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Inicio » Laboral » ¿Qué es el periodo de Latencia?

¿Qué es el periodo de Latencia?

Publicado por Miguel Torres el 1 de octubre de 2020286 comentarios

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Miguel ¿Para que sirve el periodo de latencia?

La finalidad del periodo de latencia es de no dejar desprotegido al trabajador de la atención del seguro luego de quedar desempleado.

Como resultado de este beneficio el trabajador tendrá derecho a la atención en el seguro por un lapso adicional en función a la latencia.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Periodo de Latencia
  • Requisitos para el Periodo de Latencia
  • Cobertura del Periodo de Latencia
    • Primera Mitad PEAS
    • Segunda Mitad PEAS
  • Como accedo al Periodo de Latencia
  • Derechohabientes

Periodo de Latencia

La latencia abarca los meses siguientes al cese del vinculo laboral, en dicho lapso de tiempo el trabajador tiene derecho a recibir las prestaciones de atención en Essalud.

El trabajador puedes solicitar este beneficio en las siguientes oportunidades:

  • Se encuentre desempleado.
  • Este con suspensión perfecta de labores.

Tener presente que la suspensión perfecta de labores significa que el trabajador no realizara labores ni tampoco gozara de una remuneración.

Por lo tanto, el empleador no realizara aportaciones ante el Essalud, perdiendo la cobertura.

Requisitos para el Periodo de Latencia

Para gozar de este beneficio el trabajador debe contar con un mínimo de 5 aportaciones en los últimos 3 años.

Por cada 5 meses de aportación, el trabajador tiene derecho a 2 meses de latencia.

Periodos Aportados previos al ceseTotal de periodo de Latencia
De 5 a 9 meses2 meses
De 10 a 14 meses4 meses
De 15 a 19 meses6 meses
De 20 a 24 meses8 meses
De 25 a 29 meses10 meses
De 30 a más meses12 meses

El periodo de latencia tiene un máximo de 12 meses.

Cobertura del Periodo de Latencia

La cobertura de atención para el trabajador se divide en dos categorías:

Primera Mitad PEAS

Tiene derecho a prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud por diagnósticos médicos incluidos dentro de listado del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS.

  • Plan Esencial de Aseguramiento en Salud

Segunda Mitad PEAS

Tiene derecho atenderse por diagnósticos que no estén incluidos en el PEAS y por maternidad en EsSalud.

Primera Mitad PEASSegunda Mitad PEAS
Primer mesSegundo mes
Dos primeros mesesDos siguientes meses
Tres primeros mesesTres siguientes meses
Cuatro primeros mesesCuatro siguientes meses
Cinco primeros mesesCinco siguientes meses
Seis primeros mesesSeis siguientes meses

Como accedo al Periodo de Latencia

Para acceder a este beneficio se requiriere los siguientes requisitos:

  • DNI del titular.
  • Solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo, original y una (01) copia simple.
  • Documentos que acrediten vinculo laboral con sus ex- entidades empleadoras (copia simple).
  • Formulario Nº 1022.

El tramite se realiza en las agencias o sucursales mas cercana a la ubicación de su ultimo empleador.

Derechohabientes

Este beneficio también cubre a los derechohabientes:

  • Conyugue.
  • Concubina.
  • Hijos menos de edad.
  • Hijos mayores de edad incapacitados.

Por otra parte, se gozara independiente que el empleador haya realizado los pagos de aporte de EsSalud del trabajador en el PDT PLAME.

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✅ La finalidad del periodo de latencia es de no dejar desprotegido al trabajador de la atención del seguro luego de quedar desempleado. ✅ #periodolatencia #essalud

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Temas: latencia, periodo de latencia, seguro de desempleo

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286 comentarios

  1. Denis dice

    26 de agosto de 2021 a las 3:34 pm

    Hola buen día,
    Mi consulta es si durante la segunda mitad del periodo de latencia me toca dar a luz me atenderan la cesárea ??
    Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2021 a las 6:23 am

      Te recomiendo que lo consultes en EsSalud.

  2. Lily dice

    7 de noviembre de 2020 a las 9:34 am

    Hola yo tengo mi seguro activo hasta el 31 de noviembre pero ya solicité la latencia por desempleo este se activa automáticamente ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2020 a las 9:36 pm

      Si realizaste el tramite, se activara.

  3. Blanca Guardia dice

    2 de octubre de 2020 a las 7:52 pm

    Miguelito extraordinario articulo, super aporte, bendito seas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2020 a las 11:56 pm

      Muchas gracias 🙂

  4. Rosario dice

    1 de octubre de 2020 a las 5:04 pm

    Miguel, una consulta mi pareja dejo de laborar en el mes de 04 el estaba afiliado al Essalud, y para fines de 07 se desafilio en el sistema . Yo estoy con 6 meses de gestación mi esposo empezó a laborar en otra empresa, no puede darme de alta en el Derechohabiente y nos pide que realicemos una DDJJ POR PATERNIDAD en la notaria y presentarlo al ESSALUD

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2020 a las 11:57 pm

      Tienes dos opciones, concubina o madre gestante.

  5. Edgar dice

    28 de mayo de 2020 a las 7:01 pm

    En mi caso la vigencia de cobertura es por 12 meses, el cual esta compuesta por los periodos como sigue:

    1er Periodo: del 01.02.2020 al 30.07.2020 Capa Simple y Capa Compleja.
    2do Periodo: del 31.07.2020 al 30.01.2021 Capa Compleja y Maternidad.

    Consulta: Qué periodo le corresponde coberturar al EPS ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2020 a las 8:24 pm

      Te recomiendo lo consultes con el EPS para una respuesta mas directa.

  6. Tatiana dice

    15 de abril de 2020 a las 5:14 pm

    Buenas tardes, si el pago del PDT PLAME de los meses de febrero y marzo del 2020, se cancelaran en el mes de mayo 2020, como tengo licencia sin goce de haber desde el mes de Abril del 2020, y deseo considerar la latencia para mi Essalud, como se consideran estos pagos de febrero y marzo si aun no son computados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2020 a las 5:42 am

      No aplicas para latencia con solo dos meses de aportación.

  7. Marisol dice

    11 de abril de 2020 a las 8:32 pm

    Hola Miguel buenas noches deje de trabajar el 31 de enero del 2020 trabaje 4 años en una empresa .es posible que yo pueda solicitar este seguro de latencia .o cuanto tiempo tengo para solicitarlo como puedo hacerlo en estés momento.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2020 a las 7:46 am

      Si es correcto, puedes hacerlo, tienes que tramitarlo en una oficina administrativa de EsSalud.

  8. Mariana dice

    30 de marzo de 2020 a las 7:39 pm

    Hola Miguel, buenas noches, una consulta, este trámite de latencia , desde la fecha que cesé con la empresa, que tiempo tengo para hacer el trámite?… yo trabajé hasta el 28 de febrero. Desde esa fecha hasta ahora estoy desempleada y ahora x esto de la pandemia no se si aún podré hacer ese trámite… me correspondería? Yo estuve con eps 6 meses hasta que terminó mi contrato, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de marzo de 2020 a las 9:32 pm

      Si claro lo puedes tramitar.

  9. Abel dice

    8 de enero de 2020 a las 8:11 am

    Trámite ayer mi periodo de latencia como titular, pero no mencione que deseaba el mismo tramite para mis derecho habientes, eso es automatico tan solo por haberlo tramitado yo o tengo q hacer un nuevo tramite x cada uno de ellos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2020 a las 10:44 am

      Debería ser automático la prórroga para ellos también como titular.

  10. Maria dice

    7 de septiembre de 2019 a las 10:11 am

    Si labore solo hasta febrero y tuve vigencia para atención en essalud hasta julio (sin tramitar la latencia) y empiezo a laborar en agosto tengo que esperar los 3 meses para poder atenderme ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de septiembre de 2019 a las 11:13 pm

      Es correcto.

  11. Patty dice

    29 de agosto de 2019 a las 5:23 pm

    Esta interesante, una consulta tengo dos trabajo y deje uno el seguro me dará mi carta de latencia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de agosto de 2019 a las 11:18 pm

      Si, pero ese trámite tienes que solicitarlo.

  12. Fredy Juárez Almeida dice

    10 de mayo de 2019 a las 5:50 am

    Puedo solicitar en cualquier oficina de essalud a nivel nacional

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2019 a las 12:28 am

      Es correcto.

  13. Brenda Tinco dice

    17 de enero de 2019 a las 11:47 am

    Quiero hacer una consulta, tengo que viajar y renunciare a fin de mes , pero me hare un operación por essalud el proximo mes y me lo iba cubrir el seguro, si renuncio a mi trabajo ya no podré acceder al seguro?? y tendre que pagar la operación? por favor necesito saber

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2019 a las 5:33 am

      Puedes acogerte a latencia (es un periodo post cese donde estas cubierto).

  14. Erika dice

    30 de junio de 2018 a las 6:33 am

    Hola, quisiera saber si al tramitar el.peduodo de latencia, la atención es sólo para Es salud o también para la EPS, deje de laborar, pero estuve en EPS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2018 a las 5:39 pm

      Tendrías que consultar con tu EPS.

  15. Justo dice

    20 de junio de 2018 a las 1:13 pm

    Hola quiero saber como registro a mi concubina gestante si me encuentro en periodo de latencia, ya se encontraba gestando mientras aun yo laboraba. Mill gracias, intento llamar a es salud pero nada.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2018 a las 2:41 pm

      En ese periodo ya no podrías por el tramite regula (T-Registro – Empleador), te recomendaría ir a una oficina de Essalud.

  16. Gerardo dice

    17 de abril de 2018 a las 11:11 am

    Hola, estoy pensando viajar solo al extranjero por motivos de trabajo, pero mi familia se va quedar en Peru, mi familia pierde el periodo de latencia o pueden disfrutar de ese beneficio. Yo tengo aportado mas de 8 años al seguro EPS y essalud. El trabajo es con una empresa extranjera. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2018 a las 12:17 pm

      El periodo de latencia es para el trabajador titular y sus derecho habientes.

  17. Elizabeth dice

    7 de abril de 2018 a las 8:09 am

    Quiero hacer una consulta si yo trabaja hasta fines de marzo trabaje un año y medio .. Puedo ampliar mi tiempo de latencia para seguir atendiendome en el essalud

    Responder
  18. Lorena Rios dice

    19 de febrero de 2018 a las 11:14 pm

    Hola una consulta mi contrato terminará el 28 febrero estoy embarazada de 7 meses, me dijeron en essalud que mi fecha probable del parto es el 24 de abril. El periodo de latencia cubrirá mi parto y puedo asegurar a mi hijo?

    Responder
  19. lady perca dice

    18 de febrero de 2018 a las 2:05 pm

    hola, aporte sólo 6 meses y 15 días a essalud, hasta el 31 de diciembre del 2017, que venció mi contrato. No aporte enero 2018. Ahora empece un nuevo contrato en OTRA empresa que va desde 15 de febrero 2018,mi pregunta es si por un lapso de tiempo quedare sin essalud, me interesa por que estoy gestando y mi parto esta programado para fines de abril de este año 2018

    Responder
  20. Karin dice

    15 de febrero de 2018 a las 4:16 pm

    Tengo periodo de latencia por 1año, vence el 30.04.18, y estoy embarazada con parto programado para fines de agosto. estoy trabajando con orden de servicio de tercero y van a lanzar mi contrato de CAS en Marzo. Mi pregunta es si puedo acceder a la licencia de descanso pre y post natal y pago de lactancia, estando nuevamente como CAS desde quincena de marzo. Gracias

    Responder
  21. Manuel dice

    13 de febrero de 2018 a las 7:51 pm

    Buenas noches queria hacer una consulta Ps yo aun sigo trabajando en la empresa voy x un año y tres meses mi esposa esta gestando y ya tiene 8 meses lo q pasa esq en mi seguro sale cesado no se aq se debe ps q se hace en ese caso a donde acudo espero su respuesta gracias.

    Responder
  22. John dice

    12 de febrero de 2018 a las 12:14 pm

    Quisiera saber si es que puedo asegurar ami esposa que esta embarazada de 6 meses ya ..pero mi cese del trabajo fue en este mes. Podria adquirir la lactancia y asegurar a mi esposa tengo 3 años aportando a essalud

    Responder
  23. Juana dice

    7 de febrero de 2018 a las 4:39 pm

    Una consulta en mi trabajo se termino mi contrato el 15 de dic 2017 y todavía tengo latencia hasta el 15 de febrero, y yo puedo seguir aportando para no perder mi seguro. porque mi primera boleta saldría recién el 10 de abril porque recien comensaria a trabajar. Espero su respuesta. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:21 pm

      Si puedes como facultativo, tienes que ir a un centro de essalud – administrativo.

  24. Marlith Sànchez dice

    6 de febrero de 2018 a las 11:03 pm

    hola Miguel, he dejado de laborar el 22 de enero ultimo luego de laborar por 27 años consecutivos en la misma empresa, y he aportado a Essalud durante todo ese tiempo, deseo saber cuantos meses de latencia me corresponde y si debo tramitarlo y puede ser en el mismo lugar donde me atiendo?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:53 pm

      En el articulo esta la respuesta.

  25. Raul dice

    5 de febrero de 2018 a las 6:43 pm

    Hola una consulta si aporte a EsSalud y tenía EPS mi hijo y yo y ya dejé de laborar la latencia se hace por separado o solo se tramita en EsSalud ? O tendría q ir a Pacífico a tramitarlo saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de febrero de 2018 a las 9:37 am

      Es para el essalud.

  26. Katherine dice

    3 de febrero de 2018 a las 6:30 pm

    Una consulta ya termine de laborar desde diciembre y mi essalud sigue vigente hasta hoy em febrero pero estoy embarazada ..que puedo hacer.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de febrero de 2018 a las 12:45 pm

      Mientras sigas activa puedes atenderte. Tb puedes tramitar el periodo de latencia para extender la atención.

  27. Jorge Mestanza dice

    12 de enero de 2018 a las 8:42 am

    Muy bueno e ilustrativo.

    Responder
  28. Noemi dice

    4 de enero de 2018 a las 11:52 am

    Hola que tal una consulta he tramitado el derecho de latencia y me dijeron que dura 10 meses y que mi bebe podia atenderse hasta el 30 de abril he dejado de laborar el 30 de noviembre del 2017 y al 30 de abril son 5 meses y quisiera saber si despues tendria que volver hacer de nuevo el tramite para los otros 5 meses?? Agradeceria tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de enero de 2018 a las 6:50 pm

      El periodo de latencia es en base al tiempo aportado, y solo se hace un tramite.

  29. Rebeca Uzuriaga dice

    25 de diciembre de 2017 a las 10:58 pm

    Interesante, pero si no tengo el documento que agredite mi tiempo de trabajo, puedo sacar, mi periodo de latencia???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de diciembre de 2017 a las 12:52 am

      No puedes, porque essalud verificara las aportaciones.

    • Lucy Noemi dice

      1 de octubre de 2020 a las 10:36 pm

      Hola Miguel, gracias por el aporte valioso, no revisé a profundidad. En caso del Essalud ellos le dijeron a una profesora que el periodo de latencia es solo x 3 meses, que se puede hacer si se niegan a dar más tiempo?

  30. Viviana Valdivia dice

    14 de diciembre de 2017 a las 9:59 pm

    Hola aporte casi 6 años ..ya hice el tramite de mi latencia me corresponde 12 meses ..6 x pacifico y 6 x essalud..pense q automaticamente se hacia el d mi hija pero debi tramitarlo..mi esposo entro a un nuevo trabajo y han metido a mi hija a essalud..la consulta es ..puedo tramitarle
    Igual su latencia que por derecho le corresponde por mi cese ..y que pueda usar clinicas privadas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2017 a las 11:53 pm

      Lo tienes que consultar con pacifico.

  31. Sofía dice

    6 de diciembre de 2017 a las 7:48 am

    Buen día, mi esposo tuvo aportación al EsSalud hasta setiembre, cesó en su trabajo y nuevamente aporto en esto día de diciembre, podemos acceder al subsidio de lactancia mi hijo nacerá estos días, gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 2:43 pm

      Antes de los 6 meses del nacimiento, necesitas 3 aportaciones.

  32. Alvaro dice

    4 de diciembre de 2017 a las 11:04 pm

    hola, yo trabaje para una empresa durante 4 años y me despidieron en septiembre. Cuanto tiempo debo tener de latencia? pues vi en sistema de essalud y activo estaba aolo hasta el 31 de Octubre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 12:35 am

      Tienes que hacer el tramite de la latencia, no se activo por si solo.

  33. John Pumayalli dice

    28 de noviembre de 2017 a las 10:02 pm

    Hola Miguel, una consulta deje d laborar el 31 de Julio de este año y los aportes a Essalud se realizaron hasta esta fecha. Se aporto al seguro por 35 meses. Me atendí 3 meses más. No sabía sobre la latencia. Ya paso un mes que no tengo seguro. Puedo hacer el trámite por latencia o ya no se puede, o hay alguna solución para esta consulta. Agradezco tu amable respuesta. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2017 a las 4:54 pm

      Te recomiendo consultar con una oficina de administrativa de essalud.

  34. Ángela alza dice

    23 de noviembre de 2017 a las 10:31 am

    Hola el periodo de latencia también cubre a mis hijos mayores de edad ,porque en la página dice que si tengo la duda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 9:30 am

      No cubre hijos mayores de edad, solo existe una excepción para niños especiales (lo puedes consultar en el Essalud).

  35. Milagros Simbala dice

    19 de noviembre de 2017 a las 11:09 pm

    Una consulta, si o si tengo que tramitar él periodo de latencia?? O automáticamente después del cese tengo derecho a esta misma?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2017 a las 11:33 pm

      Tienes que tramitar para tener el beneficio.

    • Milagros Simbala dice

      25 de noviembre de 2017 a las 12:29 am

      y cuanto tiempo tengo a partir de mi renuncia, para poder tramitarlo?. pues renuncie un 17 de noviembre pero la liquidación demora casi 20 días, y leí que tengo que presentar ese documento.

    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 8:22 am

      Es correcto, no hay un plazo especifico, pero ya puedes tramitarlo una vez cesado, es un formulario que tiene que firmar tu ex empleador.

  36. Claudia dice

    11 de noviembre de 2017 a las 7:51 pm

    Hola, me dieron 12 meses de latencia desde Agosto 2017 a Agosto 2018; desde el inicio de Latencia estoy gestando y ahora haciendo mis controles en Essalud, la pregunta es si me corresponderá el subsidio por maternidad y lactancia? El mes de parto es para marzo 2018. Gracias

    Responder
  37. dania cabrera dice

    9 de noviembre de 2017 a las 9:13 am

    Buen dia
    El periodo de latencia se debe realizar tramite en la entidad correspondiente o se activa automatico.

    Responder
  38. Leonardo dice

    7 de noviembre de 2017 a las 11:05 am

    Buenos dias disculpe si yo trabaje hasta el 15 de octubre asta cuando tengo derecho de atenderme en el essalud y en que momento puedo pedir el periodo de latencia? Graciaz

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2017 a las 1:58 am

      Tienes todo noviembre, el periodo de latencia depende del numero de meses que has aportado.

  39. Monica dice

    2 de noviembre de 2017 a las 5:02 am

    Una consulta si en un año trabaje 12 meses el otro 6 meses el otro 9 meses y nunca pide latencia y ahora quiero pedir me suman los meses d los 3 años d aporte o Solo el ultimo año consecutivo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 1:34 pm

      Tiene que ser consecutivos , si lo solicitas se computara de tu ultimo trabajo.

  40. Karina dice

    31 de octubre de 2017 a las 7:48 pm

    ¿Porqué no responde todos los comentarios? No me parece, si alguien pregunta es porque quiere que le brinden información…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 1:57 pm

      Por una sencilla razón, son mas de 50 a 60 comentarios por día, no me alcanza el tiempo 🙁

  41. Jessica dice

    30 de octubre de 2017 a las 1:00 pm

    Una consulta la latencia aplica para trabajadores cas que dejaron de laborar así, aplicaría a enfermedades como el cancer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2017 a las 6:38 pm

      Te recomendaría que lo consultes en Essalud.

  42. Karina dice

    29 de octubre de 2017 a las 10:16 pm

    Buenas noches! yo empece a laborar el 1 de marzo del 2017, mi contrato vence el 22 de diciembre del presente año pero tengo una operación programada para el 19 de febrero, mi carta de latencia cubre la operación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 2:26 pm

      Depende el tipo de capa, en el periodo de latencia se divide por capa (consulta en el essalud).

  43. Carlos dice

    29 de octubre de 2017 a las 1:16 pm

    Una consulta yo deje de laborar en julio 2017 me dieron periodo de latencia hasta febrero 2018 pero mi consulta es..si mi esposa dio a luz en octubre le corresponde el pago de lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 2:21 pm

      No, porque necesitas tener el seguro vigente (aporte).

  44. Letty Mariela Ruiz Sinarahua dice

    26 de octubre de 2017 a las 9:31 am

    Consulta, si deje de laborar a fines de agosto del 2017 y mi seguro se venció a fines de setiembre del 2017 todavía puedo tramitar mi latencia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2017 a las 8:02 am

      Si puedes hacerlo.

  45. Jaime. Barrientos. dice

    10 de octubre de 2017 a las 10:15 pm

    Buenas noches, mi pregunta es que labore en una empresa 4 meses pero anterior a esta labore 9años consecutivos. Puedo solicitar latencia?.

    Responder
  46. Jefferson dice

    4 de octubre de 2017 a las 10:26 am

    Buenas, trabaje 4 años hasta el 1 de marzo mi seguro estuvo activo hasta el 1 de junio. Ya estamos octubre y entre a un trabajo en el cual debo esperar 3 meses para que se active mi seguro pero necesito atenderme ya. ¿Espero los 3 meses para que se vuelva a activar o me acerco y solicito latencia y si esto afectaria al seguro que mi nuevo trabajo me dara?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 1:15 pm

      Puedes solicitar latencia para que te atiendan, pero por emergencia con el primer aporte ya puedes atenderte.

  47. Rosana dice

    2 de octubre de 2017 a las 10:05 am

    Muy buena, quiero hacer una consulta mi papa tiene, 71 años el es empleado activo, la consulta es que en el seguro ya no puede atenderse porque a pasado a la junta médica mientras demore el trámite como puedo hacer, para que mi papa se beneficie del periodo de latencia y siga atendiendose en el seguro hasta que termine los tramites de su pensión en la onp

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2017 a las 8:37 pm

      No vas a poder, salvo como pensionista.

  48. Cesar dice

    26 de septiembre de 2017 a las 12:28 am

    Miguel una consulta mi esposa aporta casi 4años pero esta gestando y kiere salir del trabajo le corresponde lactancia si se sale va cumplir 8 meses

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2017 a las 1:36 am

      No le corresponde, tiene que tener seguro activo.

  49. Adelaida Pajuelo dice

    12 de septiembre de 2017 a las 8:54 am

    Buenos días, he laborado en una empresa por 4 meses y 15 días (no llego a los 5 meses completos). ¿Aún así me corresponde el periodo de latencia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 10:13 pm

      No corresponde el periodo de latencia.

  50. Carlos M. dice

    8 de septiembre de 2017 a las 11:20 am

    Gracias Miguel por compartir tanta informacion importante, tengo la siguiente pregunta, mi baja en planilla el 31/07/17, con 16 meses consecutivos en Planilla, pasando de ser dependiente a independiente, a la actualidad solo emito recibo por honorarios, habria algun problema de solicitar el Periodo de Latencia que me corresponde de 06 Meses siendo solo prestador de servicios por RH.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 1:56 pm

      No hay problema, lo puedes hacer.

  51. Karen dice

    7 de septiembre de 2017 a las 5:48 pm

    Muy buena información Miguel.. Una consulta yo ya active el periodo de latencia y me estoy haciendo atender ya que estoy gestando.. Mi periodo de latencia indica que tengo para atenderme hasta abril del 2018 pero mi duda es.. Se que cubre mi parto.. Pero si en caso mi bb naciera con algún problema.. La atienden en el seguro o una vez q nace ya no ven ellos.. ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 1:34 pm

      Ya no vas a tener cobertura.

  52. Zoraida dice

    31 de agosto de 2017 a las 6:29 pm

    Hola miguel,yo aporte hasta el mes de abril del 2017,tengo 7 meses de gestación y recién este mes de agosto me han asegurado,tengo derecho a que me atiendan en essalud, anteriormente he aportado por un periodo de 4 años seguidos!ayúdame por favor graciad

    Responder
  53. John Pitterson dice

    31 de agosto de 2017 a las 9:11 am

    Buenos días…

    Mi consulta es la siguiente: Mi relación contractual con mi empleador terminó el 15 de Agosto del 2017. Hasta cuando tendría plazo para solicitar que se active mi periodo de latencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2017 a las 7:27 pm

      La fecha limite seria el plazo de latencia, este se activa luego de tu cese laboral.

  54. Angélica Salas dice

    24 de agosto de 2017 a las 11:09 pm

    Hola, este beneficio cubre tanto a empleadores del estado y sector privado?
    Gracias!!

    Responder
  55. Jeovanna dice

    22 de agosto de 2017 a las 2:12 pm

    Hola Miguel una consulta donde tramito mi periodo de latencia en que Essalud me corresponde yo vivo en independencia, la razón social de mi empresa es en independencia pero la central es en surquillo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2017 a las 6:02 pm

      Tienes que ir al centro de essalud mas cercano de tu DNI, ahi te darán los informes.

  56. Brenda dice

    20 de agosto de 2017 a las 2:30 am

    Una consulta aporte por 3 años ,
    Nunca he solicitado el periodo de latencia pero en un estado de emergencia tengo derecho que me pueden atender normal eesalud si estoy grave

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2017 a las 3:52 am

      Si no tienes vigente el seguro, no te van atender.

  57. Angela dice

    17 de agosto de 2017 a las 6:10 pm

    Hola miguel me alegra e ilustra tus artículos sobre temas como este, quisiera saber si el periodo de latencia también aplica a los trabajadores de instituciones publicas o solo es para privadas,

    muchos éxitos 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2017 a las 6:54 am

      Aplica para todo trabajador cuyo aporte de salud sea el Essalud.

    • Miguel Torres dice

      29 de agosto de 2017 a las 2:02 am

      Aplica para ambos.

  58. Luis Magallanes dice

    17 de agosto de 2017 a las 12:56 am

    Hola buenas noches mi consulta es , estuve trabajando para una empresa 11 meses hasta el 31 de enero que cumplió mi contrato. mi seguro estuvo activo hasta 28 de febrero, mi pregunta es si aun puedo solicitar latencia con mis certificados de trabajos ya que el seguro que afilie a mi hijo esta también desactivo desde febrero y necesito activarlo.Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2017 a las 1:38 am

      Ya no podrías hacerlo.

  59. Roxana dice

    11 de agosto de 2017 a las 7:57 pm

    Tengo latencia hasta enero del 2018.deje de aportar enero de este año.mi bebe nacio el 7 de agosto del presente.puedo solicitar lactancia estando con latencia?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de agosto de 2017 a las 6:16 am

      No puede, tiene que tener el seguro activo mediante aportes.

  60. Fiorella dice

    4 de agosto de 2017 a las 8:54 am

    Hola Miguel una consulta, hay alguna formar de verificar por internet si una persona está en tiempo de latencia? O en la pág de essalud solo sale activo? Sabes si sale el nombre de la empresa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2017 a las 12:32 am

      No se puede verificar, es un tema personal.

  61. Ruth dice

    2 de agosto de 2017 a las 3:54 pm

    Hola Miguel sabes el 31 de diciembre de 2016 termino mi contrato de 2 años 10 meses ya no trabajo mi pregunta es. ¿me corresponde el pago de lactancia materna?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2017 a las 8:37 am

      Si no tienes seguro activo no corresponde.

  62. Isabel dice

    30 de julio de 2017 a las 10:49 pm

    Hola Miguel, yo trabajo hasta fin de este mes ( julio del 2017) y tengo programada una operación en essalud el 10 de septiembre, labore en la empresa 1 año y 8 meses. Mi pregunta es solicito periodo de latencia cubrirá la operación?

    Responder
  63. Karina Mendoza dice

    29 de julio de 2017 a las 9:09 am

    Hola buenos días yo tengo mi latencia pero me dieron en la EPS x 1 año pero llamé y me dijeron k solo hay 2 clínicas para atencion y kedan lejísimos de mi casa además en mi hoja de acreditación solo sale hasta el 30 de junio k está vigente mi seguro y yo necesito la hoja k figure actualizada urgente a k se debe x el trámite de la latencia k hice o x la EPS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2017 a las 9:12 am

      Lo debe coordinar con su EPS.

  64. Jorge Diaz dice

    23 de julio de 2017 a las 5:22 am

    Una consulta tenia latencia hasta fines de junio 6 meses y en julio recien empece a trabajar nuevamente y mi empleador pagar a essalud, mi consulta es si debo esperar nuevamente tres meses para ser atendido, gracias por su indicacion

    Responder
  65. Ross Mery dice

    21 de julio de 2017 a las 11:43 am

    Hola Miguel, me liquidaron el 31 de mayo del 2017. Aún puedo hacer el trámite de latencia …si estamos a fecha 21 de julio ..
    Mil gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2017 a las 2:09 am

      Si podrías, de acuerdo a tu tiempo de aportación tendrás meses adicionales.

  66. Marisellie dice

    21 de junio de 2017 a las 4:42 pm

    Tengo 1 mes de embarazo y mi contrato acaba fines de agosto y hasta esa fecha tendría 9 meses de aportaciones. Cuanto tiempo me dura la latencia y si estoy embarazada como puedo hacer para el nacimiento de mi bebe. Gracias

    Responder
  67. Maura dice

    21 de junio de 2017 a las 12:31 pm

    Hola Miguel mi consulta es yo laboró en una empresa cuatro años soy estable pero hace tres meses di luz fue cesárea ya me incorporó al trabajo el 24 de junio del 2017 pero por temas de salud y el bebe renunciare y quisiera saber cuanto tiempo me cubriría la latencia

    Responder
  68. Carmen Davila dice

    6 de junio de 2017 a las 1:47 pm

    Hola Miguel, puedo solicitarlo si trabaje (13 meses) hasta el 31 diciembre 2016 y luego un mes (abril 2017). si fuera que si ¿cuanto tiempo me correspondería? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2017 a las 7:31 pm

      No puedes solicitarlo.

  69. Jorge Estrada dice

    31 de mayo de 2017 a las 6:36 pm

    Hola Miguel, yo trabaje 10 meses en una empresa en planilla en el año 2016 , puedo en el 2017 hacer uso de mi periodo de latencia de 4 meses ya que nunca lo utilice ? o ya no puedo. Atento a tu gentil información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 12:45 am

      Ya no puedes, se realiza una vez culminado el vinculo laboral.

  70. Katy dice

    29 de mayo de 2017 a las 2:59 pm

    Hola, yo tengo latencia y lo uso porque estoy embarazada .Quiero saber si me corresponde el cobro por lactancia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2017 a las 4:29 pm

      Necesitas 3 aportes dentro de los 6 meses antes del nacimiento.

  71. Elmer dice

    5 de mayo de 2017 a las 5:19 pm

    Hola miguel mi caso es el siguiente tengo un trabajador que renuncio el 28/02/2017, pero ingreso a laborar el 01/04/2017, ahora esta solicitando el periodo de latencia , mi pregunta es esta ¿ cubre también para los derecho habientes ingresados en la empresa anterior ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de mayo de 2017 a las 11:43 pm

      El periodo de latencia tb abarca a los derechohabientes.

  72. Cesar Gil dice

    27 de abril de 2017 a las 3:59 pm

    Mi esposa trabajo hasta desde el 01/01/2016 hasta el 31/01/2017
    Pudo solicitar la latencia con una fecha posterior al cese de su contrato 02/05/2017?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de abril de 2017 a las 8:23 am

      Ya no se puede, aunque podrías consultarlo en una oficina de essalud.

  73. Jhon dice

    28 de marzo de 2017 a las 6:29 pm

    Mi lactencia hasta 01-01- 2016, mi esposa se embarazo 29-08-16 y en octubre aporte, decide esperar los 3meses de aportación a essalud y en acreditación dicen que no puede atenderse por maternidad en la oficinas de essalud me comunico que podria atenderme particularmente en essalud que hago

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2017 a las 12:17 am

      No puedes atenderte porque no había vinculo laboral en el momento de la concepción.

  74. Gerardo de la Cruz dice

    24 de marzo de 2017 a las 11:02 am

    Cuento con periodo de latencia hasta 31/05/17, mi esposa dio a luz hace 3 dias (21/03/17) me puede confirmar si podemos tramitar el subsidio por Lactancia de S/.820.

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de marzo de 2017 a las 11:05 pm

      Necesitas 3 aportes consecutivos dentro de los 6 meses antes del nacimiento.

    • Gerardo de la Cruz dice

      25 de marzo de 2017 a las 11:29 pm

      Gracias, pero actualmente no estoy laborando y cuento con carta de latencia hasta el 31/05/17, mi último contrato fue del 17/10/16 al 01/02/17 en Pacifico Seguros, entonces si podría tramitar el subsidio por Lactancia de S/.820 ?

    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2017 a las 9:32 pm

      No puedes, si no tienes vinculo laboral.

  75. Carlo Choque dice

    15 de marzo de 2017 a las 5:19 pm

    Miguel sabes cual es la direccion de la oficina donde se tramita la carta de latencia???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 9:40 pm

      En una oficina de Essalud de tu sector. Puedes llamar al teléfono, en la pagina de essalud lo encuentras.

  76. Marisol dice

    7 de marzo de 2017 a las 11:09 pm

    Hola renuncie el primero de enero de este año empezé a trabajar el 1 de agosto del 2015 mi. Bebé se puso mal el día de ayer y me dijeron que no estaba activo y no la atendieron yo puedo acceder a este beneficio porfa me respondes gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:04 pm

      Debiste usarlo al terminar el vinculo laboral.

  77. Jhonnt Zumba dice

    3 de marzo de 2017 a las 12:25 pm

    Trabaje desde junio 2016 me dieron de baja el 01 de enero 2017, mi hija nació el 12 de febrero. pero ya estaba trabajando para otra empresa y aportando también a essalud desde el 01/02/22017, tengo derecho a solicitar lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 1:36 pm

      Si te corresponde lactancia.

  78. Henry Valencia Veliz dice

    1 de marzo de 2017 a las 3:50 pm

    Mi esposa tiene 7 meses de embarazo he trabajado hasta el 31-01-17(he laborado 2 años en dicha empresa 02-01-15 al 31-01-17), acabo de empezar a laborar el 13 de febrero en otra empresa:
    1.- Mi esposa puede seguir atendiéndose para poder dar a luz en Essalud?
    2.- Ahora que estoy laborando ¿no es inmediata mi atencion en essalud? o tengo que solicitar la latencia.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2017 a las 4:03 pm

      Si puede solicitar latencia para continuar con la atención, hasta que se regularice su seguro con la nueva empresa.

    • Henry Valencia dice

      1 de marzo de 2017 a las 4:39 pm

      Tengo que presentar todas mis boletas es que por temas de liquidez la empresa me debe los meses de diciembre,enero y la grati de diciembre, mi esposa tiene derecho al subsidio por lactancia? gracias

    • Miguel Torres dice

      2 de marzo de 2017 a las 9:02 am

      Para el beneficio lactancia, necesitas tener 3 aportaciones dentro de los 6 meses antes del nacimiento y tener vinculo laboral a la hora de solicitar la lactancia.

  79. Abel dice

    1 de marzo de 2017 a las 3:35 pm

    Buen día, mi consulta es la siguiente he venido aportando al seguro por 1 año con 2 meses y ayer 28/02/2017 me despidieron, soy contrato CAS, mi esposa esta embarazada del 8vo mes y quisiera saber si me corresponde el periodo de latencia a mi y a mi esposa y si es así hasta cuando tengo tiempo para solicitarlo. gracias.

    Pdt. puedo solicitar la lactancia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2017 a las 4:06 pm

      Te recomiendo ir a una oficina de essalud a tramitar el periodo de latencia.

  80. Analucía Serrepe dice

    28 de febrero de 2017 a las 12:07 pm

    Hola,
    1.- el formulario 1022 lo dan en essalud y allí mismo se llena? 2.- yo saqué cita vía telefónica el último de trabajo con la clinica good hope porque estoy en tratamiento, entonces yo podría atenderme sin tramitar mi cobertura de latencia o no? Gracias

    Responder
  81. Yossi Paz dice

    27 de febrero de 2017 a las 4:49 pm

    Hola que tal mi caso es el siguiente, la empresa que estuvo trabajando mi papa aporto hasta el mes de diciembre del 2016, lo cual mi papa quiere seguir estando asegurado, que deberia hacer puesto que en abril retoma nuevamente a su trabajo y para mayo debemos de operar a mi hermano menor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de febrero de 2017 a las 4:24 am

      Tendría que asegurase facultativamente, te recomiendo ir a un centro de essalud (oficina administrativa) a preguntar sobre los planes.

  82. Enrique Candiotti Ordoñez dice

    24 de febrero de 2017 a las 1:52 pm

    Hola miguel, mi caso es el siguiente: a mi el seguro me pago el tema de lactancia, pero luego de 6 meses me dicen que realise la devolucion del mismo, mi vinculo laboral concluyo en abril y mi hijo nace en mayo, quisera tu respuesta en la brevedad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 10:28 pm

      No te corresponde lactancia, porque es requisito tener vinculo laboral para percibir dicho beneficio al solicitarlo.

  83. Lisa dice

    2 de febrero de 2017 a las 3:59 pm

    Buenas tardes una consulta trabaje hasta el 31/10/2016, los meses de noviembre y diciembre no aporte a Essalud, empeze a trabajar en enero 2017 y actualmente aparesco como no acreditada en essalud como puedo hacer ya que la empresa que trabajo recien me van a declarar el mes de enero a quincena de febrero . Podria hacerme atender o me van a rechazar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2017 a las 9:45 am

      Tienes que pasar 3 meses todavía para que aparezcas acreditada.

    • Normand Eugenio Llontop Huapaya dice

      25 de mayo de 2017 a las 12:08 pm

      Amiga Lisa tuve un caso parecido al tuyo, acércate a una oficina de Essalud y presenta tus 3 últimas boletas de pago del trabajo anterior y las boletas que tengas de tu nuevo trabajo, y en el sistema manualmente te van a acreditar para que te puedas atender

  84. Allison dice

    17 de octubre de 2016 a las 1:53 am

    Tengo 12 semanas de embarazo mi contrato terminó el 18/05/16, quisiera saber si aún puedo solicitar el periodo de latencia, en consulta de acreditación indica q la vigencia de mi seguro essalud terminó el 31/07/16 x lo tanto concebí al bebe durante los últimos días de julio, en este momento ya me encuentro trabajando desde el 06/10/16 no sé cómo podría hacer para atenderme nuevamente.

    Responder
  85. Janet Julian dice

    16 de octubre de 2016 a las 9:36 pm

    Excelente articulo gracias me ha sido de gran utilidad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 6:56 am

      Gracias 🙂

  86. Henry dice

    20 de septiembre de 2016 a las 12:12 pm

    Chevere vuenas respuestas a las preguntas sigue haci culturisanos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2016 a las 2:55 am

      Muchas gracias 🙂

  87. Yelissa dice

    19 de septiembre de 2016 a las 6:45 pm

    Hola Miguel, cuando un trabajador pide licencia sin goce por 6 meses, desea seguir recibiendo atenciones por EsSalud que debe hacer?, y si le aplican pasar periodo de carencia o su latencia se activa al inicio de su licencia sin goce.
    muchas gracias por la asesoria.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2016 a las 1:06 am

      No se activa el periodo de latencia porque el vinculo sigue vigente. Normalmente cuando estas con licencia sin goce haber no hay derecho a la atención al essalud.

  88. Cynthia dice

    11 de septiembre de 2016 a las 12:54 pm

    Buenas, varias personas me han dicho que como tengo seguro en Essalud puedo asegurar a mis padres, se puede hacer eso o tiene que ser otro tipo de seguro y si solo tengo un mes de aportación Essalud puede atender si es una emergencia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2016 a las 8:47 am

      No puedes hacer eso, solo podrás asegurar a tu esposo, concubino e hijos.

  89. Luisa dice

    9 de septiembre de 2016 a las 12:15 pm

    Buen dia Miguel.
    Tengo algunas Consultas
    * Mi contrato venció el 31/8/2016 y la empresa ya no me renovó y a pesar que estoy embarazada de 5 meses ( Eso esta correcto? o podría solicitar una indemnizacion?)
    * En el caso de mi atencion en ESSALUD, debo presentar los documentos que mencionas a ESSALUD, y tendré derecho a los s/820 por subsidio de lactancia? o ya no me corresponde?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de septiembre de 2016 a las 8:09 pm

      Si no tienes vinculo laboral ya no te corresponde el subsidio. Sobre la no renovación, la empresa tendría que justificar su acción, quizas por ser un contrato temporal. Pero no sería valido por el tema del embarazo.

  90. Dennis dice

    12 de agosto de 2016 a las 8:38 am

    Una consulta ,Tengo cobertura por latencia capa compleja por enfermedad hasta el 19 de agosto 2016 , ahora empiezo a laborar en una empresa desde el 15 de agosto , como hago ya que tengo tratamiento con quimioterapias y no puedo cortar . Ahora solo me atenderán por emergencia ? seguiré mi atención normal por mi enfermedad ? , por favor explíqueme .

    Responder
  91. Fanny dice

    24 de julio de 2016 a las 10:05 am

    Hola mira mi espeso dejo de trabajar afines de setiembre del 2015 y yo sali embarazada en diciembre del2015 en la carta de acreditacion dice k tengo hasta el 18de setiembre del2016 dnd estoy programada para esos diasde parto mi miedo es si paso esa fecha ya no sere atendida por el seguro k hago…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de julio de 2016 a las 11:48 pm

      Es probable que el seguro ya no cubra dicha atención del parto, es recomendable que tu esposo hubiera solicitado el periodo de latencia, para ampliar el periodo de atención.

  92. Melina dice

    23 de junio de 2016 a las 6:25 pm

    Hola Miguel; una consulta el seguro cubre enfermedades preexistentes? Hay un trabajador que vamos a ingresar en planilla en Junio y está mal de la vesícula, el seguro va a cubrir la operación de esta persona o no? en el caso que el Sr. ingrese por emergencia en agosto supongamos. Muchas gracias por tu atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de junio de 2016 a las 12:47 am

      No te podría responder eso, consultalo en un centro de essalud.

  93. Frank dice

    16 de junio de 2016 a las 10:48 pm

    Hola Miguel, xfa una consulta… He trabajado para Rimac Seguros 22 meses hasta el 31/05 la cual contaba con Eps… mi consulta es.. sabes si cuento con periodo de latencia con Eps?? si es sí, cuanto tiempo me corresponde y como debería decirlo a mi ex empresa ya que no quiero que me tomen el pelo; y sino, seria con Essalud verdad? y el tramite es directo con ellos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2016 a las 4:32 am

      Te recomendaría que lo consultes con ellos.

  94. Eli Pozo Chavez dice

    14 de junio de 2016 a las 3:59 pm

    Hola Miguel, una consulta, mi novia trabajo en un colegio desde marzo 2015 hasta diciembre de 2015, le dieron una carta de latencia hasta marzo de 2016, quedo embarazada en febrero 2016, dicho carta le cubre atención de gestacion y parto en essalud y puede seguir atendiendose, volvio a trabajar en el mismo colegio en marzo de 2016 hasta la fecha

    Responder
  95. Deysi Sherader dice

    18 de mayo de 2016 a las 11:50 am

    Yo voy a cumplir un año de latencia,y tengo casi un mes trabajando estoy en planilla,y ahora que pasa con el seguro,me puedo seguir atendiendo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 2:14 pm

      Si vuelves a laborar el periodo de latencia termina, solo tendrás que esperar estar activo en tu seguro actual para tus atenciones.

    • Eli Pozo Chavez dice

      14 de junio de 2016 a las 4:00 pm

      Hola Miguel, una consulta, mi novia trabajo en un colegio desde marzo 2015 hasta diciembre de 2015, le dieron una carta de latencia hasta marzo de 2016, quedo embarazada en febrero 2016, dicho carta le cubre atención de gestacion y parto en essalud y puede seguir atendiendose, volvio a trabajar en el mismo colegio en marzo de 2016 hasta la fecha

  96. Victoria dice

    12 de mayo de 2016 a las 1:00 pm

    Estoy en periodo de latencia con pacifico por 6 meses y vence en setiembre, he empezado a trabajar de nuevo mi duda es si pierdo la latencia con la eps ya que la empresa donde trabajo no tiene eps, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de mayo de 2016 a las 1:14 pm

      Es mejor que lo consultes con la EPS Pacifico.

  97. Jav dice

    22 de abril de 2016 a las 7:25 pm

    Trabaje en el 2014 10 meses y en oct. 2015 hasta marzo 2016 .llame a essalud y dicen que tienen que ser 3 años consecutivos para la latencia. Que sólo me corresponde dos meses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2016 a las 7:59 pm

      Es correcto, el periodo de latencia depende del numero de meses que has aportado, siendo el periodo máximo de 3 años con un año de latencia.

    • Jav dice

      24 de abril de 2016 a las 6:17 pm

      Gracias. Mi pregunta era si tenían que ser consecutivos. Osea que no valen los años anteriores que yo haya aportado con otra empresa. Y si es así donde puedo ver esa ley reglamentada. Gracias

    • Miguel Torres dice

      26 de abril de 2016 a las 3:41 pm

      Tiene que ser consecutivo, puedes llamar a essalud para más informes.

  98. Rosmery dice

    8 de abril de 2016 a las 9:38 pm

    muy buena información, pero quiero consultar sobre mi subsidio ya no han pasado 5 mese desde que nació mi bebé y aún no he recibido el dinero de los 820.00 nuevos soles, que debo hacer?, gracias de antemano por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2016 a las 9:06 am

      Debes tramitar el subsidio por lactancia, recuerda que la fecha maxima es 90 días luego de la fecha del nacimiento más 6 meses.

  99. Karla Rodriguez Aranibar dice

    5 de abril de 2016 a las 4:36 pm

    Hola Miguel, quiero saber si el dinero de lactancia le corresponde tambien a una menor (en este caso mi hija que fue asegurada por mi y dio a luz en el seguro siendo menor de edad) y de ser asi hasta cuanto tiempo se dispone para hacer el cobro del mismo. Gracias

    Responder
  100. CLARET S dice

    4 de abril de 2016 a las 4:40 pm

    Hola Miguel, tengo un trabajador que tiene descanso medico y desde febrero no me trae justificativo; en atención telefónica de Essalud me indicación que lo declarara como injustificado. Quiero saber si ese tiene derecho a solicitar la latencia? y si con el concepto S.P falta no justificada se lo aprueban? y hasta cuando lo puede solicitar? Saludos

    Responder
  101. Renzo dice

    31 de marzo de 2016 a las 9:27 am

    Es posible que el empleador siga pagando el seguro a pesar de haber cesado el vinculo laboral con el trabajador?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2016 a las 11:15 am

      Si podría ocurrir si no se le ha dado de baja en el T-Registro al trabajador.

  102. Iris Gálvez dice

    22 de marzo de 2016 a las 5:32 pm

    Hola Miguel,
    He trabajado por 11 años consecutivos, pero en diferentes empresas, renunciaba y empalmaba en la otra empresa. En esté caso me corresponde los 12 meses de latencia.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2016 a las 9:55 pm

      Es correcto, realiza el tramite ante el essalud.

  103. Jorge Luis dice

    20 de marzo de 2016 a las 1:05 pm

    Amigo donde consigo ese formulario?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de marzo de 2016 a las 11:53 pm

      En la pagina de la essalud.

  104. José Luis Lucero Lara dice

    9 de marzo de 2016 a las 10:15 pm

    Trabajo en una empresa desde enero 2015 hasta la fecha, pero recién en febrero 2016 me enteré que estamos ahora con otra razón social y me estoy atendiendo por una lesión en las rodillas, puedo pedir latencia o que debo hacer para que me sigan atendiendo sin problemas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de marzo de 2016 a las 5:33 am

      Si puedes hacerlo, solo realiza el tramite, claro esta que el periodo de latencia depende de cuanto meses has estado activo con el seguro con tu ultimo empleador.

  105. Yoha dice

    27 de febrero de 2016 a las 7:46 am

    Hola Miguel una consulta yo quiero saber si el periodo de latencia me cubre mi gestación también trabaje 2 años y 9 meses consecutivos en el último trabajo claro que anterior estaba en otro

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2016 a las 8:03 am

      Te recomendaría que lo consultes en un centro de essalud, ya que dicho periodo esta clasificado por capas.

  106. Angela dice

    23 de febrero de 2016 a las 9:26 am

    Estuve con licencia por maternidad del 20/10/2015 al 17/01/2016 y mi empleador tramito mi licencia, ante ESSALUD,me lo rechazaron porque dicen que debí tener vinculo laboral al momento de la concepción, osea en febrero, yo empece a volver a laborar en marzo, tengo mi carta de latencia por el mes de febrero que me lo otorgaron en essalud.QUE HAGO?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 5:20 am

      Pues nada, la solicitud de maternidad es negada correctamente. Si ya vas a empezar a laborar en marzo ya tendrás nuevamente el seguro (el periodo latencia ya no te servira mucho).

  107. José Antonio dice

    22 de febrero de 2016 a las 7:15 am

    Hola miguel buenos dias.
    Quería preguntarte si después de 2 meses de haber salido de la empresa que laboré todavía puedo acceder a este beneficio? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 7:35 am

      No te podría dar una respuesta exacta, no he visto un caso similar, pero puedes consultarlo en un centro de atención de essalud.

  108. Henry dice

    17 de febrero de 2016 a las 9:45 am

    Hola miguel estuve laborando dos veces en la misma empresa desde 1/10/2014 hasta 30/6/2015 que renuncie luego reingrese 16/8/2015 hasta 15/2/2016 y ahora estoy dejando de trabajar para esta empresa me gustaría saber información como seria de mi seguro de salud ya que estoy desempleado puedo seguir aportando o tengo beneficio por seguro de desempleo.
    gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 9:58 pm

      Si puedes acceder a dicho beneficio, sigue el procedimiento del artículo.

  109. Carmen dice

    8 de febrero de 2016 a las 1:55 am

    Hola Miguel estoy trabajando actualmente en una empresa mype mi contrato lo firme el 20 de mayo del 2015 por un período de 3 meses luego renovemos contrato el 20 de agosto del 2015 y vence este 19 de febrero mi consulta es si ya no deseo renovar contrato con esta empresa y han pasado 9 meses me corresponde este beneficio. Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de febrero de 2016 a las 2:27 am

      Es correcto, el beneficio va depender de la categoría mype (pequeña o micro empresa).

  110. Miguel Angel dice

    1 de febrero de 2016 a las 2:21 pm

    Hola miguel,trabaje en una empresa privada quince años,hasta el 2014, junio exactamente, desconocia este tema, mi pregunta es, ¿asi haya pasado un año y meses ,aun puedo recurrir a este seguro por latencia? gracias de antemano por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2016 a las 5:58 pm

      Ya no es posible.

  111. Rosita Chavez dice

    26 de enero de 2016 a las 10:11 am

    Hola Miguel.
    Mi esposo dejo de trabajar en octubre 2015 y yo tengo periodo de latencia hasta julio 2016. Quisiera saber si tenemos derecho a lactancia, ya que estoy gestando desde abril 2015.
    Agradeceria mucho tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2016 a las 3:16 am

      Necesitas aportaciones dentro de los 6 meses antes del parto (3 consecutivas o 4 no consecutivas).

  112. Gabriela Villa dice

    17 de enero de 2016 a las 8:15 pm

    Buenas noches, yo he trabajado 10 meses, he dejado de trabajar hace unos días quisiera saber si ya tengo que hacer todo el tramite en estos días para seguir atendiéndome o si hay un tiempo máximo en el que me pueda seguir atendiendo y luego hacer todo el tramite?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2016 a las 12:51 am

      Tienes que hacer el tramite de latencia si deseas aumentar unos meses más de atención. Por default te podrás atender hasta el mes siguiente (lo puedes verificar en la web de essalud – acreditación).

  113. Soledad dice

    14 de enero de 2016 a las 2:58 am

    Buen día Miguel, por favor dime, yo trabajé desde el 2005 en un colegio, y nos renovaban contrato cada fin de año, decidí dejar ese colegio por otro donde me pagarán con recibo por honorarios, igual podría hacer uso del periodo de latencia por el tipo de contrato que tuve y así ahora me paguen con recibo por honorarios?? Cuánto tiempo me correspondería? Muchas gracias…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de enero de 2016 a las 11:24 am

      Si trabajas bajo la modalidad recibos por honorarios no estas en planilla y por ende no hay seguro ni latencia.

  114. Cesar Flores Saavedra dice

    9 de enero de 2016 a las 9:54 pm

    Hola Miguel, mira , mi vínculo laboral terminó en diciembre del 2015 , pero tuve una operación a la rodilla el 6 de enero del pte año ; aún no firmo contrato actualmente, digame si tengo derecho a recibir un desembolso X incapacidad temporal para el trabajo , muchas gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2016 a las 12:40 am

      Ya no tendría derecho al subsidio ya que no tiene vinculo laboral.

  115. Janet dice

    2 de enero de 2016 a las 7:44 pm

    Hola Miguel una consulta yo trabaje en una empresa por 4 años y 3 meses , puedo solicitar mi periodo de latencia ya que trabaje hasta la quincena de noviembre del 2015 y no lo solicite en su momento porque desconocia del tema, y cuanto tiempo me corresponde, Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 3:10 am

      Te dejo el link –> ver enlace.

  116. Mery dice

    14 de diciembre de 2015 a las 7:34 pm

    Miguel te agradeceria si puedes aclararme una duda, yo he trabajado 3 años en una misma empresa, en unos dias termina mi contrato, segun la tabla me corresponde 12 meses de latencia, sin embargo me preocupa eso de los 6 primeros meses en capa simple y 6 siguientes meses en capa compleja. Eso significa que mi hijito no podra ser operado en el primer mes? .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de diciembre de 2015 a las 5:26 am

      El detalle de las capas y su cobertura te lo pueden informar en essalud, no se exactamente que cubre cada capa.

  117. Jaime Salon dice

    11 de diciembre de 2015 a las 11:41 am

    Hola Miguel interesante la noticia una consulta estuve trabajando ya 8 meses y me podrías decir si gozo de latencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de diciembre de 2015 a las 5:00 pm

      Si te corresponde amigo, en tu caso 2 meses.

  118. Tany dice

    5 de diciembre de 2015 a las 11:28 am

    Hola Miguel buenos día, muchas gracias por tu ayuda y aportación para pider entenderbun poco mas de lo que es Periodo de Latencia, una consulta mi papi trabajo ultimo en una empresa un año, cuanto le corresponde de periodo de atención….muchas gracias….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2015 a las 1:36 am

      Aproximadamente 4 meses.

  119. Cathy dice

    15 de octubre de 2015 a las 11:59 am

    Hola buenos días una consulta si yo estoy en periodo de latencia desde agosto 2015 y consigo un trabajo independiente en octubre 2015 se anula mi latencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de octubre de 2015 a las 12:44 am

      Seguirá habil hasta que ya vuelvas a estar acreditado en el seguro.

  120. Luis Alberto dice

    14 de septiembre de 2015 a las 8:41 pm

    Estimado, cual es la diferencia entre capa simple y compleja, cual me da mayor cobertura, pòr favor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de octubre de 2015 a las 6:29 pm

      La diferencia es por la complejidad de la enfermedad, mas cobertura sobre enfermedades es la capa compleja.

  121. Raul Raya Escalante dice

    9 de septiembre de 2015 a las 7:19 pm

    Estimado Miguel, Donde tramito el periodo de Latencia, en la EPS o en las oficinas de ESSALUD?
    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 3:17 am

      En la oficina de essalud.

  122. Eliana Larrea dice

    24 de agosto de 2015 a las 5:10 pm

    Hola yo recién e salido del trabajo pero yo estoy delicada y necesito seguir mi tratamiento pero me hablaron de que presente mi solicitud de latencia y la verdad no sabia nada de esta solicitud no se si me podría informas de esta solicitud y si yo comienzo a trabajar ya puedo eliminar esa solicitud o automáticamente se anula la latencia espero su respuesta y la verdad gracias por su información .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 3:17 am

      Si puedes presentar la solicitud, te recomiendo ir a un centro de essalud para mas información.

    • paul ruiz dice

      2 de diciembre de 2022 a las 9:09 am

      Buenos días tengo una consulta estoy gestando y al momento de la concepción que fue el mes de abril estuve en latencia y al mes de junio nuevamente ingresé a planilla de una empresa en la que estoy hasta ahora.quisiera saber si puedo acceder al subsidio por maternidad.

  123. Denis dice

    19 de agosto de 2015 a las 9:53 pm

    Hola una consulta yo trámite mi latencia el año pasado en junio ni bien deje de laborar, me dieron 12 meses de cobertura la cual se terminó en junio de este año, yo quería saber si puedo tramitar otra ves mi latencia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:42 pm

      Tendrías que volver a laborar, para realizar el tramite nuevamente.

  124. Linda dice

    19 de agosto de 2015 a las 8:04 pm

    Hola mi consulta es si el tiempo de latencia cubre la atencion de parto . Y si una vez terminado el tiempo de latencia puedo afiliarme al sis .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:47 pm

      El tiempo de latencia esta dividido en 2 partes: capa 1 y capa 2, no tengo claro si el parto esta incluido, puedes consultarlo en una oficina de essalud.

  125. Alex dice

    13 de agosto de 2015 a las 11:20 pm

    Buenas noches miguel, quería hacerte una consulta,yo acabo de realizar el tramite de latencia,me dijeron que eso demora 2 días hábiles,por ejemplo lo hice el 11/08/15,cuando entre a ver si seguía en acreditación figuraba desde el 01/08/15 hasta el 11/08/15 ,entonces mi pregunta es : si puedo atenderme dentro de esos días de espera del tramite,osea si me pasa alguna emergencia dentro de esos días de espera del tramite puedo atenderme en el seguro???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 9:23 am

      No puedes hacerlo hasta que tu seguro este activo, que te aprueben el tramite de latencia.

  126. Nataly dice

    13 de agosto de 2015 a las 7:37 pm

    Hola Miguel, tengo incapacidad temporal desde marzo hasta junio, y en junio empecé con incapacidad por maternidad, ¿tengo derecho al subsidio por enfermedad y también por maternidad y lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 2:08 pm

      Si te han aprobado el subsidio de maternidad, lo más probable es que también tengas el bono de lactancia.

  127. Nora dice

    9 de agosto de 2015 a las 2:26 pm

    Por favor su apoyo trabaje 8 meses hasta 31 de mayo presente en agosto mi latencia tengo derecho, a cuantos meses. Muchas gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 2:49 pm

      Solo a 2 meses.

  128. Gia dice

    3 de agosto de 2015 a las 12:29 am

    Consulta empecé a laborar 01/04/2014 al 31/07/2015 , estuve en EPS PACIFICO, cuanto tiempo de latencia tengo en el mismo EPS PACF. y si este tramite lo tengo que hacer de inmediato o cuanto tiempo tengo. Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 7:59 am

      Sería de 4 meses, pero no es el servicio completo, es solo la capa simple para los 2 primeros meses y los 2 restante con el essalud. Te voy adjuntar un link a tu correo.

  129. Geraldine dice

    6 de julio de 2015 a las 2:57 pm

    Buenas tardes miguel una consulta , yo trabaje hasta el mes de noviembre en una empresa casi 2 años y medio vencio mi contrato solo hasta ese mes labore , y en el mes de diciembre comencé a trabajar en otra empresa lo cual ingrese a planilla rapido pero solo trabaje todo ese mes de diciembre por motivos de salud tube que renunciar, asu dos meses me entere que estoy embarazada y cuando fui a activar mi sis me dijeron que todavía sigo con el seguro de essalud ?? medijeron que espere hasta junio para que me desactiven y ahora me indican que estoy con periodo latente por 12 meses como puedo hacer por que no puedo antenderme en mi posta de mi casa con el Sis, como puedo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2015 a las 6:39 am

      Si estas con periodo latente, realiza el tramite de atención. Mientras sigas con essalud, no te puedes afiliar al SIS.

  130. Maximo dice

    6 de julio de 2015 a las 9:43 am

    Buen dia amigo, como es con el tema de la licencia por paternidad que tengo q hacer y cuanto tiempo lo proporcionan

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de julio de 2015 a las 12:49 pm

      Son 4 días de licencia remunerado, tienes que avisar a tu empleador con 15 días de anticipación del parto de tu bebe.

  131. Jhans Zavaleta dice

    5 de julio de 2015 a las 8:23 pm

    Miguel una consulta, ya lei que no es automatico, pero este tramite lo puede realizar un tercero.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2015 a las 11:12 pm

      Los casos que he visto lo han realizado el titular, porque te van pedir algunos datos que tu solo sabes, como tu ex empleador, tiempo de laboral, dni y otros datos más.

  132. Jessica dice

    5 de julio de 2015 a las 3:50 pm

    Yo trabaje once años en la empresa cuanto tiempo de periodo de latencia me corresponde……

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2015 a las 11:19 pm

      El periodo máximo es 12 meses.

  133. Analid dice

    1 de julio de 2015 a las 7:04 pm

    Consulta; en periodo de latencia se pierde el derecho a los subsidios? Yo renuncie a los 4 meses de gestación y tengo latencia hasta noviembre. Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2015 a las 9:51 pm

      Si se pierde, ya que al no haber vinculo laboral el subsidio también termina.

  134. Jennifer dice

    8 de junio de 2015 a las 2:20 pm

    que pasa si yo dejo de trabajar y tengo mi periodo de latancia,pero ingeso a trabajar a una pequeña empresa pero mi periodo de lantancia que cubri es de tres meses y falta uno ,al momento que ingreso al sitema sigo aportando al ESSALUD O AL SIS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de junio de 2015 a las 6:47 pm

      Eso dependerá de la empresa, en el caso del SIS solo se aplica para las microempresas.

  135. Juan Carlos dice

    27 de mayo de 2015 a las 4:52 am

    cuantos dias tengo para poder solicitar el periodo de latencia ejemplo:mi contrato vencio el 30 de abril todavia puedo solicitar dicho periodo.

    O ya no puedo agradeceria su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2015 a las 1:10 pm

      Hasta 90 días de nacido el bebe.

    • Juan Carlos dice

      27 de mayo de 2015 a las 2:52 pm

      Gracias por tu respuesta pero no es periodo de lactancia si no latencia, te agradecería me informes cuantos días tengo para solicitar el periodo de latencia.

      Saludos

    • Miguel Torres dice

      29 de mayo de 2015 a las 6:49 am

      El periodo de latencia debe solicitarte de inmediato terminado el vinculo laboral.

  136. Jhan Carlos dice

    17 de mayo de 2015 a las 8:11 pm

    Cuanto tiempo tengo para poder solicitar el periodo de latencia, o se hace el primer día que estas sin empleo, les agradecería responder mi pregunta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2015 a las 12:12 am

      Se entiende, que la solicitud se puede presentar desde el día siguiente del cese del trabajador. Tener en cuenta los meses de aportación para la solicitud del período.

  137. Mari dice

    14 de mayo de 2015 a las 9:04 pm

    Previo saludo, tengo una duda; al personal que trabajó por Contrato Administrativo de Servicios – CAS, durante 4 años en una entidad pública gubernamental, ¿Le corresponde el periodo de latencia? si desde enero del 2015 esta desempleado y sin ningún otro seguro.

    Responder
  138. MAY dice

    14 de mayo de 2015 a las 7:59 pm

    Hola Miguel muy bueno tu articulo, sólo una pregunta a que se refiere el término suspensión perfecta de labores y disculpa mi desconocimiento???
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2015 a las 1:24 pm

      Hola Mayra, se trata cuando el trabajador no labora ni tampoco se le paga, ejemplo cuando falta injustificada.

  139. miguel dice

    15 de abril de 2015 a las 7:37 am

    ya he utilizado la capa simple y capa compleja del 01.11.14 al 01.03.15
    luego tengo una capa compleja del 02.03.15 al 01.07.15, esta capa compleja me sigue cubriendo la atencion ambulatoria ,ya que mi esposa lleva un tratamiento por diabetes,para que le provean sus medicinas incluyendo la insulina

    Responder
  140. Enrique dice

    23 de marzo de 2015 a las 1:03 pm

    Estimado Miguel, me encuentro con licencia en mi trabajo, pero para trabajar para otra razon social de la misma empresa. Por temas de salud estuve y estoy usando constamente el seguro de Essalud, pero en el trabajo dejaron de pagarlo por el tema de la licencia. Ahora ya se me acaban las atenciones y en la empresa me quieren mandar a hacer uso de la latencia. Pregunto, que desventajas tiene hacer uso ahora de la latencia?, teniendo en cuenta que me corresponden 12 meses de atenciones, pero despues necesito seguir atendiendome y voy a seguir estando de licencia. La latencia cuantas veces mas se puede utilizar?, que pasara despues de usar mis 12 meses de atenciones?, tienen una cantidad maxima de veces que se puede usar?, no me convendria guardarlas para cuando este verdaderamente desempleado?. Mis aportaciones a Essalud y mis futuras atenciones, como se ven afectadas?. Gracias de antemano por tu amable respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2015 a las 1:33 pm

      Hola Enrique, el seguro de latencia se puede pedir las veces que quedes desempleado sin un seguro que te cubra, claro esta que debes tener un mínimo de aporte en cada situación para que te corresponda. Te recomendaría que hables con tu empleador y siga pagando tu seguro, o en todo caso puedes reintegrarle a tu empleador el pago del essalud, es cuestión de que llegues a un acuerdo.

  141. diego dice

    18 de marzo de 2015 a las 9:13 pm

    mi esposa esta Gestando eh Trabajado 11 meses 21 dias … y quiero sabes si el periodo de latencia cubre el parto? por favor llename de conocimiento en este tema ! Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de marzo de 2015 a las 1:59 pm

      El subsidio de lactancia se refiere a un monto de 820.00 soles por ser mama.

  142. Melecio dice

    12 de febrero de 2015 a las 2:14 pm

    Exelente comentario

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 3:11 pm

      Gracias amigo 🙂

  143. Carla dice

    12 de febrero de 2015 a las 11:46 am

    Hola Miguel, entonces solo es desconocimiento, estoy entendiendo que si un contrato laboral vence el 28.02.15 y ya no lo van a renovar; dicho trabajador laboró en la empresa 02 años y 02 meses consecutivos, tiene derecho a ser atendido por EsSalud durante los próximos 10 meses ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 3:13 pm

      Es correcto, pero previo tramite, no es automático.

  144. Maritere dice

    12 de febrero de 2015 a las 9:54 am

    Excelente anotación gracias…!!! 🙂

    Responder
  145. Isabel Guzman dice

    12 de febrero de 2015 a las 8:39 am

    Gracias Miguel son de mucha utilidad tus publicaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 9:33 am

      Gracias por el comentario 🙂

  146. NELSON BARAS dice

    12 de febrero de 2015 a las 8:26 am

    ESTA MUY BUENO ESTA INFORMACIÓN NOS TIENE AL DIA . GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 9:33 am

      Super amigo que te guste 🙂

  147. JuanC dice

    8 de enero de 2015 a las 12:04 pm

    Hola, buen día
    los requisitos…
    Solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo y el Formulario 1022, no son lo mismo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2015 a las 11:15 pm

      Es correcto, es lo mismo.

  148. Ródinson Rentería dice

    4 de enero de 2015 a las 3:20 pm

    hola, y como funciona?, la empresa sigue pagando el essalud?, o solamente al presentar la solicitud ya accedo al beneficio sin necesidad de que se siga pagando a essalud?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de enero de 2015 a las 6:34 pm

      Es correcto al presentar la solicitud y aprobación ya gozas del beneficio. La empresa no realiza ningún pago.

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