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Inicio » Laboral » ¿Cómo calcular la gratificación de Fiestas Patrias?

¿Cómo calcular la gratificación de Fiestas Patrias?

Publicado por Miguel Torres el 16 de julio de 20211.026 comentarios

¿Cómo se calculan la gratificación por fiestas patrias?

En primer lugar, luego de la promulgación de la Ley Nº 30334 el 24 de Junio de 2015, se inafecta a la gratificación del descuento de pensión (afp u onp).

Ademas mencionar que el aporte de EsSalud que realizaban las empresas se entregaran a los trabajadores bajo el concepto de “Bonificación Extraordinaria”.

Caso 01 – Calculo de gratificación con remuneración fija mensual

Si el trabajador percibe remuneración fija, debe considerarse para el cálculo la remuneración computable vigente en la oportunidad de pago del beneficio. Conforme al artículo  3.2 del Decreto Supremo Nº 005-2002-TR menciona:

La remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente.

Información:

  • Fecha de Ingreso: 20/09/2020
  • Sueldo: S/ 1,500.00
  • Asignación Familiar: S/ 93.00

Solución:

Cálculo de la remuneración computable

a) Remuneración computable

Sueldo + Asignación Familiar = 1,500 + 93 = 1,593.00

b) Monto de la gratificación

El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable 6 meses.

Gratificación = S/ 1,593.00 / 6 x 6 = S/1 ,593.00

c) Bonificación Extraordinaria

Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.

Bono Extraordinario = 1,593 x 9% = 143.37

Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = 1,593 + 143.37  = S/. 1,736.37

  • Asiento Contable de Pago de Beneficios Sociales

Caso 02 – Calculo de gratificación con tiempo laborado menor a 6 meses

Información:

  • Fecha de Ingreso: 01/03/2020
  • Sueldo: S/ 1,100.00
  • Asignación Familiar: S/ 93.00

Solución:

Cálculo de la remuneración computable

a) Remuneración computable

Sueldo + Asignación Familiar = S/ 1,100 + S/ 93 = S/ 1,193.00

b) Monto de la gratificación

El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Marzo – Junio, siendo el tiempo computable 4 meses.

Gratificación = S/ 1,193.00 / 6 x 4 = S/ 795.33

c) Bonificación Extraordinaria

Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.

Bono Extraordinario = S/ 795.33 * 9% = S/ 71.58

Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = 795.33 + 71.58  = S/ 866.91

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Caso 03 – Calculo de gratificación con remuneración variable e imprecisa

Información:

  • Fecha de Ingreso: 01/02/2020
  • Sueldo: S/ 900.00
  • Asignación Familiar: S/ 93.00
  • Comisiones:
    • Enero 2021: S/ 250.00
    • Febrero 2021: S/ 450.00
    • Marzo 2021: S/ 356.00
    • Abril 2021: S/ 750.00
    • Mayo 2021: S/ 150.00
    • Junio 2021: S/ 75.00

Solución:

a) Calculo del promedio de las comisiones

= (250+450+356+750+150+75)/6 = S/ 338.50

b) Remuneración computable

Sueldo + Asignación Familiar + Remun. Variable (comisiones) = 900 + 93 + 338.50 = S/ 1,331.50

c) Monto de la gratificación

El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable 6 meses.

Gratificación = S/. 1,331.50 / 6 x 6 = S/ 1,331.50

d) Bonificación Extraordinaria

Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.

Bono Extraordinario = S/ 1,331.50 x 9% = S/ 119.84

Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = S/ 1,331.50 + S/ 119.84  = S/ 1,451.34

Caso 04 – Calculo de gratificación fiestas patrias con tiempo laborado menor a 1 mes

Información:

  • Fecha de Ingreso: 14/06/2021
  • Sueldo: S/ 3,900.00
  • Asignación Familiar: S/ 93.00

Solución:

Cálculo de la remuneración computable

a) Remuneración computable

Sueldo + Asignación Familiar = 3,900 + 93= S/ 3,993.00

c) Monto de la gratificación

El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable menor a un mes.

Como el trabajador tiene menos de un mes calendario laborado dentro del período Enero – Junio, no le asiste el derecho al pago de la gratificación.

Como llenar el monto de la gratificación en el PDT PLAME

1.- Lo primero que tenemos que hacer es crear los conceptos remunerativos de gratificación proporcional y gratificación por fiestas patrias con la leyenda Ley Nº 30334. Recordar que la versión actual del Plame no tiene creado dichos conceptos.

gratificación-proporcional

2.- Luego ingresamos los montos que corresponde a la gratificación y bonificación extraordinaria.

inafectacion-ley30334

Conclusión

  1. La gratificación fiestas patrias se calculan en base a meses calendarios completos, lo que significa que solo se calcula por meses.

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Virtual: "Calculo de Beneficios Laborales 2022", donde aprenderás como calcular los principales beneficios laborales: gratificación, vacaciones y CTS, si deseas más información, te dejo este link: >> Beneficios Laborales 2022 <<

Temas: gratificación de fiestas patrias

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1026 comentarios

  1. Giancarlo dice

    11 de agosto de 2021 a las 3:52 pm

    Hola, buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Laboro desde el 2016 en una empresa de constitución grande, más de 5mil empleados, pero en este último período de pago de gratificaciones, falte 2 veces al mes, salvo junio. Por lo que quisiera saber ¿Cómo determinaron mi pago de gratificaciones? Mi sueldo es de S/.3200 + asignación familiar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de agosto de 2021 a las 5:26 am

      Al valor de tu gratificación se descuenta los días no laborados.

  2. Sara dice

    14 de julio de 2020 a las 6:21 pm

    Tengo un trabajador que empezó en 01 de Febrero con un sueldo basico de 1200 y recibe horas extras. Para el calculo de la gratificación de Julio El promedio de la horas extras es en base a 6 meses o 5 meses?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2020 a las 9:33 pm

      Entre 6.

  3. Hilda Anhi dice

    10 de julio de 2019 a las 5:47 pm

    Hola, si labore del 15 de mayo a la fecha y estoy en part time me corresponde mi gratificación.

    Gracias…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de julio de 2019 a las 10:36 pm

      Si corresponde gratificación.

  4. Katy dice

    3 de julio de 2019 a las 9:20 am

    Si un trabajador ingresa el 08 de abril del 2019, la Gratificación se calcula por los meses de mayo y junio , que pasa con esos días laborados?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2019 a las 11:20 pm

      Es correcto, solo dos meses.

  5. Gabriela dice

    21 de junio de 2019 a las 11:44 am

    Hola
    Mi consulta es mi contrato termina este 30 de junio y ya no lo voy a renovar.. Me pagan la gratificacion completa si llevo laborando mas de 3 años?
    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de junio de 2019 a las 4:58 pm

      Si te corresponde tu gratificación completa.

  6. Herver Albornoz Apolinario dice

    27 de diciembre de 2018 a las 10:56 am

    Muy buena explicación mi amigo por la publicación de gratificaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2018 a las 8:04 pm

      Muchas gracias 🙂

  7. Yamile dice

    12 de julio de 2018 a las 4:45 pm

    Tengo una consulta
    Y si yo he trabajado por tiempo completo en una empresa desde abril de el año pasado hasta ahora ,pero que desde abril de este año soy part time (sería un cambio de contrato) ¿Cuánto me correspondria? Mi sueldo ahora es de 475 + 50 de movilidad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2018 a las 9:24 am

      El monto de tu gratificación seria en base a tu remuneración del 30 Junio o 30 de noviembre.

  8. Hector Domecq dice

    9 de julio de 2018 a las 8:44 pm

    Yo trabajé en enero y febrero de este año. Actualmente ya no tengo contrato. Es una universidad privada.
    ¿Me corresponde gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2018 a las 9:24 am

      Si te corresponde proporcional a 2 meses.

  9. Carlos dice

    4 de julio de 2018 a las 9:45 pm

    Hola Miguel , tengo en claro que el sueldo y la AF si van en la grati , también el promedio de HE fijas y variables siempre y cuando cumplan con el principio de regularidad. ( 3 meses dentro del semestre ). Mi duda esta en ” movilidades y refrigerios ” , también se tendrían que incluir dentro de la gratificación ? .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2018 a las 9:25 am

      No ingresan al calculo (movilidad supeditada a la asistencia).

  10. Christian dice

    4 de julio de 2018 a las 11:57 am

    Una consulta si entre a trabajar el 9 de abril, me corresponde gratificación de 3 meses o 2 meses . mi sueldo es de 930 ¿Cuanto me tocaria recibir?. gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2018 a las 9:26 am

      Solo por dos meses.

  11. Luis dice

    3 de julio de 2018 a las 11:46 pm

    Hola disculpe yo ingresé a trabajar el de febrero y ahora este 15 de julio me darán mi gratificación, cuanto crees que me darán?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2018 a las 10:06 am

      Dependerá del regimen laboral de la empresa, si paga beneficios completos, si te corresponde en base a meses calendarios completos.

  12. Emelina dice

    28 de mayo de 2018 a las 7:55 pm

    Muy interesante!!! Una consulta, si trabajé de Enero a junio y durante ese periodo tuve 5 días de permisos sin goze. ¿Me descontaran los días no laborados para el cálculo de mi gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 10:30 am

      Es correcto, aplica el descuento.

    • Vanesa dice

      19 de junio de 2018 a las 6:17 pm

      Buenas tardes si entre el 16 de enero cuanto me toca de gratificacion ahora en julio gano 850 + 93 de asigncion familiar

    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2018 a las 10:55 pm

      Proporcional a 5 meses.

  13. Gerardo Solis arotinco dice

    19 de abril de 2018 a las 3:15 pm

    Perfecto.

    Responder
  14. Pedro dice

    9 de abril de 2018 a las 5:17 pm

    Si empiezo a trabajar el 26 de marzo me consideran gratificación y de cuantos meses por favor, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de mayo de 2018 a las 1:27 am

      Para julio, serian 3 meses. Todo depende del régimen laboral de la empresa.

  15. Luism dice

    4 de diciembre de 2017 a las 3:53 pm

    Hola si entre a laborar el 8 de noviembre y me liquidaran este 15 de diciembre me corresponde gratificaciones truncas en mi liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 12:42 am

      No te corresponde.

  16. Alexis Angeles dice

    12 de noviembre de 2017 a las 1:18 pm

    Buenas Tardes amigo, una consulta:

    La empresa donde laboro, mi contrato se termina en diciembre (día 16) y por ende me saldría, pero si la empresa me pide que me salga antes del tiempo del contrato, en el cuál yo no estoy de acuerdo.

    ¿Que medidas puedo tomar para esa situación?, gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de mayo de 2018 a las 1:28 am

      Tienen que pagarte una indemnización.

  17. Antonio Angeles dice

    5 de noviembre de 2017 a las 11:18 pm

    Buenas noches amigo,
    Trabajo para una pequeña empresa, en el cuál ya llevo 1 año y medio aproximadamente. Recibo en los meses de Julio y diciembre (1/2 sueldo) pero ahora pienso retirarme en diciembre.
    Mi pregunta es la siguiente ¿Recibiré mi gratificación(1/2 sueldo) y mi CTS por el tiempo de servicio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 11:29 pm

      Si te retiras el 31/12 si recibirás medio sueldo.

    • Antonio Angeles dice

      5 de noviembre de 2017 a las 11:31 pm

      y el CTS también o son la misma cosa?

    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 11:37 pm

      No es diferente, en ese caso solo te correspondería por 2 meses truncos, dado que la CTS Noviembre te lo van a depositar.

  18. Karla dice

    18 de octubre de 2017 a las 10:10 pm

    Hola Miguel, Si entre a trabajar el 01 de Julio y renuncio el 15 de octubre, por cuanto tiempo seria mi gratificacion proporcional?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2017 a las 2:10 am

      Solo por tres meses.

  19. Omar dice

    27 de septiembre de 2017 a las 3:52 pm

    Hola, una consulta los días de descanso por subsidio materno son considerados en el calculo de la gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2017 a las 11:47 pm

      Es correcto, es tiempo computable.

  20. Norma Perez Juarez dice

    15 de agosto de 2017 a las 1:16 pm

    Excelente. Miguel por favor quisiera que me sigas enviando información a mi correo me ayuda mucho, no se porque ya no llega.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de agosto de 2017 a las 1:27 pm

      Gracias, suscribete nuevamente a los boletines.

  21. Geraldine dice

    26 de julio de 2017 a las 8:44 pm

    Buenas noches, yo ingrese a trabajar el 5 de junio, tengo entendido que debes tener un mes, yo ya tengo un mes, mi sueldo a pagar 850 con el descuento de afp 750, cuanto me tocaría de gratificación???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2017 a las 5:50 am

      No te corresponde, ya que el plazo es de 01/01 al 30/06. Para la gratificación de diciembre si te corresponde.

  22. Mary dice

    18 de julio de 2017 a las 12:14 am

    Entre a trabajar 8 de junio me corresponde la gratificación o no

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2017 a las 6:42 am

      No te corresponde.

  23. Rosnel dice

    15 de julio de 2017 a las 7:15 pm

    Hola, llevo 6 meses en mi trabajo y mi sueldo mensual es 1000 s/ lquido, y me dieron solo 500 s/ d gratificacion sta bien o me tienen que pagar compl3to?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 12:58 am

      Lo mas probable es que sea una pequeña empresa.

  24. Gabriel dice

    14 de julio de 2017 a las 9:56 am

    Una consulta, si he laborado 5 meses y 29 días del 02/01 al 30/06, el cálculo de la gratificación es por 5 o por 6 meses?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 2:18 am

      Es por 5 meses.

  25. Milenka dice

    13 de julio de 2017 a las 11:59 pm

    Hola yo entre a trabajar el 14/02/17 mi básico es de 1200 no cuento con asignación familiar aun, ha! y otra cosa también empece a comisionar en el mes de junio, hice todo lo que explicas en un ejemplo anterior. pero como lo calcularías los 15 días y las comisiones del mes d junio? te agradezco.

    Responder
  26. Juan Arenas dice

    13 de julio de 2017 a las 8:48 pm

    Ingrese a trabajar el 3 de abril siendo el primer día laborable de abril quisiera saber cuanto me corresponde de gratificación si gano 1500 gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 2:31 am

      Proporcional a 2 meses, un dato importante saber es el régimen laboral de la empresa.

  27. Ernesto Lopez dice

    13 de julio de 2017 a las 3:37 pm

    Mi sueldo es de 900soles pero saco comisiones es decir mi sueldo sin descuentos + comisiones es de 1200 cuanto seria mi gratificación si tengo 6 meses

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 2:54 am

      Tu sueldo + promedio de comisiones. Es importante saber el régimen laboral de la empresa, por ejemplo si es pequeña empresa solo paga el 50% del beneficio.

  28. Sandro dice

    11 de julio de 2017 a las 10:13 am

    Hola quisiera saber cuanto me toca de gratification si mi sueldo rd 1550 mas asignacion familiar y trabajo desde 25/05 /2017 Shasta la actualidad gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 1:06 am

      Solo proporcional a 1 mes, es importante saber el régimen laboral de la empresa.

  29. Jonathan dice

    10 de julio de 2017 a las 5:21 pm

    Yo gano 1500 y tengo 5 meses en planilla cuanto seria mi gratificación gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2017 a las 7:12 am

      Será proporcional a 5 meses, pero recuerda que un dato importante es el régimen laboral de la empresa.

  30. Bryan dice

    10 de julio de 2017 a las 11:41 am

    Estimado buenos dias.
    Las faltas no justificadas y las licencias sin goce de haber se descuentan de la gratificación?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2017 a las 6:46 am

      Es correcto amigo.

  31. Ruth Guillen Enriquez dice

    7 de julio de 2017 a las 2:20 pm

    Tus publicaciones son de gran utilidad. Gracias por compartirlo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2017 a las 8:28 pm

      Gracias, que tengas una super semana.

  32. Ursula Capcha Villena dice

    6 de julio de 2017 a las 1:50 pm

    Miguel el periodo del calculo de las gratificaciones es sabido que se consideran meses completos laborados, tengo un colaborador que ingreso el 02.05.2017, este mes debo considerarlo como mes completo laborado ? ya que 01.05.17 fue feriado consideraría el computo desde el 02.05.17 y le pagaría por 2 meses de gratificación es decir Mayo y Junio. esto seria correcto.

    Muchas gracias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 12:10 am

      Guíate lo que dice el contrato de trabajo como fecha de inicio.

    • Xiomara dice

      12 de julio de 2017 a las 10:11 am

      Buenos días disculpe, tengo el mismo caso, mi calculo seria ¿por el mes de mayo divido entre 31días y multiplicado por 30 días?.

      Gracias por su Atención

    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 12:49 am

      No se considera mayo.

  33. Jose dice

    4 de julio de 2017 a las 1:45 pm

    Muy informativa tu pagina,
    Una consulta yo ganaba hasta Abril 4000 soles, en Mayo me subieron el sueldo a 6000; la gratificación se calculará en base a 6000 soles o a los 4000?

    Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2017 a las 11:39 pm

      Se calcula en base a los 6,000 soles.

    • Jessica dice

      7 de julio de 2017 a las 10:16 am

      Donde encuentro la norma o ley que indique que para el calculo de gratificaciones se toma como base el ultimo sueldo?

    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2017 a las 8:14 pm

      En el reglamento de gratificaciones Decreto Supremo 005-2002-TR.

  34. jennifer dice

    14 de junio de 2017 a las 12:12 pm

    Buenas tardes mi consulta es: si el trabajador recibe todo los meses movilidad de libre de disposición, lo debo considerar en el calculo de las gratificaciones y como haría?

    Responder
  35. Anyelo Razek dice

    9 de junio de 2017 a las 5:40 pm

    Buenas tardes quisiera saber si me corresponde gratificación de julio por haber laborado 2 meses entre el 10 de abril del 2017 hasta El 10 de junio de 2017… cuanto me correspondería si el sueldo es el básico de 850 , + Asig familiar … gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de junio de 2017 a las 4:54 pm

      Solo por un mes nada mas.

  36. Luis dice

    29 de mayo de 2017 a las 5:35 pm

    Buenas tardes Miguel una consulta, yo entre a trabajar a una empresa este 2 de enero del 2017, estoy en planilla y mi contrato es de 2300 soles, recibire gratificacion en el mes de julio, me gustaria que me oriente como puedo saber si siempre recibire dicha gratificacion, espero su respuesta.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2017 a las 4:37 pm

      Revisa tu contrato de trabajo, la fecha de inicio si es 02/01 lo mas probable es que sea proporcional a 5 meses.

  37. Geraldine dice

    22 de mayo de 2017 a las 4:29 pm

    Hola miguel si de enero a junio cada mes falto un dia entonces como seria ahi,por cuantos meses se considera y si falto solo enero y febrero un dia cada mes serian computables 4 meses nada mas,y aparte se les descuentas los días no laborados de su gratificación? muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de mayo de 2017 a las 12:53 am

      Computas los 6 meses, y descuentas 6 días del calculo.

  38. Katty dice

    22 de abril de 2017 a las 11:10 am

    Hola miguel mi sueldo es de 1250 pero mi contrato termina el 15 de mayo cuanto saldría mi liquidación puedes ayudarme.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2017 a las 12:46 am

      Con esa información no se puede calcular, te recomendaría que vayas al ministerio de trabajo, ahí lo hacen gratis.

  39. ANGEL dice

    19 de diciembre de 2016 a las 12:37 pm

    Empecé a laborar desde el 01.10.16 y tengo un sueldo fijo de S/. 2000 incluido asig. familiar.
    mis comisiones de octubre fueron de S/ 3560 y
    comisiones de noviembre de S/.5500
    cuanto seria mi gratificación?

    Responder
  40. Patricia dice

    16 de diciembre de 2016 a las 10:25 am

    Buen día mi esposo va trabajando en una pequeña empresa de industria de este año de agosto el emite recibos cada vez que lo pagan y de hecho esta quincena esperamos la gratificación no un sueldo completo pero al menos un porcentaje pero solo le depositaron el sueldo y ni un centavo mas . mi pregunta es le corresponde algo o no por favor respondame gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 5:54 am

      Si trabaja bajo locación de servicios no le van a pagar beneficios laborales. Por otro lado si cumple los requisitos de un trabajador dependiente (horario, subordinado, pago, etc), podría reclamar al ministerio sus beneficios, pero es recomendable hacerlo cuando finalice su trabajo.

  41. Oscar dice

    15 de diciembre de 2016 a las 6:12 pm

    Buenas Tardes estimados mi consulta es la siguiente, estoy laborando en una pequeña empresa me depositaron la grati que es la mitad del sueldo, pero mi duda es si también es la mitad del 9% de bonificación extraordinaria o es completo el 9%

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:04 am

      La bonificación será el 9% de la mitad de la gratificación (lo que recibiste).

  42. Sonia Sanchez Salazar dice

    14 de diciembre de 2016 a las 6:23 pm

    Miguel buenas tardes, en caso de que a un este con un sueldo hasta el 15 y a partir del 16 de dic se le suba su sueldo. Cual seria la base para el calculo de la gratificación.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:46 am

      Si la gratificación lo pagaste hasta el 15/12, la remuneración del 15/12. Si la gratificación lo vas a pagar el 20/12, sería la remuneración del 16/12.

  43. Carlos dice

    14 de diciembre de 2016 a las 5:23 pm

    Hola Miguel.. queria saber si puedo declarar en el PLAME junto con la declaración de LA planilla del mes de noviembre de los trabajadores
    la gratificación correspondiente a diciembre

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:51 am

      La gratificación se declara en el periodo de diciembre.

  44. Jorge Perez dice

    13 de diciembre de 2016 a las 10:37 pm

    Muchas Gracias por tu respuesta de antemano, no si me puedes ayudar con el tema de la gratificación, entre a laborar el 12/07/2016, con una rb de s/900.00, teniendo en cuenta que es una gran empresa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2016 a las 10:14 am

      Tu gratificación será proporcional a 5 meses, ahora depende mucho del regimen laboral de la empresa. Si es microempresa no recibes gratificación, si es pequeña empresa solo recibes el 50%. En general recibes 900/6*5 + 9% de bonificación.

  45. Cristina dice

    12 de diciembre de 2016 a las 3:59 pm

    Hola miguel como estas, queria saber con respecto a mi gratificación si se computa los días, ya que entre a trabajar el 15/08/2016 en una empresa…solo me pagarían por 4 meses o 4 meses y 15 dias?????… saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2016 a las 1:27 pm

      Será proporcional a 4 meses.

  46. Anthony dice

    8 de diciembre de 2016 a las 2:24 pm

    Llevo trabajando 2 meses y 10 dias recibire gratificacion mi sueldo es de 2500

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2016 a las 1:31 am

      Depende del regimen laboral de la empresa, puede ser microempresa no recibes nada, pequeña empresa y recibes el 50% del beneficio o una empresa no mype y recibes el 100% de la gratificación.

  47. Manuel dice

    29 de noviembre de 2016 a las 10:49 am

    Hola Miguel, tengo un trabajador que ingreso a laborar el 03/10/2016, una observación el día 01 fue sábado y la empresa solo labora de lunes a viernes, en su gratificación el calculo proporcional debe ser por 3 meses o 2 ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2016 a las 1:49 am

      Solo por dos meses.

  48. Pilar dice

    25 de noviembre de 2016 a las 1:19 pm

    Hola Miguel
    Sobre gratificaciones truncas, si un trabajador ingresa a la quincena de agosto y luego cesa en la quincena de noviembre solo le corresponde la gratificación por los meses completos de setiembre y octubre verdad. o también el proporcional a la quincena de agosto y noviembre.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2016 a las 11:22 am

      Es correcto, solo por los meses calendarios completos.

  49. Junior dice

    24 de noviembre de 2016 a las 11:45 am

    Hola, quisiera saber si entre a laborar el 14 de Julio? Teniendo en cuenta que recibo sueldo de S/1050.00 mas 85 asignacion familiar y 150 soles de riesgo de caja.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2016 a las 10:37 pm

      Si te corresponde gratificación proporcional a 5 meses.

  50. Andrea dice

    21 de octubre de 2016 a las 2:52 pm

    Buenas tardes.! quisiera consultar como calcular la cts de un trabajador que inicio labores el 15 de junio del 2016.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2016 a las 2:34 am

      Le calculas 4 meses y 15 días. Te paso un link a tu email.

  51. Elmer dice

    21 de septiembre de 2016 a las 11:26 am

    En el caso practico 3: solo se tiene que computar 5 meses, ya que inicio sus labores el 01 de febrero.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2016 a las 3:41 am

      Ingreso febrero 2014.

  52. Katty dice

    11 de agosto de 2016 a las 9:10 am

    Como se calcula la gratificación de los trabajadores que se encuentran en el regimen laboral general.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de agosto de 2016 a las 12:55 am

      Con el sueldo vigente al 30 de junio y los meses laborado de Enero – Junio, por ejemplo.

    • Hovi dice

      16 de agosto de 2016 a las 8:43 am

      Si un trabajador solo trabaja hasta el 15 de agosto en la grati trunca le calculo con los 15 dias?

    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2016 a las 11:22 am

      En ese caso solo por un mes.

  53. Joel Perez dice

    3 de agosto de 2016 a las 7:34 pm

    Mi remuneracion basica es de 3,000.00 supuestamente tenia que haber recibido 3000,00 soles mas 9% de bonificacion extra que haria una suma de 3270.00 soles, pero recibi 2,270 ya que durante todo el periodo que he laborado de enero a junio he tenido mas de 30 faltas injustificadas.¿es correcto ese descuento que me han hecho en mi gratificacion? gracias por tu respuesta…saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 10:30 am

      Es correcto el descuento.

  54. Mari dice

    30 de julio de 2016 a las 12:36 pm

    Hola, quisiera saber cuánto de gratificación y liquidacion me corresponde ..de 1 de abril al 30 de junio ..por favor quisiera sabercuánto es .gracias.o

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 7:19 pm

      Depende mucho del regimen laboral de la empresa, puede ser microempresa. Ademas también depende de tu remuneración.

  55. Sara dice

    26 de julio de 2016 a las 4:43 pm

    Tengo laborando desde 2000, y estuve de licencia sin goce desde el 1° de enero al 05 de abril de 2016, mi sueldo bruto es de S/3,800, cuanto me corresponde de gratificación por favor?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2016 a las 2:20 am

      Será proporcional a 2 meses y 25 días. Adicionalmente el 9% de bonificación (aportar al essalud).

  56. Yuriko dice

    20 de julio de 2016 a las 3:49 pm

    Pregunta , el pago de para la bonificacion extemporanea ya sea 9 % o 6.75 % , cual tomaría si pago estas gratificaciones de julio , tengo el caso de un trabajador estaba hasta junio en essalud y julio eps , cuando hago el calculo de gratificacion que % tomo ? por favor su apoyo , no hay norma donde indica de que mes tomo la

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2016 a las 9:20 pm

      Utilizaría el 6.75% (EPS).

  57. Adonys dice

    19 de julio de 2016 a las 2:54 pm

    Me parece muy interesante tu pagina, necesito tu ayuda, recibo recién el aumento de la Remuneracion Básica desde el 1 Julio; he comenzado a trabajar desde el 1 de Abril con la RB de S/750.00, pero hago 4 Horas extras diarias (L-S)
    ¿Se cuentan también las horas extras?
    Y en mi caso, ¿como sacaría mi gratificación en base a las H.E (si es que se añade), y la bonificacion (Essalud)?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2016 a las 7:40 pm

      Las horas extras ingresan para el calculo de las gratificaciones, el requisito es haberlos percibido minimo en 3 meses. Añadirás el promedio de las horas extras. La bonificación extraordinaria se calcula del 9% de la gratificación final.

  58. Jeni dice

    18 de julio de 2016 a las 10:13 am

    Quisiera saber si el sueldo y la asignación familiar se consideran proporcionalmente ya que en mayo aumento el sueldo básico a 850… Espero su ayuda por favor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 3:57 am

      La gratificación lo calculas en base a 850 y 85 soles de asignación.

  59. Alberto dice

    17 de julio de 2016 a las 11:50 pm

    Hola, deseo saber como se calcula la gratificación para alguien que ingresó el 07/03/2016 con Remu básica (750) teniendo en cuenta que para el mes de mayo subió a 850,

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 3:53 am

      Lo tienes que calcular con el sueldo de 850 soles y por 3 meses.

    • Jose dice

      2 de noviembre de 2016 a las 10:37 am

      y los días de marzo (07/03/2016 – 31/03/2016) se pierden?

    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2016 a las 11:03 am

      Es correcto.

  60. German Caso dice

    16 de julio de 2016 a las 6:47 pm

    Hola buenas noches yo entre a trabajar el 01 de junio lo cual estoy en planilla pero no puedo ser atendido en essalud ya que a partir de lo tres meses en adelante seré atendido mi sueldo es de 900 cuanto de gratificación me toca o no tengo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 3:47 am

      Si te corresponde gratificación por un mes, salvo que la empresa este acreditado como micro empresa.

  61. Huck dice

    12 de julio de 2016 a las 2:41 pm

    Buenas tardes, si empiezo a trabajar un 01 mayo y en ese lapso de tiempo tengo 2 descansos laborados, me toca 62 días de gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 4:52 am

      A tus dos meses te van a descontar 2 días.

  62. Jimmy dice

    11 de julio de 2016 a las 3:48 pm

    Hola empece a trabajar el 18 de enero del 2016 quisiera saber cuanto me corresponde por favor ya q estoy con el minimo de sueldo 850.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 11:16 pm

      Te corresponderá proporcional a 5 meses, 850/6 * 5. Adicionalmente tu bonificación del 9% en caso de aportar al essalud.

  63. Juan dice

    11 de julio de 2016 a las 12:45 pm

    Hola miguel ingrese a trabajar el 16 de abril de 2016 part-time quisiera saber si me toca algo de la grati y si me toca cuanto seria
    Agradeceria tu respuesta gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2016 a las 1:34 pm

      Si te corresponde proporcional a 2 meses.

    • Marco Ruiz dice

      14 de julio de 2016 a las 1:25 pm

      Miguel mi esposa ingreso el 16 de abril su básico es 1100 tubo un descanso de casi 2 semanas las cuales no le fueron reconocidas ya k su seguro aún no estaba vigente por lo cual se atendió con el mio solo le dieron una constancia le dijeron en la empresa que le reconocerían los días más no pagables, esto fue las 2 primeras semanas de junio le corresponde gratis y cuánto sería .
      Gracias

    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 7:18 am

      Si le corresponde, pero esa semana le van a descontar. En total su gratificación sería proporcional a dos meses, a dicho monto habría que descontarle las 2 semanas.

  64. Melissa Rojas Torres dice

    11 de julio de 2016 a las 11:53 am

    Miguel buenas tardes realmente un gusto seguir tus artículos, una consulta; para el cálculo de gratificaciones se considera las faltas consideradas en el plame de mis trabajadores., dentro del semestre de cálculo.
    Mil gracias
    Saludos,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2016 a las 1:36 pm

      Es correcto, dichas faltas descuentan el monto de la gratificación en base a 1/30.

  65. Eduardo Juarez dice

    10 de julio de 2016 a las 1:04 pm

    Ingrese a laborar el 16 de Junio del 2016 continuo laborando quiero saber si me corresponde algún monto como gratificación proporcional
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2016 a las 7:47 pm

      No te corresponde.

    • Mry dice

      13 de julio de 2016 a las 9:06 pm

      En mi caso Ingrese el 6 junio 2016, tampoco me corresponde?

    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2016 a las 6:23 am

      Es correcto.

  66. Sarita dice

    8 de julio de 2016 a las 12:33 am

    Buenas noches quisiera saber cuanto me tocara de sueldo por que en mis boletas figura 1200 pero en realidad yo estoy ganado 1885 cual seria mi grati el neto o el bruot por ayudame

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de julio de 2016 a las 7:08 am

      Es en base al sueldo bruto.

  67. Miguel Vásquez dice

    5 de julio de 2016 a las 7:24 pm

    Miguel buenas noches, realmente un gusto seguir tus artículos, una consulta; leí mas abajo que mencionaste que los feriados laborados no ingresan al cálculo para la gratificación. Al ser un concepto remunerativo y cumple con el principio de regularidad de mínimo 3 meses, no debería ingresar?. Espero tus amables comentarios.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:49 pm

      El feriado es parte del sueldo mensual.

  68. Kathy dice

    5 de julio de 2016 a las 3:42 pm

    Buenas tardes, yo ingrese a laboral el 08/06 de este año me corresponde un minimo de gratificación? o nada, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:42 pm

      No te corresponde.

  69. Karina dice

    5 de julio de 2016 a las 1:50 pm

    Hola: Yo ingrese a trabajar el 1 de de abril …quisiera saber cuanto me tocaria de gratificación..me comentan que es 2/6..pero no entiendo porque seria 2/6 si he trabajado todo abril..todo mayo y todo junio…
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:41 pm

      En tu caso sería 3/6 porque son 3 meses.

  70. Nilton dice

    5 de julio de 2016 a las 12:23 pm

    Una consulta si calculo gratificación , “bonificacion viaje” y “vale” esta computable si o no , porque planilla de sueldo esta afecto descuentos .ingresando en plame .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:37 pm

      Por los nombres que me das el primero si estaría afecto, el segundo lo dudo si es una prestación alimenticia. Pero no te guies por el nombre analiza la naturaleza del concepto.

  71. Mario Coth dice

    5 de julio de 2016 a las 11:49 am

    Una pregunta, vengo trabajando ya varios años en la institución, este año 2016 trabaje hasta el 13 de junio, me corresponde gratificación por fiestas patrias?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:34 pm

      Te corresponde gratificación trunca, proporcional a 5 meses.

  72. Carlos dice

    5 de julio de 2016 a las 10:37 am

    Hola, una consulta, este primer semestre salí 2 veces de vacaciones, en mi boleta figura un monto de sueldo por concepto de vacaciones y otro por el sueldo básico. Mi consulta es si toman en cuenta para la gratificación el monto depositado como vacaciones ya que en este semestre solo fueron 2 veces. Muchas gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:27 pm

      El periodo vacacional es tiempo computable para la gratificación, debería recibir tu gratificación completa.

  73. Lariza Villanueva Bustamante dice

    5 de julio de 2016 a las 10:32 am

    Hola, yo ingrese a trabajar un 22 de abril y mi contrato termina en octubre , pero son 3 meses de prueba que termina en julio 22, y mensual gano S/.1050.00 mas asignación familiar de S/.85.00 soles , quisiera saber cuanto me corresponde en gratificación que recibiré el 11 de julio ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:26 pm

      Tu gratificación sera proporcional a 2 meses: (1050+85)/6 *2.

  74. Jhonel dice

    4 de julio de 2016 a las 5:08 pm

    Hola Miguel, una vez más gracias por el aporte que brindas mi consulta es: mi SB de 2,300,mi AF =85,pero desde mayo que recibo un bono de encargartura de 1,000,, para calcular el monto tb se suma dicho bono(((SB+AF)/4 +SB+AF+BONO)/2)/6)*6 o solo el ((SB+AF)/6)*6?? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2016 a las 12:29 am

      Para tu gratificación de julio no ingresara tu bonificación (el requisito es revisarlo en 3 meses).

    • Leslie dice

      5 de julio de 2016 a las 10:43 pm

      Quisiera saber cuanto me toca de gratificacion si comenze el 01 de marzo 2016, mi basico es 900 y mis comisiones han sido, 1er mes: 675, 2do mes: 400, 3er mes: 375 y 4to mes:600. No cuento con asignacion familiar. A la espera dr tu amable respuesta. Gracuas

    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 12:54 pm

      Tu gratificación será proporcional a 4 meses, para el calculo sumas tu basico + el promedio de tus comisiones. Al resulta /6*4. Y finalmente le agregas la bonificación extraordinaria (9% del monto de la gratificación – aportas al essalud).

  75. Chipana Alanya Cristhian dice

    4 de julio de 2016 a las 10:39 am

    Buenos dias yo soy agente de seguridad mi basico es de 750 mas horas extras en total mensual saco algo de 1350 porque es rotativo ambos turnos mas mi asignacion familiar de 75 soles yo empese a laborar el dia 9 de enero no se si me corresponde gratificacion completa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2016 a las 2:36 pm

      Si te corresponderá gratificación, la asignación familiar es 85 ahora, e ingresara el promedio de tus horas extras.

    • Yvonne dice

      11 de julio de 2016 a las 1:05 pm

      Hola Miguel, una consulta con respecto a que si el trabajador ingreso a planilla el 1ero de Mayo su sueldo es el minimo y tuvo horas extras en Mayo y Junio , debo pagarle el promedio de horas extras tambien ( entraria en mi calculo) ? A la espera de tu respuesta.

  76. Vanessa dice

    1 de julio de 2016 a las 4:09 pm

    Hola Miguel, si he trabajado más de 3 feriados durante el periodo de enero a junio, también entra como base de calculo para la gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 1:41 pm

      No ingresa al cálculo el feriado.

    • Lizbeth dice

      14 de julio de 2016 a las 7:23 am

      Hola buen día yo ingrese a plantilla en mayo trabajo en ventas mi sueldo d mayo fue 875.00 el de junio fue 1150.00 como calculco si me corresponde .
      Gracias..

    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 4:42 am

      En tu caso tienes que separar el sueldo basico de las comisiones. Tu gratificación solo se calcula en base al sueldo, las gratificaciones no ingresaran por no haber percibido en 3 meses.

  77. Gerardo dice

    1 de julio de 2016 a las 12:38 pm

    Hola. Si entre a laborar el 1 de junio de este año y gano 2000 soles. ¿Cuánto me corresponde para la gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 1:47 pm

      Te corresponde 1/6 de dicho monto + tu bonificación extraordinaria (9% si estas afiliado al essalud).

  78. Viviana Lopez dice

    30 de junio de 2016 a las 2:44 pm

    Firme contrato el 5 de mayo con un sueldo de 1200 en empresa grande …alguien sabe cuanto recibire? gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2016 a las 5:29 pm

      Solo un mes de gratificación.

  79. Enzo Jhoaldo Flores Perez dice

    29 de junio de 2016 a las 1:56 pm

    Miguel, sigue en vigencia la ley 30334, que exonera de descuentos las gratificaciones??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2016 a las 2:24 am

      Es correcto, ahora están inafectas.

  80. Rosa dice

    27 de junio de 2016 a las 12:10 pm

    Entre el 02 de junio recibo gratificación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de junio de 2016 a las 5:52 pm

      No recibes gratificación.

  81. Maria dice

    21 de junio de 2016 a las 5:55 pm

    Buenas tardes Miguel!
    Si laboro en una empresa desde el 16/05/16 entonces hasta fines de junio…tendré tan solo un mes y medio. ¿La gratificación se calcula por meses calendarios completos cierto?
    ¿Entonces solo me pagarían la gratificación por un mes?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de junio de 2016 a las 6:26 pm

      Es correcto, solo te corresponderá por el mes de junio.

    • Kathy dice

      23 de junio de 2016 a las 10:16 pm

      Si comenzó a laborar el 09de abril y he renunciado hoy 23 de junio sin embargo me quedare a cumplir el mes , me corresponderá gratificación? La empresa que labore es una remyp, sueldo es de 650 pero con descuentos sale algo de 580

    • Miguel Torres dice

      24 de junio de 2016 a las 12:44 am

      Solo te correspondería por un mes tu gratificación trunca.

  82. Maria dice

    17 de junio de 2016 a las 10:19 am

    Hola miguel, mi pregunta es la siguiente: el dinero percibido por riesgo de caja ,es computable para el calculo de gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2016 a las 4:28 am

      Si computable para cálculo de beneficios laborales.

  83. Ruben Calderon dice

    10 de marzo de 2016 a las 6:34 pm

    Estimado es un excelente blog , puedes absolverme esta duda ingrese a planilla 08/01/2016 por lo cual al cierre de mes 31/01/2016, se me pago como dias trabajados y luego renuncie el dia 28/02/2016 quedando pendiente el 29/02/2016 como diasñ trabajado mi pregunta es me corresponde 1/6 de la gratificacion?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de marzo de 2016 a las 10:05 am

      No te corresponde nada.

  84. Karen dice

    29 de diciembre de 2015 a las 5:53 pm

    Hola miguel entre a laborar a mi trabajo el 1 de octubre del 2015 tengo el sueldo de S/. 750.00 + comisiones de 400 en los meses de octubre y noviembre A CUANTO ME CORRESPONDE MI GRATIFICACION ya que me pagaron la gratificacion de octubre noviembre y diciembre pero con la base de s/. 750.00 Y me dijeron que por tener menos de 3 meses solo se calcula del basico mas no las comisiones. Actualmente sigo trabajando.

    GRACIAS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de diciembre de 2015 a las 4:02 am

      Es correcto, para calcular las comisiones es necesario haberlo percibido minimo en 3 meses.

  85. Luz dice

    23 de diciembre de 2015 a las 8:16 am

    Hola, quisiera información sobre gratificación por part time.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2015 a las 12:48 pm

      Si les corresponde gratificación, dependera del tiempo laborado.

  86. Hanz dice

    22 de diciembre de 2015 a las 10:21 pm

    Hola,

    Felicidades por tu blog me parece muy buena la información que brindas.

    Quisiera que me saques de una duda, si en mi boleta figuro con 2500 soles cuánto seria mi gratificación si estoy trabajando desde el 1 de noviembre

    Me dicen que es pequeña empresa y me corresponde el 50% ( mi duda es: me corresponde el 50% a pesar que figure con 2500 en mi boleta?)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2015 a las 12:45 pm

      Te corresponde proporcional a 2 meses, 2500/6*2 a ese monto el 50%, luego un plus de 9% de bonificación.

  87. Daniel Diaz dice

    22 de diciembre de 2015 a las 10:25 am

    Gracias por el alcance mi estimado, asi me ahorras el gasto de papel, mas arboles para el mundo. Felicitaciones y agradecimientos por tu Blog, que es uno de los mas consultados por los colegas. Feliz Navidad y un mejor Año mi estimado, Exitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 11:05 am

      Muchas gracias amigo, que tengas un super año.

  88. Daniel Diaz dice

    21 de diciembre de 2015 a las 8:59 pm

    Agradecido por la información que propagas en tu pagina, pero tengo una consulta mi estimado, tengo entendido que el momento de pago de las gratificaciones son el 15 de julio y 15 de diciembre, y las boletas de pago las entregas en fin de mes y las haces firmar, como sustento que pague el 15 de los mencionados meses, o solo basta con la boleta de fin de mes. El tratamiento que venimos realizando es hacer dos boletas de pago en los meses de julio y diciembre, asi los hago firmar en el momento que pago la gratificación, esto es correcto?. Gracias de antemano por tus aportes y soluciones a los temas en debate. Muchos éxitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 10:26 pm

      Si haces los pagos mediante deposito, ya no es necesario realizar doble bolete de haberes, o si es en efectivo mediante unos recibos de caja firmado será suficiente.

  89. Richard dice

    17 de diciembre de 2015 a las 10:23 am

    Muy buena tu pagina, ayudas mucho con tus publicaciones, una consulta saliéndonos del tema de gratificaciones, en el caso de liquidación de beneficios sociales, si un trabajador tiene contrato sujeto a modalidad por 3 meses, y luego vuelve a suscribir otro contrato por el mismo tiempo, la liquidación de beneficios sociales la debo realizar cada vez que vence su contrato, es decir cada tres meses o es valido hacerla a los 6 meses. No se si puedas publicar todo lo que se debe hacer para liquidar beneficios sociales. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2015 a las 1:11 pm

      Puedes realizarlo como deseas, cada fin de contrato o simplemente acumulas el periodo laboral de las renovaciones de contrato.

  90. Juan dice

    15 de diciembre de 2015 a las 8:35 pm

    Hola una consulta como podria calcular mi gratificación yo empece a trabajar la 15 de agosto 2015 como lo podría calcular gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 1:54 am

      Tu gratificación será proporcional a 4 meses.

  91. Wilson Fernando dice

    15 de diciembre de 2015 a las 6:56 pm

    Hola, una consulta, tengo 2 años en una empresa en mi boleta figura regimen laboral: microempresa d. leg 1086, queria saber que conceptos son computables para el pago de la gratificacion.
    yo precibo todos los meses los sgtes conceptos: remuneracion, movilidad x asistencia, comisiones y bono de productividad.

    Quiero saber que conceptos son computables ya que en la empresa me dicen que solo se toma en cuenta la remuneracion y las comisiones, el promedio de esas 2 y de ahi el 50 %.

    Por favor me ayudas.

    Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 1:05 am

      Si la empresa es microempresa, no esta obligada a pagar gratificación, a menos que sea pequeña empresa que si paga el 50%. Sobre las remuneraciones ellos estan utilizando conceptos no remunerativos por eso solo consideran la remuneración y comisiones.

  92. Ivan dice

    15 de diciembre de 2015 a las 6:32 pm

    Hola Miguel, un comentario por qué en los informativos Caballero Bustamante, Asesor Empresarial, etc. hacen los cálculos incluyendo los días ( suponiendo el tiempo de servicios sea ejemplo 04 meses y 12 días, hacen el cálculo de los 04 meses, la cual está bien, pero en base a qué acerca de los 12 días). Si la Ley dice que se paga por meses completos, salvo que en uno de los meses haya tenido alguna falta ahí sí se descuenta a razón de treintavos.

    Espero tu comentario y a la vez nos vislumbres un poco más, ya que yo lo veo tergiversante en esos informativos y en otras páginas de internet que hay, saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 1:01 am

      Esa pregunta deberías hacerlo a ellos.

    • Ivan dice

      12 de enero de 2016 a las 7:04 pm

      Esperaba una respuesta de acuerdo a tu análisis, bueno saludos.

  93. Bruno Ramirez dice

    14 de diciembre de 2015 a las 5:20 pm

    Si he laborado 3 meses y medio y se me ha asignado un bono de 10% de mi sueldo durante los 3 meses y medio siendo esos 3 bonos y medio se dividen entre 6?

    Responder
  94. Alexander Silva dice

    14 de diciembre de 2015 a las 11:39 am

    Ingrese a trabajar el 21 de noviembre me corresponde gratificación de navidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2015 a las 2:08 pm

      Todo depende del regimen laboral de la empresa, si paga beneficios completos si te corresponde por un mes.

  95. Jimmy dice

    11 de diciembre de 2015 a las 11:09 am

    Hola Miguel, una consulta: Si el sueldo del trabajador es S/. 750 e ingresó a trabajar el 01-09-2015; le corresponderia 500 como base y el 9% de EsSalud corresponderia sobre los S/. 750 ó sobre los S/. 500? Cabe precisar, que la base mínima sobre la cual se realiza el aporte a EsSalud es la RMV. Idéntico tratamiento para el caso de la retención por ONP o AFP, que si bien se realiza sobre la remuneración regular, la retención efectuada tampoco podrá hacerse sobre una suma inferior a la remuneración mínima vital.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de diciembre de 2015 a las 5:38 pm

      Corrección, la base para el calculo de la ONP o AFP es la remuneración que perciba el trabajador, a tu respuesta es el 9% de la gratificación percibida.

  96. Piero dice

    10 de diciembre de 2015 a las 5:54 pm

    Hola Miguel,

    Trabajo en una pequeña empresa registrada en Remype:

    Se sobreentiende que la gratificación correspondiente es del 50% del sueldo bruto.
    La pregunta es: ¿Sobre que monto se calculan las bonificaciones, es decir, se le aplica el 50% también?

    Ejemplo:

    Si mi sueldo es 3,600 bruto

    Gratificación : 1,800
    Bonificación 9% Essalud : 324 o 162
    Bonificación 13%AFP : 468 o 234

    Si la bonificación es sobre el sueldo (Que tendría sentido, pues es sobre el cual se paga el 9 y el 13% ) La gratificación seria: +1800+324+468.

    Es correcto esto?

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 6:26 am

      Amigo, primero que nada el 13% no es bonificación, la explicación es que las gratificaciones estan inafecta de pensión. La bonificación del 9% se calculo de la base de la gratificación.

  97. Lili dice

    10 de diciembre de 2015 a las 9:21 am

    Buen dia una consulta hasta el mes de septiembre yo ganaba 1800 mas mi asignación familiar 75.00 en total 1875 pero en el mes de octubre me subieron a 2500 mas la asignación familiar 2575 cuanto me corresponderia de gratificación. cabe aclarar que mi remuneración esta compuesto por un basico de 1500 + 500 de asignación al cargo + 500 por remuneración complemetaria, eso variaria en algo la gratificación o se considera el total de pago bruto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 6:50 am

      Las remuneraciones complementarias se calculan en base a promedios, siempre y cuando tengan naturaleza remunerativa.

  98. Saul dice

    9 de diciembre de 2015 a las 3:44 pm

    Si yo ingrese el 13 de julio y mi contrato es hasta marzo de 2016 , me corresponde la gratificación completa o depende de mi empleador considerarme los días.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 7:09 am

      Te corresponde solo por 5 meses, por otro lado ten en cuenta el regimen laboral de la empresa.

  99. Juan Reyes dice

    9 de diciembre de 2015 a las 12:05 am

    Buenas, tengo una confusión ; 1)por lo que estuve leendo , sacaste su gratificación a una persona por un mes laborado (junio) y leendo mas abajo respondiste a un comentario que para obtener gratificación minimo tienes que trabajar 3 meses , gracias
    2) cuanto seria la gratificación si una persona empieza a laborar desde el dia 1/11/15
    3) cuanto seria su gratificación si una persona empieza a laborar desde el dia 1/12/15

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2015 a las 1:38 pm

      Para el primer caso a razón de 2 meses, y el segundo caso a razón de un mes proporcional. Para el tema de remuneraciones complementarios (horas extras, comisiones, etc) necesitas haberlo percibido minimo en 3 meses.

  100. Flora Sandra dice

    8 de diciembre de 2015 a las 5:18 pm

    Una consulta estoy en media planilla y no percibo asignación familiar, entre a laborar en agosto de este año, cuanto me corresponde de gratificación por navidad.
    SALUDOS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2015 a las 1:47 pm

      Será proporcional a 5 meses si ingresaste el 01/08 y la empresa paga los beneficios completos.

  101. Elsie dice

    8 de diciembre de 2015 a las 9:44 am

    Hola!
    Si un trabajador ingresa el 01/12/ le corresponde la gratificación de Diciembre ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2015 a las 1:58 pm

      Si le corresponde, pero ten en cuenta el regimen laboral.

  102. Gary Luis Mora dice

    6 de diciembre de 2015 a las 9:57 pm

    Mi sueldo basico es de 800 soles y por concepto de horas extras me dan 400 osea en total 1200 cuanto recibiria en realidad a fin de mes segun los descuentos de afp o onp

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2015 a las 7:53 pm

      A fin de mes recibes tus 800 + 400 soles y al monto global le aplicas tasa de tu pensión. En caso de tu gratificación: sueldo + promedio de tus horas extras por el tiempo laborado de julio – Diciembre.

  103. Leslie dice

    4 de diciembre de 2015 a las 10:04 am

    Hola Miguel

    Tengo un caso, un trabajador saldrá el 18 de diciembre, entonces el 15 no le depositaría su gratificación sino en la liquidación le hago el calculo y respectivo pago junto con sus otros beneficios. O si le deposito proporcional a 5 meses pues diciembre no ha concluido el mes completo, y en la liquidación solo le haría de cts y vacaciones.

    Muchas Gracias por sus comentarios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2015 a las 1:26 pm

      Te recomiendo depositarle antes del 15 de diciembre para que cumplas con la obligación, ahora deberias depositarle por los 6 meses ya que ha esa fecha se entiende que sigue laborando, en su liquidación ese exceso (como mencionas debe ser por 5 meses) se regulariza con los otros conceptos de la liquidación.

  104. Yonatan Martin dice

    1 de diciembre de 2015 a las 5:39 pm

    Trabajo desde el 1 de septiembre y gano 1200 cuanto me tocara esta gratificación de diciembre, diciembre se cuenta todo el mes ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de diciembre de 2015 a las 3:47 pm

      En tu caso sera proporcional a 4 meses.

  105. Alan dice

    30 de noviembre de 2015 a las 5:50 pm

    Hola mi sueldo es de s/. 3640.00 asignación familiar s/. 75.00 ya trabajo mas de 2 años. cuanto es mi gratificación y si esta sujeto a algun tipo de descuento o renta gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 9:49 pm

      Si pertenece al regimen laboral privado, te corresponderá un sueldo completo.

  106. Luis Ostolaza dice

    24 de noviembre de 2015 a las 2:45 pm

    Hola y si mi contrato cambia y me liquidan el 30 de noviembre y me hacen firmar un contrato desde el 1ro de diciembre me corresponde ese mes la gratificacion?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2015 a las 1:45 am

      Hola, si te corresponde por 1 mes proporcional.

  107. Antonio Ballesteros dice

    19 de noviembre de 2015 a las 11:12 pm

    Hola buenas noches , quisiera saber cuanto me correponderia recibir si un sueldo completo o una parte, trabaje todo el año pero saldre el dia 5 de diciembre renunciare me toca recibir un sueldo entero o mi sueldo dividido en tres 6por 5 ? espero tu respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 10:49 pm

      Sera proporcional a 5 meses.

  108. Elyar dice

    14 de noviembre de 2015 a las 12:27 pm

    Buenos dias un trabajador su Basico es 750 y tiene bonificacion nocturna 35% (monto permanente fijo) y bonificacion familiar. ¿Es correcto que al hacer el contrato laboral se ponga como monto de contrato la suma del basico, la bonifacion nocturna (monto fijo ) y la bonificacion familiar o como se debe reflejar en el documento a fin de no tener algun inconveniente con el Mintra Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 1:27 am

      Si el horario va ser nocturno fijo, se debería colocar como remuneración basica S/. 1,012.5

  109. Manolo dice

    12 de noviembre de 2015 a las 6:40 pm

    Si tengo una persona que ingreso el 01/05/2015, percibe básico de 750 y tiene comisiones de 250 todos los meses y renunció el 31/08/2015 cuanto le corresponde de gratificación trunca en su liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:15 am

      En ese caso solo sera por 2 meses truncos, se entiende que en julio le pagaste la gratificación. Por ende solo sera proporcional a 2 meses, la comisiones no ingresan.

  110. Felix Bautista dice

    10 de noviembre de 2015 a las 11:41 am

    Una consulta yo entre 26 de junio de este año la graticacion hasta cuando se calcula hasta noviembre o hasta diciembre y por que favor de responderme lo mas antes posible , ya que en un comentario anterior no me ha respondido.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 1:02 pm

      En tu caso te correspondera gratificación completa en diciembre.

    • Felix Bautista dice

      13 de noviembre de 2015 a las 8:35 am

      Un aprox de cuanto podrías decirme como calculo las horas extras para la gratificación.

    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:33 am

      Es el promedio, sumas las horas extras y lo divides entre el tiempo laborado del periodo.

  111. Milagros dice

    3 de noviembre de 2015 a las 3:47 pm

    Yo gano 750 mensual ya tengo mas de una año cuanto me correspondía mi gratificación ya que me dieron algo 878.6

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 7:30 pm

      Solo con ese dato seria un poco menos a S/. 817.50, quizas están considerando algún promedio de horas extras o comisiones.

  112. Vky dice

    3 de noviembre de 2015 a las 12:58 pm

    Si su fecha de ingreso fue 09/01/2015 y trabajó 23 días y 5 meses ¿cómo se realizan los cálculos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 9:56 am

      Solo realizas el calculo por 5 meses.

  113. Roberto Lizarraga dice

    29 de octubre de 2015 a las 3:50 pm

    Si ingreso a trabajar un 1 de diciembre, ¿tengo derecho a percibir la gratificación de diciembre?¿cómo la calculo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 11:05 am

      SI es correcto, proporcional a 1 mes.

  114. Felix Bautista dice

    20 de octubre de 2015 a las 4:11 pm

    Una consulta , quiero saber cuanto me corresponderia de gratificación. yo entre el 26 de junio de este año pero también hago horas extras por mes hago 35 horas de sobretiempo. quisiera saber como se calcula eso para saber cuando me corresponderia de gratificación en diciembre.
    espero me puedas ayudar gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2015 a las 11:35 pm

      A tu sueldo + promedio de horas extras y esa es tu base de calculo.

  115. Wendy Chávez dice

    31 de agosto de 2015 a las 10:45 am

    Hola buenos días. Ingresé a mi centro de labores en mayo con sueldo de 3500 sobre los cuales hacen los descuentos es mensuales correspondientes (5ta cat.). Recién he recogido mi boletas de pago y cuando he verificado, la boleta de mayo tiene como sueldo básico 3500, la de junio 3500, la de julio 3150 y la de agosto 3500. Mi duda es si han cometido un error en el mes de julio o es que hay alguna razón por la cual sería diferente. Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 7:30 pm

      No se me ocurre nada, consulta con tu empresa a que se debe dicho monto.

    • Manolo dice

      19 de noviembre de 2015 a las 10:18 am

      Tal vez faltaste 3 días y solo te están pagando por 27 días laborados

  116. Alejandro Martinez dice

    27 de agosto de 2015 a las 11:34 pm

    Sr. Miguel : Mi consulta es si me corresponde por renuncia voluntaria la gratificación durante el periodo laborado desde el 16 de Julio del 2015 hasta el 17 de Agosto del 2015 ? Gracias anticipadas por la respuesta, saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 1:08 am

      No corresponde.

  117. Madeleine Morales dice

    20 de agosto de 2015 a las 10:21 pm

    Buenas noches, si un trabajador tiene más de un año laborando en una empresa, con un sueldo de 2075, entonces la gratificación sería 2075, y la bonificación 186.75?. Adicionalmente tengo otra duda con la renta de quinta, ayudame por favor, para este ejemplo en el mes de julio la renta de quinta sería en base a 4336.75, ya que esa es la base que me sale en el PLAME, con esa base cálculando la renta de quinta sería 28.94?. Es correcto?. Por favor espero tu ayuda, hasta ahora nadie ha podido resolver esta duda. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 7:02 am

      El valor de las gratificaciones dependerá del régimen laboral de la empresa. Por ejemplo una empresa acogido a la pequeña empresa solo pagara el 50% de los beneficios laborales. Sobre el calculo de 5ta se realiza proyectando tus ingresos anuales de todo el ejercicio, con dicho monto mensual me sale un poco menos el calculo de 5ta.

  118. Juan dice

    20 de agosto de 2015 a las 10:27 am

    Yo soy jefe y tengo un variable que me lo depositan con el concepto de “premio”, este premio ingresa al computo de mi gratificación, porque me han indicado que no me corresponde

    Responder
  119. Richard dice

    13 de agosto de 2015 a las 4:38 pm

    Y si el colegio esta acreditado como micro empresa… como docente por ley me sigue correspondiendo Gratificación ???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 2:12 pm

      En el tema de docencia no se puede aplicar la ley Mype.

  120. Liz dice

    12 de agosto de 2015 a las 11:40 pm

    Si yo cumplo con los seis meses completos para el calculo de gratificación por fiestas patrias y he percibido en 3 meses horas extras , ejemplo ( enero : 80 , marzo 50, junio 80) , para sacar el promedio la suma total de las horas extras se dividirá entre los días de esos meses que lo he percibido y luego multiplicarlo por 30 o se divide la suma de las horas extras entre 6.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 5:28 pm

      El promedio de horas extras se saca entre el tiempo laborado del calculo, en tu caso los 6 meses.

  121. Ines Yangali Paucar dice

    12 de agosto de 2015 a las 6:42 pm

    Hola buenas tardes quiero saber cuanto es mi gratificacion, enpese a trabajar en el mes 02/02/2015 con el sueldo 750. porfa una ayudadita. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 6:05 pm

      Será proporcional a 4 meses, 750 / 6 *4

  122. Zaida Pilco dice

    10 de agosto de 2015 a las 5:15 pm

    Buenas tardes, trabajo en una empresa privada, mi contrato era de enero – junio. y fue renovado hasta septiembre, quiero saber si me corresponde la gratificación, ya que la empresa me indica que como mi contrato fue renovado en julio no me corresponde nada. favor su comentario. gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 5:38 pm

      Eso es valido, si al termino del contrato de Enero a Junio, te dieron tu liquidación de beneficios laborales donde figuraba la gratificación trunca.

  123. Mariana dice

    8 de agosto de 2015 a las 11:12 pm

    Hola una pregunta, yo gano 2800 y 400 soles en bono. Ingresé a trabajar el 4 de Mayo. ¿Cuánto me corresponde de gratificación? Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 1:22 am

      Tu gratificación sera proporcional a 1 mes + tu bonificación extraordinaria.

  124. Jemina dice

    8 de agosto de 2015 a las 4:11 pm

    Como seria el calculo de gratificación para la pequeña empresa 😀 y si fuera el caso de que laboro menos de los 6 meses :b

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 1:30 am

      En el caso de la pequeña empresa el pago solo es el 50% de la gratificación, y si laboro menos de 6 meses, será proporcional al tiempo laborado.

  125. Sircrepus dice

    5 de agosto de 2015 a las 6:47 pm

    En cuanto a los códigos tu usas 1002 y 1003, en mi plame uso 312 y 406 que menciona la ley 30334 va ver algún problema después ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 6:54 pm

      No hay problema, en la nueva versión del Plame ya han modificado el concepto remunerativo.

  126. Amelik dice

    4 de agosto de 2015 a las 9:26 pm

    Hola Amigo que tal acudo a ti nuevamente esta vez para comentarte una situación, si pudieran ayudarme a culcular si me toca liquidación o finiquito?.. yo entre a laborar a una empresa como siempre las empresas malas prometen y pintan que todo va ir bien al entrar no me facilitaron implementos de seguridad fundamentales como casco de seg. y botas de seg. tampoco filtro de mascarilla ya que es una fabrica de altos riesgos para la integridad y la salud .Bueno la situacion es que al entrar vi estas irregularidades y apesar de que ya me avian hecho firmar un contrato de 5 meses y 16 días aprox. yo alrededor de 2 semanas falte por que otra empresa me convoco una mas estable’, al asistir nuevamente me hicieron firmar un memorandum de irresponsabilidad por faltar yo sin tener mucho conocimiento accedí luego me entero que eso me perjudicara después, al cabo de un mes y una semana en la empresa falte nuevamente por q decidi entrar ala otra empresa esta vez fueron 3 días sin aviso alguno, reconozco q no di aviso por mi descuido pero estaba de muy mal humor por la actitud que tenian con sus trabajadores de pedir responsabilidad, entrega en el trabajo, honestidad y lealtad y ellos no ser recíprocos.

    Bueno llegando ala fabrica que quisieron hacer firmar otro memorandun de irresponsabilidad y esta vez no accedí y pedí una renuncia pero en contrario resulto ser un despido por no aceptar mis faltas y bueno entre en una pequeña discucion con la administradora por el hecho y las razones principalmente de irresponsabilidad de la empresa al no velar desde un principio como creo q dicta la ley velar por la seg. de los trabajadores y bueno me dijeron q me ivan a dar ‘algo’ como dentro de 3 semanas o quien sabe mas” .Entre a laborar el 19/06/2015 hasta el 24/07/2015 con un sueldo de 1500 S/. saliendo por despido cuando debió haber sido por renuncia por falta de la empresa principalmente ya paso mas de una semana y no se manifiestan en nada ,y hasta el dia de mi cese en la empresa jamas me dieron las facilidades para el trabajo dejandome prácticamente ala suerte dentro de la misma. que debo de hacer y como puedo entender esta situación. una ayuda por favor. Muchas gracias’y buen dia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 10:57 pm

      Lo único que puedes reclamar es tu liquidación por el tiempo laborado, nada más. Lo que pasa es que estas en periodo de prueba en donde la empresa puede decidir despedirte sin motivo alguno.

  127. Cristian Rojas dice

    3 de agosto de 2015 a las 3:05 pm

    Hola que tal…una consulta …quisiera saber como se calcula la remuneracion semanal, horas extras al 25% y 35%, bonificacion nocturna y descuentos por ONP…gracias y saludos…(sueldo bruto mensual 1150.00)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 8:10 am

      La bonificación nocturna no se calcula, lo que menciona la norma es que nadie puede ganar menos de 1012.50. Las horas extras se calculan en base al monto por hora que ganas (1150/30/8), para las dos primeras horas una sobre tasa del 25% y a partir de la tercera hora hacia delante una sobre tasa del 35%. La remuneración semanal se calcula en base a los días laborados (Lunes – Sabado), en el caso del dominical será proporcional a los días asistidos.

  128. Edu Crespo dice

    31 de julio de 2015 a las 2:35 pm

    Hola que tal? una consulta yo tengo 2 meses y medio trabajando me han dicho que si me corresponde recibir mi gratificación, sueldo 1200 pero mi duda es cuanto es lo que recibo, gracias por resolver mis dudas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2015 a las 6:03 pm

      Si has laborado como minimo desde el 01/06 si te correspondería gratificación como mínimo 1 mes.

  129. Jimmy dice

    30 de julio de 2015 a las 11:02 am

    Buenos días:

    Por favor orientame: mi sueldo bruto de enero a mayo del 2015 era de S/. 5,079.32 pero en el mes de junio hubo una rebaja de sueldos y mi salario bruto fue de 3,666.00, me han pagado de gratificación 3,995.94 Quiero saber si esta bien calculado ya que han tomado en cuenta la remuneración de junio o debieron hacerlo con las anteriores de enero a mayo. Y si la gratificación esta afecta al deductivo de 5ta categoria. Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 7:25 am

      La base del calculo es la remuneración al 30 de Junio. La gratificación esta afecto a renta de 5ta.

  130. Carolina dice

    24 de julio de 2015 a las 11:19 am

    Buenos días miguel, tengo una consulta al momento de ingresar las gratificaciones de julio en el plame, dime es necesario crear otro concepto en la que diga gratificaciones de fiestas patrias y navidad – ley 30334

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 10:51 pm

      No es obligatorio, pero es lo mejor. Lo importante es respetar lo que mencionada la norma que las gratificaciones estén inafectas.

  131. Cesar dice

    24 de julio de 2015 a las 7:49 am

    Cual seria la remuneración que se debe tomar como base para el calculo de la gratificaciones si un trabajador percibió de enero a abril un sueldo de 2000 soles y desde mayo solo percibe un sueldo de 1000 soles, y su remuneración es fija. Gracias por la respuesta que me pudiera dar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 2:31 am

      Es la remuneración que percibes al 30 de junio.

  132. Juan dice

    23 de julio de 2015 a las 6:37 pm

    Hola una consulta por favor. Trabajo en una Institución Educativa Privada y llevo laborando desde Marzo con un sueldo de 900 soles, el asunto es que a partir de Junio entré a planilla y el sueldo bajo a 725 soles mensuales. Me han depositado el día de ayer 22 de Julio la suma de 136.32 soles. Por concepto de gratificación. El monto que me han depositado esta bien? Está bien que recién me han depositado el 22 de Julio? Ayudame por favor! Muchas Gracias..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 11:11 pm

      Están calculando la gratificación solo por el tiempo de planilla, solo 1 mes.

  133. Cherly dice

    23 de julio de 2015 a las 4:41 pm

    Buenas tardes ,la empresa en la que estoy trabajando se ha afiliado a la Remype en este de este año 07/01/2015, dándonos con la sorpresa que nuestra gratificación será menor de la que solía ser. Cuanto es mi gratificación para Julio si mi contrato es desde inicios de marzo?, como es el calculo ,gano el mínimo 750 y tengo asignación familiar 75 y cuanto será para Navidad, es la mitad de mi sueldo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 11:04 pm

      Si tu bienes laborando desde antes del 07/01/2015 no te aplicaría el régimen remype, pero si eres nuevo si te aplica, ahora dentro del remype existe 2 categorías: microempresa no te paga nada de gratificación y pequeña empresa que te paga el 50%.

  134. Geral dice

    23 de julio de 2015 a las 3:16 pm

    Si gano 850 mensual y no tengo carga laboral, cuanto debería percibir de gratificación, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 10:49 pm

      Si no tienes vinculo laboral no te corresponde gratificación, pero si tienes vinculo laboral va depender mucho del régimen laboral de la empresa, por ejemplo si esta acogida como microempresa no esta obligada a pagarte. Pero si es una empresa del régimen privado y si has laborado los 6 meses te corresponde un sueldo.

  135. Noemi Zevallos dice

    21 de julio de 2015 a las 8:01 pm

    En el cálculo para el pago de gratificación si un trabajador tiene más de 60 días de subsidio, cuantos días se considera para el pago de gratificación, en este caso tiene 3 meses, cuanto de record debo considerarlo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2015 a las 1:50 am

      Los 3 meses.

  136. Saul dice

    21 de julio de 2015 a las 3:44 pm

    Buenos dias mi consulta es cuato me toca de gratificacion ya que mi sueldo basico es s/. 2,500.00 y lo que saco neto es S/. 2,402.00 ingrese a trabajar el 05-marzo – 2015, mis sueldos en esos meses mi neto a cobrar fueron (marzo – s/. 2,095.59) , (abril -s/. 2,402.87 ), (mayo s/. 2,402.87), (junio s s/. 3,665.92) ya que es con incentivos variables. cuanto me tocaria de gratificacion porfavor a la espera de su respuesta ya que me depositaron s/ 1,400.00. trabajo en una empresa privada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2015 a las 2:02 am

      Tu gratificación sera proporcional a 3 meses. Segundo ese incentivo si lo has percibido como mínimo en 3 meses también ingresara para la gratificación. Por lo tanto sumaras tu sueldo + promedio del incentivo variable (suma incentivo / meses laborados) todo eso sera la base de tu calculo. A es monto entre 2 (proporcional a 3 meses) + 9% de bonificación.

  137. Esther Dávila dice

    20 de julio de 2015 a las 6:25 pm

    Hola Necesito ayuda con respecto a cuando debo percibir de gratificación:
    llevo trabajando en una empresa privada desde febrero hasta diciembre, sueldo 1000.
    y si en caso como me dijo el sr gestor de personas firme un contrato que dice que empecé en marzo hasta diciembre… en ambos casos a cuanto corresponde mi gratificación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 11:52 pm

      Sera proporcional a 4 meses. Lo más probable es 1,000 / 6 *4 + tu bonificación.

  138. Elizabeth dice

    20 de julio de 2015 a las 6:12 pm

    Buenas tardes, tengo una consulta tengo una persona que este mes de Julio se le ha incrementado la remuneración, cual sueldo tomo para el pago de gratificacion el del mes de Junio o el de Julio, agradecere tu repuesta .Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 11:55 pm

      Si el aumento de sueldo se realiza antes del pago de la gratificación, debes considerar el aumento de julio. El punto es la discordancia entre el articulo 2 de la Ley de gratificaciones y el articulo 3.2 del reglamento.

  139. Jorge Rodriguez dice

    20 de julio de 2015 a las 5:28 pm

    Ingrese a laborar el 05 de enero del 2015 y para el pago de mi gratificación de julio solo me han considerado 5 meses laborados. Pregunta, Por los 25 días efectivamente laborados en enero 2015 no me corresponde pago alguno de la gratificación. Si fuera negativa la respuesta , me ayudan con la base legal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 5:51 pm

      Es correcto solo se computable por 5 meses. Lee el articulo 3.4 del Decreto Supremo 005-2002-TR.

  140. Fernando dice

    20 de julio de 2015 a las 3:22 pm

    Buenas tardes, tengo una consulta estoy laborando con contrato a tiempo parcial y de mayo al renovar se me aumento el sueldo a 2000 soles
    quisiera saber cuanto es lo que me correspondería recibir si he renovado mi contrato hasta 31 de julio de este año, anteriormente mi suelto era de 1000.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 3:46 pm

      Tu gratificación sera equivalente al monto del aumento.

  141. John dice

    20 de julio de 2015 a las 11:53 am

    Hola miguel tengo una duda yo trabajo desde el 01/07/2014, estoy en planilla con el sueldo básico me depositaron 729 como gratificación de julio 2015, quisiera saber si el calculo de mi grati es correcto. Agradezco tu respuesta de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 12:01 pm

      Lo mas probable es que hayas tenido faltas en el periodo de Enero – Junio por eso que tu gratificación sale menor a la RMV. En todo caso puedes preguntar como te han calculado, porque de no tener fatas injustificadas quizás hay un error en el calculo.

  142. Oscar Musso dice

    20 de julio de 2015 a las 10:05 am

    Hola, encontré la información que detallo en el hipervinculo en otra página, según esta la gratificación debería ser compuesta por el promedio del sueldo base ( este debería considerar horas extra?) , más un adicional de 6.75% de es mas un 13% de afp. Es esto correcto? Es decir en un caso en el cual el ingreso es de 2000 cual debería ser la gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 10:16 am

      Las horas extras se contabilizan, si lo has percibido como mínimo en 3 meses (Enero – Junio), se aplica la tasa 6.75% de bonificación cuando el trabajador esta afiliado a una EPS, de lo contrario será 9%.

    • Kiara dice

      31 de mayo de 2016 a las 12:19 pm

      Hola que buena pagina nos mantienes muy informados. Quisiera saber si yo entre a trabajar el 14/05/16 cuanto me correspondería de gratificación del fiestas patrias o es solo con los 6 meses cumplidos gracias espero tu respuesta

    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2016 a las 3:17 am

      Te correspondería solo un mes proporcional, por otro lado dependerá del regimen laboral de la empresa.

  143. Jose Carlos Anchante Torres dice

    19 de julio de 2015 a las 11:42 pm

    Hola, una pregunta, entre a trabajar en octubre, y recién en febrero entre en planilla, el sueldo que gano es 750 soles, quisiera saber cuanto es mi gratificación?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de julio de 2015 a las 12:16 am

      Te corresponderá por 5 meses tu gratificación. En otras palabras 750 / 6 x 5 + tu bonificación extraordinaria.

  144. Carmen dice

    18 de julio de 2015 a las 10:26 am

    Buenos días, tengo una duda con el pago de mi gratificación.. Mi sueldo bruto es S/.1,000.00, y como falte 02 días en junio percibe S/.933.33 * lo que deseo saber es el calculo me lo deben realizar en base a lo que dice mi contrato o en base a lo que recibí en Junio por haber faltado 02 días. Gracias pro la pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 9:19 am

      Tu calculo se debe realizar a tu sueldo bruto, osea 1,000 soles. Pero la empresa debe descontar del valor de tu gratificación los días no laborados a razon de 1/30 avo.

  145. Cinthia Castillo dice

    17 de julio de 2015 a las 4:16 pm

    Porfa necesito saber con urgencia cuanto deberia recibir de liquidacion y de gratificacion yo tengo trabajando en un grifo desde el mes de (1) enero hasta 5 de julio del 2015 por fa respondame lo mas rapido posible .. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 7:38 am

      Depende de muchos factores, primero el régimen laboral de la empresa. Si es una mype no paga lo mismo que una empresa del régimen general. En resumen te corresponde periodos truncos: vacaciones 6 meses y 5 días; por CTS 2 meses y 5 días; y gratificación por 6 meses.

  146. Amelik dice

    17 de julio de 2015 a las 12:46 pm

    Amigo que tal como podria saber si me corresponde un porcentaje de gratificacion por fiestas patrias eh ingresado el 19/06/15 con un sueldo basico de 1500 en uno de mis cobros de cuenta de haberes mostro que correpondo ala 5ta. categoria’ . me corresponde gratificacion por el periodo que voy laborando.?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 2:47 pm

      No te corresponde gratificación en julio.

  147. Edwin Jorge dice

    17 de julio de 2015 a las 10:27 am

    Buenos días una pregunta yo pedí licencia un mes y 15 días entre los meses de febrero y marzo me corresponde gratificación completa o solo por cuatro meses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 3:15 pm

      Si la licencia es sin goce de haber, no se considera para el calculo.

  148. Rafael dice

    17 de julio de 2015 a las 3:13 am

    Muy buen artículo, muchas gracias por compartir.

    Responder
  149. Rosario dice

    16 de julio de 2015 a las 11:14 pm

    Agradecería tu apoyo con tu respuesta, trabajo en una empresa desde 2010 contrato indefinido sueldo 750 mas asignación familiar por planilla y 2450 fuera de planilla con recibo interno presento mi renuncia el 08 de Mayo 2015 sigo laborando hasta 08 de junio por los 30 días de ley que no me exoneraron y me liquidan con esa fecha 08 de junio y me vuelven a tomar la misma empresa sin firmar nada por 2500 en una planilla incluida asignación y 2500 por otra empresa del mismo grupo incluida asignación familiar figuro en 02 planillas me corresponde gratificación en alguna de las 02 empresas en una tendría continuidad laboral y como sería el calculo ya que me liquidaron gratificaciones al 08 de junio por la parte de planilla y la parte por fuera recibo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 4:29 am

      No te corresponde gratificación porque no hay un mes completo laborado.

  150. Alexander Arbulu Moreno dice

    16 de julio de 2015 a las 8:10 pm

    Buenas noches quisera hacer una consulta mi sueldo mensual es 1286 laboro desde hace 9 mese en la empresa supuesta mente con el calculo cuanto deberia de sacar.en la empresa me dicen q cuando sales de vacaciones te descuenta un poco de la grati gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2015 a las 4:47 am

      No es correcto, los dias de vacaciones son computables para las vacaciones. En tu caso si la empresa es el régimen general, tu gratificación debería ser un sueldo.

  151. Aide dice

    16 de julio de 2015 a las 10:57 am

    Hola por favor quisiera saber si voy a recibir gratificación y cuanto esto trabajando a partir del 01 de mayo del 2015 en CAS, percibo una remuneración bruta de 863. cuanto es mi gratificación y si la voy a recibir?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 3:27 pm

      Para recibir los 300 soles de aguinaldo que da el estado mínimo pide 3 meses laborados. De lo contrario sera proporcional al tiempo laborado, en tu caso solo sera proporcional a 2 meses.

  152. Gerald dice

    16 de julio de 2015 a las 3:22 am

    Tengo un mes y 15 días trabajando de agente de seguridad pero la empresa donde labora no me ha colocado en planilla me corresponde gratificación…..
    gracias por su repuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 7:48 am

      Si no estas en planilla, no te corresponde gratificación.

  153. Giovanni dice

    15 de julio de 2015 a las 9:46 pm

    Estimado favor tu apoyo con mi consulta mi fecha de ingreso en la empresa es 22/04/15 mi sueldo básico es 1500.00 soles mi variable comisión es 1000.00 soles total fijo que he recibido en mayo y junio es 2500 soles + mi asignación familiar 75.00 soles la pregunta es cuanto debo de recibir por estos 2 meses ya que según decreto supremo 005-2002-tr indica que se tomó como remuneración computable lo percibido para el pago de gratificaciones lo de junio y noviembre del 2015. A la espera de su pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 7:54 am

      Es correcto pero la remuneración fija. También menciona que en caso de remuneración variable (comisiones), necesitas minimo percibir en 3 oportunidades. En resumen tu gratificación solo sera en base a 1575 por 2 meses.

  154. Cristina dice

    15 de julio de 2015 a las 6:06 pm

    Buenas tengo una duda,cuando pagan gratificación solo reciben: gratificación + bonificacion o también reciben otro sueldo del mes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:07 am

      Se debe recibir tu quincena de julio + gratificación y bonificación.

  155. Webster dice

    15 de julio de 2015 a las 4:10 pm

    Consulta, recibi la gratificacion en base al primer ejemplo: 1500+9% solo Essalud, pero segun entiendo y la informacion era de 1500+22% Essalud + AFP. Es correcto esto si es así por que no recibí el 13% de AFP

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:16 am

      No es correcto, lo que pasa es que los diarios por sus titulares colocan datos confusos. Ese 22% es igual 13% Pensión + 9% Essalud, pero ese 13% significa que a tu gratificación no le van descontar pensión. Mejor dicho parte de la premisa que a tu gratificación le descontamos pensión.

  156. Carlos dice

    15 de julio de 2015 a las 3:54 pm

    Excelente blog. Quiero realizar una consulta. Entrè a trabajar el 02 de febrero del 2015 a una Empresa y mi sueldo bruto es de 2500 + asignaciòn familiar. Me dicen que mi gratificaciòn es de 1800 soles. Es legal que no me paguen el mes de frebrero cuando iniciè a trabajar el 2 de ese mes, el cual era el primer dìa habil.

    Saludos,

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:18 am

      Lo que manda es tu contrato, la fecha de inicio, si tu contrato dice inicio 01/02 deben pagarte. Si tu contrato dice 02/02 no te deben de pagar por el mes de febrero. Esa es una técnica para reducir costos laborales.

  157. Luz dice

    15 de julio de 2015 a las 12:27 am

    Por favor tu ayuda: yo ingrese a laborar el 4 de marzo 2015 y firme contrato hasta el 30 de junio de ahi me lo han renovado del 30 de junio al 31 diciembre 2015.
    Quisiera saber cuanto me corresponde de gratificacion de Julio 2015, podrias explicarme con la formula, estoy en la onp y tengo Essalud.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2015 a las 7:29 am

      En ese caso será por 3 meses. Tu sueldo / 6 x 3, más tu bonificación extraordinaria. Va depender también del régimen laboral de la empresa.

  158. Fredy dice

    14 de julio de 2015 a las 11:57 pm

    Trabajo en el sector publico desde 20 de mayo estoy en la ley 276 ,mi sueldo es de 1,200 soles ,cuanto sera mi gratificacion ,,sabes,gracias

    Responder
  159. Ignacio dice

    14 de julio de 2015 a las 11:45 pm

    hola vengo trabajando desde el mes de marzo dia 15, mi contrato empezo el 1 de abril con un sueldo de 800 soles, aportanto el 13% a la ONP, quisiera saber cuanto es el monto que debo recibir por gratificacion mañana teniendo en cuenta que no tengo asignascion familiar, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:28 pm

      En tu caso tu gratificación sera proporcional 3 meses + tu bonificación extraordinario.

  160. Tomas dice

    14 de julio de 2015 a las 8:17 pm

    Buenas noches ingrese hace 2 meses a trabajar mi remuneración sin descuento es de 3750, con descuentos es de 3458 no tengo asignación familiar quisiera saber cual es el monto de mi gratificación muchas gracias

    Responder
  161. Sandra Clarissa dice

    14 de julio de 2015 a las 5:59 pm

    Consulta he ingresado a laborar a una nueva empresa el 02 de Julio entonces para la gratificación de Diciembre no se contabilizara completo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:40 pm

      Es correcto, solo se contabilizara por 5 meses.

  162. Joel dice

    14 de julio de 2015 a las 5:50 pm

    Buenas tardes… he empezado a trabajar en una pequeña empresa el 15 de Junio del presente año. Me corresponde gratificación por 1 mes de trabajo?
    y cuanto seria? Gano S/. 1200

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:41 pm

      No te corresponde gratificación.

  163. Jonathan C. dice

    14 de julio de 2015 a las 5:32 pm

    Que tal, deseo hacer una consulta, acerca del pago de mi gratificación.

    Ingresé a laborar el primer día hábil del mes de marzo (lunes 02 de marzo del 2015), deseo saber cuanto me corresponde en mi gratificación. He considerado que del 02 de marzo al 31 de marzo tenemos un mes calendario completo (30 días).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:48 pm

      No es correcto, un mes calendario completo es que todo el mes este laborado (01 – 31).

  164. Susy Torres dice

    14 de julio de 2015 a las 3:25 pm

    Hola empeze a trabajar desde enero en una pequeña empresa y estoy en planilla, mi sueldo es de S/. 1000 cuanto me toca de gratificación, tengo asignación familiar, seguro y afp , me dijo la contadora que solo me corresponde 123, soles, es eso cierto??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:55 pm

      Las pequeñas empresas pagan el 50% de la gratificación. En tu caso tu gratificación será (1000 + 75) a ese monto solo te corresponde el 50% + tu bonificación extraordinaria.

  165. Kervin dice

    14 de julio de 2015 a las 1:57 pm

    Hola que tal quisiera que me apoyes , quiero saber cuanto recibiré de gratificación si entre 17 de marzo 2015 ? espero tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:57 pm

      Solo te corresponde proporcional a 3 meses.

  166. Rossana dice

    14 de julio de 2015 a las 1:15 pm

    Buenos dias, una consulta, trabajo en una empresa como promotora de ventas los fines de semana, mi sueldo en el contrato dice 750, pero realmente me pagan solo los dias que trabajo, como se cuanto me deben de pagar de gratificacion, estoy en esa empresa desde abril de este año, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 11:09 pm

      En tu caso tu gratificación sera proporcional a 3 meses.

  167. Gherard dice

    14 de julio de 2015 a las 12:56 pm

    Creo que te estas olvidando de adicionar el 13% del afp o me equivoco?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 11:12 pm

      El AFP no se adiciona, solo es que ya no se aplica el descuento.

  168. Graciela dice

    14 de julio de 2015 a las 11:23 am

    Hola miguel un trabajador ingreso el 01/06/2015 le corresponde gratificacion?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 11:53 am

      Si es correcto, pero no te olvides del régimen laboral de la empresa, va depender mucho el resultado.

  169. Esmith Salas dice

    14 de julio de 2015 a las 10:48 am

    Hola, una consulta estoy en una pequeña empresa, entre a laborar el 01 de junio 2015 en planilla, con un sueldo de 1,200. El empleador esta obligado a darme gratificación ya que me dijo el contador que todavía no porque estamos en pequeña empresa ,quiero saber por favor ,agradecería mucho su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 11:48 am

      Si esta obligado a pagarte, solo el 50% en tu caso tu gratificación es 1500 /6 x 1 a ese resultado solo te pagará el 50% + tu bonificación extraordinaria.

  170. Mila dice

    14 de julio de 2015 a las 10:03 am

    🙁 Su ayuda quiero saber si puedo recibir gratificación llevo 8 meses laborando mi sueldo es de 1500 y no me descuenta nada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 11:44 am

      Si no te descuentan nada, entiendo que laboras bajo recibo por honorarios, de ser el caso no te van dar gratificación. Pero si laboras en planilla si te corresponde.

  171. Diana dice

    14 de julio de 2015 a las 9:55 am

    Hola como se calcula la grati en una pequeña empresa se recibe la mitad o todo el sueldo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 11:43 am

      Es correcto solo se recibe la mitad de la gratificación. El truco es calcular como si fuera una empresa normal y al resultado final le sacas el 50%.

  172. Jose dice

    14 de julio de 2015 a las 8:14 am

    Consulta entre a trabajar el 01/06 de este año me toca gratificación ? mi pago mensual es de 1200 la empresa en la cual laboro es una empresa grande este es el ruc 20109565017 … cuanto me tocaría ? gracias por tu apoyo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 9:32 am

      Te va corresponde 1/6 de tu sueldo + tu bonificación extraordinaria.

  173. Roberto Cristhiam Villegas Santivañez dice

    13 de julio de 2015 a las 11:37 pm

    Hola, quisiera saber cuánto me corresponde de gratificación, estoy laborando en una empresa privada con el sueldo básico de 76o soles, estoy en planilla y recibo asignación familiar…laboro desde el 9 de marzo del presente año.. espero su pronta respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 11:24 pm

      Tu gratificación sera proporcional 3 meses. Pero tienes que tomar en cuenta el régimen laboral de la empresa.

  174. Erick Curilla dice

    13 de julio de 2015 a las 7:28 pm

    Yo empece a trabajar el 4 de mayo 2015 por CAS percibo 1000 soles, mas los desctos por onp y essalud ¿cuanto seria mi grati?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 12:15 pm

      Te va tocar proporcional a los meses laborados. Para este año el estado asigno 300 soles de aguinaldo para el sector publico.

  175. Ana dice

    13 de julio de 2015 a las 6:10 pm

    Sr. Miguel: Recibe mis cordiales saludos a la vez hacerte una consulta si yo ingresé a trabajar eñ 02 de mayo porque el 01 de ese mes es feriado, la empresa debe reconocerme el mes completo o solo calcular mi gratificación en base a junio????. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2015 a las 12:16 pm

      Todo va depender de tu contrato de trabajo, la fecha de inicio que figure ahí.

  176. Patricia Marcos Polo dice

    13 de julio de 2015 a las 5:43 pm

    Mi sueldo básico es de 1800 + asignación familiar de 75.00 , entonce no entrarían horas, extras…nada de otros intensivos al calculo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:45 pm

      En el caso de las remuneraciones secundarias, tienen que cumplir un requisito, que los hayas percibido como mínimo en 3 meses (Enero – Junio), por ejmplo horas extras mínimo 3 meses, comisiones mínimo 3 meses. De cumplirse dicho requisito ingresaría el promedio de estas.

  177. Rosa dice

    13 de julio de 2015 a las 5:41 pm

    Una consulta, en el lapso de los 6 meses que se considera para la gratificación de julio, un trabajador tuvo varias faltas ejm. 15… suponiendo que el gana 1200, el cálculo es el mismo o tengo que descontarle los dias faltados injustificados.. slds. y gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:44 pm

      Tienes que descontarle esos 15 días a razón de 1/30 por día . Calculas la grati normal. Ese monto lo divides en 6 para obtener el monto mensual, luego entre 30 obtienes el 1/30. Lo multiplicas por los días faltas y eso descuentas.

  178. Patricia Marcos Polo dice

    13 de julio de 2015 a las 5:18 pm

    Buenas tardes cual seria mi calculo en gratificacion si mis ingresos han sido variables en los 6 meses:
    enero: 2238.63
    Febrero: 2627.18
    Marzo: 2184.30
    abril: 2000.67
    Mayo: 2084.17
    Junio: 1992.00
    cual seria el calculo a recibir mas el 9%….Espero su Comentario.Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:37 pm

      Lo primero que se tiene que hacer es separar la remuneración principal y la secundarias. Remuneración principal (sueldo) y Remuneración secundaria (horas extras, comisiones, boificaciones, etc). Si tu remuneración principal es variable (solo recibes un solo concepto) en ese caso solo es el promedio de las 6 remuneraciones y a ese monto le sacas el 9%.

      De ser el primer caso, te puedes guiar de los ejemplos de artículo.

  179. Kattia dice

    13 de julio de 2015 a las 4:23 pm

    Hola, en caso sea una microempresa, que desee pagar a sus trabajadores gratificación de fiestas patrias, habiendo trabajado los 6 meses (enero a junio) y todos estén afiliados a Esalud y no a una EPS, se debe pagar el sueldo completo más el 9% como bonificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:09 pm

      En el tema laboral lo puede hacer, al no estar obligada puedes pagar la gratificación con o sin bonificación. Te recomendaría darle otro nombre como bonificación por el primer semestre algo así, por un tema de liberalidad por parte de sunat que te puede reparar el gasto.

  180. Alexis dice

    13 de julio de 2015 a las 2:25 pm

    Ingrese a laborar el 22 de mayo del presente año mi sueldo es de cuatro mil soles, a cuanto llegaría mi gratificación.

    Agradeceré su comentario

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:14 pm

      Sera solo por 1 mes. Mejor dicho 4,000 / 6 x 1 + tu bonificación extraordinaria, en el caso de essalud 9%. Un detalle importante para el calculo es el régimen laboral de la empresa.

  181. Teo dice

    13 de julio de 2015 a las 1:31 pm

    Una consulta cuanto me corresponde de gratificacion si mi sueldo en boleta es 1400 soles incluidos asignación familiar , pero la empresa es MYPE mitad de sueldo y ahora indican mas el 9 % .
    Como se saca en base a la mitad de mi sueldo el 9 % o en base al sueldo total .
    espero su respuesta .
    Slds

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:34 pm

      Si has laborado los 6 meses, te pagaran de gratificación S/. 700 soles, a ese monto se le saca el 9% de bonificación.

  182. Luz Sanchez dice

    13 de julio de 2015 a las 12:24 pm

    Hola miguel, entre a laborar el 01 de junio 2015 quiero saber si me corresponde la gratificación de fiestas patrias.
    agradecería tu respuesta, mi remuneración basica es 1,000

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:21 pm

      Claro si te corresponde pero solo por 1 mes. Pero si la empresa esta registrada como microempresa no te esta obligada a pagar.

  183. Angi dice

    13 de julio de 2015 a las 11:35 am

    Hola , te agradezco por la respuesta : HE entrado a trabajar en julio del 2014 con un sueldo de 1040 , en el sector publico , quisiera saber cuanto me tocara de gratificación ? . Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 5:30 pm

      Para el sector publico el aguinaldo de este año es S/. 300.00 soles.

  184. Elizabeth dice

    13 de julio de 2015 a las 10:25 am

    Buenos días,
    Tengo compañeros que han ingresado a trabajar en: 1er caso 04/03; 2do caso 22/04, mi pregunta es; ejm. 1er caso: por el que ingreso el 04/03 el conteo para su gratificación sería por 3 meses, o se consideraría 03 meses 27 días * 2do caso su conteo sería 02 meses, o se considera 02 meses 09 días
    Quedo a la espera de tu gentil respuesta.
    Muchas gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 11:07 am

      En las gratificaciones solo se calculan por meses completos calendarios, en tu primer caso solo por 3 meses. En el segundo caso solo por 2 meses. (artículo 3.4 del Decreto Supremo 005-2002-tr).

    • Jonathan C. dice

      14 de julio de 2015 a las 5:42 pm

      Los días que no se consideren tiempo efectivamente laborado se deducirán a razón de un treintavo de la fracción correspondiente.

    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 10:44 pm

      Es correcto.

  185. Yoel dice

    13 de julio de 2015 a las 8:55 am

    Amigo buen dia mi consulta es la siguiente ya cree la gratificación proporcional, para crear la bonificación extra. Proporcional se habilita los mismos conceptos..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 10:55 am

      Es correcto amigo, es lo mismo. Te puedes guiar del concepto antiguo que viene con el PLAME.

  186. Jimmy dice

    12 de julio de 2015 a las 10:36 pm

    Buenas noches quisiera saber si tambien cuenta las horas extras en mi caso nos brindan un porcentaje por alimentos tambien cuentan yo ingrese el 10/04/15 en ese caso cuentan hasta junio 3 meses me descuentan los dias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2015 a las 6:34 am

      Es correcto, si tu en abril, mayo y junio percibiste horas extras deben ingresar al calculo de tus gratificaciones, realizas la sumatoria y lo divides entre tiempo laborado (por días trabajados). A ese resultado le sumas su sueldo y sacas tu gratificación que solo sera proporcional a 2 meses (ya que no se cuenta abril porque el mes no esta completo).

  187. Cristhian dice

    11 de julio de 2015 a las 9:19 pm

    Miguel un dato yo entre a laboral en una empresa el 01/01/2013 desde ahi estoy en planila pero es mi mype mi boleta sale S/ 750 PERO MI jefe en realidad me paga s/1000 cual seria mi gratificacion en fiestas patrias ? respondeme si GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 11:41 pm

      Te va pagar sobre 750.00 soles. En el regimen mype hay 2 opciones posibles: microempresa (no esta obligado a pagar) y pequeña empresa (solo paga el 50% de la gratificación).

  188. Jerson dice

    11 de julio de 2015 a las 5:31 pm

    Miguel buenas tardes una consulta, cual seria el tratamiento de las vacaciones en el calculo de la grati? por decirte tengo un trabajador que salio 15 dias de vacaciones en abril, esos 15 dias se computan dentro del promedio de remuneraciones regulares? o se considera basica…si ganara 750, y de comision 100.00,en ese mes como seria el tratamiento. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 5:53 pm

      Es correcto los días de vacaciones son computables para el calculo de gratificaciones (record de tiempo).

  189. Vargas dice

    11 de julio de 2015 a las 3:38 pm

    hola buen día. quisiera hacer 2 preguntas.
    1.-¿ percibiré gratificación este mes, porque comencé a trabajar el 08 de junio y firme contrato hasta fines de agosto?
    2.- ¿si percibiese, cuanto seria si mi suelto fue el mes de junio 1744 y julio sera 2500 y agosto 2500?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 4:07 pm

      No te corresponde gratificación en julio.

  190. Franco dice

    11 de julio de 2015 a las 1:08 pm

    Buenas al monto que debería recibir por gratificacion le resto la renta de 5?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 4:16 pm

      Tu gratificación lo recibes completo.

  191. Jean Fernandez dice

    11 de julio de 2015 a las 11:14 am

    Hola una consulta yo trabajo de seguridad 12 horas diarias ganando mensual entre 1320 y 1750 dependiendo del turno (diurno o nocturno) desde noviembre del 2014 aprox. cuanto o como calculo mi gratificación de julio 2015.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 4:36 pm

      Lo primero que tienes que saber es el regimen laboral de la empresa, ya que no es lo mismo que sea uno privado o una microempresa. Segundo como tu sueldo es variable, entiendo que tendrás un basico fijo y tendrás un bono nocturno que hace que tu sueldo sea variable. De darse ese caso El sueldo fijo ingresa para el calculo, la remuneración variables (bono, comisión, horas extras, etc) el requisito es percibirlo minimo 3 meses, de cumplirse ese requisito,tienes que sacar el promedio.

      Con tu sueldo + tu promedio de remuneración variable, con esos datos calcular tu grati, con el artículo.

  192. Luis dice

    11 de julio de 2015 a las 10:45 am

    Hola una consulta mi esposa lleva trabajando un año y medio en una casa .su sueldo es de 1000 soles cuánto le tocaría de gratificación gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 4:40 pm

      Me imagino que te refieres a trabajadora del hogar, en ese caso es el 50% de la gratificación.

  193. Deyvi dice

    11 de julio de 2015 a las 8:08 am

    Hola Miguel
    Consulta: cuando una empresa esta en REMYPE la bonificación del 9% también se paga el 50%?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 4:48 pm

      La bonificación no depende del regimen de la empresa, depende del tipo de seguro del trabajador (Essalud o EPS), en el caso de la Remype hay dos opciones microempresa o pequeña empresa. La primera no esta obligada a entregar gratificación, la segunda solo el 50%.

  194. Enver dice

    10 de julio de 2015 a las 9:55 pm

    Hola miguel excelente todo. una consulta yo hasta el mes de mayo mi sueldo era 1500, en junio me subieron a 1700. como calcularía mi gratificación. gracias por la respuest

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 5:09 pm

      Se calculo en base a tu remuneración de Junio.

  195. Ramon dice

    10 de julio de 2015 a las 6:54 pm

    Yo entre a trabajar en planillas el 13 de mayo y gano 1200 cuanto me corresponde de gratificación, te agradesco por la respuesta que ma vas a dar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 5:27 pm

      Solo te correspondería por 1 mes, 1/6 de 1,300.

  196. Eduardo L dice

    10 de julio de 2015 a las 6:39 pm

    Muchas gracias por responderme, que rapido. Ojala pueda reconocer son dos años 🙁

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2015 a las 5:28 pm

      Si pues seria muy bueno.

  197. Gelen dice

    10 de julio de 2015 a las 3:42 pm

    Excelente:)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2015 a las 3:53 pm

      Muchas gracias 🙂

  198. Eduardo L dice

    10 de julio de 2015 a las 2:16 pm

    Buenas, una consulta cuanto me corresponde gratificación, si entre a trabajar el 1 de enero del 2013, pero lo malo que entre a planilla en Abril del 2015, se puede considerar en pagarme un sueldo completo?. Recibo 2000 soles mensuales pero si aplicamos los descuento respectivos recibo 1764 soles.
    Espero su respuesta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2015 a las 4:07 pm

      Si te corresponde, pero será proporcional a 3 meses. Puedes conversar con tu empleador para que te reconozca los 6 meses.

  199. Nataly dice

    10 de julio de 2015 a las 12:50 pm

    Miguel, buenas tardes.
    Tengo una duda, ya que la norma habla de meses calendarios completos.
    si un trabajador ingresa a laborar el 18/01/2015, no habría ningún problema si el empleador computa esos dias para la gratificacion? Osea seria 6 meses + 12 dias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2015 a las 4:09 pm

      La norma menciona que se paga por meses calendario completo, en tu caso sería por 5 meses. Si tu empresa desea pagarle los días no hay problema.

  200. Jhonatan dice

    10 de julio de 2015 a las 12:38 pm

    Buenos dia, como se realiza el calculo de un trabajado si ningún mes llego a completar laborando, enero falto 3 , febrero 4 , marzo 3 , abril 3, mayo 3 , junio 4, en este caso como se debe de realizar dicho calculo de gratificación, teniendo en consideración que el calculo de gratificación es por mes completo.
    agradezco de ante mano su apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2015 a las 4:11 pm

      Una cosa son días faltas y otra que haya laborado todo el mes. Lo que tienes que hacer ahí es calcular la gratificación por los 6 meses y descontar luego los días faltas.

  201. Daniel dice

    9 de julio de 2015 a las 4:37 pm

    Hola, ingrese a laborar el 28/01/2015 y mi sueldo es 1300 mas 75 de mi asignacion, cuanto seria mi gratificion?. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de julio de 2015 a las 11:52 pm

      Sera proporcional a 5 meses. 1375 /6 x 5.+ tu bonificación extraordinaria.

  202. Lady dice

    9 de julio de 2015 a las 11:32 am

    Hola Miguel mi consulta es lo siguiente y desde ya muchas gracias por la respuesta de seguro me ayudara a resolver mi duda: tengo un trabajador que ingreso el 22 de mayo por medida cautelar, le pago la gratificacion por un mes o completo. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de julio de 2015 a las 1:59 am

      Entiendo que debe ser una reposición, consulta con la parte legal, ya que muchas veces el tiempo que dura el juicio de reposición al final la empresa tienen que pagar todos los beneficios.

  203. Leslie dice

    3 de julio de 2015 a las 11:47 am

    Como siempre en noticiero contable encuentro la solución a mis dudas, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2015 a las 9:52 am

      Gracias leslie por el comentario 🙂

  204. Romina Gomez dice

    2 de julio de 2015 a las 9:57 am

    Me podrias confirmar, en todo caso no cuento con gratificacion poque ingrese el 04 de junio . planilla

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2015 a las 10:05 am

      Es correcto, necesitas como minimo un mes completo.

  205. Aldo dice

    21 de junio de 2015 a las 8:14 am

    Muy buenos días, quisiera no molestarte pidiéndote información que hasta debería ser cobrada por forma de consulta, pero ya que eres bueno persono y te gusta ayudar … ¿Cuánto recibiré de grati?

    Trabajo en una MYPE desde el 9 de Marzo, mi sueldo es 1200, tendré grati? Si no lo voy a tener, que tu respuesta sea mi consuelo por favor 🙁

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de junio de 2015 a las 10:02 pm

      Lo que te puedo decir es que en la mype hay categorias (micro y pequeña), si es la primera no te toca nada, si es la segunda te corresponde el 50% del monto. De darse el caso sera aprox. 300 soles.

  206. Milovan dice

    2 de junio de 2015 a las 4:36 pm

    Hola Miguel estoy trabajando en una empresa desde 18 de febrero estoy en planilla mi sueldo es de 1300 cuando seria mi gratificación en Julio.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de junio de 2015 a las 7:59 pm

      Será proporcional a 4 meses, 1300/ 6* 4 , suponiendo que la empresa paga todos los beneficios completos (no mype).

  207. Pamela dice

    18 de diciembre de 2014 a las 3:59 pm

    Hola, ingrese a trabajar un 2 noviembre de 2014 con el sueldo basico de 750 soles, cuanto deberia tocarme de gratificacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de diciembre de 2014 a las 1:19 pm

      Si te correspondería gratificación proporcional a 1 mes.

  208. Jorge Gutierrez dice

    15 de diciembre de 2014 a las 11:17 am

    Buenas amigo yo ingrese a laborar el 1 de junio con el mínimo 750 cuento me corresponde

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2014 a las 7:37 am

      Te corresponde un sueldo completo, pero también ten en cuenta el régimen laboral de la empresa.

  209. Veronica dice

    11 de diciembre de 2014 a las 4:46 pm

    Hola, vengo trabajando en la empresa desde febrero del 2014 y renuncie el 10 de diciembre, quisiera saber cuanto me de gratificacion la empresa esta en regimen general

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de diciembre de 2014 a las 10:47 am

      Tu gratificación sera proporcional a 5 meses. Ahora depende mucho del regimen laboral de la empresa, si una microempresa no esta obligada a dicho pago, si es pequeña empresa solo te abonara el 50%.

  210. Miguel dice

    10 de diciembre de 2014 a las 12:57 pm

    Buenas tardes, hace 3 años cuando ingrese a planilla lo hice el 1 de agosto (luego de 3 meses como rrhh) y en diciembre recibi sueldo completo como grati) ahora sucede casi lo mismo, a nosotros nos liquidan cada cierto tiempo, ahora lo hicieron el 31 de julio y nos hicieron otro contrato de nuevo hasta diciembre, en este caso cuanto seria la gratificacion, mi sueldo es S/. 1150.00

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de diciembre de 2014 a las 12:46 am

      Tu nuevo contrato empezó el 01/08, asumiendo que te liquidaron el 31/07. En ese caso tu gratificación sera proporcional a 5 meses.

  211. katia dice

    6 de diciembre de 2014 a las 6:51 pm

    Hola yo trabajo en una servis desde el 04/04/14 y mi pago mensual es de 600 quisiera saber cuanto me corresponde de gratificicacion gracias..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2014 a las 2:35 am

      Sera un sueldo, recuerda que tambien influirá el regimen laboral de la empresa.

    • Bruno dice

      17 de diciembre de 2014 a las 9:45 pm

      Entre a laborar el 1de abrí del 2014
      mi sueldo es de 750 cuanto me toca de gratificación.Gracias

    • Miguel Torres dice

      20 de diciembre de 2014 a las 1:32 pm

      En primer lugar depende del regimen laboral de la empresa, en todo caso de pertenecer al regimen general te corresponde un sueldo completo.

  212. Claudia dice

    2 de diciembre de 2014 a las 5:40 pm

    Hola Miguel, Yo entré a laborar el 14 de agosto de 2014, tendría solo sueldo/6*3 meses de gratificación cierto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2014 a las 12:00 am

      Es correcto, pero no olvides el regimen laboral de la empresa, puede que sea micro, pequeña empresa o en todo caso el regimen general.

  213. Antony dice

    2 de diciembre de 2014 a las 9:44 am

    Buenos día Miguel torres yo laboro en una empresa con régimen PYME 50%, Mi sueldo es de 1500 pero me lo dividen en la siguiente forma 1000 básico y 200 como refrigerio que no es alimento principal así figura en mi boleta pero no figura los 100 aproximadamente faltantes claro con el descuento del AFP. clara que si me lo pagan por la tarjeta, la pregunta es yo ingrese el 21 de julio del 2014 cuanto me correspondería en diciembre y si afecta lo que figura en mi boleta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de diciembre de 2014 a las 11:48 pm

      En tu caso, todos tus beneficios laborales serán calculadora en base a los 1000 soles. Ahora en el caso de la gratificación sera en base a 5 meses. 1000/6*5. Como es pequeña empresa solo te pagara el 50%.

  214. jose dice

    29 de noviembre de 2014 a las 4:56 pm

    Buenas tardes , quisiera saber cuanto de gratificación me tocara si tengo laborando desde el 24 de octubre , gano 1400 y 75 de asig, familiar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2014 a las 5:56 pm

      Tu gratificación sera proporcional a 2 meses. Ahora va depender mucho del regimen laboral de la empresa donde laboras.

  215. camila dice

    22 de noviembre de 2014 a las 9:23 pm

    hola joven miguel. necesito tu ayuda , yo empese a trabajar el 23 de abril del 2013 como empreada del hogar cuando cumpli un àño me dieron 15 dias pagadas y hasta setiembre gane 750 luego me aumento a 800 asta el ultimo dia de tranajo boy trabajar hasta 28 de noviembre de 2014 yo kiero saber cuanto de liqudacion tengo tranbajando com empleada tengo un año y 6 meses y

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2014 a las 1:02 am

      Tendrás derecho a CTS (15 días de remuneración) , vacaciones y gratificaciones. Tendrás que realizar el pago dentro de las 48 horas.

  216. camila dice

    17 de noviembre de 2014 a las 9:01 pm

    hola . joven Miguel . me puedes ayudar . mira yo empese a trabaar el 23 de abril de; año 2013 y mi suelgo es de 750 hasta el zetiembre del año 2014 o los otros mese me pago 800 . y cuando cumpli un año en i trabajo me dieron 15 dias pagadas y solo trabajo hasta el 28 de noviembre del año 2014 el tiempo ke trabaje seria un año con 6 meses y cuanto sera mi liquidacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2014 a las 1:05 am

      Primero que nada tendrías que saber que regimen laboral es la empresa, regimen privado, pequeña empresa, microempresa. Dependera mucho de ese dato para darte una respuesta.

  217. Christian Nicolas dice

    5 de noviembre de 2014 a las 5:22 pm

    Una consulta Miguel: Mi sueldo es 2800.00 mensual, pero con feriados y días de apoyo he sacado un promedio de 3000 mensuales en los últimos 6 meses. ¿Mi gratificación corresponde solo mis 2800 o se tiene que sacar un promedio de los 6 últimos meses (aparte del 9% respectivo por supuesto) y abonarme esa cantidad?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2014 a las 6:13 pm

      Las horas extras ingresan al calculo de la gratificación, cuando percibe en 3 meses mínimo.

    • Christian Nicolas dice

      6 de noviembre de 2014 a las 8:41 pm

      Ok. Gracias. Y para el caso de CTS, de que fecha a que fecha depositaran este noviembre?. También se saca en función al total de ingresos? Te agradezco la respuesta.

    • Miguel Torres dice

      7 de noviembre de 2014 a las 10:15 am

      En ese caso es distinto amigo, el periodo: Mayo – Octubre, para el calculo es en base al sueldo de octubre.

  218. Mary dice

    14 de agosto de 2014 a las 3:17 pm

    Mi consulta es si ingrese a laborar 01/07/2009 y estuve de pre, post y vacaciones de diciembre a marzo y al regresar presente mi renuncia me corresponde gratificación en Julio.
    Mi sueldo es S/2000.00 y asignación familiar de S/75.00

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2014 a las 10:59 am

      Te correspondería gratificación trunca, mas no completa. Los meses de subsidio y vacaciones se computan como tiempo efectivo laborado.

  219. Denis Urrello Vasquez dice

    2 de agosto de 2014 a las 1:36 pm

    Hola miguel, muy bueno tus artículos, quiero preguntarte por la gratificación correspondiente a este semestre, yo tengo trabajando desde el 16 de junio a la fecha mi sueldo básico es de S/. 2000 mas S/. 75 de asignación familiar ósea un mes y medio, me puedes calcular cuanto es el monto de gratificación que me correspondería recibir? Gracias de antemano espero tu pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2014 a las 9:21 pm

      No te corresponde gratificación para julio, tendrás que esperar a diciembre.

  220. Gabriela dice

    27 de julio de 2014 a las 8:54 am

    Disculpa quisiera saber cuanto deberia haber recibido si mi sueldo es 900 y llevo laborando 8 meses aunque ya recibi la gratificacion de diciembre

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de julio de 2014 a las 9:30 am

      Te debería tocar un sueldo completo, pero depende del régimen laboral de la empresa.

  221. Daniela dice

    26 de julio de 2014 a las 6:30 pm

    A mi esposo le dieron de grati 899 y encime le dieron 26 quieron acer una denuncia porq el gana 1750 mensuales y lleva trabajando 3 años en ese lugar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de julio de 2014 a las 9:32 am

      Primero deberías averiguar el régimen laboral de la empresa, ya que si es pequeña empresa, solo esta obligada la empresa a pagar el 50% de la gratificación.

  222. Sofia dice

    26 de julio de 2014 a las 9:08 am

    Buenas, quisiera saber cuanto de gratificación me corresponde si estoy laborando desde el 08/02/14 con un sueldo de 1125.00 no estoy en planilla cobro con recibo por honorarios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de julio de 2014 a las 9:35 am

      No te corresponde gratificación, ya que dicho beneficio es solo para los que están en planilla.

  223. Martin dice

    23 de julio de 2014 a las 10:23 pm

    Buenas noches quisiera saber cuanto seria mi gratificacion de Julio 2014,,ya q e recibido 2,139.00 y mi sueldo bruto es de 2200.00 nuevos soles y recibo asignacion familiar de 75.00 nuevos soles..Y quisiera saber SI el descuento de quinta categoria ingress… Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2014 a las 8:40 am

      Va depender mucho del régimen laboral de la empresa. Si es el régimen general seria tu sueldo bruto + asignación familiar. A dicho monto le sumamos una bonificación del 9% o 6.75% (EPS)

  224. Johana Quispe dice

    22 de julio de 2014 a las 10:57 am

    Deseo saber si se recibe gratificacion para un personal que ingreso como eventual el 01 de abril y luego 01 de julio lo contrataron y de cuanto sera su importe

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2014 a las 9:56 am

      Tendrías que definir que es personal eventual, si te refieres a recibo por honorario, y partir del 01 de julio recién lo has registrado en planilla, no le correspondería gratificación.

  225. Juan V.M. dice

    21 de julio de 2014 a las 12:01 pm

    Estimado mucho agradecere me confirmen por este medio si me corresponde algo de gratificacion.
    Ingrese a laborar el 03.06.2014 con un sueldo bruto de S/ 3,500.00. + asignacion familiar S/. 75.00
    El pago de las gratificaciones donde laboro actualmente lo hicieron efectivo el 09.07.2014.
    Gracias por la respuesta.
    Saludos

    JUAN V.M.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2014 a las 2:52 pm

      No te corresponde gratificación.

  226. paul dice

    17 de julio de 2014 a las 10:04 pm

    buenas, si mi sueldo es 1650 fijo trabajo hace mas de un año en esta empresa pero tuve una falta injustificada de 1 dia en abril y me lo descontaron lo cual aparecio en boleta menos 1 dia eso afecta a mi calculo de grati ?? y cuanto me tocaria percibir ? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2014 a las 10:43 pm

      Si afecta dicha falta, te deben descontar 1/30.

  227. Rosario dice

    17 de julio de 2014 a las 9:59 pm

    Gracias por la respuesta, yo entré a trabajar el 15 de febrero del 2014 y gano 4500, incluida la asignación familiar cuanto me correspondería de grati.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2014 a las 10:44 pm

      Tu gratificación sera proporcional a 5 meses. Es importante el régimen laboral de la empresa.

  228. Jorge ynga dice

    16 de julio de 2014 a las 9:35 pm

    Mi sueldo es 750 soles neto y entre a trabajar el 19 de abril de 2014 quisiera saber cuanto me corresponde de gratificación

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2014 a las 3:26 pm

      Depende mucho del régimen laboral de la empresa, pero lo que te puedo decir es que tu gratificación sera computable a 2 meses.

  229. Duverly dice

    16 de julio de 2014 a las 3:13 pm

    si trabajo mas de 6 meses en la empresa pero hace 1 mes tuve un aumento de 3300 a 3800 mensuales como deberia calcular

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2014 a las 3:24 pm

      Es con el sueldo que percibes al 30 de junio.

  230. Alberto dice

    16 de julio de 2014 a las 8:42 am

    Si entre el 02 de Junio tampoco me corresponde?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2014 a las 10:02 am

      Tampoco te corresponde.

  231. Andrés dice

    15 de julio de 2014 a las 11:02 pm

    Buenas noches, yo entre a trabajar el 03/03/14 renové contrato el 16/06/14 hasta 16/09/14, mi sueldo bruto es 3500 sin asignación familiar… cuanto recibiría?? considerar que tengo EPS. Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2014 a las 10:10 am

      Tu gratificación sera proporcional a 3 meses, 3500/6*3 a dicho monto le sumamos el 6.75% de bonificación.

    • Lidia dice

      30 de noviembre de 2016 a las 6:17 pm

      Estimado Miguel. la bonificacion los que están en una Eps por que le corresponde el 6,75 a base de que norma se realiza ese calculo si la ley nos indica que no hay dscts. que se hace con el 2.25 % si en su planilla mensual se lo va descontar. Por favor su ayuda por que tengo problemas con los trabajadores que están en una Eps. No están de acuerdo que se los Page sus 6,75 % sino sus 9%

    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2016 a las 10:55 pm

      La norma indica que la bonificación es el importe que se deja de pagar al essalud. Para un trabajador afiliado al EPS tu solo aportas 6.75%, nada más.

  232. Ztalin dice

    15 de julio de 2014 a las 7:26 pm

    buenas noches te explico mi caso yo entre el 01/04/2014 y mi contrato vence el 31 de julio el regimen es general mi sueldo es 1100 sin asignacion familiar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2014 a las 10:00 pm

      Tu gratificacion sera proporcional a 3 meses. 1175/6*3 mas la bonificación.

  233. Lucy Martinez Vargas dice

    15 de julio de 2014 a las 6:08 pm

    Cuanto me corresponde mi gratificacion de julio , si firme contrato el de 02 de abril del 2014 cuantos meses me pagaran, si mi s ueldo es de 825. 00 incluido asignacion familiar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2014 a las 10:01 pm

      Tu gratificacion sera proporcional a 2 meses. 825/6*2 mas la bonificación. Depende mucho también del régimen laboral de la empresa.

  234. Javier dice

    14 de julio de 2014 a las 3:59 pm

    Mi sueldo es de s/1,500 + 75 (asignac.familiar), entre a laborar el 17 de Enero, cuanto seria el monto de mi gratificacion???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2014 a las 4:32 pm

      Depende del regimen laboral de la empresa, en tu caso sera proporcional a 5 meses 1575/6*5 sumado el 9% de bonificación. Pero te reitero depende del regimen laboral.

  235. Scarlet Cecilia Sotomayor dice

    14 de julio de 2014 a las 12:24 pm

    Yo gano 750.00 soles cuanto me toca de aguinaldo gracias por su atencion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2014 a las 3:17 pm

      Dependerá del régimen laboral de la empresas

  236. karla alvarez dice

    14 de julio de 2014 a las 8:32 am

    Buenos dias, una consulta; yo entre a trabajar el 12/06/2014 mi sueldo sin descuentos es de 920 y no tengo asignacion familiar.. me tocaria recibir gratificacion?.. mi consulta es porque desde que entre no me han hecho firmar contrato.. recien firme mi contrato hace 2 semanas; es decir el 01 o 02 de julio. Gracias de antemano por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2014 a las 11:44 am

      No te corresponde gratificación :3

  237. Raffo dice

    10 de julio de 2014 a las 4:06 pm

    Hola, yo ingrese a laborar el 01/04/2014, con sueldo de S/. 1,000.00 mi gratificación sera 500.00 y mi Bonificación extraordinaria seria S/. 45.00 ó s/. 67.50
    Mi empresa esta en Régimen laboral – General.

    Responder
    • Liz dice

      11 de julio de 2014 a las 1:18 pm

      el 9% aplica a la remuneración computable. seria S/45.00

    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2014 a las 11:54 am

      Es correcto.

  238. fst_per dice

    10 de julio de 2014 a las 11:00 am

    Y si ingresé a laborar en enero? se consideran los 06 meses?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2014 a las 3:09 pm

      Si ingresaste a laborar desde 01/01 si se considera los 6 meses.

  239. Jessica dice

    9 de julio de 2014 a las 12:44 pm

    Buenas tardes quisiera saber cuanto me corresponde de gratificación ,empece a laborar del 1 de mayo de este año y mi contrato termina el 31 de julio. Gano 1200 mas asignación familiar 75 soles.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2014 a las 11:13 am

      Tu gratificación sera proporcional a 2 meses. Ahora depende también del régimen laboral de la empresa.

  240. Dalia dice

    7 de julio de 2014 a las 6:06 pm

    Buenas Tarde..!! Miguel una consulta si yo entre el 01-06-2014 me toca gratificación de fiestas Patrias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2014 a las 10:55 am

      Si por un mes, pero hay que tener en cuenta el régimen laboral de la empresa.

  241. Alejandro Vásquez Lima dice

    7 de julio de 2014 a las 12:36 pm

    Señores: buenos días yo estoy trabajando desde febrero, mi sueldo de los meses abril, mayo y junio es S/. 1,400.00 desde abril, y los meses febrero y marzo estoy con S/. 750.00. La empresa está acogido al régimen laboral de pequeñas empresas. Por favor cuanto es mi gratificación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2014 a las 10:51 am

      Solo paga el 50% de la gratificación, lo tiene que calcular con el sueldo de S/. 1,400

  242. Milton dice

    2 de julio de 2014 a las 1:09 pm

    Buenas tardes, quisiera saber cuanto me toca de gratificacion trabajo en la clinica san pablo gano 800 pero con el descuento del 13% sale liquido 696 estoy trabajando desde el 17 de marzo cuanto me tocaría de bonificacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2014 a las 2:02 pm

      Tu gratificación sera proporcional por 3 meses (800/6 x 3 meses)

    • Milton dice

      2 de julio de 2014 a las 2:46 pm

      Gracias Miguel saludos…

  243. Carmen Rosa Pfoccori Coila dice

    25 de junio de 2014 a las 7:35 pm

    hola, buenas noches las “SERVIS” tambien estan sujeto a la bonificacion del 9% de Essalud?? o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de junio de 2014 a las 11:27 am

      También están sujetas

  244. Lidia dice

    14 de enero de 2014 a las 8:49 pm

    En febrero cumpliré 7 años trabajando menos 6 meses pedi licencia y en marzo pienso renunciar me toca gratificación?

    Responder
  245. Elmer dice

    2 de enero de 2014 a las 10:50 am

    Muy ilustrativo. Gracias .

    Responder
  246. ROBERTO dice

    13 de diciembre de 2013 a las 11:03 am

    Hola buenos dìas quisiera saber el monto correspondiente a mi gratificaciòn, ya que laboro en la empresa hace màs de 2 años, mi suledo es de 750 màs 75 de asignaciòn familiar.
    Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2013 a las 3:53 am

      Sera S/. 825 mas tu bonificación del 9%, siempre que la empresa este bajo el régimen laboral privado 728.

  247. Roger dice

    11 de diciembre de 2013 a las 12:55 am

    Hola espero me responda quiero saber cuanto me corresponde en gratificación. Entre a laborar 09 de octubre de 2013 hasta ahora me corresponde algo de gratificación?

    Responder
  248. Esteban dice

    9 de diciembre de 2013 a las 10:47 pm

    Buenas noches,

    Me gustaría saber si una persona con contrato intermitente (no trabaja el mes completo, sino cada vez que es necesario para la empresa y a destajo) tiene derecho a recibir gratificaciones.

    Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de diciembre de 2013 a las 9:04 am

      Si por los meses completos laborados.

  249. manuel dice

    9 de diciembre de 2013 a las 1:35 pm

    Quiziera saber si me corresponderia la grati completa si inicie un 8 de julio de este año 2013 y sigo asta la fecha. Tomando que el fundamento de 15 de julio al 15 de diciembre… Se otrogaria los 6 meses trabajdos… O favor de explicarmelo…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2013 a las 9:06 pm

      Tu gratificación será proporcional a 5 meses.

  250. Roberto dice

    6 de diciembre de 2013 a las 1:48 am

    Una consulta trabajo para una entidad financiera. Llevo trabajando 3 años y la grati d julio fue la correcta de mis 6 sueldos = 1950. Pero ahora en noviembre cambie de puesto y me pagaron menos por capacitacion y me doy con la sorpresa que me depositaron 1280 de grati diciembre 2013. No se debe de evaluar los 6 sueldos. Osea los meses de julio agosto setiembre y octubre no lo suman?? Ya q esos meses mi sueldo era de 1950. Y noviembre y diciembre sera de 850+comosiones (estoy en capacitacion). A espera de su pronta respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2013 a las 10:43 pm

      La gratificación de diciembre es en base a tu sueldo al 30 de noviembre.

  251. Ximena dice

    14 de noviembre de 2013 a las 6:39 pm

    Buenos dias:
    Quisiera saber si me toca gratificacion completa trabajando hasta el 16 de diciembre de este año.Pregunte en la empresa, pero me dijeron que no.
    Trabajo en la empresa desde hace 7 años.

    Gracias

    Responder
  252. Ximena dice

    14 de noviembre de 2013 a las 9:32 am

    Buenos dias:
    Quisiera saber si me toca gratificacion completa renunciando el 16 de diciembre de este año.Pregunte en la empresa, pero me dijeron que no.
    Trabajo en la empresa desde hace 7 años.

    Gracias

    Responder
  253. Walter dice

    31 de octubre de 2013 a las 10:54 pm

    Estimado:

    Podrías indicarme cuanto debería recibir para la gratificación de diciembre considerando lo siguiente:

    – Hasta el mes de septiembre que finalizó mi contrato mi sueldo era de 1400 sóles.
    – Desde el 1 de Octubre renové contrato por 1700 sóles

    Cual sería el aproximado a recibir en estas fiestas como gratificación?.

    Muchas gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de noviembre de 2013 a las 1:19 pm

      Tu gratificación de diciembre sera por S/. 1,700

  254. TECHI dice

    9 de octubre de 2013 a las 2:07 am

    Ingrese a trabajar el 15-04-2013, quisera saber si solo se contabilizan los meses completos y si ademas del 9% essalud de dicha gratificacion hay otro pago mas a mi favor.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2013 a las 2:23 am

      Solo meses completos nada mas, y no hay otro concepto que sea aparte de la bonificación.

  255. Ed dice

    25 de septiembre de 2013 a las 8:08 am

    Hola Miguel una consulta, ingrese el 01/07/2013 y tengo contrato de una año, quisiera saber si me toca un sueldo completo para la gratificacion de diciembre o si sera fraccionado, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2013 a las 10:05 pm

      Sera completa tu gratificación.

  256. Luis dice

    29 de agosto de 2013 a las 9:30 pm

    Que tal me gustaría saber si el bono por escolaridad entra también al cálculo de la gratificación de julio?

    Responder
  257. germán dice

    20 de agosto de 2013 a las 12:14 am

    Tenga Ud. muy buenas tardes, trabajo en el sector de educación soy profesor nombrado y percibo un sueldo mensual de 1500 soles; en este año salí de licencia sin goce de haber el mes de abril por 15 días, pero la supuesta gratificación que me iban a otorgan de 300 soles se redujo a 240 soles, es correcto este monto o no deberían haberme descontado. Agradeceré mucho su respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2013 a las 12:37 am

      Es correcto, los días sin goce de haber, se descuentan.

  258. VALERI dice

    2 de agosto de 2013 a las 8:08 pm

    Si yo ingrese a trabajar el 11/03/2013 y tengo vinculo laboral a la fecha de percibir la Gratificación de Fiestas patrias se consideran los días para el calculo de mi grati o solo los meses completos y no falte ningún día.

    Responder
  259. fiorella dice

    2 de agosto de 2013 a las 10:46 am

    AH ME OLVIDABA DE COMENTARLE, YO INGRESE A LABOARAR EXACATMENTE EL 9 DE ABRIL HASTA LA FECHA DE HOY.

    Responder
  260. fiorella dice

    2 de agosto de 2013 a las 10:45 am

    HOLA BUENOS DIAS, LE COMENTO MIS DUDAS, A MI ME PAGAN POR RECIBO POR HONORARIOS, S/. 1,000.00 MENSUAL, ME CORRESPONDE GRATIFICACION? PORQUE A LA FECHA MI JEFE NO ME HA DEPOSITADO ABSOLUTMENTE NADA, AHORA YA ESTAMOS FIN DE MES Y LE COMENTO ESTO Y ME INDICO DE QUE EN SI NO ME TOCA!!! PERO POR UN TEMA DE LEYES SOLO ME VA A CONTAR GRATIFICACION A BASE DE UN SUELDO BASICO, ESTO SE REFIERE A 750.00 , QUISIERA SABER CUANTO EN SI ME VA TOCAR DE GRATIFICACION!!! Y SI ES JUSTO LO QUE EL SUGUIERE, GRACIAS.

    Responder
  261. john lozano heredia dice

    1 de agosto de 2013 a las 9:45 pm

    Buenas noches, mi sueldo bruto es de 6280 soles, quisiera saber cuanto de gratificacion me toca si trabaje desde el primero de enero hasta el 23 de marzo del 2013 ya q pedi permiso de 40 dias por motivos personales, luego ingrese a trabjar nuevamente desde el 13 de mayo hasta el 20 de julio. porfavor digame cuanto me toca de gratificacion, de ante mano gracias por su ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de agosto de 2013 a las 11:49 pm

      A lo mucho sera proporcional a 1 mes nada mas, por el mes de julio, ahora seria bueno que sepas que régimen laboral esta la empresa, depende mucho ese dato para saber el monto exacto.

  262. Ruben dice

    1 de agosto de 2013 a las 8:52 am

    Estimado, yo ingrese a laborar un 04 de junio ¿Me corresponde una gratificación computable por un mes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de agosto de 2013 a las 11:53 pm

      No te corresponde gratificación.

  263. Carlos Reyes dice

    31 de julio de 2013 a las 2:36 pm

    Estimado, me hicieron un aumento de 800 soles, cuando yo negocié ese aumento, supuestamente era un monto bruto, pero ellos me aumentaron 500soles + 300soles de un Efectibono (dinero cargado a una tarjeta de consumo). Un compañero me comentó que esos 300soles de Efectibono no entran a la contabilidad de la gratificación, pero si cuanta para el descuento de 5ta, es eso correcto?.
    Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de julio de 2013 a las 6:16 pm

      Es correcto, es remuneración no computable

    • Carlos Reyes dice

      1 de agosto de 2013 a las 8:58 am

      Le agradezco el aporte.

  264. Veronica Goicochea Crespo dice

    30 de julio de 2013 a las 11:24 am

    Ok, miguel gracias por la información, pensé que se debía formalizar algo ante el ministerio de trabajo para que la empresa no se base en que porque no le traen la partida y tienen que hacer algún tramite, no le pagan su asignación familiar al empleado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2013 a las 11:11 pm

      No, en realidad lo que es bueno hacer, es que cada vez que un trabajador te entregue una partida, sellarlo con un sello de recepción donde puedes poner la fecha.

    • Veronica Goicochea Crespo dice

      1 de agosto de 2013 a las 8:57 am

      Bien, Muchas Gracias.

  265. VERONICA GOICOCHEA CRESPO dice

    30 de julio de 2013 a las 8:57 am

    pregunta ¿para que debe traer el trabajador la partida de Nacimiento de su niño a la empresa?, ¿debe la empresa acreditar ó sustentar algo con el ministerio de trabajo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2013 a las 9:08 am

      No, cuando el trabajador lleva la partida de nacimiento a la empresa, esta informando que tiene un menor hijo, y que la empresa tiene que pagarle la asignación familiar.

  266. Deysi dice

    27 de julio de 2013 a las 7:37 pm

    Hola yo empecé a laborar justo en el mes de julio, la pregunta me corresponde gratificación y cual es el porcentaje que se considera

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de julio de 2013 a las 10:08 am

      Si empezaste en julio no te corresponde gratificación, tienes que esperar hasta diciembre.

  267. JOSE dice

    27 de julio de 2013 a las 12:51 pm

    Hola, gracias de antemano por contestar mi pregunta.
    Con la nueva ley de que los independientes están obligados a pagar AFP quien nos da nuestra gratificación?,

    Responder
  268. Mia dice

    26 de julio de 2013 a las 9:19 am

    Sacame de la duda: La declaracion de la gratificacion de Julio en el pdt se realiza en Agosto? y si un trabajador gana 1800.00 mensual al agregarle la gratificacion deberia retenersele el impuesto de 5ta de cat.?

    Responder
  269. catalina dice

    25 de julio de 2013 a las 4:28 pm

    EStimados por favor un consulta la asignbacion familiar se suma al sueldo?? es decir ejemplo mi sueldo es 1200 la asignacion familiar seria 1200 + 75 . porque en mi emprea me han puesto 1125 + 75 de asignacion familiar sale mi sueldo??
    Me parece que esta mal porque se supone es el sueldo + asignación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2013 a las 1:35 am

      Es correcto lo que mencionas, la asignación familiar se le suma al sueldo.

  270. Vane dice

    25 de julio de 2013 a las 11:55 am

    Buen dia, deseo puedan apoyarme con el calculo de gratificacion que me corresponderia recibir, gano Sueldo Bruto=1500 y Comisiones=500, llevo 02 años en la empresa, agradecere apoyarme con esta duda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2013 a las 1:39 am

      Si las comisiones las has percibido como minino en 3 meses dentro del periodo Enero – Junio, si ingresa al computo de la comisión.

  271. VERONICA GOICOCHEA CRESPO dice

    25 de julio de 2013 a las 11:48 am

    Hola Miguel, tengo un trabajador que está laborando en la empresa desde Abrl-13 hasta la fecha y su sueldo basico es S/.2,000.00, tengo conocimiento que también se debe incluir la asignación familiar + % de ESSALUD 9%, pero esta empresa donde yo también laboro no les paga este derecho, bueno se excusan en que el trabajador no trae la partida del hijo..mi pregunta es si lo cálculo sin este derecho puede haber algún problema de Ley laboral con la empresa? y ¿cuanto le correspondería por derecho a su gratificación de Julio. Yo quiero hacer las cosas como deben de ser justas…Muchas Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2013 a las 1:43 am

      Es correcto, si el trabajador no entrega la partida de nacimiento o dni del menor, la empresa no esta obligada a pagar la asignación familiar. En tu caso la gratificación sera proporcional a 3 meses.

  272. JORGE J. dice

    24 de julio de 2013 a las 8:48 am

    DESEARIA SABER SI AL MOMENTO DE CALCULAR LA GRATIFICACION SE CONSIDERAN LAS FALTAS INJUSTIFICADAS DENTRO DEL PERIODO LABORADO (ENE-JUN 2013).
    TE DOY UN EJEMPLO:
    UN TRABAJADOR GANA 1,200 AL MES
    HA FALTADO INJUSTIFICADAENTE DENTRO DEL PERIODO 22 DIAS
    DEBE RECIBIR LA MISMA GRATIFICACION QUE OTRO QUE NO HA TENIDO NINGUNA FALTA Y PERCIBE EL MISMO SUELDO?

    Responder
  273. Luis dice

    23 de julio de 2013 a las 9:09 pm

    Hola miguel quisiera saber cuanto percibiria de mi gratificacion si ingrese el 01 de febrero y renuncie el 15 de junio

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2013 a las 11:42 am

      Tu gratificación sera trunca proporcional a 4 meses.

  274. Felix dice

    22 de julio de 2013 a las 1:07 pm

    Buenos Tardes,en mi caso tengo un sueldo fijo y recibo unos montos por concepto de refrigerio y transporte.quisiera saber si estos montos tambien se incluyen en la gratificacion.

    Responder
  275. carlos dice

    21 de julio de 2013 a las 7:20 am

    buenos dias estoy preocupado porque ingrese a trabajar el 10 de abril a una empresa comercial una distribuidora de ventas, soy vendedor comisionista con un sueldo basico de 200 soles + comisiones y la graticficacion que me dieron fue una burla un 140 soles y grati extraordinaria 13 soles quiero denunciarlos si es preciso si esta mal estos aportes

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2013 a las 8:50 pm

      Yo creo k esta bien, tu grati va ser proporcional a dos meses, a parte depende del régimen laboral en que este la empresa.

  276. Iván quineche dice

    20 de julio de 2013 a las 3:53 pm

    Una consulta mire la empresa donde yo trabajo es una empresa de seguridad privada me quieren pagar 400 soles por 28 de julio no me pagan asignación familiar no me kieren hacer el contrato no me dan boletas de pago, que puedo hacer ustedes me pueden oriental…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2013 a las 8:57 pm

      Pues primero habla con gerencia, luego de ello si no te apoyan o regularizan tu situación, puedes presentar una queja al mintra

  277. marco pastor dice

    20 de julio de 2013 a las 11:41 am

    hola quisiera sabes cuanto me corresponde de gratificacion ..entre el 1 de diciembre del 2012 y hasta la fecha llevo 8 meses

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2013 a las 9:00 pm

      Un sueldo completo, siempre que este bajó el régimen privado 728

  278. giancarlo dice

    19 de julio de 2013 a las 11:57 am

    dime la gratificación se cuenta por meses o por días por que en mi caso yo entre el 2 de abril y hasta junio suman 3 meses, mi sueldo es de 1200 no tengo asignación familiar y solamente me han depositado 425, bueno al parecer solo me han contabilizado por 2 meses es eso correcto si no para hacer el reclamo correspondiente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2013 a las 9:02 pm

      Es correcto.

    • MARCO dice

      5 de agosto de 2013 a las 12:23 pm

      Porq es correcto???? no se supone q tien q recibir 654.00???

    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2013 a las 11:59 pm

      Por que el mes de abril no se contabiliza por que no es mes completo.

  279. liliana dice

    18 de julio de 2013 a las 11:38 pm

    buenas noches por favor quisiera que me confirmaras si me gratificación es correcta yo gano 880 y me han depositado 408 soles . la empresa me ha dicho que solo me han contabilizado 3 meses pero según la formula que presentas dividiendo 880/6*3 no seria 440 mas el 9 % de bonificacion de essalud les he dicho que voy a reclamar al ministerio de trabajo pero me dicen que su computo es correcto.

    agradezco tu respuesta.

    Responder
  280. STEFANY dice

    18 de julio de 2013 a las 11:33 am

    ENTRE A LABORAR POR PLAZO FIJO EL 15 DE MAYO A LA FECHA SIGO LABORANDO, CUANTO ME CORRESPONDERIA, POR UN MES O MES Y MEDIO.