un caso concreto, no puede declarar la inconstitucionalidad con efectos generales. “El Poder Judicial no tiene facultades para declarar la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, eso le compete al TC”.

Aquize sostuvo que el Poder Judicial sí puede inaplicar una norma para un caso concreto, que es lo que ha sucedido en el caso de Nelly Crispin contra Ministerio de la Mujer (Gestión 25.08.2010).

Si bien el fallo del Poder Judicial solo se aplica para quienes plantearon la demanda, otras personas podrían acudir con esta base al Poder Judicial a la espera de un fallo similar, pero siempre para cada caso concreto.

En corto

El régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) nació el 29 de junio del 2008 con la finalidad de reemplazar al sistema de contratación de Servicios No Personales (SNP) y permitir a quienes laboraban para el Estado tener algunos beneficios laborales sin tener que ser incorporados a la planilla de la Administración Pública.

Diario Gestión (26.08.2010), Pág. 5

Etiquetado con: cas

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