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Régimen Especial de Renta [Actualizado 2021]

Tributario - Publicado por Miguel Torres el 6 noviembre, 2020

Miguel ¿Qué es el régimen especial de renta?

El Régimen Especial de Renta es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría, es decir rentas de naturaleza empresarial o de negocio.

Miguel ¿A quienes está dirigido el régimen especial de renta?

Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de:

  1. Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.
  2. Actividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior.

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ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Acogimiento al Régimen Especial de Renta
    • Requisitos para acogerse
  • Calculo de los Impuestos a Pagar
    • Cuota del  Impuesto a la Renta 
    • Impuesto General a las Ventas
  • Código Tributo
  • Libros Contables

Acogimiento al Régimen Especial de Renta

Con la declaración y el pago de la cuota, que corresponda al periodo de inicio de actividades declarado en el RUC, y siempre que se efectúen dentro de la fecha de vencimiento.

Requisitos para acogerse

  • Los ingresos netos anuales  no deben superar los S/ 525,000.
  • Las adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525,000.
  • El valor de los activos fijos afectados a la actividad  no debe superar los S/ 126,000.
  • La cantidad de personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas.

Calculo de los Impuestos a Pagar

Cuota del  Impuesto a la Renta 

Es la que se paga aplicando el 1.5% sobre el ingreso neto mensual  y que determina el impuesto a la renta mensual a pagar, por los contribuyentes de este régimen.

  • Como calcular el IGV y Renta Mensual para Régimen Especial Renta

Impuesto General a las Ventas

Impuesto que se  paga con la tasa del 18% ( incluido el 2% del impuesto de promoción municipal ) como producto de las operaciones de venta del negocio.

Al determinar el impuesto mensual  se puede deducir ( como crédito fiscal), todo el impuesto( IGV)  pagado y registrado en el mes como producto de las compras y adquisiciones de bienes y servicios vinculados con la  actividad económica, con lo cual se pagará ante la SUNAT sólo la diferencia del impuesto.

Código Tributo

Para realizar el pago del impuesto a la renta del RER debemos utilizar el siguiente código de tributo:

  • 3111 Régimen Especial de Renta

Libros Contables

Registro de Compras.- El primero de ellos les permite tener derecho a ejercer el crédito fiscal en el pago del IGV.

Registro de Ventas.- El segundo caso les permite llevar en orden cronológico el monto de sus ingresos afectos tanto al IGV como al impuesto a la Renta.

  • Libros Electrónicos para empresas RER [Régimen Especial de Renta]

Adicionalmente, la forma de llevado de los libros contables pueden ser en formato manual, computarizado o electrónico.

  • Descarga la carpeta del Régimen Especial de Renta

Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre el Cierre Tributario Impuesto a la Renta 2019, invitarlos para el Sábado 14 de Marzo al taller full práctico donde revisaremos los ingresos gravados, reglas para deducir gastos, gastos susjetos a limites, etc más información del taller aquí.

Etiquetado con: RER

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Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

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7 comentarios

  1. rosa dice

    6 enero, 2021 en 8:53 pm

    Buenas tardes,
    Una consulta en el RER, se paga dividendos y en base a que porcentaje se paga los dividendos.

  2. Mariale dice

    15 diciembre, 2020 en 7:51 pm

    Hola , una consulta . Si estoy en NRUS y deseo cambiar a RER, pero esta vez ya no quiero hacerlo como persona natural sino jurídica ( deseo asociarme a alguien) , se puede ? Podría quedarme con la misma razón social ?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      16 diciembre, 2020 en 1:46 pm

      No se puede hacer eso.

  3. Anabel dice

    23 marzo, 2020 en 6:33 pm

    Buenas tardes,
    Una consulta, en este régimen es obligatoriamente poner en planilla a los trabajadores?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 marzo, 2020 en 10:24 pm

      No es por el régimen, es obligatorio poner en planilla a tus trabajadores.

  4. Susana dice

    15 abril, 2013 en 8:32 am

    Me parece bien esta información excelente que fue !

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 noviembre, 2020 en 12:38 pm

      Muchas gracias, bendiciones.

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