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Empresa | Trabajo | Noticias Contables | noticierocontable.com | May 20, 2013

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Implementación del registro de contratos de seguro de vida

Implementación del registro de contratos de seguro de vida

El registro obligatorio de contratos de seguros de vida ley para todos los empleadores será elaborado y puesto en funcionamiento por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).

Esto de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 29549 que modifica el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.

A mediados del mes de junio del presente año dicha aplicación fue implementada en el Portal Institucional (http://www.mintra.gob.pe), por lo que a continuación se presenta el procedimiento que Ud. deberá seguir para cumplir con dicha obligación:

1.- Primero, ingresar al portal del MINTRA, luego haces clic en la parte inferior de la pagina en el logo (Registro obligatorio de Seguro Vida Ley), como se muestra en la imagen

1 Implementación del registro de contratos de seguro de vida

2.- Luego nos identificaremos con nuestros datos de clave sol, RUC – USUARIO – CONTRASEÑA

2 Implementación del registro de contratos de seguro de vida

3.- Luego tendremos una imagen como se ve, con tres opciones (Gestionar contrato seguro vida ley – Reporte - Guía usuario), procedemos a dar clic en la primera opción Gestionar Contrato Seguro Vida Ley.

3 Implementación del registro de contratos de seguro de vida

4.- Finalmente procederemos a llenar el siguiente formulario con los datos de la empresa que nos presta la poliza y los trabajadores que estan en ella, tambien tendremos que escanear la poliza y la enviaremos adjuntada (algo parecido como los contratos de trabajo).

Luego ingresaran a la opción reporte y imprimirán la constancia de presentación.

4 Implementación del registro de contratos de seguro de vida

Nota: Recordar que este seguro es obligatorio para los trabajadores que hayan laborado mas de 4 años de trabajo, la empresa esta en la obligacion de contratar dicho seguro.

Un dato importante es que muchas aseguradoras todavía piden un mínimo de trabajadores (10) para venderte la póliza, esto resulta un poco mortificante, yo normalmente trabajo con MAFRE, no te pide un numero mínimo de trabajadores.

Miguel Torres Chauca

Amigo puedes copiar este articulo en tu blog o pagina web, solo no te olvides de colocar el autor y la fuente (www.noticierocontable.com), en base al Decreto Legislativo Nº 822.

Comentarios

  1. Las compañias aseguradoras no emiten poliza seguro de vida ley cuando el trabajador tiene mas de 65 años. asimismo no aseguran a las empresas cuando tienen menos de 10 trabajadores.
    Asi las empresas que tengan personal en esas condiciones estarian incumpliendo la ley.
    ¿Que soluciones se pueden adoptar?

    • Miguel Torres

      Efectivamente tienes razon, yo tambien tuve el mismo problema, pero la solucione es MAFRE, ellos si aseguran independiendo el numero de trabajadores, en mi caso me aseguraron a dos trabajadores (obreros).

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