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Noticiero Contable

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Inicio » Notas » ¿Como funciona el factor 0.9333 en las declaraciones del ejercicio 2015?

¿Como funciona el factor 0.9333 en las declaraciones del ejercicio 2015?

Publicado por Miguel Torres el 10 de febrero de 201535 comentarios

Como muchos ya sabrán a partir del ejercicio 2015 se debe aplicar el factor 0.9333 para realizar los pagos a cuenta del impuesto a la renta del ejercicio 2015.

Vemos 3 casos prácticos de cómo se aplican y cuál es su incidencia. Primero que nada tenemos que descargar la versión PDT 621 5.2 para realizar las pruebas (enlace de descarga).

FOTO 01

Caso Práctico 01 – Coeficiente Mayor 1.5%

Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa tiene un coeficiente de 0.0867 utilizado en la declaración de diciembre 2014.

FOTO 02

Como vemos en este caso se aplica el factor al pago a cuenta.

renta

Caso Práctico 02 – Utilizando el porcentaje 1.5%

Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa viene utilizando el sistema de pago del porcentaje del 1.5% ya que inició operaciones en el ejercicio 2014.

FOTO 03

Como pueden ver en la gráfica, el impuesto se calcula en base a la tasa mínima del 1.5%. El factor no se aplica al sistema de pago del porcentaje.

Caso Práctico 03 – Coeficiente menor a 1.5%

Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa tiene un coeficiente de 0.0115 utilizado en la declaración de diciembre 2014.

FOTO 04

Como pueden ver en la gráfica, el impuesto se calcula en base a la tasa mínima del 1.5%.

Descarga del archivo

Comparto el archivo de directiva contable, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Recomendar”.

[to_like]Descargar archivo de pago a cuenta de renta del 2015[/to_like]

Conclusiones

1. La aplicación del factor es automático, el mismo PDT 621 lo realiza en los diferentes supuestos.

2. No te olvides descargar la última versión PDT 621 5.2

3. En resumen el factor solo se aplica al coeficiente mayor a 0.015. Si tu coeficiente es menor se aplicara la tasa minima 1.5%.

4. Si quieres saber más de las última actualizaciones aplicar para el 2015, el viernes 20 de febrero vamos a dictar un curso de Cierre Contable y Últimas Modificaciones, te dejo el “enlace“

Temas: impuesto, impuesto a la renta

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35 comentarios

  1. Maria dice

    12 de abril de 2016 a las 6:02 pm

    Pero si mi declaración jurada del 2015 se presento el 5 de abril, con que coeficiente he de tomar el mes de4 marzo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2016 a las 4:54 am

      El coeficiente de la DJ Anual 2015.

  2. Gerardo dice

    30 de marzo de 2016 a las 11:05 am

    Estimado Miguel,
    Estoy en una gran duda. Forme mi empresa en nov del 2015, mi primera factura la hice en dic. Tengo aproximadamente una utilidad de 700 soles. En enero hice un pago de renta del mes de diciembre 2015. Para mi declaración jurada como debo aplicar u obtener el pago del 2015, es UTILIDAD * 28% o es UTILIDAD * 28% * 2 /12 ?? Te agradeceré indicarme. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2016 a las 2:48 am

      Tu impuesto anual será UTILIDAD * 28%, a ese impuesto le deduces los pagos a cuenta (el impuesto que pagaste en enero).

  3. Maria dice

    10 de marzo de 2016 a las 1:15 pm

    Si pague enero 2016 tomando el coeficiente del 2015 lo cual no es correcto por que obtuve un coeficiente 8.14 cual seria la multa a deducir y fraccionar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de marzo de 2016 a las 2:05 pm

      Para le periodo de enero 2016 se toma el coeficiente obtenido en la DJ Anual 2014. Si has pagado de menos impuesto a la renta, pagas multa 50% del tributo omitido.

  4. Mayra dice

    17 de febrero de 2016 a las 4:25 pm

    Hay alguna base legal que indique que dicho coeficiente ya no es válido para el año 2016?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2016 a las 5:12 pm

      Sin comentario a tu pregunta.

  5. Meli dice

    15 de febrero de 2016 a las 4:42 pm

    Consulta todo el hasta marzo 2016 debo usar el coefieciente que tenia en el 2015 no es asi, ya no aparece en los pdt ese factor 0.9333 no

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2016 a las 1:23 am

      Solo se usaba hasta el periodo diciembre 2015.

  6. Mariana dice

    9 de febrero de 2016 a las 12:05 pm

    Hola Miguel, este factor solo se va usar para los pdt`s del 2015, por que estoy haciendo mi pdt 01/2016 y no te calcula con el factor 0.933, xfvr tu confirmacion…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2016 a las 2:49 am

      Es correcto.

  7. Leví dice

    27 de noviembre de 2015 a las 10:46 am

    He constituido una empresa en el mes de julio del 2014. ¿Para marzo de 2015 tengo que aplicar el coeficiente que arroja de la Declaración Jurada 2014? o cuando aplicaría la modificación de coeficiente…… tu estilo de explicar se deja entender. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de noviembre de 2015 a las 1:50 pm

      Es correcto lo que mencionas.

  8. Juan Carlos Morales dice

    4 de noviembre de 2015 a las 6:08 pm

    Cuando entro a la casilla 380 para el cálculo del coeficiente, coloco como siempre los datos del impuesto determinado e ingresos netos y me calcula el coeficiente de la empresa, pero lo que observo es que no me aplica el factor de 0.93333 debido a que al cerrar esa ventana, aparece en la casilla 380 el mismo coeficiente calculado anteriormente, tengo instalado el PDT 621 v5.3. Algún comentario a esto. Tus explicaciones son muy claras y tu estilo me gusta mucho. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 10:49 pm

      Lo mas seguro que el factor es menor a 1.5%. en ese caso grabara sobre el minimo.

    • Juan Carlos Morales dice

      19 de noviembre de 2015 a las 5:32 pm

      Me han comentado en la SUNAT que esta casilla del coeficiente tiene problemas y uno tiene que arreglar los números para obtener el coeficiente correcto. No me parece bien hacer eso, pero a la SUNAT no le regalo ni un sol.

    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2015 a las 8:11 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  9. Pablo dice

    20 de mayo de 2015 a las 9:40 pm

    Hay alguna forma de cambiar el coeficiente??? Por que tengo conocimiento que se presenta un EEFF preleminar, por favor aclarame mi duda. Gracias =)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2015 a las 12:52 pm

      Es correcto puedes presentar el PDT 625 al 30 de junio.

  10. Leslie dice

    14 de mayo de 2015 a las 3:30 pm

    Para el mes de abril 2015 el coeficiente que utilizo ya seria obligatoriamente el de la declaración anual del 2014, y con el factor 0.93333 verdad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2015 a las 1:53 pm

      Desde el periodo Marzo 2015 tienes que utilizar el coeficiente que te arroja tu Declaración Jurada 2014.

  11. PATRICIA dice

    16 de febrero de 2015 a las 11:43 pm

    una consulta si voy declarar periodo enero 2015, com otodaia n odelcrao m irenta anual y utilizo mi coeficinet del periodo 2014 lo calcula con el coeficiente 0.9333

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2015 a las 2:04 am

      Para el periodo enero del 2015 utilizas tu coeficiente de la declaración jurada 2013, mejor dicho el que has venido utilizando en el periodo 2014.

    • patricia dice

      17 de febrero de 2015 a las 8:12 am

      gracias , pero sabes automáticamente lo multiplica al 0.9333, según el pdt actualizado .

    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2015 a las 8:06 am

      Es correcto 🙂

    • patricia dice

      18 de febrero de 2015 a las 10:57 am

      muchas gracias amigo 🙂

  12. marco antonio mamani cabrera dice

    11 de febrero de 2015 a las 1:39 pm

    excelente, esta claro!! sus
    apreciaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2015 a las 7:50 pm

      Gracias amigo 🙂

  13. miguel dice

    11 de febrero de 2015 a las 10:03 am

    en el caso N°1 por que si vienes del ejercicio 2014(dic) con el factor 0.0867 de donde apareció el factor 0.0809?
    y luego lo comparas con el 0.9333?. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2015 a las 12:24 am

      Ese resultado se da: Coeficiente x Factor (0.0867 * 0.9333)

  14. katy dice

    10 de febrero de 2015 a las 3:18 pm

    SI por favor que pasaria si el coeficiente es menor a 1.5% , de todas maneras se coloca el impuesto y el ingreso o ya no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2015 a las 4:06 pm

      Es el caso numero 3 , igual lo colocas pero el sistema calculara en base al 1.5%

  15. Natt dice

    10 de febrero de 2015 a las 1:04 pm

    Entonces a manera de conclusión, sólo se aplica el factor cuando se usa coeficiente y éste sea mayor al 1.5% (0.015). En el caso el coeficiente sea menor a 1.5% (0.015) se aplica el 1.5%. Indíqueme si es lo correcto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2015 a las 9:01 pm

      Es correcto 🙂

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