Se aprecia del documento “guía de remisión” que carece de diversos requisitos establecidos en el artículo 19° del Reglamento de Comprobantes de Pago, tales como, consignar el motivo del traslado y los datos del bien transportado, acreditándose con ello la comisión de la infracción tipificada en el numeral 9 del artículo 174° del Código Tributario.
Resolución del Tribunal Fiscal Nº 04724-4-2006
Fecha: 29.08.2006
Hola Miguel, el anterior contador utilizado la emisión de la guía como la venta del mes y en el mes siguiente restaba las guías sin facturar esto es correcto, porque yo solo me baso en las factura de ventas y boletas mas no considero las guías para declarar en el pdt. Gracias por tu respuesta
Es incorrecto, la guía no es un documento para vender.
Hola Miguel, una consulta para el caso de transporte privado se puede dar que una guía sea sustentada por varias boletas, pero se podría dar que varias guías sean sustentadas con una sola boleta, en ese caso con que fecha iría la boleta. Gracias
PSdt: Si pudieras citar fuente sería excelente