¿Qué significa Remuneración Integral Anual?
La Remuneración Integral Anual (RIA), comprende todos los beneficios laborales que percibe un trabajador, con una sola excepción Participación de Utilidades.
Adicionalmente, solo aplican a la RIA todos los trabajadores que perciben una remuneración mensual no menor a 2 UIT.
Por ejemplo, para el ejercicio 2021, sería S/ 8,800 soles mensuales (UIT = S/ 4,400).
Por lo tanto, la Remuneración Integral Anual, incluye la CTS, vacaciones, gratificaciones y otros conceptos remunerativos.
Base Legal: Artículo 8° del Decreto Supremo N° 003-97-TR. También, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-96-TR 26.01.96, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo.
Remuneración Integral Anual
El convenio de remuneración integral es aquel por el cual las partes establecen que los conceptos percibidos por la prestación de servicios del trabajador, por un determinado período, se calcularán en forma integral, globalizada, debiendo el trabajador percibir en la forma acordada, el monto de la remuneración integral que incluirá la remuneración básica propiamente dicha y los conceptos adicionales que se perciben por los servicios prestados.
Toyama Miyagusuku, Jorge
Periodicidad de Pago de la RIA
La periodicidad del pago de la RIA se establecerá entre las partes, pudiendo ser en forma mensual, bimensual, trimestral, etc.
Miguel ¿Cómo se realiza las aportaciones y contribuciones para los trabajadores con RIA?
El empleador siempre realizara las aportaciones y contribuciones de forma mensual, aunque el acuerdo de pago no sea de forma mensual. Por ejemplo, aportaciones de EsSalud, EPS, ONP y AFP.
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Declaración PDT PLAME
La Remuneración Integral Anual se deberá registrar en el código 0125 “REMUNERACIÓN INTEGRAL ANUAL- CUOTA”.
Caso Práctico Remuneración Integral Anual
El trabajador Miguel Torres acuerda un pago de remuneración integral de la siguiente manera:
Remuneración Basica | S/ 8,800 x 11 | S/ 96,800 |
Remuneración Vacacional | S/ 8,800 x 1 | S/ 8,800 |
Gratificaciones Legales | S/ 8,800 x 2 | S/ 17,600 |
Bonificación Extraordinaria | S/ 17,600 x 0.9 | S/ 1,584 |
CTS | S/ 8,800 / 12 x 14 | S/ 10,266 |
Total | S/ 135,050 |
Cuota Mensual RIA: S/ 135,050 / 12 = S/ 11,254.16
Modelo de Convenio de Remuneración Integral
Recomendación
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Miguel la RIA se puede aplicar a una pequeña empresa MYPE , y el trabajador es jubilado.
Adicionalmente quisiera saber si se puede aplicar retroactivamente.
Muchas Gracias
Miguel mi consulta sería porque consideras la remuneración básica por 11 meses y no por 12 meses?
Juanita, las remuneraciones son 12 y una de ellas son las vacaciones, que Miguel la considera aparte., solo lo esta separando.
Muy buena información, muchas gracias por compartir sus conocimientos con nosotros. Y éste artículo es obligatorio para todas las empresas, públicos y privados a partir de cuando.
Que pase unas bonitas fiestas. Dios lo bendiga.
Muy buena información sobre el RIA, gracias por las actualizaciones.
Buenísimo el articulo,muchas bendiciones
Gracias 🙂