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Inicio » Laboral » Implicancia Laboral para las Elecciones Presidenciales

Implicancia Laboral para las Elecciones Presidenciales

Publicado por Miguel Torres el 9 de abril de 20218 comentarios

Miguel ¿Existe algún beneficio laboral por ser miembro de mesa el día de las elecciones presidenciales?

Si es correcto, adicionalmente, también un beneficio económico.

Este domingo 11 de abril los peruanos elegirán al próximo presidente del país, en este día tan importante jugaran un papel importante los miembros de mesa, así como los votantes.

  • Consulta si eres miembro de mesa elecciones generales 2021

Por otra parte, para responder esta pregunta debemos tener en cuenta las diferentes situaciones que se pueden originar:

  • Los miembros de mesa que tendrán que cumplir su deber cívico.
  • Los votante que tienen que viajar a una provincia lejana de su vivienda.
  • Los trabajadores que tengan que laborar el día de elecciones.
  • Los trabajadores que motivo alguno no pueden faltar al centro laboral.

Implicancia laboral Elecciones

El 08 de abril de 2021 se publico el Decreto Supremo Nº 008-2021-TR , norma que nos ayuda a responder muchas de las inquietudes descritas.

Día no laborable no compensable para miembros de mesa

El artículo 1 del Decreto Supremo Nº 008-2021-TR menciona:

Declárase el 12 de abril de 2021 como día no laborable de naturaleza no compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Generales a llevarse a cabo el día 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

En primer lugar, debemos precisar que son dos cosas totalmente diferentes:

  • Ser elegido miembro de mesa.
  • Desempeñar efectivamente el cargo de miembro de mesa.

Por lo tanto, el beneficio se otorga al que desempeña efectivamente el cargo de miembro de mesa.

Miguel ¿Cuál es el beneficio para el trabajador que desempeña el cargo de miembro de mesa?

El trabajador que desempeña el cargo de miembro de mesa, podrá faltar a su centro de labores el día Lunes 12 de Abril (no tendrá la obligación de recuperar el día no laborado).

Adicionalmente, recibirán una compensación económica de 120 soles.

Miguel ¿Qué pasa, si el trabajador desea asistir al centro de trabajo?

No pasa nada, todo sigue igual como siempre.

Migue ¿Qué debería hacer el trabajador que desea faltar el lunes 12 de abril?

Sencillo, tiene que realizar dos procedimientos:

Primero Paso:

En primer lugar, comunicar a la empresa que el lunes 12 de abril faltaras al centro de trabajo, tomando como beneficio lo mencionado en el Decreto Supremo 008-2021-TR, adjuntando una impresión del resultado de haber sido elegido miembro de mesa.

miembro de mesa

Segundo Paso:

Posteriormente, el martes 13 de abril deberás entregar a la empresa el certificado de participación como miembro de mesa emitido por la ONPE. Este segundo procedimiento es el más importante, porque es el requisito para gozar del beneficio.

Facilidades para ejercer el Derecho a Voto

Miguel, ¿Qué pasa si el día de elecciones tengo que trabajar y no puedo dejar mi centro de trabajo?

Es correcto, puede existir circunstancias por lo que el trabajador no podrá asistir a cumplir su deber cívico por algún motivo laboral.

Una alternativa, es que las empresas asuman el pago de la multa.

Miguel, ¿Qué pasa si mi lugar de sufragio es en provincia, yo laboro en lima?

Segundo, el artículo 3 del Decreto Supremo 008-2021-TR, establece:

Los trabajadores de los sectores público y privado que prestan servicios en provincias distintas a su lugar de votación y que participen en las Elecciones Generales, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, están facultados a no prestar servicios los días viernes 9, sábado 10, domingo 11 y lunes 12 de abril de 2021.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador.

Por ejemplo, si tu lugar de votación es la ciudad de Chiclayo y tu centro de labor es Lima, tienes la opción de no laborar los días previos a las elecciones, así como el día lunes 12 de abril, aclarando que tendrás que recuperar los días no laborados como consecuencia de cumplir con las elecciones presidenciales.

Miguel ¿Qué pasa si no compenso las horas dejadas de asistir?

Mencionar que no existe un plazo para compensar las horas no laboradas. Si no compensas las horas, se tomaran como días no laborados (afecto a descuentos).

Conclusión

  1. El trabajador que desempeña el cargo de miembro de mesa durante las elecciones presidenciales, podrá faltar al centro de trabajo el día Lunes 12 de Abril.

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8 comentarios

  1. Clotilde Osorio de la Peña dice

    4 de abril de 2016 a las 10:40 am

    Como se procede a licencia por duelo en entidades particulares.
    Gracias por todo tu apoyo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2016 a las 10:48 am

      Para el sector privado no existe dicha licencia, a menos que sea por convenio colectivo. Solo es de aplicación para el sector publico.

  2. Julia Laqui Mamani dice

    28 de marzo de 2016 a las 10:19 pm

    Gracias Miguel para tí también feliz inicio de semana. Excelente explicación. Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2016 a las 8:13 am

      Muchas gracias 🙂

  3. Alanco dice

    28 de marzo de 2016 a las 6:12 pm

    Lo máximo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2016 a las 8:22 am

      Gracias 🙂

  4. Anari dice

    28 de marzo de 2016 a las 9:50 am

    Muy bien explicado! 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2016 a las 8:49 am

      Muchas gracias 🙂

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