• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
    • Excel Contable
    • Laboral
    • PLE
    • Sunat
  • Diplomados
    • Asistente Contable [Curso Gratuito]
    • Asistente de Planillas [Curso Gratuito]
    • Plan Contable Empresarial 2021
  • Revista
  • Talleres
  • Estudio
  • Ingresar
Usted está aquí: Inicio / Avanzan con árbitros en negociaciones colectivas

Avanzan con árbitros en negociaciones colectivas

Sin categoría - Publicado por Miguel Torres el 21 diciembre, 2011 Dejar un comentario

Estos profesionales estarán facultados para arbitrar los procesos

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) avanza con la implementación del nuevo Registro Nacional de Árbitros de Negociaciones Colectivas, al haber establecido recientemente los requisitos que deberán atenderse para que una persona natural sea designada y registrada como árbitro en la materia, así como determina las incompatibilidades con dicho cargo, mediante la RM Nº 331-2011-TR.

Así, se da cumplimiento al DS Nº 014-2011-TR, que regula el arbitraje potestativo y crea la referida nómina a cargo de la Dirección General de Trabajo del MTPE, el cual exige que para actuar como árbitro en estos asuntos se requerirá la inscripción en el citado registro, explicó el director general de trabajo, Christian Sánchez Reyes.

Dictan pautas

La norma, de esa forma, establece cuatro importantes criterios que deberán ser atendidos para la designación de árbitros. Primero, contar con la inscripción hábil del registro de árbitros de la materia; luego, tratándose de negociaciones colectivas en entidades y empresas del Estado sujetas al régimen laboral de la actividad privada, deberá haberse culminado el curso de capacitación sobre negociaciones colectivas, según la RM Nº 284-2011-TR.

Tercero, en ningún caso podrán ser árbitros aquellos abogados, asesores, representantes, apoderados o, en general, las personas que tengan relación con las partes o interés, directo o indirecto, en el resultado, y finalmente, tampoco los funcionarios o servidores públicos podrán ser árbitros en negociaciones colectivas con entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada.

La norma dicta también las incompatibilidades para la acreditación de árbitros en estos asuntos.

Formarán 30 árbitros

El MTPE alista la formación de los primeros 30 árbitros especializados en negociaciones colectivas, afirmó el director general de trabajo, Christian Sánchez, quien agregó que solo los profesionales que culminen un curso de capacitación preparado por el sector y que luego sean anotados en el citado registro podrán participar como árbitros en los procesos de negociaciones colectivas en entidades y empresas del Estado con régimen privado. 

Requisitos

1. El MTPE señala que podrán inscribirse en dicho registro las personas que acrediten tener título profesional y contar con colegiatura profesional hábil, de ser obligatoria.

 2. No estar inhabilitado para ejercer la función pública ni haber sido sancionado. Acreditar experiencia profesional o en la docencia no menor de 5 años, etcétera.

Diario Oficial El Peruano (21.12.2011)

Etiquetado con: empresas, Negociacion, trabajadores

Artículos que te recomiendo:

  • Laboro en dos empresas ¿Cómo se realizan mis aportes y retenciones?
  • Empresas pueden proyectar la base imponible del IR
  • ¿Estás pensando en crear una empresa? Entonces no dejes de leer estos consejos
  • Fortalezca el talento en su empresa en solo tres pasos
  • ¿Sabes cómo manejar tu empresa familiar de manera adecuada?
Miguel Torres

Acerca de Miguel Torres

Me llamo Miguel Torres. Soy un apasionado de la tecnología, me encanta viajar mucho y escribir artículos sobre temas contables.

¿TE GUSTÓ ESTE ARTÍCULO?

Comparto material exclusivo sólo con mis suscriptores.
Apúntate para recibirlo en tu email.

¡Me suscribo!


¿Qué te ha parecido este artículo?

Califica esto post

¿NO ENCUENTRAS LO QUE BUSCAS?

Puedes empezar revisando las categorías más visitadas del blog:

  • Excel
  • Laboral
  • PLE 5.1
  • Sunat

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral primaria

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

ACERCA DE MIGUEL

Miguel Torres Chauca Miguel Torres, CEO de Noticiero Contable, es un apasionado de la tecnología online, es contador, profesor en escuelas de negocio y universidades , speaker nacional y consultor de temas tributarios para empresas. Leer Más...

REVISTA MISHA – OCTUBRE 2020

Revista Contable Misha Octubre 2020
Contador Independiente
Curso Virtual PLE 2021
Curso Virtual Beneficios Laborales 2020

© 2014–2021 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Facebook
  • Instagram
  • Twitter
  • Contacto