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Noticiero Contable

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Inicio » PLE » Libros Electrónicos PLE 5.1 – 2017

Libros Electrónicos PLE 5.1 – 2017

Publicado por Miguel Torres el 2 de enero de 2017272 comentarios

Ya cumpliste con realizar tu declaración mensual – PDT 621 del periodo Abril 2016 ! Si tu respuestas es afirmativa, es muy probable que estés obligado a llevar los libros electrónicos a partir del ejercicio 2017 si aún no estas obligado.

[clickToTweet tweet=”Averigua si estarás obligado a usar los libros electrónicos a partir del ejercicio 2017″ quote=”Averigua si estarás obligado a usar los libros electrónicos a partir del ejercicio 2017″]

Libros Electrónicos 2017

Mediante la publicación de la Resolución Superintendencia 361 -2015 se estableció los nuevos obligados a realizar la anotación de sus libros contables en forma electrónica para los ejercicios 2016, 2017 y en adelante.

La resolución mencionada agrega el nuevo numeral 2.4 del artículo 2 de la Resolución Superintendencia 379-2013 que menciona:

2.4 Adicionalmente a los sujetos a que se refieren los numerales anteriores, estarán obligados a llevar los registros de manera electrónica, por las actividades u operaciones realizadas a partir del 1 de enero de cada año, del 2017 en adelante, los sujetos que al 1 de enero de cada año, cumplan con las siguientes condiciones:

g) Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT, en el periodo comprendido entre el mes de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.

g.1 Se utiliza como referencia la UIT vigente para el año precedente al anterior al del inicio de la obligación.

Por lo tanto se puede concluir tres puntos muy importantes:

  1. Los contribuyentes cada 1ro de Enero de cada año deben evaluar sus ingresos y verificar si es igual o superior a 75 UIT.
  2. El tramo de evaluación para la obligación de los libros electrónicos serán los periodos del mes de mayo del año precedente hasta el mes de abril del año anterior.
  3. La UIT a considerar es la vigente del año precedente al anterior del inicio de la obligación.

Para comprenderlo mucho mejor, un pequeño cuadro:

ple 2017

En el cuadro estoy especulando que la UIT para el 2017 será S/. 4050

Ingresos a Verificar

Tener en cuenta que los ingresos a verificar se tomaran de las declaraciones mensuales realizadas, llámese PDT 621 o Formulario Virtual 621.

Para esto debes sumar las siguientes casillas:

  • Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
  • La casilla 100 del Formulario Virtual No 621.

En ningún caso se tomara como base los ingresos plasmados en la declaración jurada anual.

Miguel, una pregunta ¿Qué pasa si rectifico mis declaraciones mensuales ya declaradas?

La Resolución Superintendencia 361-2015 menciona que se tomaran en cuenta las declaraciones juradas generadas y sus rectificatorias siempre que estas hayan surgido efecto hasta el 31 de Mayo del año anterior al del inicio de la obligación.

Es importante tener en cuenta este punto, cuando vayas evaluar la obligación en los meses finales del ejercicio 2016.

Miguel ¿Yo ya declare mi periodo Abril 2016?

Entonces, ya puedes saber si estarás obligado a usar los libros electrónicos para el 2017, solo tienes que sumar tus PDT 621 mensuales desde el periodo Mayo – 2015 hasta Abril 2016.

Miguel, importa si estoy en régimen especial o régimen general

A partir del ejercicio 2016, en adelante la obligación es para ambos regímenes.

  • Régimen Especial uso de los Libros Electrónicos

Cronograma Libros Electrónicos 2017

Mediante Resolución de Superintendencia 335-2016, se estableció las fechas máximas de atraso de los registros de ventas  y de compras electrónicos – Enero a Diciembre 2017.

Cronograma Tipo A

Contribuyentes que al 31 de diciembre de 2016 hayan sido incorporados, obligados o afiliados a los libros electrónicos.

cronograma tipo a

Cronograma Tipo B

Los contribuyentes obligados a usar los libros electrónicos a partir del 2017.

cronograma tipo b

Obligación Pricos 2017

Los contribuyentes que son PRICOS, a partir del ejercicio 2017 están obligados a llevar electrónicamente los libros y/o registros mencionados en el Anexo 6:

anexo-6

Siempre y cuando se cumplan los 3 requisitos:

  1. Que pertenezcan a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
  2. Obligado a llevar los libros y/o registros mencionados en el anexo 6.
  3. Ingresos Brutos iguales o superiores a 3000 UIT en el ejercicio 2016.

Esta obligación de anotar electrónicamente los libros y/o registros del anexo 6, también le corresponde a los nuevos PRICOS designados.

  • Pricos PLE 5.0 – Libros Electrónicos

Informe Sunat 062-2016

El 05 de Abril se promulgo el siguiente informe sunat aclarando el tema de la anotación de los libros electrónicos PLE 5.0 para los contribuyentes que emitieron por separados los registros compras y ventas los primeros días del mes de enero 2016.

La conclusión del Informe Sunat 062-2016 es :

De haberse generado de manera separada los Registros de Ventas e Ingresos y los Registros de Compras electrónicos antes del 9.2.2016, y la SUNAT hubiere emitido la constancia de recepción respectiva, se considerará válida la generación de tales registros.

Anotación Discontinua PLE 5.0

A partir del ejercicio 2017, se pueden anotar los libros electrónicos en forma discontinua.

Por ejemplo, podría anotar el período Enero 2017, y luego el período Noviembre 2016.

Hasta el año pasado uno tenia que realizar la declaración en forma ordenada, no habiendo opción a poder saltearse periodos no anotados.

PLE 5.0-2017

Como pueden apreciar en la imagen, el día 20 de Enero de presento primero el período Diciembre 2016 y posteriormente el periodo Abril 2016.

Miguel ¿Cómo puede ayudar este cambio en mi anotación de mis Libros Electrónicos?

No ayuda mucho para las empresas puntuales, pero me recuerda la “técnica del cangrejo”, de adelante hacia atrás.

Por ejemplo, una empresa que no ha presentado sus libros electrónicos de dos años 2015 y 2016.

Podrías empezar por los periodos donde tienes la información completa y cuadre con tu PDT 621 mensual.

Los meses que no cuadran con tu declaración o no tienes la información los dejas al final.

Novedades PLE 5.0.0.5

La versión PLE 5.0.0.5 ha realizado algunas modificaciones en las constancias de anotación de los libros electrónicos.

Constancia – PLE

Reporte PLE 5.0.0.4

Reporte atraso PLE

Reporte PLE 5.0.0.5

Reporte no atraso PLE

Se obvia en el reporte si la constancia fue presentada dentro de la fecha de plazo.

PLE – Historial

Adicionalmente, en el reporte Historial del PLE, ha quitado la columna de atraso de la anotación de los libros electrónicos.

Historial – PLE 5.0.0.4

atraso PLE

Historial – PLE 5.1

atraso no PLE

Ya no se muestra en el reporte la columna atraso de la anotación de los libros electrónicos.

Miguel ¿Algún problema con estos cambios?

Personalmente, es una mala decisión haber obviado la información de atraso en las constancias de anotación.

¿Porqué?

Ahora para saber si una anotación de un libro electrónico fue presentada en la fecha correcta, debemos revisar la fecha de la constancia vs el cronograma Tipo A o B.

Una pérdida de tiempo !!!

Conclusiones

  1. Si ya realizaste tu declaración jurada PDT 621 del periodo Abril 2016, verifica si estarás obligado a usar los libros electrónicos a partir del 2017.
  2. Si estas obligado a usar libros electrónicos a partir del ejercicio 2017, recuerda que el vencimiento empieza el 17 de Abril de 2017.

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Virtual: "Libros Electrónicos PLE 5.2”, donde aprenderás como generar el registro de compras y registro de ventas en formato electrónico, si deseas más información, te dejo este link: Libros Electrónicos PLE 5.2 - 2022

Temas: libros electronicos, ple 5.0

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272 comentarios

  1. Juan Carlos dice

    23 de mayo de 2019 a las 8:36 am

    Muchas gracias por la información Miguel.
    ¿Cómo conseguir macros de Excel de ventas y compras actualizado para el envío de mis libros en el programa PLE ya que no cuento con un sistema contable?. Agradezco tu apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de mayo de 2019 a las 10:02 pm

      En los talleres que dictamos lo entregamos.

  2. Jose Jimenez dice

    26 de abril de 2018 a las 11:23 am

    Hola miguel, buenos dias deseo saber como conseguir macros de excel de ventas y compras actualizado para el envío de mis libros en el programa PLE 5.0.05 -2018, ya que no cuento con un sistema contable.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2018 a las 11:56 pm

      Te mando la información por email.

  3. Dayana dice

    25 de abril de 2018 a las 3:46 pm

    Hola Miguel, buenas tardes consultarte si una entidad publica que es programa social esta obligado a llevar libros electrónicos. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de abril de 2018 a las 10:11 pm

      Es correcto, también deben utilizar los libros electrónicos.

  4. Nancy dice

    12 de marzo de 2018 a las 7:19 pm

    Hola Miguel. una consulta se ha emitido 2 facturas y nuestro cliente en agente de retención y nos emite el comprobante de retención por el monto 800 x cada comprobante, los comprobantes de retención se va ha registrar en el PLE en el registro de ventas, gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2018 a las 9:24 pm

      No se registran dichos documentos en el registro de ventas.

  5. José dice

    19 de febrero de 2018 a las 5:46 pm

    Buenas tardes.

    Si un contribuyente se acogió voluntariamente al PLE, pero siguió llevando libros físicos, puede cambiar en forma retroactiva para nuevamente llevar los libros físicos?

    Responder
  6. ARMANDO OSWALDO ALVARADO LÓPEZ dice

    12 de diciembre de 2017 a las 6:18 pm

    Estimado Miguel
    Mi consulta es si es Exportador desde 2015 ,está obligado a llevar Libros Electrónicos? Este envio es del año 2017.Esa es mi consulta Miguel
    Gracias
    ventas nacionales 2017: 16,811.57 soles (enero a noviembre)
    ventas extranjeras 2017: 463,277.45 soles (enero a noviembre)

    Responder
  7. Kriss dice

    29 de noviembre de 2017 a las 4:46 pm

    Gracias por el aporte.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 1:55 am

      Muchas gracias 🙂

  8. Maria Isabel dice

    13 de noviembre de 2017 a las 7:19 pm

    Hola migue buenas tardes, una consulta como saber si una empresa que viene de otro contador esta afiliada o al día con los libros electrónicos.
    espero tu pronta respuesta y ante mano muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 7:39 am

      Mediante el PLE, lo puedes revisar. Revisa si han presentado las libros electrónicos.

  9. Daniel dice

    13 de octubre de 2017 a las 12:04 am

    Hola, Yo he declaro mis Libros electrónicos el 4 de este mes, y he entrado ahora en el portal de SUNAT y he entrado a mi cuenta, para dirigirme a la presentación de Libros Electrónicos, y no aparece que los haya presentado eso es normal? o debo de enviarlos de nuevo? Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2017 a las 3:22 am

      Revisa en la opción historial si aparece la anotación.

  10. Juan Mendoza dice

    25 de septiembre de 2017 a las 1:00 pm

    Hola miguel, como evaluó que libros electrónicos estoy obligados a enviar a la sunat. todos los libros contables o solo algunos. gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2017 a las 1:11 am

      Tienes que analizar si eres obligado, incorporado o afiliado a los libros electrónicos.

  11. Dafne dice

    4 de septiembre de 2017 a las 1:32 pm

    Buenas tardes
    Miguel

    Si no se llego a presentar los Libros Electrónicos del 2015, aun se pueden presentar y habría que pagar alguna multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2017 a las 5:18 pm

      Si puedes presentarlos, si hay multa por presentar fuera del plazo.

  12. Grace dice

    18 de agosto de 2017 a las 11:54 pm

    Hola miguel hasta junio era rus, el 25 de junio me cambie a régimen mype …. mi pregunta ahora es que si deseo llevar libros contables en julio puedo afiliarme al PLE o que debería hacer. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de agosto de 2017 a las 12:35 am

      Ya deberías llevar libros contables, puedes afiliarte al PLE.

  13. Lucy Noemi dice

    14 de agosto de 2017 a las 12:46 pm

    Tengo una duda, en cuanto a instituciones educativas religiosas, superan el millón de ingresos al año; por recaudación de pensiones. y estas están INAFECTO del IGV y en algunos casos EXONERADOS DEL IMPUESTO A LA RENTA. En en estos casos dicha institución estaría obligada, o seria opcional para ellos?
    o es que la SUNAT no esta tan al tanto de estos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de agosto de 2017 a las 3:32 pm

      Sencillo, solo tienes que sumar sus PDT 621 en los rangos que menciona el articulo.

  14. Lizeth Yuri Castellanos Uscata dice

    11 de agosto de 2017 a las 12:18 am

    Hola miguel, si quiero llevar los libros electrónicos de manera voluntaria, como procedería o que debería hacer?
    agradeceré tu apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de agosto de 2017 a las 6:31 am

      Si puedes hacerlo no hay problema, solo afiliate y empiezas a presentar tus libros electrónicos.

  15. Yudit dice

    14 de julio de 2017 a las 6:48 pm

    Hasta que fecha puedo hacer mis declaraciones en la sunat referente a los recibos por honorarios?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 1:32 am

      Si, puedes presentar tus declaraciones como el PDT 616 o la DJ Anual de persona natural.

  16. Karina dice

    14 de julio de 2017 a las 11:56 am

    Hola Miguel que pasa si por error envié el libro electrónico, y este no le corresponde por que no llega a las 75 Uit’s???

    Fue del mes de Junio 2017

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 1:46 am

      Ya te afiliaste, deberas seguir enviando.

  17. Daniela dice

    12 de julio de 2017 a las 11:11 am

    Hola Miguel, existe multa si presento mis libros de forma discontinua?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 12:46 am

      No, siempre y cuando lo presentes dentro del plazo establecido.

  18. Rosario dice

    26 de junio de 2017 a las 12:50 pm

    Excelente, como siempre muy buena información.
    Muchas gracias Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de junio de 2017 a las 5:03 pm

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  19. Patricia Alcántara dice

    22 de junio de 2017 a las 4:10 pm

    Muy buenas tus apreciaciones.
    Una consulta puedo presentar los libros electrónicos del 2017 sin haber presentado los del 2016

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2017 a las 12:53 am

      Si se puede hacerlo.

  20. ramiro dice

    21 de junio de 2017 a las 1:18 pm

    Saludos la informacion es muy precisa.

    Responder
  21. Alejandro Hernandez dice

    17 de mayo de 2017 a las 1:36 pm

    Hola, buenas tardes, disculpa que te escriba de este tema pero no halle otra forma, nos compartiste una macro para control de horarios de ingreso de personal la cual funciona muy bien, solo tiene un pequeño detalle que no acepta los DNI que tienen un 0 adelante.
    Podras corregirlo?

    De antemano muchas gracias por tus aportes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 2:18 pm

      Gracias, lo tendremos en cuenta, para una próxima actualización.

  22. Rosa dice

    15 de mayo de 2017 a las 12:03 pm

    Buen dia Miguel, por favor quisiera que me vendas un transpormador TXT para poder enviar mejor mis libros electrónicos. por que actualmente tengo un programa que no reconoce los errores, ya son varios programas q no me funcionan.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 5:47 pm

      Le mando un link con los datos a su email.

  23. Lia Canales dice

    8 de mayo de 2017 a las 10:04 am

    Excelentes repuestas. Quisiera saber como puedo accede a tus macros y el costo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2017 a las 2:22 pm

      Solo tienes que matricularte en los talleres.

  24. Merly dice

    2 de mayo de 2017 a las 10:19 am

    Hola buenos días, para las presentar le en cero también necesito hacerlo en un programa para generar mi txt. o como tu ejemplo que copias de frente a documento de texto .
    agradecería tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de mayo de 2017 a las 12:23 am

      Lo puedes generar con los archivos txt.

  25. Ricardo Nùñez dice

    22 de abril de 2017 a las 7:46 pm

    Hola Miguel:
    Mi institución es una entidad religiosa, y esta exonerada del IR y del IGV. No se presenta declaraciones mensuales PDT 621, solo la declaración anual del impuesto a la renta.
    ¿Tiene que llevar libros electrónicos?
    ¿Qué pasa si en las declaraciones anuales supera los límites?
    Atentamente,
    Ricardo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2017 a las 12:43 am

      No estas obligados a llevar libros electrónicos.

  26. Cindy dice

    21 de abril de 2017 a las 12:48 pm

    Si no he tenido ventas en el 2016 y tampoco tendré en el 2017 como régimen general, estoy obligado a presentar PLE?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2017 a las 1:01 am

      Si presentabas en el 2015, debes seguir haciendolo.

  27. LUISA PINTO dice

    12 de abril de 2017 a las 9:58 am

    Buenos días
    mi consulta es referente a las declaraciones mensuales lo que sucede es que estuve declarando en cero el pdt pero mi tío estuvo pagando igv y renta, hay alguna multa al retificar el pdt que implicancias tendría ????
    Gracias

    Responder
  28. Melina dice

    11 de abril de 2017 a las 4:34 pm

    Hola Miguel, una consulta… se ha constituido una nueva empresa en marzo y queremos llevar los libros electrónicos, puedo acogerme voluntariamente? o debo esperar que la SUNAT me indique, en el caso que pueda hacerlo como presentar cuando en el mes no he tenido movimiento. Gracias.

    Responder
  29. Alexandra Agurto dice

    10 de abril de 2017 a las 5:25 pm

    Buenas Tardes Miguel, yo estoy en el cronograma Tipo B acabo de declarar el mes de Enero-2017 y sale un mensaje informando que se estan presentando los registros con atraso e indica la fecha que corresponde al cronograma tipo A, ¿Cómo puedo saber si mis libros los estoy presentando sin atraso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2017 a las 12:59 am

      El cronograma B es para los obligados recién para este ejercicio 2017. El cronograma A es para los voluntarios y empresas que vienen presentando ejercicios pasados.

  30. Jose Silva dice

    8 de abril de 2017 a las 8:40 pm

    Estimado Miguel, resulta que tengo mas nota de crédito, y a la hora de levantar el registro no me reconoce por lo negativo y mi sale error 1. Pero con el nueva información como hago ya que tengo que enviar en bloque, si no envió ese mes , te han consultado este caso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:31 am

      Si puedes enviar notas de créditos mayores a las ventas. Revisa bien tu archivo txt.

  31. Marlene dice

    7 de abril de 2017 a las 10:15 pm

    Hola Miguel, si tengo una empresa que se constituyo desde Diciembre del 2015 pero se estuvo declarando en cero hasta Mayo 2016 por no tener movimiento, recién en el mes de Junio comenzó a generar sus ingresos, ya hasta Marzo de este año supera las 75 UIT, acogido al REMYPE mi pgta es desde cuando esta obligado a llevar Libros Electronicos.Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:35 am

      Solo revisa el rango de obligaciones para ejercicio. En tu caso desde 2018.

  32. Mercedes dice

    5 de abril de 2017 a las 3:41 pm

    hola me ha llegado una notificacion de sunat donde me informan que no he cumplido con presentar libros electronicos del 2015 y 2016 cuanto es la multa por esta infracción y si tiene esta gradualidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 12:29 am

      La multa es 0.3% IN con un descuento de 90%.

    • ANA GABRIELA dice

      20 de junio de 2017 a las 11:11 am

      holaaaaa!! me olvide declarar a la fecha de vencimiento pero lo hice al día siguiente.
      ¿cual es mi base imponible? ¿las ventas de enero a diciembre del año 2016?
      porque si es así, vendió en total S/ 5.920.00 entonces la multa serìa S/ 17.76??

      plis!! aún no me queda claro 🙁

  33. Freddy Torres dice

    1 de abril de 2017 a las 1:10 pm

    De antemano muchas gracias por los aportes. Mi pregunta es: Si ya estoy obligado a llevar libros electrónicos desde 2015 y lo he venido haciendo, eso quiere decir que ya no tengo que llevar libros físicos nunca más o para ser más exacto no es necesario tener libros físicos del 2016?

    Muchas gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de abril de 2017 a las 3:54 pm

      No es necesario libros físicos.

  34. Maria Salazar Colan dice

    30 de marzo de 2017 a las 10:07 pm

    Solo una consulta donde ubico la fecha de presentacion del libro electronico de activos fijos para las prico….???

    Dime por favor la fecha de vencimiento….?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2017 a las 4:58 pm

      La fecha de vencimiento es el 03 de abril de 2017.

  35. Melina Avellaneda dice

    30 de marzo de 2017 a las 10:42 am

    HOla Miguel, veo que estás empapado del tema. Te felicito!
    TEngo una pregunta, el libro kardex que debo presentar por enero, debe contener si o si los saldos iniciales, o es que puedo obiarlos, considerando que al 31.12.2016 SUNAT los tiene como saldos finales. Pregunta adicional, puede volver a cargar un kardex en formato PLE para un mes que ya fue declarado?.

    Desde ya agradezco tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2017 a las 5:14 pm

      Debes considerar los saldos, con el código 16.

  36. Adriana dice

    30 de marzo de 2017 a las 9:58 am

    Hola tengo una consulta mi empresa esta acogida al regimen MYPE Tributario quisiera saber si solo tengo que declarar mis libros electrónicos de compras y ventas? o tambien libro diario? espero tu pronta respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2017 a las 5:16 pm

      Solo compras y ventas. El diario lo declaran los PRICOS.

  37. Alex dice

    22 de marzo de 2017 a las 3:15 pm

    Estimado Miguel, siempre brindando información importante, no olvidemos que la sunat esta mas flexible, considero que no habrá sanciones por atraso por anotación de libros

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2017 a las 8:59 pm

      Esperemos que sea así.

  38. Sarita dice

    22 de marzo de 2017 a las 11:09 am

    Hola Miguel, inicie mis actividades en octubre del 2015,a dic 2015 no superé las 75 UIT..de enero 2016-dic 2016 si ya superé,mi pregunta es tomo esa referencia para presentar el PLE en este 2017…o espero la fecha hasta abril y presento el 2018?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2017 a las 8:33 pm

      Para el PLE 2017, tomas el rango Mayo 2015 – Abril 2016.

  39. Paola dice

    17 de marzo de 2017 a las 9:25 am

    Hola, mi empresa es Prico y está obligada a llevar libro de activo fijo. Que periodo tengo que presentar y en qué fecha. Gracias!!

    Responder
    • Arturo dice

      21 de marzo de 2017 a las 4:19 pm

      AF hasta el 31.03.2017

    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2017 a las 12:27 am

      Ejercicio 2016, vence el 03/04/2017.

  40. Henry Stewart dice

    14 de marzo de 2017 a las 4:55 pm

    Miguel, quiero saber si estoy obligado a presentar libros electronicos estando en suspension de actividades. Si es si, lo presento en sin movimiento con los ultimos digitos del txt en 1011 para los tres libros?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 10:36 pm

      No estas obligado.

  41. Natalie dice

    14 de marzo de 2017 a las 3:51 pm

    Hola Miguel, hice 2 anticipos al proveedor por compra de maquinarias, mi consulta es, por el registro de esta operación no se tendría que detallar en el PLE el detalle del bien, cierto?? xq es la cuenta 422 anticipos.

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 10:40 pm

      Es correcto.

  42. Vanessa dice

    13 de marzo de 2017 a las 3:56 pm

    Hola Miguel, que campos adicionales o cambios en los libros electrónicos para el periodo enero y febrero 2017, por favor tu ayuda tal ves debo actualizar mi sistema Concar al 2017.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 7:02 pm

      No habido cambios en la estructura con respecto al 2016.

  43. Adolfo dice

    10 de marzo de 2017 a las 6:35 pm

    Apreciado Miguel:
    En abril del 2016 me matriculé en tu Curso Virtual PLE 5.0 que incluía una macro para la versión 5.0.0.4 (F.E E001-309 del Noticiero Contable S.A.C. del 07/04/2016).
    Para la versión actualizada 5.0.0.5 de la Sunat, has desarrollado una nueva macro y debo matricularme otra vez al curso, o debo hacer un abono por la actualización?
    Te agradezco tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 5:39 pm

      Es la misma macros, no ha cambiado la estructura, deberías poder enviar tus archivos txt.

  44. Jenny dice

    9 de marzo de 2017 a las 7:09 pm

    Gracias pollos aportes una consulta si la empresa esta obligada apartir del 2017 a los libros PLE pero no tiene movimiento igual debe presentar sin datos o cuando empiece a tener movimiento?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 5:15 pm

      Es correcto debe presentar sin información.

  45. Armando Alvarado dice

    8 de marzo de 2017 a las 8:30 am

    Hay Miguel queria saber acerca de las revisiones de Sunat si es mejor tener las constancias de libros electrónicos en forma fisica o es vital tener el formato texto en usb o impresa fisica.
    Esa era mi consulta
    Gracias Miguelito.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:02 pm

      En mi experiencia el usar libros electrónicos evita revisiones o fiscalizaciones.

  46. Ricardo dice

    5 de marzo de 2017 a las 8:06 pm

    Hola buenas noches una consulta la empezare a trabajar con una empresa recien constituida como juridica esta en el remype los libros los puede llevar manual o tambien electronicos con solo los formatos de Sunat.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2017 a las 7:05 pm

      Los puedes llevar como deseas, manual, computarizado o electrónico.

  47. Teresa dice

    27 de febrero de 2017 a las 3:44 pm

    Hola miguel, quisiera saber si el curso virtual de libros electrónicos es igual que el presencial sino para poderme matricular, te agradecería mucho la información ya que los cursos que das son muy favorables , felicitaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de febrero de 2017 a las 4:18 am

      Si es igual, tienes los mismo aplicativos.

  48. Ricardo Lazo dice

    22 de febrero de 2017 a las 1:28 pm

    Inicios de labores en Mayo 2016: de mayo a diciembre 2016 S/. 380,000, por el monto ya estoy obligado a libros electrónicos, pero a partir de enero de que año? 2017 o 2018?, tengo entendido de acuerdo a las normas enero 2018, confirme please.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de febrero de 2017 a las 10:56 pm

      Es correcto, a partir del 2018.

  49. Christy dice

    21 de febrero de 2017 a las 5:33 pm

    Estimado Miguel, aun no me queda muy claro, la empresa en la que laboro es PRICO por lo tanto desde cuando se tiene la obligación de llevar libro de Inventario y Balances así como Activo Fijo además de los que ya se esta llevando (Diario y Mayor) .

    Gracias de antemano por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de febrero de 2017 a las 12:41 am

      No tiene obligación para el libro de inventario electrónico. Sobre Activo Fijo solo si supero en ingresos las 3000 UIT en el ejercicio anterior y pertenece a la intendencia nacional de pricos.

  50. Alexis dice

    21 de febrero de 2017 a las 1:07 pm

    Excelente explicación Miguel, una consulta si por error me afilie en febrero a llevar libros electrónicos, estando obligado a partir de enero 2017; pierdo mi cronograma tipo “B” o prioriza la Obligación sobre la afiliación ¿Cual es la base legal en este caso?.
    Agradecere tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de febrero de 2017 a las 12:44 am

      Se prioriza la obligación.

  51. Sussy dice

    20 de febrero de 2017 a las 6:59 pm

    Hola Miguel, gracias por tu respuesta. Mi duda va para las empresas que son Buenos contribuyentes, veo en el cronograma del 2017 especifica una fecha para estos casos, se cumple esta fecha para los buenos contribuyentes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 1:31 am

      Es correcto, se aplica dicho cronograma.

  52. Sulema dice

    20 de febrero de 2017 a las 6:03 pm

    Me parece bien .. sobre los libros electrónicos no entiendo … es la sumatoria de todos los meses … o es mensual … si no se supero … el monto

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 1:35 am

      Es la sumatoria de todos los meses (acumulado).

  53. Nancy Torrejon Puente dice

    17 de febrero de 2017 a las 6:37 pm

    Hay multa por el atraso de libros electrónicos 2017.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2017 a las 11:25 pm

      Si hay multa.

  54. Karina dice

    17 de febrero de 2017 a las 5:36 pm

    Buenas tardes Joven Miguel ,una consulta ya he presentado mis libros electrónicos de enero a diciembre del 2016 con fecha de 14 de febrero 2017 , quisiera saber con que fecha hago el pago de la multa agradecere su ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 10:04 pm

      Con los ingresos del 2015, si ya presentaste la DJ Anual 2016, con dichos ingresos.

  55. Castro dice

    17 de febrero de 2017 a las 1:25 pm

    Miguel, una asociación (colegio profesional exonerado del I.R mensual y anual) viene presentando L.E. RC y RV, con un ingreso de 350 uits aproximadamente para el año 2016. ¿ esta obligado a imprimir Diario, Mayor, Caja y Registro de Activos Fijos?. tomando en cuenta que la contabilidad es mecánica (hojas sueltas).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 9:50 pm

      Si en el 2016 superaste las 300 UIT debes llevar, RC, RV, Libro Diario y Libro Mayor.

  56. Jenny dice

    16 de febrero de 2017 a las 2:09 pm

    Hola miguel, una consulta, digamos que para este año me acojo al regimen mype tributario ya que actualmente estoy en el RER y mis ingresos superaron las 75 UITs, estoy obligada a llevar libros electronicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:00 pm

      Para el 2017, el rango es Mayo 2015 a Abril 2016, si superaste la 75 UIT estas obligada.

  57. Veronica Quispe Ramos dice

    16 de febrero de 2017 a las 11:45 am

    Hola Miguel una consulta cual es la ultima versión del PLE es 5.0.0.4 o ha habido alguna modificación de la versión. gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:24 pm

      Es la última versión de PLE 5.0

  58. Pamela dice

    16 de febrero de 2017 a las 12:21 am

    Hola miguel, una consulta supongamos que para este año 2017 estoy obligado a llevar libros electronicos, desde que mes debo de registrarlos, comienzo enero 2017 o debo registrar desde cuando comenzo el inicio de mis actividades.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:40 pm

      Empiezas desde Enero 2017.

  59. David Pizarro dice

    14 de febrero de 2017 a las 8:43 pm

    Genial Miguel..!!
    Tengo una consulta, si en un periodo se considero una factura en mi declaración del pdt 621 pero no se considero en mi libro electrónico de compras, en ese caso que se aria para que esa factura aparezca en ese mes correspondiente.
    muchas gracias por su respuesta.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:20 pm

      No hay solución. Rectifica tu PDT compras.

  60. Ytalo dice

    14 de febrero de 2017 a las 7:30 pm

    Estimado Miguel;
    Envíe RG Y RV electrónico de ENERO 2017 no correspondiendo, puesto que de acuerdo a mis ingresos de MAYO 2015- ABRIL 2016 no supero las 75 UIT.
    La consulta es puedo dejar de enviar los libros en los meses siguientes o debo seguir enviando aun que no me corresponda.

    Saludos y Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:21 pm

      Tienes que seguir enviando por toda la vida de la empresa.

  61. Victor dice

    14 de febrero de 2017 a las 2:11 pm

    Gracias Miguel como siempre temas interesantes. Me preguntaba si había una forma de denunciar a Sunat, que sancione por incumplimiento de LE, por un tema que esta en desarrollo tanto por parte de ellos como del usuario, hay cada confusión en el usuario que no me parece justo que sancione algo que no funciona bien que digamos, hay mas parches en el sistema que momia egipcia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:27 pm

      Puedes presentar un reclamo ante fallas del sistema, lo hacen mediante clave sol. hay una sección de reclamos.

  62. Rosa dice

    14 de febrero de 2017 a las 1:57 pm

    Gracias Miguel por la publicación que tengas un bonito día de la amistad y del amor.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:27 pm

      Muchas gracias, buen dia 🙂

  63. Paola Yucra dice

    14 de febrero de 2017 a las 12:26 pm

    Gracias Miguel
    no tenia conocimiento sobre los tramos para estar obligados al PLE.
    Que pases un bonito dia de San Valentin

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 2:28 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  64. James Mio dice

    14 de febrero de 2017 a las 11:59 am

    Gracias amigo, justo lo que quería los cronogramas, Bendiciones amigo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de febrero de 2017 a las 12:22 pm

      Super amigo, buen día 🙂

  65. Angelica dice

    13 de febrero de 2017 a las 9:58 am

    Miguel, tengo empresa que recien inicia sus operaciones en el 2017 estoy obligado a llevar libros electronicos?? porque estoy en Regimen General.

    Gracias!! buen lunes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:03 pm

      No estas obligado.

  66. Clara dice

    11 de febrero de 2017 a las 9:41 pm

    Buenas noches Miguel, si a partir de este año es estoy obligado a presentar libros electronicos compras y ventas pase la 75 uit, pregunta que tipo de cronograma corresponde A o B

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2017 a las 10:32 pm

      Cronograma Tipo B.

  67. Marivel dice

    10 de febrero de 2017 a las 7:41 am

    Hola Miguel una consulta que libros contables esta obligado a llevar un centro educativo particular.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2017 a las 8:04 am

      En el régimen general, mientras no supere las 300 UIT, solo compras, ventas y libro diario simplificado.

  68. Adriana dice

    8 de febrero de 2017 a las 1:38 pm

    Hola Miguel
    Quisiera saber si la empresa donde laboro esta obligado a llevar los libros electronicos.
    Ya que inicio actividades en Marzo 2016. Y actualmente sus ingresos de marzo 2016 a Diciembre 2016 son de 774 000.00
    Gracias por la atencion, espero respuestas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 11:48 am

      Estará obligado para el 2018.

  69. Govil dice

    7 de febrero de 2017 a las 3:54 pm

    Hola miguel una consulta con la nueva reforma tributaria ha variado la tabla de depreciación de activos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 10:33 am

      No ha variado nada.

  70. Lourdes Salazar Asto dice

    7 de febrero de 2017 a las 3:06 pm

    Hola miguel estuve en el rus y me paso al al RER a partir de enero del 2007 quiero afiliarme voluntariamente a los libros electrónicos que cronograma debería tener en cuenta el a o b.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de febrero de 2017 a las 10:30 am

      Llevarías el cronograma Tipo A.

  71. Raquel Lizarraga dice

    7 de febrero de 2017 a las 1:51 pm

    Hola Miguel una consulta una empresa que se inicio en Mayo del 2016 este año esta obligado a declarar mediante libros electrónicos no supera sus ventas 75 UIT, gracias espero respuesta.

    Responder
  72. Lilian Aguilar dice

    6 de febrero de 2017 a las 10:00 pm

    Muchas gracias, tengo una consulta, si soy una entidad educativa estoy inafecta al IGV y no lleno las casillas que indicas, estoy obligada a llevar libros electronicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de febrero de 2017 a las 5:48 am

      No estas obligada.

    • Cesar dice

      16 de febrero de 2017 a las 11:10 pm

      Estimado Miguel
      Agradecere de tu respuesta y orientacion a la siguiente consulta:
      Como puedo evaluar si una empresa esta obligada a llevar libros electronicos a partir de enero 2016.
      Que periodos debo de evaluar y que cantidad de UITs.
      Agradesco de antemano tu orientación
      Muchas gracias

    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2017 a las 5:48 am

      Tienes que evaluar todo el ejercicio 2015 que superes las 75 UIT.

  73. Waldir dice

    2 de febrero de 2017 a las 10:36 am

    Miguel Buen Días, Si o si tengo que cumplir los 3 Requisitos para declarar los libros del Anexo 6??; ¿Como se si pertenezco a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de febrero de 2017 a las 10:41 am

      En tu resolución de Prico, ahí debe mencionar, o consulta con tu sectorista.

  74. Juan Bernabe Vilchez Coronel dice

    1 de febrero de 2017 a las 3:22 pm

    Miguel buen día, una consulta yo en mayo 2015 hasta abril 2016 facture S/. 300,424.00 debo llevar libros electrónicos quiero saber cual cronograma de declaraciones mensuales opto el tipo A o el Tipo B. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2017 a las 6:50 pm

      Si estas obligado desde el 2017, tu cronograma es Tipo B.

  75. Elizabeth dice

    1 de febrero de 2017 a las 9:38 am

    Gracias Miguel por la información !!! 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2017 a las 6:36 pm

      Super, buen día 🙂

  76. Meche Ortiz dice

    31 de enero de 2017 a las 4:41 pm

    Interesante, gracias Miguel por tus enseñanzas y por el tiempo que nos das, para compartir .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2017 a las 5:34 pm

      Gracias, que tengas un buen día.

  77. gianfranco dice

    30 de enero de 2017 a las 9:43 am

    hola miguel consulta , si hace 2 años la empresa que hacia asesoría para exportación , puedo afiliarse ya libros contables electrónicos y presentar verdad, los libros ue tenia manualmente ya no es necesario para este año , algun generador para presentar los libros electornicos

    Responder
  78. Edwin dice

    27 de enero de 2017 a las 11:13 am

    Mi consulta, estoy obligado a partir de enero del 2016 y hasta la fecha ene2017 no me he acogido al PLE.
    1. cual seria la multa total..??
    2. Si debo presentar todo el 2016 (mes a mes para regularizar) ó comienzo solo desde ene 2017…?
    De antemano muchas gracias por compartir el conocimiento y experiencia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 4:37 pm

      Debes regularizar todas tus anotaciones pendientes, la multa es una sola.

    • juan carlos arestegui navarro dice

      30 de enero de 2017 a las 9:49 am

      Si la multa es una sola en base a las ventas anuales y no debe pasar
      10% de la UIT ni mayor a 12 UIT. con una rebaja del 90% si lo pagas voluntaria mente bueno cualquier consulta se puedn comunicar al numero 994090379

    • Cesar dice

      16 de febrero de 2017 a las 4:10 pm

      Estimado Miguel buenas tardes…la consulta respecto a los libros electronicos es el 0.3 % de loes ingresos netros de la DJ 2015 o cual?

    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 4:27 pm

      Es correcto, mientras no hayas presentado la DJ Anual 2016.

  79. Guiovana dice

    25 de enero de 2017 a las 12:04 pm

    Hola Miguel ante mano muchas gracias por tu respuesta.
    El 2016 estuve llevando libros electrónicos,quisiera saber que si este año tengo que seguir llevando ya que mis ventas han sido bajas por favor quisiera saber si estoy obligado a seguir llevando libros electrónicos y en que decreto de sunat puedo encontrar dicha información

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de enero de 2017 a las 12:00 am

      Tienes que seguir llevando mientras tu empresa sigue activa.

  80. Jorge Alberto Chilón Alcántara dice

    23 de enero de 2017 a las 6:41 pm

    Miguel, previo un cordial saludo, como siempre agradeciéndote por tan oportunos, prácticos e interesantes aportes.
    Ojalá fuera posible tus Macros para generar Libros Electrónicos, me indicas como cancelar por estos macros.
    Un abrazo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 7:56 am

      No lo vendemos por separado, lo entregamos en el curso de PLE 5.0.

    • Judith dice

      30 de enero de 2017 a las 4:53 pm

      Cuando estarán dictando el curso también los quiero. Gracias por tus publicaciones.

  81. Rafael Huaman dice

    20 de enero de 2017 a las 11:06 am

    Buenos dias Miguel, una pregunta: Si este mes paso del nuevo rus al regimen especial, empezaré a declarar libros electronicos desde ya?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2017 a las 12:33 pm

      No, puedes optar por los libros manuales o computarizados.

  82. Lourdes Temoche Zapata dice

    20 de enero de 2017 a las 9:32 am

    Muy bueno.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2017 a las 12:36 pm

      Muchas gracias 🙂

  83. Diego Vargas dice

    17 de enero de 2017 a las 5:10 pm

    Buenas tardes miguel por error declare una factura de compras de cencosud con una razón social equivocada quiero corregir mi libro electrónico mi pregunta es en febrero lo puedo subsanar con el estado 9 ? desde ya gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 6:10 am

      Es correcto.

  84. Elva dice

    16 de enero de 2017 a las 9:11 am

    Miguel, gracias por el aporte

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 4:08 am

      Super, buen día.

  85. Bill Najarro dice

    10 de enero de 2017 a las 2:59 pm

    Miguel me gustaria adquirir tus macros para generar los libros electrónicos como lo obtengo
    Gracias.

    Responder
  86. Jorge dice

    10 de enero de 2017 a las 11:04 am

    Excelente articulo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 2:16 pm

      Gracias 🙂

  87. Rosa dice

    9 de enero de 2017 a las 11:58 am

    Gracias por las actualizaciones estimado Miguel una pregunta el año precedente viene hacer el año actual y el año anterior es el 2016 espero su respuesta muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 1:39 pm

      Super que tengas un buen día 🙂

  88. Wilian Loayza dice

    8 de enero de 2017 a las 9:56 pm

    Miguel, entonces los nuevos pricos y los que pertenecen a la intencia nacional tienen que llevar los libros electrónicos que se menciona en el anexo 6? es correcto ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 1:11 pm

      Ademas de lo mencionado tiene que superar las 3,000 UIT en ingresos en el ejercicio anterior.

  89. Dafne dice

    6 de enero de 2017 a las 9:34 am

    Hola Miguel gracias por la información…. busque primero en SUNAT y como siempre nunca está actualizado.
    Después me acorde de ti y BINGOOOO

    Saludos y que sigan los éxitos para este 2017 !!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 1:15 am

      Gracias por el comentario, que tengas buen día.

    • Maribel dice

      13 de enero de 2017 a las 1:38 pm

      Miguel una consulta, sí tienes libros de registro de ventas y registro de compras físicos, y no los quieres usar porque ya tienes los registros en excel, es posible imprimir lo que tienes en excel y sustituirlos por los registros que debes hacer en lo libros físicos y evitar estar llenandolos a mano. Agradezco tu respuesta.

    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:10 pm

      No se puede hacer eso.

  90. Violeta dice

    5 de enero de 2017 a las 7:05 pm

    Hola Miguel, una consulta para el el periodo 2016 estoy obligado a a enviar libros electrónicos, ya los regularice al 31 de diciembre, pero mi duda es que solo los envié por el PLE no me afilie, es necesario o la afiliación se hace automático luego del envió, GRACIAS 🙂 !!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 1:34 am

      Con el envio de tus libros electrónicos ya has cumplido con la afiliación.

    • Violeta dice

      14 de enero de 2017 a las 11:14 am

      gracias por absolver mis dudas Miguel, que tengas un buen día 🙂

  91. Mila dice

    5 de enero de 2017 a las 4:57 pm

    Si una municipalidad declara sus ingresos y gastos por los PLE, esta entidad es necesario que legalice su libro de compras?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 1:38 am

      Los libros electrónicos no se legalizan.

  92. Maritza dice

    4 de enero de 2017 a las 12:49 pm

    Hola Miguel feliz año!
    Ante todo gracias por compartir las actualizaciones, una consulta por favor respecto a los libros diario y mayor cual es el vencimiento y quienes están obligados a presentar aparte de los pricos.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 6:44 am

      Solo los pricos y su vencimiento es 3 meses.

  93. Jhon dice

    4 de enero de 2017 a las 10:38 am

    Miguel una consulta, ¿hay algún cronograma de las empresas obligadas ha llevar Libros Diario Electrónico y Libro Mayor Electrónico?, y cuales son las empresas obligadas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 6:54 am

      No hay cronograma, el plazo es 3 meses. Solo lo llevan los Pricos.

  94. Delia Marcas dice

    3 de enero de 2017 a las 9:25 pm

    Muchas gracias, Miguel. ¡Bendiciones!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 7:00 am

      Gracias 🙂

  95. Hugo del Aguila Lozano dice

    3 de enero de 2017 a las 7:11 pm

    Una consulta, los libros electrónicos no se legalizan ? en donde lo puedo verificar ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2017 a las 7:00 am

      Es correcto, no se legalizan.

  96. ALEXANDER dice

    3 de enero de 2017 a las 9:38 am

    Gracias Miguel por tus aportes oportunos ,interesantes e importantes y siempre respondiendo las preguntas . Que tengas un feliz año 2017.

    Responder
  97. Lourdes Villanueva dice

    2 de enero de 2017 a las 8:44 pm

    Hola Miguel. Un Prico que en el 2015 tuvo ventas por 45000 y que fue incorporado en febrero del 2016. también esta obligado a llevar los libros del anexo 6?, gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2017 a las 1:20 am

      Si cumples los requisitos del artículo estas obligado: Prico de la intendencia nacional y más del 3000 UIT ingresos.

  98. Jesús Jean Piere dice

    2 de enero de 2017 a las 5:08 pm

    Feliz año estimado miguel, espero que este año sea de muchos éxitos.
    Es muy interesante toda estas informaciones que el cual me mantiene actualizado y tener conocimientos a las modificaciones y actualizaciones que se viene dando, gracias por la información siempre estoy atento a cada mensajes que compartes saludos.
    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 8:13 pm

      Muchas gracias, felices fiestas.

  99. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    2 de enero de 2017 a las 3:11 pm

    Feliz año nuevo y Nuestro señor Jesús te mantenga fuerte como un roble y tus conocimientos sean como un libro abierto para que aprendamos de ti, gracias por impartir tus conocimientos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 8:52 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  100. Luis Zevallos dice

    2 de enero de 2017 a las 1:02 pm

    Miguel Tu Siempre con tus Tips Precisos y Excelentes: Quiero Hacer una Pregunta: una empresa que recién hace Declaraciones desde Octubre pero no tiene movimiento En Octubre y Noviembre, con Respecto a Los libros Electrónicos no estoy Obligado Pero Puedo Emitirlo ahora o Estoy fuera de Plazo ya que no hice legalizar libros como resuelvo este caso gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 9:36 pm

      Si podrías hacerlo mediante los libros electrónicos, pero igualmente las constancias van salir fuera de fecha.

  101. Leslie dice

    2 de enero de 2017 a las 12:54 pm

    Hola Miguel, yo trabajo en una institución sin fines de lucro, mi consulta es si el ingreso por donaciones también se considera para el cálculo. Teniendo en cuenta que no los declaro en el PDT 621. Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 9:44 pm

      No se considera como ingreso para saber si estas obligado a usar libros electrónicos.

  102. Mary Calle dice

    2 de enero de 2017 a las 10:51 am

    Gracias Miguel por la información brindada, es muy útil. Feliz año 2017. Respecto a los talleres, sólo se realizan en Lima?? Soy de Piura y me gustaría participar en algunos de estos talleres.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 10:05 pm

      Muchas gracias, si lo talleres solo son en lima.

  103. Miguel dice

    2 de enero de 2017 a las 9:37 am

    Interesante artículo pero, tengo una interrogante: Qué pasa con los contribuyentes del Nuevo RUS que se encontraban tributando dentro de la Categoría 5, facturando entre los S/ 24MIL hasta los S/ 30MIL al mes, lo cual da una suma superior a los S/ 288MIL (75 UIT) que establece como tope la norma. ¿Están obligados a cambiar de régimen y declara en Libros Electrónicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2017 a las 11:20 pm

      No están obligados, la norma indica sumar las casilla del PDT 621, los del Nuevo Rus no declaran PDT 621.

  104. Cesar dice

    2 de enero de 2017 a las 8:46 am

    Miguel, te consulto de los 03 requisitos que indicas para llevar los registros que indica en el anexo 6 (1.inv. y balance, 2.reg. activo fijo, 3.reg. consign, 4.reg. de costo, 5.reg. inv. perm. en unid fis, 6.reg. inv. perm. valorIz)
    EN MI INTENDENCIA REGIONAL SOY PRICO, NO pertenezcan a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
    dime estoy obligado a llevar los libros indicados???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2017 a las 12:08 am

      Si no perteneces a la intendencia nacional de pricos no estas obligado.

  105. Felix Alberto dice

    28 de diciembre de 2016 a las 12:01 pm

    Muy interesante Miguel felicitaciones. Tema aparte, puedo emitir las facturas correspondientes a 3 ordenes de servicio de oct, nov y dic en el mes de enero 2017?. El problema es la demora en el pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2016 a las 9:46 am

      Si puedes hacerlo, solo detalle en el comprobante que los servicios son de los meses que mencionas.

  106. AZUCENA HEIGHES dice

    20 de diciembre de 2016 a las 3:56 pm

    Interesante todo………….. una consulta? cuando te refieres a Libros Electrónicos solo son Registros de Compras y Ventas??? Muchas Gracias por tu informacion.

    Responder
  107. AGUSTÍN PEREZ VELA dice

    20 de diciembre de 2016 a las 3:39 pm

    Miguel, deseo adquirir tus macros para generar los libros electrónicos, por favor, donde obtengo información?
    Gracias.

    Responder
  108. jasson dice

    20 de diciembre de 2016 a las 12:32 am

    buenas noches miguel comense mis operaciones en octubre del 2015 a abril del 2016 mis ingresos son 148,721 de acuerdo a tu orientacion que esta excelente quiere decir que no estoy obligado llevar los libros electronicos el 2017,pero de mayo del 2016 a noviembre mis ingresos superaron los montos quiere decir que recien estoy obligado apartir del 01/01/2018

    Responder
  109. Rosa dice

    19 de diciembre de 2016 a las 3:14 pm

    Interesante Miguel te digo gracias infinitamente que tengas una excelente semana.

    Responder
  110. Elsa dice

    19 de diciembre de 2016 a las 2:13 pm

    Excelente aporte Miguel, muchas gracias =)

    Responder
  111. Zantiago CR dice

    19 de diciembre de 2016 a las 10:52 am

    Miguel en el caso de los pricos regionales que libros debe enviar?

    Responder
  112. Gisella dice

    19 de diciembre de 2016 a las 10:49 am

    Buenos días,
    Al referirte a la obligación de llevar los libros electrónicos te refieres solo a compras y ventas o también diario y mayor?

    Gracias

    Responder
  113. Josue Figueroa dice

    15 de diciembre de 2016 a las 10:33 am

    Hola Miguel, tienes macros de libro de compras y de ventas en excel para mac?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:27 am

      El office de mac no soporte macros, lo que tienes que hacer es usar Boot Camp.

  114. Omar Briceño dice

    8 de diciembre de 2016 a las 8:25 am

    Hola Miguel, buen articulo, un favor como adquiero tus macros para generar los Libros Electronicos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2016 a las 1:35 am

      En el curso de libros electrónicos, te mando el link en el correo.

  115. Marisela dice

    16 de noviembre de 2016 a las 10:37 am

    Hola, Miguel!!!
    Tenía duda sobre la obligatoriedad de los libros electrónicos para el 2017, pero la explicación que das la realizas de una manera increíblemente comprensible.
    Gracias por existir!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 2:17 am

      Muchas gracias, que tengas una super semana.

  116. Sandra dice

    24 de septiembre de 2016 a las 11:35 am

    Mi consulta es en el caso del regimen especial que se coloca en el tipo de CUO columna 2 es igual que el regimen general? y en el numero del CUO se coloca M-RER solamente o va acompañado de un numero correlativo por ejemplo M-RER1. espero me pueda ayudar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2016 a las 12:35 am

      En el CUO se coloca un correlativo del mes, en la tercera columna solo se coloca: M-RER.

    • Sandra dice

      26 de septiembre de 2016 a las 9:22 am

      Disculpe cuando se refiere al numero correlativo del mes es igual que el general osea el numero del asiento seguido de un guion asi por ejemplo 03-1 o es diferente agradeceria su respuesta

    • Miguel Torres dice

      28 de septiembre de 2016 a las 2:27 am

      En el caso del RER, puedes colocar 1, 2, 3, 4 en el CUO correlativo, se usa el guión cuando se ha consolidado operaciones en un solo asiento en diario, pero en el RER no aplica.

  117. Sandra Cornetero dice

    20 de agosto de 2016 a las 10:33 am

    Hola Miguel tengo una consulta quisiera saber como anotar una retención.
    te agradecería mucho tu respuesta.

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2016 a las 1:55 am

      Los comprobantes de retención no se anotan en el registro de compras electrónico. Solo lo anotación en diario.

  118. Marisella Ponce dice

    1 de julio de 2016 a las 11:29 am

    Super, excelente te pasaste gracias. Buena información .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 3:05 pm

      Muchas gracias 🙂

  119. Cesar Flores Huaman dice

    29 de junio de 2016 a las 6:59 pm

    Excelente miguel, tus publicaciones son muy buenos, gracias por darnos el alcance, agradecido contigo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de junio de 2016 a las 8:04 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  120. Maria Elena dice

    21 de junio de 2016 a las 9:26 pm

    Miguel, me gustaria adquirir tus macros para generar los libros electrónicos, donde obtengo información?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de junio de 2016 a las 1:00 pm

      Te envio la información por email.

  121. Tayron dice

    4 de junio de 2016 a las 9:45 am

    BUENOS DIAS, CUANDO HABRA OTRO CURSO DE LIBROS ELECTRONICOS 2017

    Responder
  122. Juan dice

    21 de mayo de 2016 a las 8:07 pm

    Muchísimas gracias por la valiosísima ayuda que nos brindas a todos los contadores, auxiliares y estudiantes de Contabilidad. La verdad, tenemos una eterna deuda de gratitud contigo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2016 a las 12:30 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  123. Carmen dice

    19 de mayo de 2016 a las 12:02 pm

    Para generar los libros electrónicos del RER es necesario tener un programa contable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2016 a las 5:22 am

      No es necesario, con unas macros en excel lo puedes hacer.

  124. Edwing dice

    18 de mayo de 2016 a las 5:57 pm

    Me encuentro en el regimen general y me acojo voluntariamente, tengo la obligación de declarar todos los libros electrónicos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 6:06 pm

      Es correcto, si te afilias voluntariamente tienes que anotar electrónicamente los libros.

  125. Fernando Olivares Moreno dice

    17 de mayo de 2016 a las 7:24 pm

    Miguel: Excelente explicación.
    Permítame una consulta: En el ejercicio del 2015 superé las 75 UIT; estaría obligado a llevar libros electrónicos en el 2016. ¿ Registro de Ventas y Compras, solamente?. a partir de que fecha. De igual forma para el 2017 se ha superado las 75 UIT. ¿ Estaría obligado a llevar los demás libros o solamente los dos?.
    Te agradezco.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:05 am

      Solo estas obligado a llevar dos libros: compras y ventas desde el 2016.

  126. Rody dice

    17 de mayo de 2016 a las 4:48 pm

    Hola Miguel.
    Buen artículo, indicas q estan obligados a partir del 2017, si con mi DJ 621 de abril ya pasé lo permitido, quiere decir que de mayo a diciembre sigo con mis registros físicos???

    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:46 am

      Es correcto, todavía la obligación será para el 2017.

  127. Julia Laqui Mamani dice

    17 de mayo de 2016 a las 1:15 pm

    Excelente explicación. gracias Miguel. Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:51 am

      Muchas gracias 🙂

  128. Guillermo dice

    17 de mayo de 2016 a las 12:17 pm

    Muy bueno, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:03 am

      Gracias 🙂

  129. Gina Verónica Córdova Rengifo dice

    17 de mayo de 2016 a las 12:00 pm

    Muy interesante y práctico de entender , me mantiene actualizada , hace poco descubrí el Noticiero Contable y me llamó la atención lo dinámico que es .. estoy al tanto de las noticias que publicas…
    Sldos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 9:02 am

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  130. Regina dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:23 pm

    Muy practico y claro, muchas gracias Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2016 a las 12:45 am

      Muchas gracias 🙂

  131. Jasson Jesse Flores Pasmiño dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:10 pm

    Buenas noches solo se consideran los ingresos y que pasa si tus compras y /o gastos superaron los 288,750.00 gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2016 a las 12:44 am

      Solo te guías por los ingresos, no por las compras.

  132. Mirtha Pérez dice

    16 de mayo de 2016 a las 8:11 pm

    Hola Miguel, ¿Cómo hago para poder legalizar los libros electrónicos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2016 a las 12:41 am

      Los libros electrónicos no se legalizan.

  133. César Rojas dice

    16 de mayo de 2016 a las 10:38 am

    Hola Miguel, los Pricos REGIONALES también están obligados a llevar electrónicamente todos los libros y/o registros mencionados en el Anexo 6?

    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:37 pm

      No, solo los que pertenecen a la intendencia nacional.

  134. Jesús Alberto Yépez Estrada dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:49 am

    Muy interesante el artículo, sigue adelante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:43 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  135. Alberto Dominguez dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:32 am

    Excelente y didactico.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:44 pm

      Muchas gracias 🙂 que tenga un buen inicio de semana.

  136. Luis Zevallos dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:24 am

    Excelente tu Apunte y Preciso
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:44 pm

      Gracias 🙂

  137. Alex dice

    16 de mayo de 2016 a las 9:13 am

    Muy bien explicado.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:45 pm

      Gracias 🙂

  138. Ernesto dice

    16 de mayo de 2016 a las 8:46 am

    Muy práctico

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2016 a las 3:47 pm

      Gracias 🙂 buen lunes.

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