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Monto de las gratificaciones

Publicado por Miguel Torres el 6 de diciembre de 202112 comentarios

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¿Cuál es la remuneración computable para las GRATIFICACIONES?

En primer lugar, es muy común mencionar lo que indica el artículo 3.2 del Decreto Supremo Nº 005-2002-TR:

La remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente.

En ese sentido, se tomará como base cálculo la remuneración vigente al 30 de junio o 30 de noviembre respectivamente.

Monto de las gratificaciones

Por otra parte, el artículo 2 de la Ley Nº 27735 menciona:

EI monto de cada una de las gratificaciones es equivalente de la remuneración que perciba el trabajador en la oportunidad en que corresponde otorgar el beneficio.

En este caso, la Ley menciona una definición totalmente distinta a lo que indica el reglamento.

Por lo tanto, para la Ley de gratificaciones el monto de gratificaciones computable será la remuneración que perciba el trabajador durante la primera quincena de julio o diciembre.

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Conclusión

  1. El monto de gratificaciones computable será la remuneración que perciba el trabajador durante la primera quincena de julio o diciembre.

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Temas: gratificacion

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12 comentarios

  1. Maria Elena Poma Rojas dice

    7 de junio de 2022 a las 5:50 pm

    Muy Valioso sus aportes, bendiciones estimado Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2022 a las 7:12 pm

      Muchas gracias 🙂

  2. Esperanza Victorio dice

    7 de diciembre de 2021 a las 9:16 am

    Felicitación siempre bien explicado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2021 a las 3:18 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  3. María Sandoval dice

    7 de diciembre de 2021 a las 8:01 am

    Interesante, para no cometer errores.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2021 a las 3:18 pm

      Es correcto, muchas gracias por el comentario.

  4. Inés aurora dice

    6 de diciembre de 2021 a las 5:30 pm

    Gracias a ti Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2021 a las 10:20 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  5. Mary dice

    6 de diciembre de 2021 a las 3:59 pm

    Hola miguel por favor quisiera que me digas como calculo la gratif de una personal que inicio el 05/10/21 y termina el 17/12/21 y trabaja solo de mar a jueves.
    espero tu comentario, gracias
    he aprendido mucho con el examen de gratificacion solo que no hay este caso.

    Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2021 a las 4:48 pm

      Solo por un mes trunco.

  6. Claudia Robles dice

    6 de diciembre de 2021 a las 1:28 pm

    Buenas tardes Miguel, justo hoy voy a calcular la gratificaciones del personal(106 personas, todos con sueldos mayores a S/1 000.00) y tengo la duda respecto a la asignación familiar incluida en el sueldo bruto de diciembre 2021, si es S/100.00 ó S/93.00. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2021 a las 2:02 pm

      Es 93 soles.

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