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Libro Diario Simplificado

Consultas - Publicado por Miguel Torres el 25 noviembre, 2009

El caso de una empresa SAC. que viene operando desde este año 2009, en el Régimen General y que sus ingresos no superan los 525,000 por lo tanto debería llevar Contabilidad Simplificada. Pero solamente se ha legalizado 2 libros:

Registro de Compras y Ventas, faltaría el Libro Diario de Formato Simplificado.

A la fecha en vista que sus movimientos son mínimos se desea Cambiar al Régimen Especial, y afiliarse a la ley MYPE, estaría en una infracción por no haber llevado el libro de Formato Simplificado.

Respuesta

En el caso planteado si la empresa no ha legalizado su libro diario de formato simplificado dentro de los 3 meses siguientes al inicio de operaciones (plazo máximo de atraso) se ha tipificado la multa del artículo 175º numeral 1 por omitir llevar los libros de contabilidad.

En el caso que el contribuyente legalice (ahora) el mencionado libro se configura la multa del artículo 175 numeral 5 del Código tributario que sanciona el hecho de llevar con atraso los libros y registros.

Cabe indicar que esta multa se encuentra sujeta a la rebaja del Régimen de Gradualidad establecido en la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007/SUNAT.

Por último  le indicamos que si  el contribuyente decide cambiarse al RER deberá llevar únicamente  su registro de compras y registro de ventas, pero esto no lo exime del  cumplimiento de sus obligaciones tributarias durante el tiempo en que estuvo en el Régimen General.

Etiquetado con: contabilidad, diario simplificado, Sunat

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Miguel Torres

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34 comentarios

  1. Gresya dice

    17 julio, 2020 en 10:46 pm

    Hola Miguel tengo una duda – El “libro diario Simplificado” es igual al “libro Diario de Formato Simplificado” , en la pagina de SUNAT lo he visto con los dos nombres y lo legalice con el primer nombre , tendra alguna implicancia el nombre…ayuda por favor.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 julio, 2020 en 2:17 pm

      Su nombre correcto es como el segundo, no veo ningún problema con haberlo legalizado con el primer nombre, se priorizara siempre el contenido del libro.

  2. Miguel Leyva dice

    23 enero, 2019 en 10:53 am

    Buenas tardes Miguel,
    soy principiante en el tema del Libro diario Simplificado: por eso la consulta
    los movimientos de cada mes se imprime? o sólo de Enero a Diciembre al finalizar el ejercicio. y si tienes algún caso practico desde el Inicio y Cierre te agradecería

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 enero, 2019 en 8:51 pm

      Tinees que imprimir los movimientos de cada mes.

  3. Alida Quiñones dice

    11 julio, 2018 en 2:21 pm

    Miguel , hola , estoy imprimiendo el 2017 me faltan hojas para los meses de noviembre y diciembre del 2017 del libro diario formato simplificado .
    He legalizado para el 2018 diario mayor y caja (enero 2018)
    Ahora , puedo seguir con estos libros o tengo que legalizar para esos meses , a partir de diciembre he sumado mas de 300 UIT de ingreso ????

  4. Cesar Armas dice

    28 mayo, 2018 en 5:55 pm

    Miguel buenas noches, a cuantos dígito en cuentas contable se puede llevar el libro diario simplificado???

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 mayo, 2018 en 7:33 pm

      Tomando como base el libro electrónico 20 dígitos.

  5. Evelyn dice

    27 mayo, 2018 en 4:07 pm

    Consulta si inicie actividad en octubre del 2015 hasta cuando tuve plazo para legalizar mis libros? fecha a partir de cuando cuento?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      28 mayo, 2018 en 7:51 pm

      Antes de realizar la primera compra o primera venta.

  6. Fernando dice

    16 marzo, 2018 en 3:46 pm

    Estimado Miguel:
    Es mi primera experiencia con llenar Diario Simplificado Manual, ¿Cómo anotar cantidades en miles, considerando céntimos, si las columnas apenas tienen 1 cm de ancho? Agradeceré tu respuesta.

  7. Naty dice

    7 enero, 2018 en 8:35 am

    Hola gracias por tu ayuda… Por favor me puedes ayudar . La empresa es persona natural y inicio actividad en setiembre en cero, solo hubo compras y ventas en octubre.. comp empezaria mi libro diario simplificado
    El esta rmt

  8. Judith Vergara Choque dice

    17 octubre, 2017 en 10:39 am

    Buenos días es muy importante la información. Gracias. A propósito quisiera que dicten la manera como elaborar en forma manual el libro diario simplificado para una mype.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 noviembre, 2017 en 2:45 am

      Gracias, lo voy a tener en cuenta.

  9. María Rosa dice

    24 agosto, 2017 en 10:02 pm

    Una consulta el código actualmente del libro diario simplificado es 5 ó 5.2?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 septiembre, 2017 en 3:40 pm

      Es código 5.2.

  10. Catherine dice

    18 agosto, 2017 en 9:10 pm

    Estimado Miguel buenas noches, por equivocación se legalizo el libro diario cuando debió ser libro diario simplificado, es necesario cambiarlo o podemos usarlo, habría alguna sanción Te agradezco de antemano.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 agosto, 2017 en 12:33 am

      Tienes que legalizar un nuevo libro.

  11. Bets Drilling dice

    20 julio, 2017 en 12:47 pm

    Hola miguel una consulta si mi cuenta 40 esta en negativo debido a que he tenido mas compras que ventas como puedo solucionarlo en mi libro diario.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 julio, 2017 en 12:08 am

      No debe salir negativo, habrá un monto mayor en el “Debe”.

  12. Soriada dice

    5 mayo, 2017 en 1:35 pm

    Estimado Miguel, primeramente felicitarte por las publicaciones me ayudan mucho, mi consulta, el diario simplificado se imprime de enero a Diciembre? o también los ajustes y cierres de cada ejercicio, gracias.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 mayo, 2017 en 11:50 pm

      Se imprime de Enero a Diciembre + los asientos de ajustes y cierre.

  13. Catherine Ochoa dice

    1 octubre, 2016 en 9:42 am

    Hola Miguel, consulta porfis, el libro diario simplificado se legaliza?? y cada cuanto tiempo se debe imprimir en hojas continuas, ya que la contadora me dice q hasta el mas principiante sabe que el libro se imprime a fin de año o dos veces al año, aclarando q no le ve la necesidad de imprimir cada fin de mes..Te agradezco de antemano..

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      2 octubre, 2016 en 1:11 am

      Se tiene que legalizar antes de usar el libro simplificado.

  14. Erika Serrano dice

    10 agosto, 2016 en 9:55 pm

    Estimado Miguel buenas noches, gracias por tus publicaciones porque en verdad me ayudan mucho, quisiera saber si me puedes ayudar necesito la macro para libro diario simplificado con el ple 5.0.0.3 pues lo que si estaba generando son el registro de compras y ventas pero del diario no se como hacerlo, pues la contabilidad de la empresa que apoyo es manual, espero su ayuda, gracias y bendiciones.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 agosto, 2016 en 12:42 am

      SI te matriculas en el curso del PLE, ahi te lo entregamos.

  15. isabel dice

    2 febrero, 2015 en 7:29 pm

    Buenas noches
    Respecto al llenado del libro ,siendo persona natural en el rg no se esta obligado a llevar un librp de inventarios entonces de donde se obtien la informacion para el asiento de apertura de dicho libro

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      3 febrero, 2015 en 6:06 am

      Si eres una empresa nueva y vas a empezar a llenar tu libro diario simplificado, tu asiento apertura será la minuta de constitución de la empresa. Si es persona natural seria preguntarle al dueño con que empezó a funcionar su negocio.

    • Alonso dice

      3 abril, 2017 en 9:13 pm

      Es conveniente utilizar la cta. 50 capital social cuando es una persona natural con negocio en el RMT, gracias.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      7 abril, 2017 en 5:39 pm

      Pues si, no hay de otra.

  16. Adrian dice

    10 octubre, 2013 en 4:59 pm

    hola como estas segun este libro los totales de este libro a final de cuentas figuran neteados es decir si tu quisieras sacar un estado financiero automaticamente lo tendrias pero hay un inconveniente que no tendrias la informacion de movimientos es decir cuanto cargado o abonado en el periodo lo que llamamos nosotros sumas del mayor, o si me puedes dar una idea de como obtener esta informacion

  17. EDGAR dice

    8 marzo, 2012 en 3:28 pm

    BUENAS TARDES.
    POR PRIMERA VEZ QUE, INGRESO A ESTE SERVICIO,ME PARESE MUY IMPORTANTE SUS COMENTARIOS,QUISIERA  PEDIRLES A TODOS INCLUIDO MI EPRSONA,QUE LAS RESPUESTAS Y LOS COMETARIOS SEAN VERDADERAS CONCRETAS Y PRESISAS,COMO PARA SALIR DE DUDAS

    GRACIAS….

    • Miguel Torres dice

      9 marzo, 2012 en 3:41 am

      Buen comentario, y comparte la pagina con amigos o colegas.

  18. elena tasayco dice

    22 octubre, 2011 en 9:08 am

    solo los que estan en el regimen general llevan diario simplificiado, cual es el tope y desde que fecha empezo esto.

    gracias

    • Miguel Torres dice

      22 octubre, 2011 en 2:51 pm

      Solo las empresas que se encuentran en el régimen general, y que no pasen las 150 UIT de ventas.

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