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Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

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Inicio » PLE » Atraso de libros electrónicos

Atraso de libros electrónicos

Publicado por Miguel Torres el 15 de julio de 2015202 comentarios

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El PLE es una herramienta muy importante para los objetivos de la Sunat (fiscalización a las empresas y combatir la evasión), y uno de los puntos fuertes es la multa por atraso en la anotación de los libros electrónicos.

PLE 5.1

Recordando un poco en la historia, si hablamos de libros electrónicos tenemos que regresar al año 2013 cuando los PRICOS  fueron incorporados (Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario y Libro Mayor).

Luego en el año 2014 se les obligo a ciertas empresas que superaron las 500 UIT, los conocidos MEPECOS (Registro de Compras y Registro de Ventas), actualmente este grupo de contribuyentes siguen obligados llevando el registro de ventas y registro de compras.

Al año siguiente 2015 se obligó a otro grupo de empresas a llevar los libros electrónicos, siempre y cuando  superaran las 150 UIT (Registro de Compras y Registro de Ventas).

Finalmente para el año 2016, se obligo a las empresas a llevar libros electrónicos, si solo si, superaban las 75 UIT en el ejercicio 2015 (Registro de Compras y Registro de Ventas).

  • Libros Electrónicos PLE 5.2 – 2022

¿Cómo saber si tienes atraso de libros electrónicos?

Para saber si hemos anotado nuestros libros electrónicos dentro del plazo, podemos hacer el siguiente procedimiento.

Lo primero es abrir el PLE versión 5.0 e iniciamos sección con nuestra clave sol.

afiliados

Luego el PLE 5.0 mostrara 4 opciones, para esta ocasión elegiremos la opción “historial”. Te dejo una pregunta sabes usar la opción “verificar” y “visor” (informes sobre el taller de libros electrónicos)

menu-ple

Luego de ello se nos mostrara un menú de opciones para hacer la búsqueda

busqueda-ple

El PLE nos mostrara los resultados requeridos, en esta parte es importante visualizar que estén anotados todos los periodos.

reporte-ple

En esta parte mostraremos la columna “atraso”, donde nos mostrara si esta con atraso o no.

atraso-ple

¿Cuánto es la multa por atraso de libros electrónicos?

Para ello debemos revisar el código tributario en el numeral 5 del artículo 175:

codigo

Mencionar que la sanción aplicada se calcula en función a los Ingresos netos anuales, y esta no podrá ser menor a 10% de la UIT ni mayor a 12 UIT.

Por otro lado mencionar que existe un régimen gradualidad el cual se aplicara el 90% a la sanción mencionada.

  • Libros Electrónicos – Atraso de Libros Contables

Facultad Discrecional

Los contribuyentes que a la fecha se encuentren atrasados en la anotación de sus libros electrónicos, tienen plazo hasta el 30 de junio de 2016 para regularizar sus anotaciones, de esta manera evitaran el pago de la multa en concordancia con la Resolución Superintendencia Nacional Adjunta Operativa 064-2015.

Conclusión

  1. Primero que nada revisa si haz anotado dentro de la fecha de vencimiento, de no ser así acógete al beneficio de la gradualidad del 90%.

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Virtual: "Libros Electrónicos PLE 5.2”, donde aprenderás como generar el registro de compras y registro de ventas en formato electrónico, si deseas más información, te dejo este link: Libros Electrónicos PLE 5.2 - 2022

Temas: atraso libros contables, multa por no presentar libros electrónicos, ple

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202 comentarios

  1. Lilian dice

    20 de febrero de 2018 a las 12:34 am

    Hola,
    Hago mi búsqueda y me aparecen mis registros enviados pero no me sale la columna de atraso. A que se debe?
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2018 a las 11:15 pm

      Es por una actualización del PLE, quitaron esa columna.

  2. Miguel Angel dice

    20 de diciembre de 2017 a las 6:51 pm

    Hola miguel, si me atrase un día en presentar el ple, hay multa? y de cuanto seria, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 11:33 pm

      La multa es 0.3% de los IN, con un descuento del 90%.

    • patricia dice

      20 de enero de 2018 a las 7:31 pm

      la multa de de los IN del mes? o del año???

  3. Fiorella Gonzales dice

    2 de diciembre de 2017 a las 4:24 am

    Hola estoy teniendo dificultades para enviar mis libros electronicos a traves del PLE, realizo los pasos y cuando presiono enviar no aparece nada. si cierro la aplicacon y la abro nuevamente me sale un pop up diciendo que tengo pendiente un envio. presiono continuar y no carga nada . No se que hacer, llame a Sunat pero no me dan un solucion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 12:49 am

      Un poco de paciencia, trata de hacerlo en las mañanas o muy temprano.

  4. Ruiz Katia dice

    15 de noviembre de 2017 a las 12:00 am

    Hola si mi empresa fue creada recién este año no tiene declaración anual , pero me olvide de declarar el ple igual abria multa y y en base de q se sacaría la multa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2017 a las 1:04 am

      Es en base al 40% UIT.

  5. Maristela Lazo dice

    7 de agosto de 2017 a las 1:13 pm

    Miguel, una consulta me dijeron en SUNAT que si ellos detectan la infracción es una sola multa por varios periodos o libros que se hayan presentado con atraso, pero si subsano voluntariamente es una muta por cada periodo o libros, que está en un Memorando Interno de SUNAT 037-2016, es asi?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 3:18 pm

      No tiene sentido, partiendo de ese comentario, deja que te fiscalicen y que te detecten la infracción para que solo pagues una multa.

  6. Katia dice

    5 de junio de 2017 a las 11:10 pm

    Trabajo par una municipalidad cuarta categoría y al registrar y descargar mi libro electrónico me salió en periodo, baja, omiso quisiera saber que significa la palabra omiso porque descargue mi libro y luego registre mi pago del mes anterior el mismo día.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2017 a las 1:25 am

      Ya no requisito llevar dicho libro para los generadores de 4ta categoría.

  7. Rafael dice

    12 de mayo de 2017 a las 10:29 am

    Buenos dias Miguel una consulta, no presente mi ple desde enero 2017, pero no he tenido ningun movimiento, hay multa??. Espero tu respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 5:11 pm

      Si hay infracción.

  8. Yojany dice

    18 de febrero de 2017 a las 8:52 am

    Hola Miguel, el día 16/02/2017 se vencieron los libros electrónicos de compras y ventas correspondientes al periodo enero 2017, recién los presente el 17/02/2017, quisiera saber si ya hay multa. agradeceré me respondas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2017 a las 11:17 pm

      Si hay multa por declarar fuera de plazo.

    • Alexa dice

      7 de marzo de 2017 a las 10:16 am

      Una consulta Miguel, en base a que es la multa, si solo me atrase en febrero?

    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:36 pm

      De la DJ Anual 2015 o 2016 si ya la presentaste.

    • Lady dice

      20 de febrero de 2017 a las 5:45 pm

      Hola Miguel declare fuera de plazo mis libros del mes de enero que se declaran en febrero , quisiera saber si me puedo acoger al 90% de gradualidad ? y en todo como pagaria esta multa
      Gracias

    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 1:39 am

      Es correcto, puedes hacer eso.

    • Miryam dice

      7 de marzo de 2017 a las 5:47 pm

      Hola Miguel. Una consulta adicional. Si Sunat nota el a trazo ellos envían una notificación y después de esa notificación te dan una fecha o eres multado automáticamente?

    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:11 pm

      El echo de anotar con atraso ya te ganaste la multa, lo que te pueden dar plazo es para subsanar y pagar la multa con el 90% de gradualidad.

  9. Karina dice

    12 de febrero de 2017 a las 6:54 pm

    Hola. Miguel buenas noches , si yo presento mi Ple de setiembre a diciembre del 2016 en febrero del 2017 con fecha atrasada, mi pregunta es en base a que pago la multa a los ingresos netos del 2015 o en base a los ingresos del 2016 ya que estoy en el Regimen General. Cual es el codigo de la multa , con que periodo se paga con febrero del 2017 agradecere su ayuda .Dios te bendiga y gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2017 a las 9:43 am

      Como no has declarado aún tu DJ Anual 2016, sería en base del 2015.

  10. Alicia dice

    31 de enero de 2017 a las 12:28 pm

    Hola Miguel la SUNAT con fecha 14 de enero del 2017 me ha enviado un documento en el cual me dice que ha incorporado la empresa a los libros electronicos dime hasta cuando es el plazo para poder presentar estos libros por que me dice de enero a julio 2016
    esta empresa ha estado registrando normalmente en los libros manuales esta ene el regimen especial.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2017 a las 5:29 pm

      En este caso ya debes estar con atraso, porque si estas obligada desde 2016, el cronograma ta venció.

  11. Margarita dice

    16 de enero de 2017 a las 5:39 pm

    La multa es por cada periodo o una sola por los meses que me faltase ?
    agradeceré tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 3:43 am

      Es una sola multa.

    • Runford Inga Lapa dice

      18 de enero de 2017 a las 10:01 am

      Buenos días miguel para declarar el PLE de diciembre 2016 se venció el 12-12-2016 lo declare ayer y tengo algún multa
      y se habría la multa cuanto seria.

    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2017 a las 3:51 pm

      La multa es 0.3% IN con un descuento del 90%.

  12. Pamela dice

    16 de enero de 2017 a las 12:13 pm

    Buenos dias Miguel, una consulta yo estoy en el cronograma tipo B, y el plazo para declarar lo de diciembre 2016, vencia el 11/01 si lo declaro el dia de hoy tengo alguna multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 3:55 am

      Si es correcto.

  13. Dilma dice

    13 de enero de 2017 a las 11:53 pm

    Hola.Estimado Miguel si yo presento mi Ple de diciembre del 2016 en enero del 2017 pero con fecha atrasada mi pregunta es en base a que pago la multa a los ingresos netos del 2016 ya que estaba en regimen general o em base a los ingresos del 2016 ya que estoy en el RER. Dios te bendiga ya muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:22 pm

      En base a tus ingresos del 2016 (RER).

  14. Nancy dice

    7 de enero de 2017 a las 10:25 pm

    Hola Miguel, una consulta con respecto al registro de ventas la empresa tiene 2 series 001 y 002 y se esta registrando primero las facturas y luego la boleta de venta de la serie 001 y luego lo estamos registrando de la serie 002, quisiera saber si esta registrando bien.o en caso contrario quisiera saber si esto origina alguna multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 1:01 pm

      Tienes que declararlo en orden cronologico. Si no lo haces de esa manera puedes ser notificado por no presentar los libros electrónicos de acuerdo a las normas señaladas.

  15. Frank Escriba dice

    7 de enero de 2017 a las 7:07 pm

    Hola Miguel si una empresa estaba obligada a llevar PLEdesde 01/2016 y recien los declaro del 01/2016 al 11/2016 en enero 2017 . Si tiene multa. Pero que periodo tributario pondria para el pago de la multa ya q dependiento se eso calculara los interes hasta la fecha de pago. Agradeceria tu comentario

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 12:57 pm

      Coloca el periodo tributario donde se inicia la infracción (más conservador).

    • Claudia dice

      14 de febrero de 2018 a las 10:52 am

      Miguel, que es mas recomendable, pagar consignando el período donde se inicia el atraso o esperar a que te fiscalicen?
      Si fiscalizan, se puede acoger al 90% de descuento?
      Gracias

  16. Elizabeth Santiago Martel dice

    2 de enero de 2017 a las 3:17 pm

    Buen dia Miguel.
    Revisando hoy me percato que no presenté mis libros electrónicos desde Junio 2016 hasta la fecha, podría acogerme al beneficio del descuento del 90% o ya no.El plazo lo habian ampliado para el 31/12/2016, aún tengo el beneficio?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 8:52 pm

      Ya no hay plazo para subsanar, puedes acogerte al 90% del descuento.

  17. Yani dice

    16 de noviembre de 2016 a las 3:42 pm

    Hola buenas tardes, yo no eh presentado mi ple del periodo octubre que vencía el 14 de noviembre … ¿cuanto es la multa , que codigo, y que periodo le pongo en el pago varios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 2:16 am

      La multa es 0.3% de IN del ejercicio 2015. Coloca el periodo de pago del tributo.

  18. Sandra dice

    20 de octubre de 2016 a las 11:03 am

    Las entidades sin fines de lucro deben presentar libros electronicos es que consultando su ficha dice afiliado al PLE a partir de enero 2016 espero su respuesta muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2016 a las 1:15 am

      La obligación es por el nivel de ventas que se declara en el PDT 621. Tienes que revisar si superaste las 75 UIT en el 2015, estas obligado.

  19. Martín Bernal dice

    19 de octubre de 2016 a las 4:25 pm

    Buenas tardes Miguel, ¿cual es el código de la multa por presentarlos con atraso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2016 a las 2:56 am

      El código es 6035.

  20. Sandra dice

    18 de octubre de 2016 a las 1:52 pm

    Tengo una duda espero que me pueda ayudar yo presente mis libros electrónicos de julio y agosto fuera de plazo ya que estoy en el cronograma tipo A Pero aun no pago la multa a que regimen de gradualidad me acojo 10 % o 20 % y mi otra pregunta es en el periodo tributario que mes pongo la subsanacion fue en octubre 2016 muchas gracias por sus aportes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de octubre de 2016 a las 3:20 am

      La gradualidad es 90%, coloca periodo 10/2016.

    • Sandra dice

      19 de octubre de 2016 a las 9:25 am

      Muchas gracias por su ayuda.

  21. Brenda dice

    18 de octubre de 2016 a las 11:20 am

    Hola Miguel, declare el PLE del mes de setiembre fuera de plazo, cuanto es la multa y como puedo subsanar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2016 a las 2:58 am

      La multa es 0.3% IN y tienes un descuento del 90%.

  22. Rosaura dice

    14 de octubre de 2016 a las 11:06 am

    Recién el día de hoy he presentado libros electrónicos de compras y ventas desde enero hasta setiembre 2016, la multa es por cada mes que he presentado con atraso o una sola multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 5:09 am

      Solo es una sola multa.

  23. Jaac dice

    14 de octubre de 2016 a las 9:41 am

    Hola, una consulta, tenia que presentar mis libros electronicos (compra y venta) del periodo 09/2016 como maximo hasta el 13 de octubre (los presento desde antes del 2016, voluntariamente), pero lamentablemente lo presente el 14, me acoge la rsnao-031-2016 para no pagar multa?. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 3:50 am

      Si presentas libros electrónicos desde 2015, no se te aplica la RSNAO.

  24. Lizeth dice

    13 de octubre de 2016 a las 10:35 am

    Hola, un favor tengo una duda si el día de hoy me afilie al PLE , y quiero informar mis registro de compras y ventas pero al momento de ingresar al PLE no me sale la condición de afiliado ,cuanto tiempo debo esperar para que salga que estoy afiliado.
    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 12:50 am

      Demora 24 horas para que te habilite.

  25. Victoria dice

    4 de octubre de 2016 a las 10:20 am

    Hola agradezco desde ya tu ayuda, el ple permite la presentación de libros ej. mayor y diario si no hubiera presentado el mes anterior, osea si no presente febrero me permite presentar el mes de marzo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2016 a las 11:32 am

      Parece que si se puede ahora saltearse periodos, no lo he probado, pero me han comentado.

  26. Mary Carmen dice

    21 de septiembre de 2016 a las 10:04 am

    Buenos días Miguel, espro puedaabsolver mi pregunta, Cuál seria la multa por no presentar los libros electrónicos dentro del plazo, ya que para esta empresa está obligado a partir del 2015, pero no tiene los documentos para declaralo, y solo tiene plazo hasta este 30 de septiembre.
    Gracias de Antemano.Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2016 a las 3:36 am

      La multa es 0.3% de los IN, con una gradualidad del 90%.

    • Cesar Hurtado dice

      5 de octubre de 2016 a las 12:21 pm

      Por libro, o por todos los libros

    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2016 a las 4:27 pm

      Es una sola multa por todos los libros.

  27. Juan Carlos dice

    3 de septiembre de 2016 a las 9:08 pm

    Hola Miguel, una consulta, recién me percato que no tengo Libros Contables, mi negocio funciona desde 2012, podría declarar todos estos años en el PLE, pero que no tena multa, que me sugieres?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2016 a las 6:20 pm

      Te recomiendo ponerte al día y pagar tu multa, aprovecha el descuento del 90% de descuento.

  28. Nadezna dice

    25 de agosto de 2016 a las 9:34 am

    Hola Miguel , bueno agradecer por los artículos . He ingresado a trabajar recién en una empresa que es MEPECO que no ha superado los 250 UIT en el 2015 , pero verifique en la consulta Ruc de sunat y dice afiliados al PLE desde 01-01-2016 , pero la contadora anterior no ha hecho nada , dime esta la empresa ya con multa , hay prorroga para los recién afiliados en el 2016 ?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2016 a las 5:50 am

      Tienes plazo hasta el 31 de diciembre para poner al día los libros electrónicos.

    • Nadezna dice

      2 de septiembre de 2016 a las 10:30 am

      A okis muchas gracias , pero si no fuera mucha molestia sabes cual es la resolución o directiva de sunat que sustenta eso para presentarla a mi jefe ?

    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2016 a las 1:24 pm

      La RSNAO 031-2016.

    • Nadezna dice

      5 de septiembre de 2016 a las 5:19 pm

      Muchas Gracias 🙂

  29. miriam dice

    3 de junio de 2016 a las 4:42 pm

    una consulta; ya ingresé los libros del registro de ventas y compras hasta junio 2015 de manera manual estos se cerraron en junio ,si estoy obligado a llevar SLE desde enero 2015 reg compras y ventas desde que mes lo genero ????? enero? o julio?….

    Responder
  30. Any dice

    24 de mayo de 2016 a las 10:10 am

    Buenos dias una consulta cuando mi empresa esta suspendida debo seguir mandando mis libros electrónicos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2016 a las 12:58 pm

      Ya no.

    • ANY dice

      14 de junio de 2016 a las 4:55 pm

      miguel solo dejo de enviar los libros electronicos si la empresa esta suspendida o se hace otro procedimiento espero tu pronta respuesta gracias

  31. Angela Peña dice

    17 de mayo de 2016 a las 5:47 pm

    Hola Miguel soy Prico, he presentado mi libros electrónicos de compras y ventas del mes de Febrero y Marzo 2016 el el mes de Mayo 2016, he cometido infracción o estoy amparado en la RS Nacional Adjunta 064-2015.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:01 am

      En tu caso debes anotar: compras, ventas, diario y mayor. Si todavía no lo haces los 4 completos tienes plazo hasta el 30 de junio para subsanar.

    • Mayra dice

      26 de mayo de 2016 a las 8:57 pm

      Hola, pero tengo multa si presento los libros atrasados antes del 30 de junio.

    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2016 a las 8:31 am

      No hay multa gracias a la RSNAO.

  32. Norman Francisco Olazabal Alcantara dice

    17 de mayo de 2016 a las 1:30 pm

    Indudablemente Miguel, que tus explicaciones y capacidad de compenetrarte con muchas personas que todavia estamos en una etapa de comprension y analisis de las nuevas normas tributarias nos ayudan mucho ,particularmente yo valoro su actitud y apoyo profesional .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:51 am

      Muchas gracias, que tenga una super semana 🙂

  33. Isabel dice

    30 de abril de 2016 a las 1:35 am

    ¡Miguelito, buenas noches! Excelente tus respuestas, bastante claros. ¡Muchas bendiciones!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2016 a las 1:01 pm

      Gracias 🙂

    • Cesar Palacios dice

      17 de mayo de 2016 a las 11:56 am

      Estimado Miguel , no veo en tus artículos y cursos, lo relacionado al SLE PORTAL, por que no se difunde mas sobre esta opción de libros electrónicos. Saludos y gracias por mantener este medio.

    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:02 am

      Sencillo, primero hacer la practica es imposible (se necesitaría que todos usen clave sol), segundo no lo recomiendo personalmente ya que depende de la web de sunat.

  34. Leo Escobar dice

    29 de abril de 2016 a las 11:47 am

    declaro habitualmente libros electrónicos y declare tarde el libro de compras de enero 2016, lo declare y sale en la constancia : En anotación *Fuera de plazo de atraso, pagare multa? o habrá sanción administrativa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2016 a las 12:03 pm

      No hay sanción dado que lo has subsanado hasta el 30 de junio.

    • Jliliana dice

      10 de mayo de 2016 a las 11:50 am

      Miguel , si bien hay una prorroga hasta el 30 de jun sin pagar multa. la RSNAO 062016, indica que solo es aplicado si las compras y ventas no superan la 1/2 UIT.
      Mis ventas son por 30 mil mensual; sin embargo mis compras son por 4 mil en promedio. según lo indicado en la RSNAO 062016 mi empresa no estaría afecta?
      Favor tu apoyo.
      Gracias

    • Miguel Torres dice

      10 de mayo de 2016 a las 11:23 pm

      Creo que estas confundiendo las RSNAO, la que mencionas es por las infracciones por declarar fuera de plazo, que no tiene nada que ver con los libros electrónicos.

  35. Ana dice

    20 de abril de 2016 a las 1:50 pm

    Buenas tardes Miguel una consulta ahi indicas sobre multas por atrazo de Libros Electronicos, pero salio una R.S. 064-2015 donde indicaba que no hubiera multa si se presentaba fuera de fecha hasta el 30-06-2016 y a partir del 01-07-2016 ahi si habria multa para la presentacion de Libros Electronicos, quisiera que me confirmes si a cambiado lo indicado en la R.S.
    Muchas gracias de ante mano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de abril de 2016 a las 4:09 pm

      Es correcto, lo que pasa es que ese artículo fue escrito mucho antes de la promulgación de la RSNAO 064-2015 (tienes que ver la fecha de publicación).

    • Dite dice

      28 de abril de 2016 a las 2:42 pm

      Buenas tardes sres quisiera saber los plazos de los libros del 2015 ya no se puede regularizar sin multa? porfavor y si hay aplazamiento el cronograma.

    • Miguel Torres dice

      3 de mayo de 2016 a las 3:23 am

      Puedes regularizar la anotación de tus libros electrónicos del ejercicio 2015 hasta el 30 de junio 2016.

  36. César Miguel dice

    15 de abril de 2016 a las 11:18 am

    Estimado Miguel.En un PRICO, que estaba obligada a llevar R.C y R.V Electronicos, en 2014 llevo de manera voluntaria Libro Diario y Mayor. todos están al día, excepto los libros diario y mayor 02/2014. Como Saber si fueron presentados, derrepente en otra computadora?? Existe algún reporte de SUNAT. en caso no se haya declarado y quiera declarlo ahora hay multa por ello??.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2016 a las 1:09 pm

      El PLE 5.0 tiene la opción de historial, ahi puedes visualizar si hubo anotaciones pasadas.

  37. Mauricio Escobar dice

    4 de abril de 2016 a las 12:07 pm

    Una consulta el mes de enero 2016 no tuve compras pero si ventas y presente solo el libro electrónico de ventas, debo notificar a sunat que no tuve compras el mes de enero?? mes de febrero presente normal compras y ventas en libros electrónicos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2016 a las 10:19 pm

      Es correcto, tienes que anotar tu registro de compras sin movimiento.

  38. Magali dice

    13 de marzo de 2016 a las 11:46 am

    Los libros electrónicos solo se declaran mensualmente o tambien hay una declaración anual asi como la renta anual

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2016 a las 12:20 am

      No hay dicha declaración anual.

  39. Candy dice

    25 de febrero de 2016 a las 12:44 pm

    Hola miguel una consulta, no presente mis libros electrónicos de enero 2016 q vencían el 12 de febrero del 2016 ..me encuentro en el cronograma tipo a…tengo multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 7:25 pm

      Tienes plazo hasta el 30 de junio para regularizar.

  40. Leonor dice

    16 de febrero de 2016 a las 6:42 pm

    No presente mes de enero 2016 por ser muy pronto hay multa y cuanto es soy prico tipo A

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2016 a las 9:25 am

      No hay problema, tienes plazo hasta el 30 de junio.

  41. Josue dice

    15 de febrero de 2016 a las 4:22 pm

    HOLA PRESENTE MIS LIBROS ELECTRONICOS.
    Cuando lo valide me salio normal sin inconsistencias todo correcto. pero cuando lo envie me salió CONSTANCIA DE LIBROS ELECTRONICOS. con el mensaje de que se han detectado los sgtes. errores al intentar enviar el resumen a la sunat .
    requisitos incumplidos detectados:
    1) null

    mi pregunta es se presento mis libros electrónicos. o no???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2016 a las 1:27 am

      Puedes verificarlo en el menu “historial” del PLE 5.0.

    • Josue dice

      16 de febrero de 2016 a las 8:37 am

      Lo veo en el historial y sale normal ENVIO DE LIBROS ELECTRONICOS de el mes que se presento (ENERO 2016)
      ENTONCES YA ESTA?

    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 10:54 pm

      Es correcto.

  42. Enrique dice

    15 de febrero de 2016 a las 11:45 am

    Miguel, buenos días, por favor quisiera saber como hacer la presentación en cero (0) de los libros electrónicos, ahora que ya hay una versión del PLE 5.0. Gracias por tu respuesta.

    Saludos Cordiales.

    Enrique

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2016 a las 1:56 am

      Es muy sencillo, te dejo el nombre del txt: LE2055610690920160100080100001011.txt

  43. Wilder dice

    13 de febrero de 2016 a las 11:35 am

    Miguel igual tenemos plazo declarar libros electrónicos hasta el 30 de junio 2016 los que estamos en tipo A?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2016 a las 2:43 am

      Es correcto, aplica dicho plazo para el tipo A.

  44. Aldo Minaya dice

    10 de febrero de 2016 a las 5:10 pm

    Pueden descargar el PLE Versión 5, he intentado no se puede

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 2:32 am

      Es por el servidor la pagina de la sunat, ya debe estar más fluido.

  45. Jacqueline dice

    10 de febrero de 2016 a las 2:51 pm

    Miguel, buenas tardes, soy Prico y olvidé en presentar los libros Compras, Ventas, Diario y Mayor de Noviembre y diciembre del 2015 que venció el 03-02-2016. Mi pregunta es: Debo pagar alguna multa?,
    En caso SI tenga que pagar la multa, cuanto sería?
    En caso que NO tenga que pagar multa , con que documentos puedo sustentarlo ante Sunat para que no me sancione?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 2:40 am

      No, tienes plazo hasta el 30 de junio para subsanarlo.

  46. Karina dice

    10 de febrero de 2016 a las 8:40 am

    Hola Miguel, una consulta recien me he percatado que he estado obligado en presentar los libros electrónicos todo el año 2015 , como puedo hacer para subsanarlos, tendría multa y cuanto es . gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2016 a las 8:55 am

      Lo puedes subsanar antes del 30 de Junio de este año y evitar la multa.

    • Rosa Mercedes Valencia dice

      10 de febrero de 2016 a las 10:45 am

      Hola, tienes la base legal donde mencionan la prorroga ??? porfa!

  47. Cristina dice

    2 de febrero de 2016 a las 11:29 am

    Hola mi consulta es que olvide declarar mis libros electrónicos correspondiente al mes noviembre y diciembre cuanto es la multa a pagar y como hago?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de febrero de 2016 a las 3:59 pm

      Puedes subsanarlo hasta el 30 de junio de 2016 evitar la sanción.

    • Cristina dice

      2 de febrero de 2016 a las 4:20 pm

      Era para declararlo ayer pero lo hice hoy igual habra multa??

    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2016 a las 5:36 pm

      No hay sanción.

  48. Annet dice

    29 de enero de 2016 a las 11:57 am

    Hola, mi consulta es: tuve que enviar los libros electrónicos del periodo del mes de diciembre 2015 hasta el 27/01/2016 pero se envio los libros el 29/01/2015. genera multa? y a cuanto ascenderia la multa por esos 2 días mas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2016 a las 1:07 am

      No hay sanción.

  49. Leslie dice

    29 de enero de 2016 a las 11:45 am

    Hola, genera multa si me atrase 2 dias del plazo maximo de envio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2016 a las 1:08 am

      Si genera multa, pero hay plazo hasta el 30 de junio para ponerse al día en el caso de los libros electrónicos y evitar la multa.

  50. Edith dice

    25 de enero de 2016 a las 6:20 pm

    Buenos Tardes:
    Quisiera saber , en la empresa que trabajo toco presentar libros electrónicos de mes de Enero a diciembre del 2015 pero no se hizo por desconocimiento, si lo presento el 27/01/2016. tendrá que pagar multa y si es si a cuanto asenderia la multa por too el año 2015?

    Muchas gracias por la respuesta.

    Edith

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de enero de 2016 a las 1:00 am

      No hay multa, ya que se promulgo una RSNAO exonerando de la multa si lo subsanas hasta el 30 de junio de 2016.

  51. Milagros dice

    7 de enero de 2016 a las 10:13 am

    Buenos días:
    Quisiera saber , en la empresa que trabajo toco presentar libros electrónicos de mes de setiembre y octubre del 2015 el 05/10/15 pero no se hizo y se realizo la presentación el 06/01/2016. se tendrá que pagar una multa y cual seria esta?
    Muchas gracias por la respuesta.

    Milagritos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2016 a las 12:36 pm

      No hay sanción, ha salido una rsnao 064-2015, que te otorga plazo hasta el 30 de junio de 2016.

  52. Franco Lizama dice

    2 de enero de 2016 a las 12:13 pm

    Estimado buen dia la empresa en la que trabajo es prico y e presentado el libro diario fuera del plazo quisiera saber si tengo multa

    Responder
  53. Sandra Surichaqui dice

    19 de diciembre de 2015 a las 10:03 am

    Hola,buenos dias espero respondas esta consulta ya realice alguna y nunca respondiste , la empresa en la que trabajo era prico por eso se presento registro de compras y ventas desde el 2013 , pero para el 2014 se dejo de ser pricos, los libros electrónicos de compras y ventas si se ha presentado con normalidad, hasta la fecha pero no se ha presentado ni diario ni mayor electrónicos estábamos obligados a presentar estos libros de forma electronica o no?

    muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2015 a las 10:55 am

      Es correcto, una vez llevado de forma electrónica un libro ya no puedes volver a la contabilidad manual o computarizada.

  54. Shelyta dice

    26 de noviembre de 2015 a las 12:32 am

    Estimados: quiero saber si hay multa por no pasar mis libros electrónicos en su fecha. Estoy afiliada desde 01/01/2015. Responderme urgente gracias. Graciela

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 10:33 pm

      Estas exonerada de la sanción si lo subsanas hasta el 31 de diciembre de 2015.

  55. Willy Oyola dice

    25 de noviembre de 2015 a las 1:51 pm

    Hola Miguel buenas tardes, la empresa esta obligada a llevar libros electrónicos desde enero del 2014 y recién el 15 de julio del 2015 se ha regularizado y al momento estamos al día con los libros, estamos sujeto a multa y de ser así cuanto es lo que se tendría que pagar.
    el 15 de junio tuvimos un fiscalización de sunat y solo teníamos los libros físicos, la multa a pagar es por año y quiero saber si podríamos acogernos ala RSNAO 039-2015 y asi evitar la multa.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2015 a las 3:52 pm

      Es correcto, la RSNAO 039-2015 te exonera de la sanción, puedes acogerte a ella.

  56. Kimberley dice

    18 de noviembre de 2015 a las 6:58 pm

    Buenas noches ante todos, mi empresa es prico desde marzo 2015, quisiera saber desde que mes voy a declarar mis libros electronicos diario y mayor, gracias por anticipado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 11:45 pm

      La obligación entra desde el cuarto mes siguiente desde que fuiste notificado como prico.

  57. Luis dice

    12 de octubre de 2015 a las 2:59 pm

    Por favor mi estimado Miguel me puedes brindar la base legal mediante la cual la sunat a exonerado las infracciones por anotación extemporánea siempre y cuando lo subsanes hasta el 31 de diciembre de 2015.
    Gracias.

    Responder
  58. Maria dice

    7 de octubre de 2015 a las 3:27 pm

    Hola Miguel mi consulta es estamos declarando libros electronicos desde el 2013, no se declaro Libros electronicos de 08-2015, tengo que pagar la multa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2015 a las 8:02 pm

      La sunat a exonerado las infracciones por anotación extemporánea siempre y cuando lo subsanes hasta el 31 de diciembre de 2015.

  59. Victor dice

    2 de octubre de 2015 a las 4:04 am

    He declarado fuera de fecha libro electrónico, existe multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2015 a las 8:05 am

      SI existe sanción, pero tienes hasta el 31 de diciembre para subsanarlo y no pagas multa.

    • Victor dice

      5 de octubre de 2015 a las 8:08 am

      Miguel, Buen dia. Gracias

  60. Carlos Quinto dice

    2 de octubre de 2015 a las 3:41 am

    Hola amigo una consulta, el día 29/09/2015 se venció la presentación de libro electrónico de una empresa y solo se presento las ventas de marzo, compras de marzo y abril, y el día 30/09/2015 se envió las ventas de abril, hay alguna multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 11:32 am

      Si hay sanción, pero la sunat esta exonerando la multa si subsanas tu información hasta el 31/12/2015.

  61. Clary dice

    2 de octubre de 2015 a las 3:26 am

    Hola! como esta? una consulta, si inicié actividades el presente año y me afilie voluntariamente al SLE, hasta la fecha no he presentado mis registros de compras y ventas electrónicas como calculo la multa? cabe indicar que solo he realizado ventas a partir del periodo marzo y en agosto declare el PDT en 0. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 11:38 am

      La sunat ha exonerado de la multa si subsanas dicha información hasta el 31 de diciembre 2015.

  62. Mariela dice

    29 de septiembre de 2015 a las 6:04 pm

    Hola Miguel, ayer se venció los LE y no presente, hoy recién lo presente, cuanto de multa me corresponde? Gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 11:54 am

      La sunat esta exonerando de la multa si lo subsanas hasta el 31 de diciembre.

  63. Cristian Elias dice

    25 de septiembre de 2015 a las 7:33 pm

    Que tal amigo Miguel justo ayer se vencían mis LE ya que recién los empece a llevar este año y recién hoy dia los envie tengo q pagar multa? en base a IN 2014

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2015 a las 11:13 pm

      No habría sanción si lo regularizas hasta el 31 de diciembre.

  64. Karen dice

    15 de septiembre de 2015 a las 3:41 pm

    Buenas tardes Miguel, si estoy obligado a presentar el PLE desde el 2014, pero no he presentado por el ejercicio 2014 y 2015. La infracción de atraso es por cada ejercicio? y es por cada libro? O es una multa única (incluye todos los libros) por cada ejercicio? , O puedo regularizarlo hasta diciembre del 2015 por el RSNAO 039-2015., gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de octubre de 2015 a las 7:32 pm

      Es correcto, puedes regularizar mediante esa resolución.

  65. Ivan Carranza dice

    7 de septiembre de 2015 a las 11:13 am

    Donde puedo encontrar la RSNAO 039-2015

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2015 a las 1:18 am

      Te lo adjunto al email.

  66. Jhonny dice

    1 de septiembre de 2015 a las 1:08 pm

    La multa se paga por cada mes retrasado o solo una sola multa al año por el retraso gracias por su apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 9:00 pm

      En general la infracción es una sola vez, pero según la RSNAO 039-2015 no habra infracciones si lo regularizan hasta el 31 de diciembre 2015.

  67. Daisy dice

    27 de agosto de 2015 a las 10:51 am

    Buenos dias, Supero 150 UITs en ingresos y por tanto estoy obligado a llevar reg. de compras y reg. de ventas electrónicos a partir de enero de 2015. cronograma tipo B donde los vencimientos empiezan en agosto de 2015. Mi consulta es: debo de presentar los libros diario y mayor electrónicos y cuales serian las fechas de vencimiento de dichos libros. Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:58 am

      No, el diario y mayor los sigues llevando de la manera que lo hacías en el 2014 (manual o computarizado), solo llevaras electrónicamente compras y ventas.

  68. Christian dice

    24 de agosto de 2015 a las 5:13 pm

    Buenas tardes Miguel, si estoy obligado a presentar el PLE desde el 2013, pero no he presentado por el ejercicio 2013, 2014 y 2015. La infracción de atraso es por cada ejercicio? y es por cada libro? O es una multa única (incluye todos los libros) por cada ejercicio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 3:15 am

      La infracción es una sola multa que incluye todos libros.

  69. Vanessa dice

    10 de agosto de 2015 a las 11:23 am

    Una consulta, que pasa si presento fuera de plazo en varios periodos, la multa es por cada periodo? gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 4:56 pm

      Es una sola multa.

    • Gissella dice

      9 de septiembre de 2015 a las 1:46 pm

      Hola Miguel, mi consulta es por el atraso que tengo en mi libro electrónico en el periodo 03/2015 en Registro de Ventas y Compras, la multa es por libro o una sola por ejercicio?? gracias.

    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 1:55 am

      Es una sola por ejercicio, pero hay una resolución de sunat que exonera de la multa por todo el 2015.

  70. Jose dice

    31 de julio de 2015 a las 4:55 pm

    Miguel, dos consultas:
    1) He declarado en enero de este año, los registros de compras y ventas del año 2014 (todos los meses). ¿Corresponde multa? Y de ser así ¿A cuánto ascendería si todos los meses están fuera de plazo? ¿Es una sola multa o uno por cada mes de retraso?
    2) Si todos los registros del 2015, los he presentado extemporáneamente, ¿La multa es una sola o una por cada mes retrasado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2015 a las 1:38 pm

      La sanción es una sola, y la multa es 0.3% de tus ingresos netos. Por otro lado en el 2014 hubo una circular interna de sunat que indicaba no sancionar por atraso, pero solo para el 2014, para el 2015 no hay nada.

  71. Miguel angel dice

    22 de julio de 2015 a las 5:37 pm

    Hola que tal buenas tardes , quería aserte una consulta yo me afilie voluntariamente al ple en febrero 2015 he presentado mis libros electrónicos y me doy con la sorpresa de que en mi constancia aparece (fuera del plazo de atrazo establecido) mi pregunta es la siguiente tengo que pagar alguna multa por haber presentado fuera de plazo… te agradecería mucho tu ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 12:10 am

      Es correcto amigo, tendrás que pagar multa: 0.3% IN, tienes una gradualidad del 90%.

    • Cristina dice

      4 de noviembre de 2015 a las 12:29 pm

      Buenas tardes, hoy me comunique con la SUNAT y me indicaron que no aplicarían multas para las declaraciones fuera de plazo hasta el 31/12/15, ya que la gradualidad sería del 100% . Creo que son circulares internas de SUNAT, porque no encuentro la Base, aunq me indicaron Art 88 y 176 del Código Tributario.

    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 10:19 pm

      Es correcto es la RSNAO 039-2015

  72. Antony dice

    21 de julio de 2015 a las 12:30 pm

    Hola Miguel: Es un prico que no estaba presentando sus libros electrónicos (Ventas, compras, diario, mayor, caja) desde enero 2015 hasta la fecha…Puedo presentar JUNIO 2015 (que vence en Julio 2015) y luego presentar los demas meses…y si la multa es por mes no presentado o por libro no presentado. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2015 a las 1:42 pm

      No puedes hacer eso, tienes primero que presentar Enero – Febrero y asi sucesivamente. La multa es una sola.

  73. Beto dice

    21 de julio de 2015 a las 11:44 am

    Mis ingresos no superan las 150 UIT , pero mis compras y gastos si.. estoy obligado a cumplir c presentar los libros electronicos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2015 a las 11:46 am

      No, la norma habla de ingresos y mas no de adquisiciones.

  74. Ruby dice

    19 de julio de 2015 a las 9:08 pm

    Hola Miguel, estoy enviando recién mi R.venta del periodo del mes de febrero al PlE y en la constancia me sale el mensaje que no estoy cumpliendo con el art.8 inc a y c de la R.S.N° 286-2009 y en los requisitos incumplidos se detalla que el registro tal es obligatorio a partir del periodo de afiliación asimismo menciona que no puedo enviar mi resumen a sunat y que me sirva a subsanar las inconsistencias. Quiero saber que es lo que puedo hacer para poder regularizar el envio de todos mis registros sin tener ya este inconveniente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 12:27 am

      Menciona que tus operaciones deben estar en orden cronológico. Dicha norma se aplica a los PRICOS si deseas anotar febrero, se entiende que anotastes los meses anteriores.

  75. Rosa dice

    17 de julio de 2015 a las 2:10 pm

    Por fa deseo llevar el curso de libros electrónicos : Reg. Ventas y Compras, alguien me puede recomendar, remitan sus direcciones y/o email
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 2:38 pm

      Te mando los datos por email.

  76. Víctor dice

    17 de julio de 2015 a las 9:58 am

    Hola, Miguel. Supero 150 UITs en ingresos y por tanto estoy obligado a llevar reg. de compras y reg. de ventas electrónicos a partir de enero de 2015. En mi caso debo ver el cronograma tipo B donde los vencimientos empiezan a partir de agosto de 2015. Sin embargo, hace unos días presenté los registros electrónicos por los periodos enero y febrero y me di con la sorpresa que el el aplicativo PLE me indicaba que los registros estaban con atrazo. Acabo de chequear mediante el visor y aparece lo mismo. Qué puedo hacer para que en el sistema no aparesca que estoy en retraso. O debo esperar a que me llegue la resulución de multa para luego reclamar. Gracias por tu atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 8:17 pm

      Lo primero revisaría que no estabas obligados desde 2014 o que te hayas afiliado voluntariamente por clave sol. Quizás por ello el sistema te esta aplicando el cronograma A.

  77. Julia Laqui Mamani dice

    16 de julio de 2015 a las 11:21 pm

    Para un contribuyente que inicia operaciones en el presente mes y se afilió voluntariamente a llevar libros electrónicos como debe considerar los vencimientos para no tener atraso, si se incorporó al régimen especial. Gracias Miguel por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 3:48 am

      Si te afiliaste es el cronograma A, tu plazo de vencimiento es mas corto.

  78. Gloria Flores Loaiza dice

    16 de julio de 2015 a las 7:18 pm

    Buenas noches, somos prico desde el 2013, los libros electronicos de ventas y compras estan al dia, pero los libros diario y mayor aun no se presento, estamos en infraccion? y como podemos subsanar y hasta cuando y por que periodos.
    Atte.
    Gloria

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 4:49 am

      Si están en infracción. Se subsana anotando los libros de diario y mayor. Ademas puedes acogerte a la gradualidad del 90% por el pago de la sanción.

  79. Arlynn dice

    16 de julio de 2015 a las 1:00 pm

    Y las empresas que recién este año presentara reg compras y ventas electrónico – hasta que fecha tiene para presentarlos y se tiene q presentar todos los meses (enero a julio) ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 3:14 pm

      El mes de enero vence en el mes de agosto. En dicho mes empiezan los vencimientos.

  80. Mercy Calle dice

    16 de julio de 2015 a las 12:36 pm

    Hola Miguel buenas tardes como puedo obtener un curso virtual de los PLE

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 12:43 pm

      Por el momento no lo damos virtualmente.

  81. Christian dice

    16 de julio de 2015 a las 10:41 am

    Buenos días Miguel, una pregunta.
    La multa por atraso a los PRICOS, es sólo anual cierto? Me refiero que si no presentaste por el ejercicio 2013, sólo te multan por ese ejercicio o la multa es por cada periodo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 11:32 am

      Es correcto es acumulado a la fecha de la sanción. Por ejemplo enero, febrero, marzo cometiste el atraso, solo basta con pagar una sola multa.

  82. Yoisy dice

    16 de julio de 2015 a las 10:06 am

    y cuando dictaran un curso en piura?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 3:29 pm

      No tenemos fecha todavía para provincia.

  83. Beatriz dice

    15 de julio de 2015 a las 7:28 pm

    Consulta, es cierto si la empresa esta suspendida de forma temporal, también tiene que seguir presentando sus libros electrónicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:00 am

      No es correcto.

  84. Julio Ruben dice

    15 de julio de 2015 a las 6:05 pm

    Bs. veo que la consulta lo haces desde el 2015, es verdad que para el periodo 2013 y 2014 no se toman en cuenta los atrasos para fines de sanciones, sino que recien a partir del año 2015?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:10 am

      Existe una circular para los mepecos para el año 2014 que por una facultad discrecional de la sunat no va multar, pero para los pricos si les aplica multa desde 2014 y 2015.

    • Vilma dice

      26 de agosto de 2015 a las 9:57 pm

      Estimado Miguel, donde dice eso ? osea que si no anoto en su fecha no tendré multa, a partir de este 2015 recién me corresponde por los ingresos pasaron pero no presente.

    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:04 am

      Es la Circular 003-2014 Sunat.

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