Los empleadores pueden cumplir con facilidad su obligación de registrar en la planilla electrónica la situación educativa actualizada de sus trabajadores, siguiendo las pautas establecidas en la cartilla instructiva que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha puesto a su disposición para tal efecto.
El documento ubicado en el enlace http://www.trabajo.gob.pe/tregistro_situacioneducativa contiene los lineamientos para anotar en forma individual o masiva la información de estudios concluidos del trabajador.
Orientación
En este último caso, el empleador deberá elegir la opción carga masiva en el T-Registro y elaborar un archivo de importación de acuerdo con la Estructura 29: Datos de estudios concluidos del anexo 3 de la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR y normas modificatorias.
Para obtener, además, la relación de los trabajadores inscritos en la planilla electrónica respecto de los cuales se debe registrar la información de estudios concluidos, se podrá descargar un reporte de datos de la situación educativa del trabajador desde el módulo Consultas y reportes del T-Registro.
A criterio de Cynthia Cuba, directora de Tax & Legal de KPMG, la guía electrónica es bastante descriptiva y permite fácilmente al empleador recabar los datos pertinentes y registrar la información solicitada.
En función a los datos que se consignen, la autoridad de trabajo podrá verificar si las empresas están contratando a profesionales para puestos acordes con sus especialidades, agregó.
El instructivo electrónico también orienta al empleador sobre cómo debe anotar el tipo de institución educativa en el que culminó sus estudios el trabajador.
Sobre este tema, Cuba indicó que no se piden detalles sobre los estudios que pueda haber realizado el trabajador en el extranjero.
A su juicio, información vinculada a los estudios en el exterior permitiría a la autoridad conocer las carreras que estudiaron esas personas y que además ostentan los puestos más altos en una empresa.
Como medidas adicionales, sugirió iniciar una notoria campaña informativa sobre la importancia del registro de los datos de la situación educativa de los trabajadores y ampliar hasta fin de año el plazo para inscribir esa información, toda vez que existen trabajadores que están actualizándose en sus estudios.
Fiscalización
Por disposición del MTPE, las empresas tienen plazo hasta el 31 de mayo del presente año para registrar en la planilla electrónica la situación educativa actualizada de sus trabajadores. Culminado este período, los empleadores estarán sujetos a la supervisión por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Las sanciones por incumplir dicha obligación pueden derivar en severas multas. Para las microempresas, las multas fluctuarían entre los 950 y 3,800 nuevos soles, mientras que para las pequeñas empresas la sanción pecuniaria oscilaría entre 3,800 y 38,000 nuevos soles.
Para aquellas empresas no inscritas en el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (Remype) y que incumplan con la mencionada obligación, las multas fluctuarían entre 11,400 y 190,000 nuevos soles.
Aportes
En opinión de Cuba, el registro de los datos de la situación educativa de los trabajadores resulta importante porque servirá como base de alimentación de un observatorio que el MTPE creará.
Los datos que se obtengan permitirán, además, a quienes están estudiando alguna carrera y a aquellos que van a estudiar guiarse respecto hacia dónde se debe orientar su educación, explicó.
Diario El Peruano (19/02/2015)
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