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Aprueban reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas

Normatividad - Publicado por Miguel Torres el 18 octubre, 2012 2 comentarios

Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 473-2012/SUNAT/A publicada el 17.10.2012 se aprueba el Reglamento del Régimen de Gradualidad para la Aplicación de las Sanciones de Multas que tiene por finalidad establecer el Régimen de Gradualidad aplicable a las sanciones de multas correspondientes a las infracciones tipificadas en:

a) El numeral 7 del inciso a); numerales 3, 4 y 5 del inciso b) y numeral 1 del inciso c) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1053.

b) El numeral 3 del inciso c) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas, sólo en el supuesto en que la multa sea equivalente al 50% del monto restituido indebidamente cuando tenga incidencia en su determinación.

c) Los numerales 3, 4 y 5 del inciso d), y numerales 1 y 4 del inciso e) del artículo 103º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.

d) Los numerales 6 y 10 del inciso d) y el inciso i) del artículo 103º de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 809.

El presente régimen regirá por el plazo de un año calendario computado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución que lo aprueba.

Resolución N° 473-2012/SUNAT/A

Etiquetado con: decreto, Decreto Supremo, gradualidad, infraccion, reglamento, sancion, sanciones, superintendencia

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2 comentarios

  1. fiorella dice

    20 noviembre, 2013 en 2:20 pm

    buenas tardes quisiera saber si se podria bajar una multa por no declarar el dia señalado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 noviembre, 2013 en 2:08 pm

      La rebaja es el 90% de la multa.

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