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5 Recomendaciones a la hora de reparar un gasto

Tributario, Videos - Publicado por Miguel Torres el 27 enero, 2021

Hace unos días en un curso virtual de auditoria escuche una frase que me llamo mucha la atención y me hizo reflexionar sobre lo que piensan muchos contadores:

Hoy en día tienes que reparar gasto en tu DJ Anual, de esa manera Sunat dirá que has hecho lo correcto

¿Qué es reparar un gasto?

Para decirlo en palabras sencillas, reparar un gasto es cuando dicha operación no ha cumplido ciertas reglas, que las podemos clasificar en dos grupos.

adiciones del impuesto a la renta

Reglas Generales

Son aquellas reglas que se aplican en general para todo tipo de operación independientemente su naturaleza (principios).

Por ejemplo:

  • El gasto debe estar devengado.
  • Estar sustentado con comprobantes de pago.
  • Haberse bancarizado la operación (S/ 3,500 o $ 1,000)
  • Cumplir el principio de causalidad.

Reglas Especificas

Son las que se encuentran tipificadas en las siguientes normas:

  • Artículo 37 de la ley del Impuesto a la Renta.
  • Articulo 21 del reglamento de la ley del Impuesto a la Renta.

Por ejemplo:

  • Gasto por mermas y desmedros.
  • Limites en los intereses de empresas vinculadas.
  • Gasto por perdidas, etc.

Por lo tanto, si un gasto no cumple con las reglas antes mencionadas, tiene que ser reparado (adición) para fines del calculo del impuesto a la renta.

  • Renta Anual – Gastos de Representación

Finalmente, el reparo se reflejara en la Declaración Jurada Anual donde detallaremos:

  • Diferencia Temporal.
  • Diferencia Permanente.

¿Existe un problema en reparar un gasto?

Revisemos el articulo 18 de la Ley de IGV:

… Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las adquisiciones de bienes, las prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones que reúnan los requisitos siguientes:
a) Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta, aun cuando el contribuyente no esté afecto a este último impuesto…

En primer lugar, para poder utilizar el crédito fiscal de una operación, debe sustentar gasto o costo para la empresa.

Por lo tanto, si reparas un gasto de una operación, también significa que estarías desconociendo el crédito fiscal.

Resumen: NO GASTO, NO CREDITO FISCAL.

Caso Practico

La empresa Noticiero Contable ha obtenido los siguientes resultados al finalizar el ejercicio 2020.

renta anual gastos de representacion

En conclusión, reparar un gasto significa la perdida del crédito fiscal (S/ 2,475.67).

Descarga del archivo

Comparto el archivo de como calcular el valor de las gratificaciones a partir del 2015, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Recomendar”.

  • Descarga el archivo de reparo de gasto y perdida de IGV

Recomendaciones reparar un gasto

1. Control de Limite de Gasto

Llevar un control de los límites de gasto, es recomendable hacerlo de forma mensual. Se esa manera no tendrás problemas al reparar un gasto.

2. Tributo Omitido por Pagar

El efecto de utilizar crédito fiscal indebido puede ocasionar una infracción por datos falsos (tributo omitido por pagar).

3. Reglas Especificas y Generales

Aplicar las reglas especificas y generales a un gasto para su deducibilidad.

4. Analiza las Deducciones

No olvidar analizar las deducciones en la declaración jurada anual.

5. Diferencias Temporales

Revisa las diferencias temporales de ejercicios anteriores, es muy probables que para el ejercicio actual ya sean deducibles.

Etiquetado con: gasto

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Miguel Torres

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58 comentarios

  1. Heber dice

    29 enero, 2021 en 10:25 am

    Hola Miguel, buenas tus aportaciones, una consulta que factores tomar para el calculo de los ingresos brutos, las ventas obtenidas y los ingresos por diferencia de cambio también se considera .

  2. Renato dice

    17 marzo, 2020 en 7:41 am

    Buenos días.
    Mi consulta es en el sentido si un gasto reparable es acumulable año tras año. En el 2018 hubo un monto X en la cta. gasto reparable y en 2019 es Y, entonces, sería correcto que para la DJ de 2019 se reporte X + Y en la cuenta de gasto reparable?
    Gracias.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 marzo, 2020 en 10:33 pm

      No, el gasto reparable se adiciona en el ejercicio que se origina.

  3. Janeth dice

    12 enero, 2020 en 11:58 am

    Interesante sobre reparos tributarios

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 enero, 2020 en 8:47 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  4. Juan dice

    30 mayo, 2019 en 3:24 pm

    Hola Miguel, una pregunta que pasaría con el costo de un servicio publico, luz del sur, el recibo esta a nombre del propietario, actualmente se ha celebrado con un contrato que no esta legalizado, en el contrato indica que el inquilino asume los servicios, pero necesito utilizar ese costo, para tener cifras de costo real, pregunto que pasaría si se repara ese costo.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      30 mayo, 2019 en 6:38 pm

      No puedes tomar el costo, si el contrato no esta legalizado.

  5. Nelly dice

    3 mayo, 2019 en 1:11 pm

    Un gasto del ejercicio anterior no se proviciono en el ejercicio 2018 , ya que la factura llego con fecha de enero del presente año, puedo utilizar el crédito y en mi DJ del 2019 anual lo reparo con gasto de ejercicio anterior. Debo pagar algo adicional o solo el reparo y esta todo ok o se paga el 4.1%.
    por favor urgente

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 mayo, 2019 en 10:37 am

      El credito fiscal, lo puedes usar en el 2019, mientras este dentro de los 12 meses. El gasto se queda en el 2018.

  6. Esther dice

    12 junio, 2018 en 8:10 pm

    Hola Miguel!
    Mi consulta… Si tengo una factura con un igv que se va a reparar ; mi gasto e igv van a una misma cuenta contable de reparo? O seria a cuentas diferentes ? Y cuales?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      14 junio, 2018 en 11:52 pm

      El reparo lo haces en la DJ Anual.

  7. Manuel Elias dice

    20 diciembre, 2017 en 2:34 pm

    Miguel una consulta porfavor la empresa inicio operaciones en julio 2017 y alquila un local por 1300 soles, pero recién lo legaliza el contrato de alquiler en septiembre 2017 , esos gastos de que se pagaron de alguler de julio y agosto se repara ? y si lo reparo en que casilla del pdt anual lo puedo poner ? no se paga la tasa de dividendos indirectos por eso verdad ?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      24 diciembre, 2017 en 12:06 am

      Si es gasto deducible, porque no es requisito el contrato legalizado para hacer uso del gasto.

  8. Ketty dice

    9 mayo, 2017 en 11:30 am

    Buenas tardes
    Felicitaciones por tu blog
    Quisiera hacer una consulta: Perdida de dinero
    En el 2015 se produjo una perdida de dinero por s/. 10,000 y en el 2016 se emite la resolución de archivamiento porque no se puede identificar al responsable.
    Como se realizaria el asiento de provision y luego el asiento para disminuir el importe en caja y bancos.
    gracias.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 mayo, 2017 en 5:51 am

      Podría ser algo así: 65/10

  9. Luis Torres dice

    17 abril, 2017 en 10:18 am

    Muy claro….

  10. Teofilo dice

    4 diciembre, 2016 en 9:57 pm

    Estimado, En el caso de las adiciones “temporales” generadas por el principio de devengado del IR, que sabemos es de determinación anual, también tendríamos que repararnos el crédito fiscal del IGV? considerando que no encuentro que en la ley ni en el Reg. del IGV se tome en cuenta el devengado, considerando además que el IGV es un impuesto de determinación mensual.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 diciembre, 2016 en 5:49 am

      El artículo 18 menciona que debe ser considerado gasto para fines de renta para tomar el IGV, Si no esta devengado no es un gasto aceptado, por lo tanto no puedes usar el credito fiscal.

  11. Roxana dice

    21 noviembre, 2016 en 10:11 pm

    Hola miguel.
    Si. Considere una compra en el año 2015 por 7000 y no hay ningun comprobante de pago que se hace en ese caso si hay una fiscalizacion por Sunat.
    Gracias

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      23 noviembre, 2016 en 8:51 am

      Entendería una operación no real, reparas el (gasto, costo o activo) e IGV.

  12. Mercy dice

    28 octubre, 2016 en 10:05 am

    Miguel una pregunta, el gerente me pide que registre unos boletos aéreos de sus hijos, entre otros gastos como gastos reparables, como sustento por un dinero depositado a su cuenta, qué hago? Puedo crear una cuenta en la clase 6 que diga gastos reparables IR? Gracias de antemano

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      29 octubre, 2016 en 12:40 am

      Es correcto o gastos personales, lo anotas y lo reparas, no vayas a tomar el IGV.

  13. Nadezna dice

    26 octubre, 2016 en 11:29 am

    Hola Miguelito , una pregunta …. Si me envían un recibo de telefono por correo electrónico y lo imprimo , este documento es valido para deducir gasto o debo de pedir el fisico ? … o lo debo reparar…?
    Gracias

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      27 octubre, 2016 en 2:05 am

      Deberías pedir el fisico.

  14. Julio dice

    26 mayo, 2016 en 1:44 am

    Si los gastos de representacion sobre pasa el limite del 0.5% de los ingresos brutos que hacer para eludirlo y no evadirlo

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      26 mayo, 2016 en 11:09 am

      Aunque el monto sobrepasa no estas evadiendo, solo tienes que reparar el gasto nada más.

  15. Alfredo dice

    12 mayo, 2016 en 10:33 am

    Hola, buenos días, una asignación por fallecimiento de un familiar directo es un gasto reparable?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      12 mayo, 2016 en 1:23 pm

      Si es politica de la empresa, y se aplica el principio de generalidad, si lo es.

  16. Carol dice

    25 marzo, 2016 en 11:06 pm

    Hola Miguel:
    Una empresa esta en fiscalizacion de SUNAT y le estan reparando DOS facturas de venta cada una de 20,000 + IGV (3.600). En este caso el auditor le ha dicho que rectifique y pague la multa y el reparo. Mi pregunta es: La multa es x declarar dato falso?? Y aparte de rectificar y pagar la multa que mas tendria q pagar x dichos reparos??
    De antemano Muchas Gracias.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 abril, 2016 en 2:37 am

      En ese caso no habría multa por pagar, por si factura de venta, más bien has pagado de más impuesto, (no hay tributo omitido).

  17. Meli dice

    23 febrero, 2016 en 10:57 am

    Consulta y indica no usar el igv pero y la base imponible tampoco se usa.
    Que pasaria si tengo una factura que paso monto bancarizacion ejemplo 3500 ya esta bien no uso el igv. Pero que pasa con la base imponible tampoco puedo usarla. Gracias

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      25 febrero, 2016 en 5:16 am

      Tampoco puedes usar el costo o gasto.

  18. Viviana Hinostroza dice

    12 noviembre, 2015 en 10:22 am

    Buenos días, como se registraría en asientos contables dichos reparos.

  19. Moises dice

    16 octubre, 2015 en 2:04 pm

    Una pregunta que tiempo puede durar una auditoría de la SUNAT?..
    Si luego de la auditoria la SUNAT emite un documento de requerimiento de mayor informacion y documentación debido a que han encontrado algunas omisiones, y en el mismo documento indica que de no presentar la documentación sustentatoria, procederá a (…) REPARAR EL GASTO Y/O COSTO DEL CREDITO FISCAL CONTENIDO EN LOS GASTOS OBSERVADOS (…), eso significaría que me va a hacer pagar el tributo en la parte que haya omitido, ademas de multarme?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      19 octubre, 2015 en 12:32 am

      Si es una fiscalización parcial debe durar 6 meses pudiendo ampliar a 1 año. Si es una fiscalización definitiva dura 1 año, pudiendo ampliar a 1 año más.

  20. Zaydith dice

    7 octubre, 2015 en 10:12 pm

    Una consulta el reparo por gastos recreativos esta afecta al 4.1% por dividendos?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 octubre, 2015 en 8:31 am

      Es correcto, como distribución indirecta, eso se aplica cuando no es un gasto de la empresa, si no mas bien personal.

  21. Miler Encinas dice

    19 julio, 2015 en 8:21 pm

    Muy interesante. Contadores unidos siempre en busca de una solución.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 julio, 2015 en 12:28 am

      Gracias 🙂

  22. Ross dice

    11 julio, 2015 en 3:14 pm

    Pero igual debes de pagar el 4.1% al fisco por esos gastos reparados en la DJ , ya que van a justificar la salida de dinero no?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      11 julio, 2015 en 4:12 pm

      Va depender el origen del gasto, lo que mencionas más va ligado a la salida de dinero de los accionistas, ya que el 4.1% se aplica por la retención de los dividendos a los accionistas (se entiende que esa salida de dinero es como un adelanto de utilidades).

  23. Lhouis Aldave dice

    20 mayo, 2015 en 2:34 pm

    Estimado en primer lugar es digno de un contador informar a los demás que queramos aprender , MUCHOS EXITOS.

    Tengo una consulta con respecto al articulo. Teniendo en cuenta que perdere mi IGV si hago reparos por gastos que no tienen nada que ver con el giro del negocio y eso implica pagar multas.

    En el periodo de Mayo el gerente se fue de viaje y me entrego documentos por movilidad, compras y ademas trajo una FT por compras de utiles de limpieza y oficina para la oficina y ahi mismo se detalla un preservativo gaseosa, vino estos últimos no tienen nada que ver con el giro el cual el monto de dicha FT es S/ 3500 + IGV. COMO REGISTRO ESTE DOCUMENTO . Como mencionas en tu articulo se tiene que hacer reparos por este tipo pero como hago con el IGV.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      21 mayo, 2015 en 12:57 pm

      El crédito fiscal tampoco lo puedes usar, por el artículo 18 del TUO IGV, ajustaras el asiento 64 / 40.

  24. ELIO dice

    20 abril, 2015 en 7:54 pm

    Hola Miguel, una consulta una empresa con domicilio fiscal en Chimbote tiene una sucursal en la ciudad de Huanuco, está solicita un servicio radial a la empresa RADIO HUANUCO por el monto de S/. 750.00; la factura nos hacen llegar a la Ciudad de Chimbote con la direccion del domicilio fiscal, pero nos emite el monto exonerado del IGV.
    Mi consulta es si la ciudad Huanuco esta ubicada en la selva eso significa que estan en exonerados al IGV. Por favor te agradesco ante mano. gracias

  25. Lucía dice

    19 marzo, 2015 en 11:46 am

    Pero al hacer rectificaciones por los errores, nuestra cuenta de detracciones caería en recaudación? aún cuando dichas rectificaciones son del periodo anterior?

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      20 marzo, 2015 en 6:46 am

      Es una posible causal de ingreso a recaudación, pero lo importante son tus declaraciones que este correctamente, inclusive si tienes que rectificar y pagar multa alguna.

  26. Dora Bobis dice

    17 marzo, 2015 en 11:25 am

    Para cuando habrá taller de planilla construcción civil ..

  27. Emilio dice

    3 marzo, 2015 en 8:59 am

    Estaría muy bien, cosa que generamos mayor seguridad a nuestras declaraciones, por ejemplo yo les pregunto: como reparo la compra de un vehículo usado diciendo, del año 2014 a 5,000. soles; es una empresa de transportes.por fa ayuden. solo cuenta con un Acta de transferencia vehicular. de persona natural a persona jurídica.

  28. Yova dice

    6 febrero, 2015 en 1:10 am

    La declaración jurada. por favor

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 febrero, 2015 en 5:23 am

      La declaración jurada es PDT N° 692.

  29. Alejandro Rodriguez dice

    5 febrero, 2015 en 8:38 am

    Reparar ese gasto en la ddjj anual y al significar esto perdida del igv , entonces implica tener que realizar la rectificación de mi pdt

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      5 febrero, 2015 en 11:25 am

      Es correcto siempre y cuando no llevaste un buen control mes a mes.

  30. Jhossellin dice

    4 febrero, 2015 en 10:41 pm

    Miguel Cuando Dictaras denuevo el Taller Practico de Cierre Contable y tributario porfaaaaa si se puede seria mucho mejor un domingo!!!!!!!!

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      4 febrero, 2015 en 10:43 pm

      Vamos a hacer las consultas para programar uno 🙂 gracias por la sugerencia.

    • CEZ dice

      5 febrero, 2015 en 7:26 pm

      SIIIIIIIIII por favor dicte otra el taller de cierre tributario!!!!

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      6 febrero, 2015 en 5:38 am

      Orale vamos a programar uno 🙂

    • Jhossellin dice

      9 febrero, 2015 en 10:35 pm

      Que bueno Pero que sea un domingo.

    • Miguel TorresMiguel Torres dice

      9 febrero, 2015 en 11:00 pm

      Lo tendremos en cuenta 🙂

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Miguel Torres Chauca Miguel Torres, CEO de Noticiero Contable, es un apasionado de la tecnología online, es contador, profesor en escuelas de negocio y universidades , speaker nacional y consultor de temas tributarios para empresas. Leer Más...

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