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Observaciones sobre el Régimen Especial de Renta

Notas, Tributario - Publicado por Miguel Torres el 12 diciembre, 2019 162 comentarios

Miguel, he tenido un problema con acogerme al Régimen Especial de Renta  ¿Que puedo hacer?

En primer lugar, debes saber que en el Perú existen cuatro regímenes tributarios a la cual una empresa puede acogerse:

  • Nuevo Rus
  • Régimen Especial de Renta
  • Régimen Mype Tributario
  • Régimen General

En esta ocasión te voy a dar algunos detalles que quizás pasas por alto o por una mala asesoría puedes cometer en el caso de haber elegido el Régimen Especial de Renta para tu empresa.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Inicio de una empresa
  • Cambio al Régimen Especial de Renta
  • Caso Práctico: Régimen Especial de Renta
  • ¿Qué hace Sunat?

Inicio de una empresa

Cuando hemos constituido una empresa (persona jurídica) o deseamos crear una empresa como persona natural, a la hora de sacar el RUC, el funcionario de Sunat nos preguntará por el régimen tributario, si tu eliges el RER (Régimen Especial de Renta), ten en cuenta lo siguiente:

Tú primera declaración es super importante y piensa en ella todos los días hasta su vencimiento.

A diferencia de los otros regímenes tributarios, el régimen especial de renta tiene un requisito especial.

Revisemos el inciso a) del artículo 119 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta:

El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo señalado en el artículo 120º de esta Ley.

El artículo menciona que es necesario: declaración y pago, pero aparte de ello pone otro requisito necesario: que se efectué dentro de la fecha de vencimiento.

Miguel ¿Porque es necesario la declaración y pago para la afiliación al régimen especial?, y ¿Qué pasaría si no cumplo con el requisito?

Cambio al Régimen Especial de Renta

También puede darse la figura que estés pensando en cambiarte al RER (del Nuevo Rus al RER o del Régimen General al RER), en ese caso ten en cuenta lo que menciona el inciso b) del artículo 119 del TUO LIR:

El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período en que se efectúa el cambio de régimen, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo señalado en el artículo 120º de esta Ley.

Como pueden ver es el mismo requisito: declaración y pago. No olvidar que debes realizarlo dentro de la fecha de vencimiento.

Veamos algunos ejemplos de cuán importante es que tengamos en cuenta dicha requisito en nuestra cabeza y nunca nos olvidemos de decirle a un contribuyente cuando seamos asesores.

Caso Práctico: Régimen Especial de Renta

La empresa Miguel Torres (persona natural), inicia actividades el 01 de Diciembre del 2019, en el Régimen Especial de Renta. Miguel es consciente que su impuesto vence el 15 de Enero del 2020.

En el mes de diciembre Miguel vende cerca de S/ 45,000 , pero el 100% de todas las ventas son al crédito a 30 días. Miguel presenta el Declara FÁCIL del período 12-2019 el mismo 15 de Enero de 2020, y todavía realiza el pago de renta un mes después el 15 de Febrero de 2020 (una vez que realiza su cobranza).

Solución

Este ejemplo es el típico caso de muchos contribuyentes, inician su empresa en el RER porque saben que no van presentar declaración  anual, y además solo llevan dos libros contables, pero lo que ignoran es el requisito del artículo 119 del TUO LIR.

Miguel Torres, realizó su primera declaración 12-2029 en la fecha de vencimiento (correcto), pero lamentablemente no realiza el pago del impuesto a la renta (1.5%), por ende en concordancia con el artículo 119.

Por lo tanto, Miguel estará pasando al Régimen General.

¿Régimen General?, es correcto, al no haber realizado correctamente el acogimiento al RER, pasa automáticamente al Régimen General, por ende la empresa Miguel Torres, tendrá que realizar su declaración anual por dicho mes.

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¿Qué hace Sunat?

Sunat fiel a su estilo notifica al contribuyente varios meses después (objetivo: que pase el vencimiento de las declaraciones juradas anuales), te preguntaras ¿porque tanto se demora? la respuesta es sencilla, cuando te notifiquen que no has realizado el acogimiento al RER correctamente te va dar un regalo (multa por no haber realizado tu declaración jurada anual).

Pregunta: ¿Creen que de esta manera los pequeños contribuyentes tienen ganas de cumplir con sus obligaciones tributarias?

Hace poco leí un articulo de la jefa de la Sunat que decía: Ningún contribuyente cumplía con pagar las 72 cuotas del fraccionamiento.

Yo diría quien va pagar una multa, que te la ganas no por evadir impuestos , no por comprar facturas, no por clonar facturas de ventas, al contrario cumplo con mis obligaciones de realizar mis declaraciones, pero por un “requisito” que más parece una “trampa con dolo” me gano una multa de 50% UIT por no declarar la declaración de impuesto a la Renta.

Conclusiones

  1. Si vas empezar tu empresa en el RER, no te olvides de la primera declaración (presentación y pago dentro del vencimiento).
  2. De igual manera si piensas cambiar de régimen tributario, ten en cuenta que el acogimiento solo es con la declaración y pago del declara fácil.

Etiquetado con: regimen especial

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Acerca de Miguel Torres

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162 comentarios

  1. Antonio dice

    19 enero, 2021 en 5:33 pm

    Hola miguel porque me aparece este comentario al declarar diciembre 2020:

    ha estado afecto al rer en este ejercicio declarar un periodo tributario distinto a enero, al parecer se declaro y se pago en 0 porque no hubo operaciones en noviembre , por favor ayuda , gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 enero, 2021 en 11:48 am

      Te recomiendo llamar a la SUNAT para que te diga cuál es tu régimen tributario actualmente.

  2. Yanet dice

    8 enero, 2021 en 6:33 pm

    Hola Miguel, muy bueno tu aporte, tengo una duda , si estoy en el RER y tengo credito fiscal en Dic 2020, puedo aplicar ese credito en Enero 2021?, muchas gracias de antemano por tu respuesta.

    Accede para responder
  3. Jose dice

    2 noviembre, 2020 en 11:21 am

    Hola Miguel gracias por compartir tus conocimientos. Una pregunta estoy en el rer, puedo arrastrar el crédito fiscal a favor de mis compras en mi siguiente declaración?.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 noviembre, 2020 en 1:22 am

      Si claro es correcto.

  4. Cristhian dice

    22 octubre, 2020 en 10:57 am

    Una consulta soy un contribuyente en el nuevos rus pero deseo pasarme al rer, como es el tramite para hacerlo y a que tiempo saldrá el cambio en mi ficha ruc

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 octubre, 2020 en 9:34 am

      Solo tienes que declarar tu PDT mensual.

  5. Zoila dice

    16 julio, 2020 en 8:31 pm

    Hola, estoy en el regimen especial pero he excedido los ingresos en el mes de octubre 2019 s/ 578610.30 incluido igv , la consulta es la DJ 2019 Estoy obligada apartir de octubre 2019? generar desde octubre 2019 por favor me puede ayudar.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 septiembre, 2020 en 9:11 pm

      Es correcto, desde ese mes debes elaborar tu DJ Anual.

  6. Cindy dice

    16 julio, 2020 en 10:19 am

    Buenos días: consulta un restaurante de una hectarea puede acogerse al régimen especial

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 septiembre, 2020 en 9:20 pm

      Es correcto, puedes hacerlo.

  7. Analy dice

    15 abril, 2020 en 4:06 pm

    Hola Miguel,yo incie en Febrero mi primera declaración IGV y Renta lo hice con RER, pero cuando voy a declarar para el 03/2020, me enviaba directo a Regimen general, al verificar es porque en mi L.E el CUO figuraba como OT pero en mi txt figura M-RER, que podría hacer ahí, me correpondería presentar declaración jurada anual 2019 ? o si puedo corregir los libros y mantenerme en el RER..?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 abril, 2020 en 5:45 am

      Lo más probable es que pagaste fuera de plazo el tributo, lo que menciona pasa porque utilizaste el portal para presentar los LE y no el programa Ple.

  8. Luis dice

    8 abril, 2020 en 9:04 am

    Hola Miguel, te felicito por el blog.
    Por favor ayúdame con esta consulta: Yo estaba en el regimen RER, sin embargo por error he hecho declaraciones mensuales de diciembre 2019, enero y febrero 2020 como MYPE. Ahora me llego la notificación de que debo presentar DJ Anual.
    Puedo cambiar esas declaraciones mensuales erradas? Debo hacer de todas maneras la DJ Anual?
    Gracias por tu apoyo!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 abril, 2020 en 5:45 am

      No se puede.

  9. Santino dice

    29 marzo, 2020 en 4:39 pm

    Hola Miguel, la primera vez que realicé mi declaración lo hice en la Sunat y no registraron mis compras, la señorita indicaba que no era necesario.
    Cada vez que declaró por el aplicativo móvil no me sale para registrar mis compras.
    1. Estoy en RER
    2. En Loreto
    3. Mis compras no superan 200 soles

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      1 abril, 2020 en 12:38 am

      Es importante que declares tus compras.

  10. Nardy dice

    24 marzo, 2020 en 3:00 pm

    Hola buen dia, una consulta si estoy en el nrus desde 07/02/20, quiero emitir factura ..como hago para cambiarme al rer
    gracias, bendiciones.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 marzo, 2020 en 9:03 am

      Lo haces con la declaración mensual, tienes que presentar declara fácil.

  11. Anabel dice

    23 marzo, 2020 en 7:17 pm

    Hola, tengo dos consultas
    1. Si en mi primer mes de declracion de impuesto a la renta como empresa RER no tengo ingresos, no compré nada ni vendí nada, tengo entendido que tendría que declarar como 0, tendría que pagar el 1.5% de algo.
    2. Yo como RER, estoy obligado a poner a planilla a mis trabajadores?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 marzo, 2020 en 10:22 pm

      La primera es no tienes que pagar impuestos, la segunda es más una consulta laboral, y la respuesta es SI.

  12. César dice

    16 marzo, 2020 en 1:07 pm

    Estando acogido al RER, se puede declarar en compras facturas del año anterior que han entregado en forma extemporánea?. Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      16 marzo, 2020 en 8:46 pm

      Si claro, mientras este dentro de los 12 meses.

  13. Tatiana Seminario dice

    11 febrero, 2020 en 9:49 am

    Hola Miguel deseo dedicarme al alquiler de oficinas por horas, podria estar en el REGIMEN ESPECIAL, gracias por tu respuesta

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      11 febrero, 2020 en 5:52 pm

      No puedes, mínimo RMT.

  14. Charito Guerrero dice

    27 enero, 2020 en 6:38 pm

    Hola Miguel,
    Una Institución educativa privada, puede emitir recibo de ingresos cuando cobra la pensión de enseñanza, como comprobante de pago? o tiene que ser boleta y factura.

    Gracias por tu respuesta

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 enero, 2020 en 9:24 am

      Tiene que emitir comprobantes de pago electrónico.

  15. Rossy Acero dice

    2 septiembre, 2019 en 1:50 pm

    me han sancionando por pagar un día atrasado mis tributos. La notificación me la hicieron hoy 2 de septiembre 2019 y es del mes de enero. Dicen que me han notificado el mes de junio. Mi duda es, en ese tiempo tengo otros meses donde he pagado 1 o 2 días tarde.
    Es posible que esas multas/sanciones también lleguen en algún momento? Hasta ahora solo llegó esta. Pertenezco al RER.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 septiembre, 2019 en 7:21 pm

      Si es correcto, van a llegar.

  16. César dice

    20 agosto, 2019 en 6:50 pm

    Hola Miguel, una empresa acogida al RER que ha recibido un préstamo de una persona natural con negocio sin pacto de intereses, ¿ se aplica la presunción de intereses a pesar de no poder deducir gastos?. Gracias de antemano.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 agosto, 2019 en 8:04 am

      Si es correcto, SUNAT puede observar la presunción.

  17. Oscar Rengifo dice

    9 julio, 2019 en 9:03 am

    Hola Miguel, en nov-2018 me inscribí en el RUC y elegí el regimen genral. En Febrero del 2019 realicé mi primera venta y en mi PDT 621 declaré como régimen el régimen general. Sin embargo me dí cuenta que debí acogerme al régimen MYPE tributario. Consulta: ¿Podría rectificar mi primera declaración del 2019 y en ese momento acogerme al Regimen MYPE tributario?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 julio, 2019 en 12:36 pm

      Ya no es posible, tienes que esperar el mes de enero del siguiente año.

  18. Ema dice

    20 junio, 2019 en 3:48 pm

    Hola, puede estar en el RER una empresa q se dedica al mantenimiento y reparación de computadoras, y otras relacionadas al rubro??

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 junio, 2019 en 8:32 pm

      No puedes. Te van a pasar al RMT.

  19. Karla dice

    7 junio, 2019 en 8:59 am

    Buenos días, se puede tener más de un establecimiento en el RER?
    Gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 junio, 2019 en 9:53 pm

      Es correcto.

  20. Nardy dice

    15 mayo, 2019 en 9:51 am

    Gracias por tus consejos, estoy en RER deseo comprar y vender un equipo para medir el ruido ejemplo, si puedo emitir la factura o debo pasarme al mype tributario, gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      15 mayo, 2019 en 11:46 pm

      Si puedes emitir factura estando en el RER.

  21. César dice

    6 abril, 2019 en 11:01 am

    Buen dia: Como registrar el pago del impuesto a la renta en una empresa acogido al RER, si no presentan DJ, ¿será un gasto deducible?.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 abril, 2019 en 10:54 am

      No es gasto, solo provisiona el impuesto 4017/101

  22. Cinthya dice

    21 febrero, 2019 en 11:10 am

    Buenos días tengo una duda el acogimiento al RER solo es la primera presentación al inicio de su actividad o también tengo que declara y pagar cada inicio de año con la primera presentación para seguir acogido al RER ?. muchas gracias espero su pronta respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 febrero, 2019 en 11:20 am

      Solo aplica para la primera presentación.

  23. Marianella dice

    1 junio, 2018 en 4:28 pm

    Miguel una consulta una empresa serv de imprenta esta RER puede tener detracción que códigos debo usar.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 junio, 2018 en 7:33 am

      Debes estar en RMT.

  24. Cristina Cabrejos dice

    15 abril, 2018 en 6:16 pm

    Buenas tardes, aprovecho la oportunidad para consultar en que régimen se debe presentar cuando quieres abrir una institución educativa particular. Régimen general o especial. De las boletas emitidas, cuanto de impuesto se pagaría por cada una de ellas. Muchas gracias por su atención.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      16 abril, 2018 en 7:33 pm

      Te recomiendo ir a un estudio contable para que te asesore, es muy complejo tu pregunta para contestar por este medio.

  25. Marisol D. dice

    12 abril, 2018 en 11:58 am

    Una consulta, si se está en el régimen especial pero por error se declaró mensualmente y se presentó la declaración jurada anual como régimen general, esto implica que ya se hizo el cambio de régimen, qué se puede hacer si no correspondía hacer la dj anual? Aun no se ha pagado el impuesto

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 mayo, 2018 en 11:31 am

      El presentar la DJ anual no es causal de cambio de regimen tributario.

  26. Chabelita dice

    21 marzo, 2018 en 9:29 am

    Una consulta se que el RER tienen un tope el cual si se pasa sube de régimen eso también aplica a las compras o solo ventas….gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 marzo, 2018 en 3:26 am

      Solo aplica para los ingresos, 525,000 soles.

  27. Christian dice

    11 marzo, 2018 en 9:04 am

    Hola quisiera volver del régimen especial de rentas al rus … Cuanto tiempo tiene q pasar para darle de baja o q documentos presentar a sunat para su cambio…

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 marzo, 2018 en 12:50 am

      Solo puedes hacer el cambio en el mes de enero.

  28. Denisse dice

    21 diciembre, 2017 en 2:49 pm

    Hola Miguel, mi preguntas es si en el RER puedo declarar comprobantes (compras) del mes de octubre 2017, cuando estoy realizando la declaración del mes de noviembre 2017. Gracias por tu respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 diciembre, 2017 en 11:06 pm

      Si se puede utilizar.

  29. Marvin dice

    14 septiembre, 2017 en 1:45 pm

    Hola Miguel.. Una empresa SAC, acogida en el RER, solo lleva libros de compras y ventas? o es que por ser SAC esta obligada a llevar otros libros? y cuales seria?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 septiembre, 2017 en 11:33 pm

      Esta correcto, no necesitas llevar otros libros.

  30. Carlos dice

    15 agosto, 2017 en 11:08 pm

    Excelente, muy buen dato Miguel. Una consulta acabo de empezar con un negocio de comercialización de Electrónicos y accesorios de cómputo y estoy en el RER, con un flujo mensual de aprox. 6000.00 a 8000.00, la pregunta es me mantengo en este régimen o hay forma de pasar primero por el RUS (lo veo más conveniente en el tema de Impuestos). Gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      16 agosto, 2017 en 7:17 am

      Ya no puedes bajar al RUS hasta Enero de 2018. En el RUS no puedes emitir factura.

  31. Luis dice

    10 agosto, 2017 en 11:03 am

    Hola, mira estuve en el rus en abril y en mayo pase al régimen especial (afilie al ple) , mis facturas de compra cuando estaba en el rus (enero-abril) me permiten deducir crédito fiscal para mayo?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      10 agosto, 2017 en 4:55 pm

      No pase el crédito fiscal.

  32. Pamela dice

    6 agosto, 2017 en 12:32 am

    Buenas noches, una consulta como calculo mis ingresos netos? es mis ventas menos mis compras y sobre ese resultado aplico el 1.5% a pagar de impuesto ala renta, muchas gracias por el aporte.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      10 agosto, 2017 en 6:13 pm

      Es sobre el monto de las ventas, menos los descuentos otorgados (notas de crédito emitidas).

  33. Liliana Franco Elguera dice

    23 julio, 2017 en 3:42 pm

    Hola miguel, una pregunta soy una persona natural con negocio que se dedica a dar servicio de taxi, me acogi al RER es correcto. ademas cuando presente la primera declaracion solo hice un servicio de 20 soles y no me salio a pagar nada. pero mi duda es si esta bien el regimen.
    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 julio, 2017 en 1:46 am

      Si es correcto.

  34. Angela dice

    20 julio, 2017 en 4:29 pm

    Buenas tardesMiguel , n consulta tengo una empresa que alquila vehículos y estoy en el RER, también tengo que pagar detracción del 10% que pasa si no hice y mi primera declaración fue en mayo 2017

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 julio, 2017 en 1:15 pm

      Si es correcto, tienes que pagar la detracción.

  35. Saul dice

    10 julio, 2017 en 2:49 pm

    Hola Sr.miguel , acabo de constituir una empresa , y estoy en el régimen especial , mis ventas no exceden 5000 mensual , quisiera saber cómo puedo reducir el pago de la renta ?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      11 julio, 2017 en 7:00 am

      En tu caso no se puede, porque tu declaras sobre ingresos.

  36. Marcos Crispin dice

    9 junio, 2017 en 6:30 pm

    Miguel, que sucede si recién estoy en el RER y mis ventas están por debajo de la 1/2 UIT y presento mis impuestos al día sgte de la fecha de vcto (no hay multa). Esto afecta a que automáticamente deba cambiar a régimen general por no presentar dentro del plazo ?o prima que no hay multa por no presentar la ddjj cuando las ventas no supera 1/2 uit?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 junio, 2017 en 4:57 pm

      Lo que mencionas solo se aplica para la primera presentación de afiliación al RER.

  37. Maria Delgadillo Bustamante dice

    4 junio, 2017 en 7:09 pm

    Buenas noches, una persona que trabaja como diseñador gráfico, desea emitir facturas. puede acogerse al RER?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      8 junio, 2017 en 12:23 am

      En el RER esta excluido por dicha actividad.

  38. Rosa dice

    29 mayo, 2017 en 7:00 pm

    Hola mi empresa realiza actividades de mantenimiento como cambio de porcelanatos pintado de columnas, fabricación de muebles en melamine, nosotros somos microempresa y hemos declarado como rer me indicaron que coloque ciu 9609 pero recién me percato que ese ciu no corresponde, me podrías decir que ciu me corresponde y si era régimen general y he estado declarando especial que pasaría

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      31 mayo, 2017 en 4:38 pm

      Que va tener que declarar como régimen general y presentar DJ Anual.

  39. Carmen dice

    3 mayo, 2017 en 11:34 am

    Soy persona natural emito recibos por honorarios, pero el año pasado en abril también forme una empresa con régimen rer ahora le quiero dar de baja cual es el procedimiento? y como cierro la cuenta del banco de la nación ya que las facturas que emitía estaban afectas a la detracción, gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 mayo, 2017 en 12:33 am

      Para dar de baja una empresa, primero tienes que cerrar tus libros contables, dar de baja tus comprobantes y el RUC. Para ello acércate a un centro de Sunat.

  40. Diego dice

    4 abril, 2017 en 10:36 am

    Buenas, consulta.. el codigo para pagar renta de regimen especial es 3111?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 abril, 2017 en 1:06 am

      Es correcto.

  41. Judith dice

    23 febrero, 2017 en 1:48 pm

    Hola amigo, ojala me puedan ayudar acabo de declarar me pase del rus al régimen especial, quisiera saber que sucede con mis boletas de ventas que tenian cuando era rus y cuanto tiempo me dan para imprimir mis comprobantes o es que solo tengo que imprimir facturas mas ya no boletas

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 febrero, 2017 en 6:35 pm

      Las boletas que tenias en el Nuevo Rus, te sirven para el RER. Estando en el RER puedes emitir boletas o facturas.

  42. Tania Lazarte dice

    7 febrero, 2017 en 5:47 pm

    Miguel hola, Estaba en el RUS y recién cambié al RER. Mi caso es que en la SUNAT me dieron a elegir entre: Declarar compra y venta; O declarar compra, venta y libro diario. Elegí la primera opción y me explicaron que debería hacer mi declaración en la pag de sunat registrando mi compra, venta y pagar via debito.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      15 febrero, 2017 en 10:58 am

      Si te afilias al RER debes llevar libros contables, para usarlos debes legalizarlos.

    • Jorge dice

      13 mayo, 2017 en 12:05 pm

      Tengo entendido que si llevo libros electronicos no es necesario llevar libros fisicos? Lo comento por que eso fue lo que indicaron en sunat.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 mayo, 2017 en 5:18 pm

      Es correcto.

  43. Kike dice

    7 febrero, 2017 en 8:33 am

    Hola Miguel, una consulta. Una empresa de persona natural en RER iniciada en diciembre 2016, declara en 0.00, si no tiene ingresos, cuánto es lo que debería pagar???

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 febrero, 2017 en 9:28 am

      Pues no pagaría nada.

  44. Nancy dice

    27 enero, 2017 en 11:04 am

    Hola Miguel, una consulta tengo una empresa que esta en el regimen especial, en el me julio del 2015 se declaro como regimen general, y se hizo la rectificatoria respectiva y cuando me acerque a la sunat me informa que debe hacerse la declaración anual de ese mes.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 enero, 2017 en 4:38 pm

      Es correcto, tendrás que presentar DJ Anual.

  45. Christian dice

    25 enero, 2017 en 9:05 pm

    Hola Miguel, mi consulta es, brindo el servicio de taxi, me afilien en OCTUBRE del 2016 al RER y no declare el impuesto ni la renta, tampoco los pague, q tengo q hacer en ese caso??
    agradecere tu respuesta saludos!!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      25 enero, 2017 en 11:27 pm

      En tu caso ya pasaste al regimen general, sería bueno que te acerques a un centro de Sunat.

  46. Yani dice

    4 enero, 2017 en 1:18 am

    Hola Miguel, las empresas como kromasol, Omnilife o Herbalife a que régimen pertenecen ya que te exigen tener ruc y emitir facturas( compro y vendo a la misma empresa)

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 enero, 2017 en 6:59 am

      Es correcto, te solicitan factura para evitar el tema de la relación laboral. Ellas pertenecen al régimen general.

  47. Sebastian dice

    27 diciembre, 2016 en 12:11 pm

    Que pasaria si declaro pero no hago el pago

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 diciembre, 2016 en 12:14 pm

      Pierdes la condición del RER, pasas al Régimen General.

  48. Fabiola dice

    16 diciembre, 2016 en 2:47 pm

    Si en caso mi inicio de actividades fue en octubre, pero no compre ni vendi nada puedo declarar en 0?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 diciembre, 2016 en 5:43 am

      No puedes hacer eso, tiene que haber pago de impuesto.

  49. Juan Manuel Blasco Mendoza dice

    2 noviembre, 2016 en 1:07 pm

    Muy buena tu explicación como siempre, una consulta: ¿Cuánto se puede facturar tanto como ventas y compras por mes para seguir siendo RER?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 noviembre, 2016 en 3:48 pm

      El limite es anual, ventas 525,000 soles para seguir en el RER.

  50. Carmen dice

    20 octubre, 2016 en 9:54 pm

    Hola Miguel tengo una duda que pasa si antes pertenecía al rus hasta junio de 2016 y para julio me cambie al RER pero no sabía que la primera declaración tenía q ser pagada el mismo día y tuve un retraso de 3 días ya pase a REG? Estoy muy preocupada.Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 octubre, 2016 en 1:34 am

      En ese caso, pasas al regimen general, sería bueno que vayas a la sunat.

    • Carmen dice

      22 octubre, 2016 en 11:44 am

      Muchas Gracias Miguel disculpa una consulta más hay alguna manera de q regrese al RER?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 octubre, 2016 en 1:22 pm

      Con una próxima declaración en el PDT colocas RER y pagas dentro del vencimiento.

  51. Fiorella Romani Perez dice

    14 octubre, 2016 en 11:20 pm

    Hola Miguel una empresa que empezó en mayo sin ventas y declaro cero en su vencimiento pero esta en el RER ¿Es Correcto?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 octubre, 2016 en 6:18 am

      No estas en RER, tienes que haber pagado impuesto para la afiliación.

  52. Marianella dice

    30 septiembre, 2016 en 7:27 am

    Buenos diaa miguel recien se ha creado una empresa que brinda servicio de facbricacion de tapas para caja de agua ..esta en regimen especial .. esta afecto a detraccion y q codigos se debe usar?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      1 octubre, 2016 en 11:51 pm

      Si tu servicio es parte de un proceso productivo, podría ser el código 025 – Fabricación de Bienes por Encargo.

  53. Juan Carlos dice

    8 julio, 2016 en 9:41 am

    Hola, he constituido una persona jurídica (SAC- tributos RER) y he especificado como inicio de operaciones el 18 de julio del 2016. Mi vencimiento de tributos es el 15 de julio. mi duda es: mi primera declaración seria en agosto? y… debería declarar solo los días restantes del mes de julio? obviamente los movimientos de agosto serian declarados en setiembre cierto?, gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      10 julio, 2016 en 10:24 pm

      Es correcto amigo, el periodo de julio se declara en agosto.

  54. Gisela dice

    7 julio, 2016 en 4:24 pm

    Buenas tardes
    Felicitaciones por el blog
    Una empresa SAC costituida como constructora, alquileres de bienes y demás servicios se dedicara solo a comprar inmuebles para luego alquilarlos como local comercial.
    Consulta:
    1.- Puede estar en el régimen especial durante este tiempo?
    2.- Por su actividad de alquiler de local tendrá que emitir factura?

    Gracias por la pronta respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      8 julio, 2016 en 7:18 am

      Dicho giro de negocio necesita estar en el regimen general y debe emitir factura.

    • Gisela QE dice

      8 julio, 2016 en 8:42 am

      Buenos días Miguel
      Cual seria la norma tributaria que respalde que la empresa pese a dedicarse solamente a alquilar locales tiene que estar en el regimen general y no en el regimen general?

      Gracias por su respuesta.

  55. Javier dice

    31 mayo, 2016 en 2:00 pm

    Hola Miguel, me dedico a la fabricación de cajas metálicas y estoy en el RER. La sunat me ha enviado una esquela de notificación donde me observa los pagos de I RENTA del 1.5% y me calcula como si fuera del REG. general. He efectuado la declaración y pago en la fecha antes del vencimiento. ¿Cual podría ser el motivo de la observación ?
    gracias de antemano

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 junio, 2016 en 3:13 am

      Quizas has superado el nivel de ventas permitido, para salir de dudas comunicate con la sunat.

  56. Alberto dice

    15 mayo, 2016 en 11:26 pm

    Buenas sr. MIguel estoy RER declare la renta del mes de abril y hubo un error al declarar omiti dos facturas q eran por un valor de 350 soles en total la cuales no declare ya pague la renta fiscal y el igv si rectifico me pueden pasar al reg porq la fecha de vencimineto ya paso y ycuanto es la multa por esa mala declaracion de impuestos

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      16 mayo, 2016 en 3:53 pm

      Eso solo aplica para la primera declaración, si ya has realizado anteriormente declaraciones, puedes rectificar y pagaras la multa por tributo omitido.

    • Alberto dice

      17 mayo, 2016 en 12:42 am

      Gracias por su respuesta lo quiero saber es a cuanto asciende la multa por esta omisión x q en la sunat me dicen q es 197 soles uno por impuesto fiscal y 197 por igv quisiera saber si es correcto o es q me quieren hacer pagar una multa como si no hubiera declarado.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      17 mayo, 2016 en 12:50 am

      La multa se calcula: 50% del tributo omitido (lo que dejaste de pagar en IGV y Renta).

  57. Mari dice

    28 abril, 2016 en 12:14 pm

    Estimado, soy un RER una consulta me llego una multa de 1 uit mas int del IR 2014 a razon de que en oct 2014 se declaro equivocadamente en RG solo ese mes. que mas puedo hacer para no pagar esa multa actualmente estoy en RER gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      1 mayo, 2016 en 2:45 pm

      Lo primero rectificar dicho periodo, y responder la la orden de multa con las rectificaciones (recurso de reclamación).

  58. Christian dice

    18 abril, 2016 en 1:18 pm

    Miguel, declaracion y pago solo es para la primera declaraciòn asi no pasas al RG o es obligatorio para todas las declaraciones? . Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 abril, 2016 en 10:06 pm

      Solo para la primera declaración.

  59. Lucero dice

    14 abril, 2016 en 4:31 pm

    Hola tengo una consulta!! mi empresa se dedica a reparar autos y realiza mantenimiento, este giro del negocio tiene que estar en el RER o en el regimen general??
    Gracias por la respuesta

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 abril, 2016 en 6:45 pm

      Puede estar en el RER.

  60. Janet dice

    27 marzo, 2016 en 8:09 pm

    Hola una consulta! En la LIR indica q se debe presentar DJ anual para contribuyentes de RER, como se hace? me puedes ayudar con esto!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 abril, 2016 en 2:25 am

      No existe dicha obligación.

  61. Gino R dice

    3 febrero, 2016 en 3:32 pm

    Una empresa se constituyó en diciembre del 2015, sin embargo no realizó operaciones, se declaró y presentó el PDT 621 dentro de su vencimiento en Enero 2016 con importe 00 ? Se acogió bien al RER a pesar que el requisito es declarar y pagar. Como es la aplicación de la norma en estos casos.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 febrero, 2016 en 11:41 pm

      Te recomiendo verificarlo llamando a sunat o acercate a un centro de sunat ha verificar tu regimen actual.

  62. Grave Rodriguez dice

    31 enero, 2016 en 10:13 am

    Señor Miguel, Buenos días una consulta yo estaba acogida al RUS desde Diciembre del 2015. En Enero del 2016 me cambie al régimen especial. Realice el pago del tributo de Diciembre por el RUS en mí fecha de pago correspondiente en Enero. Mí consulta es la declaración que comenta sobre el régimen especial la tendría que realizar según cronograma de pago en Febrero?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 febrero, 2016 en 6:19 pm

      Es correcto.

  63. Juan dice

    24 enero, 2016 en 2:46 pm

    Quiero formar con 2 personas una institución educativa, donde se ensaña, inglés, razonamiento verbal, como reforzamiento a alumnos de colegios. En el RER estaria bien acogerme, que inpuestod y tributos debo pagar?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      25 enero, 2016 en 1:46 am

      Te recomiendo revisar el siguiente link –>

  64. Amilcar dice

    13 enero, 2016 en 8:43 pm

    Hola Miguel,

    Una empresa recién creada y acogida al RER en el mes de diciembre, por error se declaro en cero, pero aun falta algunos días para el vencimiento, se puede sustituir la declaración declarando las ventas y compras realizadas en diciembre sin perder el RER, o de todas maneras para a General¿

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 enero, 2016 en 11:57 am

      Es correcto, y también no te olvides de pagar el impuesto.

  65. Carlosllea dice

    3 noviembre, 2015 en 11:49 am

    Gracias por los tips siempre tan puntuales e ilustrados, tengo una consulta, ahora si en mi liquidación de impuestos tengo IR especial e IGV, y solo pago el IR especial, en su oportunidad, ¿sigo acogido al RER o no?… Gracias por tu respuesta!

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 noviembre, 2015 en 9:46 pm

      El pago oportuno solo se aplica para la primera presentación, para las sucesivas ya no. Lo importante es pagar el tributo de renta.

  66. Javier dice

    22 septiembre, 2015 en 2:13 am

    Señor Miguel buenas noches muy buenos consejos, mi consulta es la siguiente o mejor dicho quisiera una recomendación por favor si fuera posible, ahora trabajo con recibos por honorarios, pero quiero empezar a vender articulos de computo, que regimen me convendria usar (compro a precio de distribuidor y vendo con una ganancia). Gracias de antemano.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 septiembre, 2015 en 11:23 pm

      El regimen especial seria lo mejor, mas simple y menos obligaciones tributarias.

  67. Malaquias Huaman Huaman dice

    21 septiembre, 2015 en 6:15 pm

    Señor Miguel buenas noches . La consulta es la siguente, inicie un negocio en marzo del 2015 en el regimen especial de renta, presente la declaracion PDT 621 en 13 de abril 2015 y la fecha de vencimiento de marzo era el 23 de abril, pero no realize el pago dentro de la fecha de vencimiento y he seguido declarando has el el mes de julio como regimen especial y en agosto declare en el regimen general, ¿sera lo correcto? y para la declaración jurada anual de la renta ¿Incluiré las operaciones declaradas como regimen especial?, por favor necesito de su aporte.le agradecere mucho

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 septiembre, 2015 en 11:30 pm

      Lamentablemente estas en el regimen general desde el inicio de actividades, por ende debes considerar todos los ingresos.

  68. Ignacio dice

    11 septiembre, 2015 en 11:47 am

    Miguel, interesante y sencillo el aporte que haces a muchos lectores o quienes necesitamos informarnos…me sirve, muchas gracias.

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 septiembre, 2015 en 1:09 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  69. Eliot Ahumada dice

    24 agosto, 2015 en 6:57 pm

    Por que es tan difícil a la SUNAT explicar estos casos?
    Acaso ya están acostumbrados a engañar a los contribuyentes que cumplen con pagar sus obligaciones.
    Lo mismo pasa cuando se pide devoluciones de impuesto, Porque tanta maldad de la SUNAT, acaso es la nueva caja chica del Gobierno de turno?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 agosto, 2015 en 8:29 pm

      Para eso tenemos que estar muy informados y conocer cada día mas todo lo referente a la sunat.

  70. Cesar Perez dice

    6 junio, 2015 en 11:23 am

    Miguel ahora se que la primera declaración y pago se tiene que hacer dentro de la fecha de vencimiento para el RER, entonces para a partir de la segunda declaración también se tiene que declarar y pagar dentro del fecha de vencimiento?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 junio, 2015 en 6:28 pm

      Solo aplica para la primera declaración.

  71. Pedro dice

    27 mayo, 2015 en 11:57 pm

    Es una jugarreta sucia pero. Así es el país el estado y Sunat gracias, muy buena aclaración. Solo una duda se puede hacer una declaración de merma en una contabilidad comercial no de costos?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 mayo, 2015 en 6:35 am

      Si se puede hacer.

  72. Ruth Diaz dice

    27 mayo, 2015 en 1:08 pm

    Hola Miguel, Muy buen aporte ! Gracias!!!
    Tengo una consulta cuando la empresa Inicio en Enero 2015, pero en este periodo no hubo Operaciones , y si se declaro antes de su vcto , mas no hubo impuesto que pagar. ¿ que pasa en este caso ?

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 mayo, 2015 en 6:48 am

      Estas afiliado ya que no impuesto por pagar.

  73. Pedro Huaman dice

    16 mayo, 2015 en 1:23 pm

    Buenas tardes, la consulta es , que pasa si inicio mis operaciones y tengo mi primera declaración mensual y me acogeré al RER ,ahora presento mi declaración pero en ese mes no he tenido ventas mas solo compras ,ahora declaro en la fecha establecida, que pasa me acogen al REG porque presente pero no pague porque no tenia por pagar, espero su respuesta Gracias 🙂

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      18 mayo, 2015 en 11:33 am

      Hola Pedro solo se aplica el pago de la renta dentro de la fecha de vencimiento para la primera declaración.

  74. Carmen Rosa dice

    12 mayo, 2015 en 2:11 pm

    Muy interesantes los temas. Le agradecería que programen virtual los días sábados, o presencial en la ciudad de Chiclayo. Gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 mayo, 2015 en 12:52 am

      Gracias por el comentario, tendremos en cuenta tu consejo 🙂

  75. Reyna Bellido dice

    12 mayo, 2015 en 11:52 am

    Exaaaacto 😉

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 mayo, 2015 en 12:37 am

      Super 🙂

  76. Kevin dice

    12 mayo, 2015 en 10:03 am

    Cuando mas justos somos ante nuestras obligaciones mas nos supervisan quien entiende a SUNAT .

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 mayo, 2015 en 12:35 am

      Concuerdo contigo 🙁

  77. Alberto dice

    12 mayo, 2015 en 9:55 am

    Hola miguel gracias por tu ayuda, te consulto lo siguiente como se realiza una transferencia de acciones en una empresa s.a.c
    Muchas gracias

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 mayo, 2015 en 12:34 am

      Hola Alberto, ese tramite lo tienes que hacer en la notaria, lo básico el libro de actas y los socios que participan.

  78. Luigi dice

    12 mayo, 2015 en 9:23 am

    Muy buen aporte gracias..

    Accede para responder
    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      22 mayo, 2015 en 12:33 am

      Gracias por el comentario.

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Miguel Torres Chauca Miguel Torres, CEO de Noticiero Contable, es un apasionado de la tecnología online, es contador, profesor en escuelas de negocio y universidades , speaker nacional y consultor de temas tributarios para empresas. Leer Más...

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