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Inicio » Notas » Modifican el Reglamento de la Ley del IGV para la Aplicación de las Leyes N°s. 29214 y 29215

Modifican el Reglamento de la Ley del IGV para la Aplicación de las Leyes N°s. 29214 y 29215

Publicado por Miguel Torres el 11 de julio de 20113 comentarios

Como se recuerda, mediante la Ley Nº 29214, se modificó el artículo 19º del TUO de la Ley del IGV e ISC, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificatorias, que establece los requisitos formales para el ejercicio del crédito fiscal. Asimismo, con la Ley Nº 29215, se fortalece los mecanismos de control y fiscalización de la Administración Tributaria respecto de la aplicación del crédito fiscal precisando y complementando la última modificación del TUO de la Ley del IGV e ISC.

Bajo ese contexto, el 09.07.2011 se ha publicado el Decreto Supremo Nº 137-2011-EF, el cual modifica el Reglamento de la Ley del IGV e ISC, para la aplicación de las Leyes Nºs. 29214 y 20215.

Al respecto la norma trata sobre:

• Los documentos que deben respaldar el crédito fiscal y oportunidad de su ejercicio,

• Supuestos en que procede el uso de medios de pago para no perder el derecho al crédito fiscal,

• Sustentación del crédito fiscal,

•Reglas aplicables en caso concurran circunstancias que generen efectos en el crédito fiscal,

• Utilización del crédito fiscal por los sujetos obligados a emitir liquidaciones de compra,

• Utilización del crédito fiscal en contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente,

• Aplicación del crédito en la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados,

• Registro de operaciones, entre otros.

Asimismo, la norma  deroga el numeral 16 del artículo 6º del Reglamento, el cual está referido a la verificación de información a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 19º del TUO de la Ley del IGV e ISC.

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3 comentarios

  1. Edith Yudy dice

    10 de agosto de 2012 a las 10:58 pm

    jjj franzito chanconn

    Responder
  2. Franz Cristhian Choque Apaza dice

    24 de julio de 2012 a las 3:25 pm

    no pasa nada

    Responder
  3. Gianpier Qz dice

    9 de enero de 2012 a las 8:54 pm

    viejo zorro

    Responder

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