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Inicio » Asientos Contables » Asiento Contable del Subsidio del 35% de la Planilla

Asiento Contable del Subsidio del 35% de la Planilla

Publicado por Miguel Torres el 17 de abril de 202062 comentarios

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Miguel ¿Cómo hacer el asiento contable del subsidio del 35% de la planilla?

No lo se … investigare un poco.

El día ayer el área contable de una empresa que asesoró me preguntó cómo iba a registrar el ingreso del subsidio que recibido por el gobierno.

Lo primero que se me vino a la cabeza: tiene que haber una 104 (ingreso a la cuenta corriente de la empresa), el problema era descifrar la otra cuenta contable.

Subsidio del 35% de la Planilla

En primer lugar describamos un pequeña reseña sobre el subsidio que acaban recibir muchas empresas motivadas por el estado de emergencia.

Esta historia inicia con la publicación del Decreto Urgencia Nº 033-2020  en un ambiente de mucha incertidumbre por la economía del país, el estado peruano decidió ayudar a las empresas mediante un subsidio del 35% del monto de la planilla del periodo enero 2020.

  • Medidas Complementarias a favor de los Trabajadores

Las semanas pasaron … llegaron los depósitos del subsidio a las cuentas bancarias de las empresas.

pago del subsidio

Asiento Contable Subsidio del 35% de la Planilla

Para el asiento contable debemos contabilizar en base a la NIC 20 – Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales.

Luego de leer toda la NIC 20 … y quedarme dormido por una hora … siempre me pasa eso con las NIC.

El asiento contable sería de la siguiente manera:

Asiento Contable del Subsidio del 35 de la Planilla

Anticipo de Renta – Abril 2020

El ingreso del subsidio del 35% de la planilla, será percibido en el periodo abril 2020.

¿Se considera dicho ingreso para el anticipo de renta del periodo abril 2020?

La respuesta es NO, porque no es un ingresos originado por operaciones con terceros.

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62 comentarios

  1. Alejandro Castro dice

    24 de mayo de 2021 a las 11:26 am

    Excelente comentario.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2021 a las 2:26 am

      Muchas gracias 🙂

  2. Nora Gomez Cespedes dice

    29 de abril de 2020 a las 11:54 am

    Siempre oportuno!!!! gracias Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2020 a las 1:26 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  3. Jacqueline Espinales dice

    29 de abril de 2020 a las 1:06 am

    Miguel:
    Muchas gracias, excelente el asiento y los comentarios siempre acertados ¡¡¡
    Bendiciones siempre ¡¡¡

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2020 a las 1:51 pm

      Muchas gracias 🙂

  4. Karito dice

    23 de abril de 2020 a las 7:05 pm

    Excelente tus aportes, son de mucha ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2020 a las 5:36 am

      Muchas gracias 🙂

  5. Karina dice

    21 de abril de 2020 a las 12:18 pm

    Buenas tardes tengo una mype declare mi planilla de 5 trabajadores que tienen sueldo mínimo y solo me depositaron 325 no era el 35 % del total de la planilla declarada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:32 am

      Siempre y cuando aportes essalud de los 5, no incluye SIS.

  6. Fiorella dice

    21 de abril de 2020 a las 9:40 am

    Muchas Gracias por compartir 😄

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2020 a las 2:35 am

      Muchas gracias 🙂

  7. Rocio dice

    20 de abril de 2020 a las 6:07 pm

    Hola Miguelito buenas tardes;

    Y nos podrias explicar como llenar el plame con este subsidio recibido y la afp que irá directo para el trabajador por favor?

    Muchas Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 2:45 am

      El subsidio no se paga al trabajador, es para la empresa.

  8. Diana dice

    20 de abril de 2020 a las 12:22 pm

    Hola, una empresa se ha beneficiado con el subsidio, pero a la fecha no ha cumplido con el pago de remuneraciones del mes de marzo. Este dinero debe ser trasladado al trabajador o debe ser devuelto al estado? si se traslada al trabajador debe ser a aquellos que perciben menos de 1,500 soles o debe ser distribuido a todo el personal q no se pagó.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 3:06 am

      Ese dinero es para la empresa.

  9. Miguel Moreno dice

    18 de abril de 2020 a las 12:32 pm

    Gran ayuda, muchas gracias Miguel. Feliz fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2020 a las 2:20 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  10. Maria Carbajal de Valenzuela dice

    18 de abril de 2020 a las 12:10 pm

    Gracias por compartir tus conocimientos.buen dia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2020 a las 2:22 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  11. Jeny dice

    18 de abril de 2020 a las 10:37 am

    Como saber si la empresa va cobrar el subsidio de varios compañeros que ya nos retiraron de la empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2020 a las 2:23 am

      En primer lugar, el beneficio es para la empresa, por otra parte, si preguntas como saber, el calculo se hace en base a la planilla enero 2020, pero que no hayan cesado hasta 15/03. Aplica solo para sueldo menores a 1500 soles.

  12. Roxana dice

    18 de abril de 2020 a las 8:41 am

    Buena información, gracias por compartir tus conocimientos. Saludos, cuídese.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2020 a las 2:23 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  13. Eduardo dice

    18 de abril de 2020 a las 2:11 am

    Gracias Miguel, buen dato.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 2:24 am

      La clave es:

  14. Yanet dice

    18 de abril de 2020 a las 12:12 am

    Gracias Miguel, gran ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:00 am

      Muchas gracias 🙂

  15. Liliana dice

    17 de abril de 2020 a las 11:49 pm

    Excelente ayuda Miguel, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:01 am

      Gracias, bendiciones y buenas vibra.

  16. Segundo Guzmán dice

    17 de abril de 2020 a las 10:37 pm

    De acuerdo a la Nic 20, tambien puede aplicarse para disminuir el costo. por ejemplo si son trabajadores que tengan que ver con la producción podria aplicarse para disminución de ese costo.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:01 am

      Gracias por el aporte.

  17. Gustavo dice

    17 de abril de 2020 a las 9:34 pm

    Una Micro empresa… Se acojio a la Suspensión Perfecta de labores del 15/04 al 13/07 (90 días).
    Como declaró la planilla de abril…
    A. No pague quincena ni voy a pagar gin de mes.
    B. La empresa está cerrada ya que nuestro ingreso de diario… Y atención directa al público.
    Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:03 am

      Tienes que documentar la primera quincena (licencia sin goce de haber, vacaciones, etc).

  18. Mary Rojas dice

    17 de abril de 2020 a las 8:12 pm

    Muchas gracias Miguel, por la información de gran ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:04 am

      Muchas gracias, bendicions 🙂

  19. Jorge Luis Mercado dice

    17 de abril de 2020 a las 7:34 pm

    Gracias Miguel , siempre oportuno , un fuerte abrazo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:05 am

      Gracias, bendiciones :=)

  20. Yesenia Casas dice

    17 de abril de 2020 a las 7:28 pm

    Muchas gracias Miguel por el aporte, como siempre didáctico y oportuno. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:05 am

      Gracias, bendiciones y buenas vibras.

  21. Elizabeth dice

    17 de abril de 2020 a las 6:54 pm

    Gracias Miguel, buena explicación..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:10 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  22. Carlos G.Guzman Morales dice

    17 de abril de 2020 a las 5:39 pm

    Siempre oportuno Miguel. Felicitaciones

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:11 am

      Muchas gracias 🙂

  23. Rebeca Meneses dice

    17 de abril de 2020 a las 5:34 pm

    Muchas, gracias Miguel, por el aporte muy valioso eres grande.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:12 am

      Gracias, bendiciones y buenas vibras 🙂

  24. Nora dice

    17 de abril de 2020 a las 4:52 pm

    Gracias Miguel por la ayuda eres muy profesional

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:12 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  25. Cesar Hernan Salazar Loayza dice

    17 de abril de 2020 a las 4:44 pm

    Miguel podrias indicarme, lo que se debe hacer con aquellas empresas que hasta el momento no han recibido el subsidio, pese haber cumplido de acuerdo con los requisitos exigidos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:14 am

      No hay ningún procedimiento, pero ten en cuenta lo siguiente: haber colocado el CCI correctamente, base de calculo trabajadores de Enero 2020 aportan EsSalud, no aplica SIS, y sueldo => 1500, para el sueldo se suma todo lo computable para Essalud.

  26. Melissa dice

    17 de abril de 2020 a las 4:04 pm

    Hola Miguel
    En ese caso ese seria un ingreso exonerado de imp. a la renta al cierre de la DJ anual 2020?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:15 am

      Es correcto.

  27. Jenny dice

    17 de abril de 2020 a las 4:04 pm

    Muy amables, gracias por el asiento.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:15 am

      Gracias 🙂

  28. Julio Palomino dice

    17 de abril de 2020 a las 3:47 pm

    Hola
    Agradecido por la información, Miguel
    Al ser una renta inafecta, los gastos que se cancelen con este subsidio, ¿van a ser deducible?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:16 am

      Por su puesto.

  29. Walter Gutierrez Leandro dice

    17 de abril de 2020 a las 3:42 pm

    Muchas gracias Miguel.!

    Responder
  30. James Mio dice

    17 de abril de 2020 a las 3:41 pm

    Gracias Miguel, gean ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:16 am

      Muchas Gracias 🙂

  31. Jose Benites Soplopuco dice

    17 de abril de 2020 a las 3:32 pm

    Miguel, gracias por tus comentarios, un abrazo.

    Responder
  32. Giancarlo dice

    17 de abril de 2020 a las 3:30 pm

    Estimado Miguel,

    Gracias por este valioso aporte. Este monto será considerado para el cálculo de renta? En qué mes será reconocido?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2020 a las 1:22 am

      No aplica para renta.

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