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Inicio » Laboral » ¿Cuánto me pagarán si laboro el feriado 30 de agosto?

¿Cuánto me pagarán si laboro el feriado 30 de agosto?

Publicado por Miguel Torres el 30 de agosto de 20222 comentarios

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Miguel ¿Cuánto me pagarán si laboro el feriado 30 de agosto?

En primer lugar, mencionar que el día 30 de agosto es un día feriado motivado por la festividad religiosa de Santa Rosa de Lima.

Por otra parte, el día 30 de agosto está tipificado como un dia no laborable, tanto para el sector público y sector privado.

También, podríamos mencionar que es un ejemplo de una suspensión imperfecta. Significa que el trabajador no labora dicho dia, pero si recibe el pago de su remuneración.

Feriado 30 de Agosto

Según el artículo 9 del decreto legislativo menciona:

El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100%.

Por lo tanto, si un trabajador labora el feriado 30 agosto, recibirá una retribución del 100% por la labor efectuada.

Por ejemplo, si la remuneración diaria de un trabajador es 50 soles, y labora el día 30 de agosto recibirá a fin de mes un remuneración adicional de S/ 100 soles.

Muchos siempre comentan que si laboras un feriado recibes el triple de remuneración (verdad a medias), recuerda que el pago del feriado ya está incluido en tu remuneración mensual.

Adicionalmente, puedes optar por la compensación de la labor efectuada en el dia feriado 30 de agosto, para no realizar el pago con la sobretasa del 100%.

Dia no laborable 29 de agosto

El gobierno declaró el día 29 de agosto como un dia no laborable (compensable) para el sector público y opcional para el sector privado.

También, es una oportunidad para que las empresas otorguen descanso vacacional a los trabajadores pendientes de goce.

Conclusión

  1. Si laboras el dia feriado 30 de agosto recibí una retribución adicional del 100% del jornal diario.

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2 comentarios

  1. Blanca Guardia dice

    31 de agosto de 2019 a las 6:39 pm

    Gracias Miguelito por cada aporte que nos brindas muchas bendiciones para ti

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2019 a las 12:08 am

      Gracias 🙂

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