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PLE 5.0 – Infracción sobre Libros Contables

PLE, Tributario - Publicado por Miguel Torres el 19 octubre, 2016

El artículo 175 del código tributario menciona las infracciones sobre libros contables que puede cometer un contribuyente.

El día de ayer me escribió la contadora de una empresa consultándome lo siguiente:

Miguel, la empresa ha cumplido con la presentación de los libros electrónicos en su fecha oportuna, pero aun así me han multado ¿Por qué?

Porque, el echo de tener una constancia de anotación de tus libros electrónicos, no te asegura de que la anotación este correcta.

[clickToTweet tweet=”Si has cometido errores en tus libros electrónicos, corrígelos antes de cualquier verificación. ” quote=”Si has cometido errores en tus libros electrónicos, corrígelos antes de cualquier verificación. “]

Infracción Libros Contables

El numeral 2 del artículo 175 menciona una causal de infracción tributaria:

Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes.

Esta infracción se origina cuando los libros contables se llevan de una manera incorrecta o de manera incompleta.

  • Reparos Tributarios y su efecto en los Libros Electrónicos

Veamos algunos ejemplos, de infracciones relacionadas al numeral 2 del artículo 175 del código tributario.

Detracciones Incompletas

En el registro de compras es obligatorio colocar el detalle de las detracciones para operaciones sujetas al Spot:

  • Fecha del deposito.
  • Numero de constancia de detracción.

Clases de Bienes y Servicios Adquiridos

Las empresas que obtuvieron ingresos superiores a 1500 UIT en el ejercicio 2015, tienen la obligación de especificar el detalle de cada operación de compra anotado en su registro de compras.

libros-contables-ple

Boletas de Ventas

En el registro de ventas, se permite la anotación consolidada de las boletas de ventas emitidas por día y por serie.

No esta permitido la consolidación mensual de boletas de ventas. En caso de boletas anuladas, estas deben anotarse individualmente, no pudiendo consolidar.

Lo anterior mencionado, también aplica para las boletas de ventas superiores a S/. 700 soles.

Régimen Especial de Renta

Las empresas acogidas al régimen especial de renta, deben anotar la palabra: M-RER en la tercera columna de los respectivos registros de compras y ventas.

  • ¿Cómo anotar los libros electrónicos para un RER?

Esto debido a que las empresas del RER no tienen un CUO establecido mediante el libro diario o libro diario simplificado.

Libro Diario

Las empresas que anotan el libro diario, deben hacerlo conjuntamente con el plan de cuentas.

La obligación de anotar el plan de cuenta solo recae en el periodo enero de cada ejercicio, en los meses siguientes solo se puede anotar sin movimientos.

Libros Contables sin información

Los libros contables deben anotarse con las operaciones realizadas en el periodo correspondiente.

Por lo tanto, es incorrecto anotar un libro sin movimiento, cuando se ha realizado operaciones.

Miguel ¿Cuánto es la multa por cometer dichas infracciones?

La sanción es 0.3% de los Ingresos Netos.

infraccion-libros-contables

En caso de cometer esta infracción y posteriormente subsanar la contingencia la gradualidad es del 100%.

No te exonera del pago de la multa, el simple echo que tengas tu constancia de anotación de los libros electrónicos.

Pago de la Multa

Para realizar el pago de multa, lo podemos realizar mediante la clave sol o el formulario 1662 – Guía Pagos Varios.

pago-multa-libros-contables

Para ello utilizaremos la siguiente información:

  • Periodo: Fecha de Pago de Multa (previa subsanación de la infracción).
  • Código de multa: 6032
  • Monto: Pago

Tener presenta algunos parámetros:

  • Multa mínima: 10% UIT
  • Multa máxima: 12 UIT

Conclusión

  1. Si has cometido errores en la anotación de tus libros electrónicos, corrígelos antes de cualquier verificación o fiscalización.
  2. Si subsanas la infracción, la gradualidad es del 100%, no pagas multa.

Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre el PLE 5.0.0.4 invitarlos para el  Sábado 19 de Noviembre al taller full práctico (cada alumno con su computadora) donde veremos como se realiza las anotaciones, correcciones, reportes, etc, más información del taller aquí.

No te olvides de corregir tus libros electrónicos!

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Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

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