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Los fondos mutuos pagan impuestos

Finanzas - Publicado por Miguel Torres el 28 abril, 2014 Dejar un comentario

Si necesitas mayor información sobre el pago de impuestos, llama al (0800-12100 o al 315-0730).

Si usted recibe ganancias por invertir en fondos mutuos o acciones que se compran y venden en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) está obligado a pagar impuestos por rentas de segunda categoría ante la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat).

Al respecto, el profesional de Servicios al Contribuyente de la Sunat, Luis Villacorta, señala que está obligado a contribuir con el 5% del total de la rentabilidad que obtuvo.

“Por ejemplo, si invertí S/.1,000 en fondos mutuos y recibí S/.1,500, quiere decir que obtuve una ganancia de S/.500 y sobre este último monto es que se aplica la retención del 5%”, afirma.

El Pago

El experto recuerda que el pago se realiza a través de la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos (SAFM).

“Esta empresa debe hacer efectiva la retención y luego el contribuyente, es decir el que invirtió el dinero, tiene que declarar el monto cuando presente su Declaración Jurada Anual”, afirma.

Del mismo modo, señala que desde el primer sol de ganancia obtenida es que tiene que cumplir con esta obligación y su deber es declararlo para no caer en una infracción tributaria.

Consideraciones

El representante de la Sunat manifiesta que si por error la administradora de fondos a la que ha recurrido para sus inversiones realiza una retención mayor a la que se requería, en la Declaración Anual del Impuesto a la Renta usted debe incluir esta equivocación para que se le realice la devolución del monto que corresponda.

“Si la administradora no le hizo la retención en su debido momento, usted puede hacer el pago directamente en la Sunat”, refiere el experto en temas de tributos.

Asimismo, recuerda que todas las personas naturales y sociedades conyugales que generan rentas de segunda categoría están obligadas a pagar este impuesto.

Exoneraciones

Cabe precisar que hasta antes del 1 de enero de 2013, si el beneficio que le dejaba los fondos no superaba las 5 UIT, no estaba obligado a cumplir con la obligación.

Por otro lado, manifiesta que las ganancias obtenidas por los depósitos y ahorros sí están exoneradas de cumplir con este impuesto.

Diario Peru21 (28/04/2014)

Etiquetado con: acciones, fondo, inversion, servicios

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Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

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