• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
    • Excel Contable
    • Laboral
    • PLE
    • Sunat
  • Diplomados
    • Asistente Contable [Curso Gratuito]
    • Asistente de Planillas [Curso Gratuito]
    • Plan Contable Empresarial 2021
  • Revista
  • Talleres
  • Estudio
  • Ingresar
Usted está aquí: Inicio / Normatividad / Uso del crédito fiscal por liquidaciones de compra si el contribuyente no ha cancelado el impuesto?

Uso del crédito fiscal por liquidaciones de compra si el contribuyente no ha cancelado el impuesto?

Normatividad - Publicado por Miguel Torres el 29 agosto, 2010 1 comentario

Se confirma la apelada que declaró infundada la reclamación contra resoluciones de determinación y de multa emitidas por Impuesto General a las Ventas y multa por las infracciones previstas en el numeral 13 del artículo 177º y numerales 1 y 2 del artículo 178, debido a que el contribuyente incluyó como crédito fiscal el impuesto consignado en liquidaciones de compra, no obstante que no efectúo el pago del mismo, por lo que procede que se mantenga el reparo así como las resoluciones de determinación y de multa derivado de aquél. Asimismo se confirma la apelada en el extremo referido a la infracción de no efectuar retenciones establecidas por ley, ya que se encuentra  acreditado en autos que la recurrente no efectúo las mismas.

Resolución del Tribunal Fiscal Nº 11847-4-2007
Fecha: 12 de diciembre de 2007

Etiquetado con: credito fiscal, igv, impuesto, normas

Artículos que te recomiendo:

  • Valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) durante el año 2021
  • Renta de Tercera Categoría
  • ¿Qué es el IGV?
  • ¿Tengo que pagar impuesto por segunda categoría por vender un departamento?
  • La Facultad Discrecional de Sunat [Actualizado 2021]
Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

¿TE GUSTÓ ESTE ARTÍCULO?

Comparto material exclusivo sólo con mis suscriptores.
Apúntate para recibirlo en tu email.

¡Me suscribo!


¿Qué te ha parecido este artículo?

Califica esto post

¿NO ENCUENTRAS LO QUE BUSCAS?

Puedes empezar revisando las categorías más visitadas del blog:

  • Excel
  • Laboral
  • PLE 5.1
  • Sunat

Interacciones con los lectores

1 comentarios

  1. maria serrano dice

    6 noviembre, 2014 en 1:08 pm

    Te felicito un gusto queria hacer una consulta tengo un cliente y va ha dar servicio de inventarios en iquitos pero va ha facturar a las FUERZA AEREA estaría exonerado del IGV , agradezco tu respuesta .

    Responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral primaria

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

ACERCA DE MIGUEL

Miguel Torres Chauca Miguel Torres, CEO de Noticiero Contable, es un apasionado de la tecnología online, es contador, profesor en escuelas de negocio y universidades , speaker nacional y consultor de temas tributarios para empresas. Leer Más...

LEE MÁS CONTENIDO

  • Asientos Contables
  • Comprobantes Electrónicos
  • Macros Excel Contable
  • Beneficios Laborales
  • Libros Electrónicos
  • Temática Tributaria

REVISTA MISHA – OCTUBRE 2020

Revista Contable Misha Octubre 2020
Contador Independiente
Curso Virtual PLE 2021
Curso Virtual Beneficios Laborales 2020

© 2014–2021 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Facebook
  • Instagram
  • Twitter
  • Contacto