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Inicio » Tributario » Gastos Recreativos [Renta Anual]

Gastos Recreativos [Renta Anual]

Publicado por Miguel Torres el 17 de marzo de 202321 comentarios

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Miguel, la empresa realizará un almuerzo de fin de año para los trabajadores ¿Puedo deducir la factura como gasto?, también pensamos irnos a un centro de esparcimiento ¿Es correcto pedir factura por estos gastos?

La respuesta es depende, mientras no hayas excedido el límite anual, es gasto deducible y también podrás usar el crédito fiscal.

Gastos Recreativos

Miguel ¿Qué son gastos recreativos?

Son actividades que tienen como objetivo motivar a los trabajadores dependientes e independiente.

  • Regalos u Obsequios a Clientes [Renta Anual]

Por ejemplo:

  • Aniversario de la empresa
  • Celebración día madre, padre, etc.
  • Fiesta para los hijos de los trabajadores
  • Torneo de Fútbol, vóley tenis, etc.
  • Visitas a un centro de esparcimiento, club o parque.

Miguel ¿Son deducibles los gastos recreativos?

En primer lugar, cuando analizamos si un gasto es deducible o no, debemos analizar dos reglas:

  • Reglas generales, analizar principios tributarios como causalidad, razonabilidad, generalidad, etc.
  • Reglas específicas, analizar los requisitos que se establece en el TUO de LIR.

Reglas Generales

El primer paso es demostrar la causalidad del gasto; ¿Qué beneficio genera este gasto para la empresa? Sobre este punto podríamos señalar que los gastos recreativos motivan al personal para que estos sean más productivos y puedan generar más ingresos a la empresa.

Adicionalmente, debemos tener en cuenta el principio de generalidad, significa que los gastos recreativos deben aplicarse a todos los trabajadores, teniendo en cuenta algunos parámetros: jerarquía, antigüedad, área, actividad, etc.

Por ejemplo: Un fin de semana en Decameron El Pueblo, para los trabajadores del área de ventas.

Reglas Específicas

Sobre este punto, debemos revisar el inciso ll) del artículo 37 del TUO LIR:

Los gastos y contribuciones destinados a prestar al personal servicios de salud, recreativos, culturales y educativos, así como los gastos de enfermedad de cualquier servidor.

…

Los gastos recreativos a que se refiere el presente inciso serán deducibles en la parte que no exceda del 0,5% de los ingresos netos del ejercicio, con un límite de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias.

Por lo tanto, los gastos recreativos son deducibles, siempre y cuando no superen el límite de 0.5% de los Ingresos Netos del Ejercicio, con un límite de 40 UIT.

Por ejemplo, supongamos un fin de semana para todos sus trabajadores en un hotel con todos los gastos pagados. El total gastado es: $4,500 dólares más IGV (T/C 3.43)

Por otra parte, sus ingresos netos del ejercicio serán: S/ 960,010 soles.

  • Gastos: $ 4,500 x 3.43 = S/ 15,435
  • Límite: 0.5% x 960,010 = S/ 4,800

Por lo tanto, solo será deducible: S/ 4,800 soles, debiendo reparar S/ 10,635 y además del IGV proporcional a dicho monto.

Límite de Gastos Recreativos en Excel

Te comparto una hoja de cálculo en Excel para que puedas llevar el control de los gastos recreativos mensualmente.

Icono

Límite de Gastos Recreativos en Excel

Tributario 17 de marzo de 2023
44 descargas

Sustento Gastos Recreativos

Miguel ¿Cómo se sustentan los gastos recreativos?

Este punto es muy importante, en una fiscalización pueden observamos dichos comprobantes de pago relacionados con estos gastos.

La forma correcta del sustento sería con los siguientes documentos:

  • Facturas Electrónicas (Archivo XML + Representación Impresa + CDR).
  • Órdenes de compras.
  • Guía de Remisión o Guía de Transportista.
  • Proformas.
  • Fotos del Evento.
  • Videos del Evento.
  • Medio de Pago (Bancarización).
  • Revise el límite de gasto de recreación.

Preguntas Frecuentes de Clientes

Miguel, vamos a comprar polos, buzos, camisetas y vinchas, para un evento con los trabajadores en un club ¿Califica como gastos de recreación?

Si es correcto, son gastos recreativos y si son deducibles, puedes revisar la RTF N° 1564-2-2012.

Miguel, en la fiesta de aniversario de la empresa se piensa invitar a los extrabajadores y locadores de servicios ¿Es deducible el gasto?

SI es deducible, la siguiente RTF N° 10042-3-2007 menciona que los gastos recreativos no solo se limitan a los trabajadores dependientes, sino también a los trabajadores de locación de servicios.

Miguel, en el día de la secretaría, normalmente invito a salir a mi secretaria, nos vamos a almorzar, a tomar unos tragos y nos perdemos en la noche ¿Puedo deducir como gasto de recreación?

Si es correcto, la RTF Nº 1687-1-2005, menciona los gastos por agasajo al personal está vinculado con aniversarios, como día de la madre, día del trabajo y también DÍA DE LA SECRETARÍA, actividades que contribuyen en la formación de un buen ambiente de trabajo.

Conclusión

  1. Los gastos recreativos son deducibles siempre y cuando no excedan el límite del 0.5% de los ingresos Netos.

Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre el Cierre Tributario Impuesto a la Renta 2022, invitarlos para el Lunes 16 de enero de 2023 al taller full práctico donde revisaremos los ingresos gravados, reglas para deducir gastos, gastos susjetos a limites, etc más información del taller aquí.

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21 comentarios

  1. Freddy dice

    6 de febrero de 2023 a las 2:35 pm

    y a que cuenta va a ir 625 o una 63 ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de marzo de 2023 a las 11:39 am

      Deberías utilizar la cuenta 62.

  2. BRENDA dice

    29 de diciembre de 2022 a las 11:40 am

    Hola Miguel, una consulta los ingresos netos del ejercicio son referente al año anterior?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de marzo de 2023 a las 11:38 am

      Del año en curso.

  3. Antonio Vasquez dice

    2 de septiembre de 2022 a las 12:04 pm

    Hola Miguel, en nuestra empresa los proveedores brindan capacitaciones en nuestras instalaciones a nuestros clientes sobre el lanzamiento de nuevos productos, para ello nosotros compramos comida y bebidas para brindarles un pequeño refrigerio a los asistentes. ¿Esto calificaría como un gasto recreativo o de representación?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de marzo de 2023 a las 11:40 am

      Desde mi punto de vista representación.

  4. Angel Daniel dice

    15 de diciembre de 2021 a las 9:57 am

    Hola, si compro una torta para un trabajador para celebrarle en su cumpleaños. ¿Califica como gasto recreativo? Tendría que realizarse lo mismo con todos lo trabajadores para la Generalidad.
    Si solo le compre a este en especial. ¿Se repara renta e igv?

    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de diciembre de 2021 a las 10:56 am

      Si califica como gasto recreativo, la generalidad no significa todos, si no todos dependiendo la regla, por ejemplo solo gerentes.

  5. Yomaira dice

    2 de diciembre de 2021 a las 12:32 pm

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de diciembre de 2021 a las 2:14 am

      Bendiciones 🙂

  6. Rocio dice

    20 de diciembre de 2019 a las 4:09 pm

    Hola Miguel buenas tardes;

    Y como sería con la compra de vales, canastas y pavos?

    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 11:42 am

      Ya escribí un artículo sobre dicho tema puedes buscarlo en el blog.

  7. Cesar PT dice

    20 de diciembre de 2019 a las 8:37 am

    Excelente la explicación y muy didáctico, gracias Miguelon

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 12:49 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  8. Gisella dice

    19 de diciembre de 2019 a las 3:19 pm

    Ja ja, saludos Miguel siempre me haces reír con tus ocurrencias, invito a la secretaria a salir y nos perdemos en la noche, y la otra era invertir como Teresa la TV novela eso fue en tu anterior blog

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 12:58 pm

      Muchas gracias por el comentario :=)

  9. Brune dice

    19 de diciembre de 2019 a las 2:18 pm

    Miguel hola, es correcto x ser gerente EIRL puedo pedir factura x almuerzos con clientes? (no estoy en planilla). Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 1:00 pm

      Si no estas en planilla, ahí hay problemas, no sería correcto el sustento como gastos de recreación.

  10. Carmen Huaman Loaiza dice

    19 de diciembre de 2019 a las 2:01 pm

    Muy bueno la información me sirvió bastante, dios te bendiga:)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2019 a las 2:07 pm

      Muchas gracias 🙂 bendiciones.

    • Antonio Vasquez dice

      2 de septiembre de 2022 a las 12:06 pm

      Hola Miguel, en nuestra empresa los proveedores brindan capacitaciones en nuestras instalaciones a nuestros clientes sobre el lanzamiento de nuevos productos, para ello nosotros compramos comida y bebidas para brindarles un pequeño refrigerio a los asistentes. ¿Esto calificaría como un gasto recreativo o de representación?

      Gracias.

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