Como calcular gratificación de Fiestas Patrias
En cumplimiento de esta nueva norma, la inafectación que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del año pasado será nuevamente aplicable para el caso de las gratificaciones que se irán a pagar a partir del próximo 15 de julio hasta el 31 de diciembre del año 2014.
Para finalizar con la reseña de esta primera modificatoria, debemos indicar que la norma entró en vigencia el 20 de junio de este año; esto significa que aquellos trabajadores cuyo vínculo laboral haya finalizado hasta el 19 de junio no tendrán derecho a dicha inafectación así como a la bonificación extraordinaria respecto de la gratificación proporcional a la que tiene derecho dentro de su liquidación de beneficios sociales.
1.- Trabajadores con remuneración fija mensual
Si el trabajador percibe remuneración fija, debe considerarse para el cálculo la remuneración computable vigente en la oportunidad de pago del beneficio. Conforme al artículo 3º, numeral 3.2 del Decreto Supremo Nº 005-2002-TR, la remuneración computable es la vigente al 30 de junio.
Información:
Fecha de Ingreso (20/09/2010)
Remuneración mensual (30/06/2011)
Sueldo: 1,500.00
Asignación Familiar: 60.00
Solución:
Cálculo de la remuneración computable
a) Remuneración computable
Sueldo + Asignación Familiar = 1,500 + 60 = 1,560.00
b) Monto de la gratificación
El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable 6 meses.
Gratificación = S/. 1,560.00 / 6 X 6 = S/.1 ,560.00
c) Bonificación Extraordinaria
Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.
Bono Extraordinario = 1,560 * 9% = 140.40
Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = 1,560 + 140.40 = S/. 1,700.40
2.-Trabajadores que ha laborado menos de 6 meses
Información:
Fecha de Ingreso (01/03/2011)
Remuneración mensual (30/06/2011)
Sueldo: 1,100.00
Asignación Familiar: 60.00
Solución:
Cálculo de la remuneración computable
a) Remuneración computable
Sueldo + Asignación Familiar = 1,100 + 60 = 1,160.00
b) Monto de la gratificación
El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable 4 meses.
Gratificación = S/. 1,160.00 / 6 X 4 = S/.773.33
c) Bonificación Extraordinaria
Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.
Bono Extraordinario = 773.33 * 9% = 69.60
Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = 773.33 + 69.60 = S/. 842.93
3.-Trabajadores con remuneración variable e imprecisa
Información:
Fecha de Ingreso (01/02/2010)
Remuneración mensual (30/06/2011)
Sueldo: 900.00
Asignación Familiar: 60.00
Comisiones:
Enero 2011: S/. 250.00
Febrero 2011: S/. 450.00
Marzo 2011: S/. 356.00
Abril 2011: S/. 750.00
Mayo 2011: S/. 150.00
Junio 2011: S/. 75.00
Solución:
Cálculo de la remuneración computable
a) Calculo del promedio de las comisiones
= (250+450+356+750+150+75)/6 = 338.50
b) Remuneración computable
Sueldo + Asignación Familiar + Remun. Variable (comisiones) = 900 + 60 + 338.50= 1,298.50
c) Monto de la gratificación
El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable 6 meses.
Gratificación = S/. 1,298.00 / 6 X 6 = S/.1,298.50
d) Bonificación Extraordinaria
Adicionalmente, el empleador deberá otorgar el 9% del monto total (correspondiente al aporte de EsSalud), por concepto de bonificación extraordinaria.
Bono Extraordinario = 1,298.50 * 9% = 116.87
Total a recibir = Gratificación + Bonificación Extraordinaria = 1,298.50 + 116.87 = S/. 1,415.36
4.- Trabajadores que ha laborado menos de 1 mes
Información:
Fecha de Ingreso (14/06/2011)
Remuneración mensual (30/06/2011)
Sueldo: 3,900.00
Asignación Familiar: 60.00
Solución:
Cálculo de la remuneración computable
a) Remuneración computable
Sueldo + Asignación Familiar = 3,900 + 60= 3,960.00
c) Monto de la gratificación
El monto a pagar por la gratificación de fiestas patrias se calcula por el Periodo Enero – Junio, siendo el tiempo computable menos de 1 mes.
Como el trabajador tiene menos de un mes calendario laborado dentro del período Enero – Junio, no le asiste el derecho al pago de la gratificación.
Como Llenar la Declaración PDT 601
1.- En primer lugar identificamos al trabajador, luego ingresamos a la parte de Ingresos, Tributos y conceptos como se muestra en la imagen.
2.- Luego ingresamos en la parte Ing. gratif. / Aguinaldos y colocamos los montos calculados, tener en cuenta que tiene que ser el codigo 0406 Gratificacion Fiestas Patrias Navidad Ley 29714 (Ley que prorroga dicho beneficio hasta 2014).
3.- Luego procederemos hacer el mismo paso para colocar la bonificacion extraordinaria esta vez nos iremos a la opcion Ingresos Bonificaciones y llenaremos los datos en el codigo 0312 Bonificacion Extraordinaria Ley 29714.
4.- Por ultimo debe quedarte los montos ingresados como la siguiente figura.
Nota: En las imagenes veran que menciona en la parte de Ley Nº 29351, lo que pasa es que hasta la ultima version del PDT 601 – 4.8, todavia esta con la primera norma que exonero a las gratificaciones, con el pasar del tiempo ya saldra una actualizacion del PDT 601 a la versión 4.9.
Miguel Torres Chauca
Amigo puedes copiar este articulo en tu blog o pagina web, solo no te olvides de colocar el autor y la fuente (www.noticierocontable.com), en base al Decreto Legislativo Nº 822.
-
hola soy trabador de essalud cas, quiero saber que gratificacion me corresponde tengo unsueldo de s/3000 con descuentos de la afp 2593, quisiera saber cuanto asciende mi gratificacion
-
Excelente tu información, es de gran ayuda cuando uno tiene ciertas dudas, te agradecere si me puedes tener al día de todo cambio que salga, o como te puedo seguir, esperando tus comentarios, sonia
-
seria bueno q pongas un ejemplo cuando el trabajador labora menos de 6 meses pero empieza, por ejempro el 15 de enero, al parecer los 15 dias de enero no se computan para el pago de la grati teniedo en cuenta q se computan meses completos, pero el regalmento deja la posibildad al señalar el pago en treintavos. seria bueno una aclaracion al respecto. gracias
-
Señores de Noticiero el Contador:
Le felicito el apoyo grandioso. El boletín que emiten, me pueden hacer llegar a mi correo?
Se paga o es gratuito?
Gracias por su informacion de antemano.
-
Es totalmente gratuito, te dejo un tutorial de como suscribirte.
-
-
Excelente totalmente pràctico , fàcil de entender y aplicarle a la vida real. un portal no solo para contadores sino otros profesionales
-
de donde calculo el 9 % del bono extraordinario sobre la base de la grati o del sueldo minimo
-
Por favor me puede indicar cuanto me corresponde de gratificacion si entre a trabajar el 14 de Mayo 2012 con un sueldo de 800 soles.
Resulta que no me han considerado los 17 días que trabaje en el mes de mayo. Eso es correcto? solo se considera meses completo?
Le agradecere que me conteste.
-
Muy buenos los casos,El boletín que emiten, podrian hacerlo llegar a mi correo?
Gracias …. -
Si el trabajador esta suscrito en el EPS???? tmb se le da la bonificación extraordinaria de 9% o es menos?
-
SOY BACHILLER CONTABLE, MUY BUENA, ESTA PAGINA, ADEMAS DE RECORDAR LOS CÁLCULOS,ME PERMITE ESTAR ACTUALIZADA, YA QUE MI PROFESIÓN LO REQUIERE.
ESTA INFORMACION, TAMBIEN ES DE MUCHA UTILIDAD PARA LOS DEMAS PROFESIONALES.
MUY AGRADECIDA
-
Quisiera que me ayuden en una empresa constructora cual es el porcentaje de la bonificacion extraordinaria ley 29351 que se le debe abonar semanalmente o diario a un trabajador.muchas gracias
-
Para la grati q pagan en Diciembre, si vengo laborando del 1 de julio y renunciara el 21 de noviembre, siendo mi remuneracion de monto fijo de 3000 soles, cuanto me tocaria recibir de aguinaldo?
-
Solamente he percibido gratificación en base a mi sueldo básico, pero yo cada mes tengo horas de sobretiempo variables las cuales no me consideraron en mis últimas tres gratificaciones.
Puedo hacer reclamo de esas gratificaciones pasadas y cómo debo hacerlo.
Gracias de antemano.
-
Miguel:
Si el trabajador tiene sueldo variable por ejemplo:
fecha de ingreso 7/03/2012.
Marzo: 369
Abril: 125
Mayo: 480
Junio: 240
+ Asignación Familiar
El calculo sería la sumatoria total/6= remuneración variable + asignación familiar= remuneración computable/6 x meses
y por los días sería: remuneración comp./6/30 x días
el resultado sería la suma de ambas + 9%.Es correcta esta operación?.
Gracias por tu apoyo -
Gracias por aclarar mi duda sober como dar de baja a un trabajador del T registro
-
Mi sueldo bruto es de 3,000N/S. estoy trabando desde el 23 de octubre cuanto seria mi gratificacion por navidad. Como se calcula.
-
EXCELENTE …. BUEN APORTE…… ….GRACIAS.. AMIGOS..
-
gracias por la ayuda.. muy buena pagina
-
Hola, una pregunta, soy nuevo en esto, pero dejame si entendí bien, en el calculo de la gratificación, se toma como SUELDO al monto bruto pactado con el empleador menos los descuentos de ley (AFP u ONP + ESSALUD). Gracias y felicitaciones por tus valiosos aportes.
-
A ver si me ayudas con este caso de remuneracion fija mensual, si trabajo del 1 de enero del 2013 hasta el 31 de marzo del mismo año, se dividiría solo entre 3 meses? es así?
-
Hola muy interesante tu publicación me ayudo mucho… crees que podrias complementarlo con el asiento contable.
Te lo voy agradecer muchoooo
Estoy retomando el tema contable y quiero estar segura de lo que estoy registrando.
Muchas gracias -
Estimado Miguel, muy interesante tu pagina. Confírmame si estoy correcto. Ingrese el 7 de enero del 2013, para temas de gratificación de Julio la formula seria:
Monto de Grati Julio 2013=Remuneración Computable/6*5 ?? esto es correcto ? si es así fue muy mala idea entrar el 7 de enero entonces!!! -
Una pregunta yo empece a laborar desde el 01 de febrero 2013 me corresponde gratificación completa??? por fiestas patrias o no..
-
Mira yo trabaje agosto desde el 2012 y renuncie en marzo del 2013, me corresponde gratificacion?? Tengo dos compañera qe renunciaron y les correspondio gratificacion?? Mi otra consulta es, desde cuando se empieza a pagar la gratificacion, desde qe mes ?? Gracias
-
Una pregunta, un trabajador tiene fecha de ingreso 04/04/2013 y cesa el 12/05/2013 le corresponderia gratificacion trunca?
Saludos
-
HOLA ENTRE A TRABAJAR EL 01 DE MAYO, MI SUELDO ES DE 1 300, ME CORRESPONDE GRATIFICACIÓN EN JULIO PROXIMO, POR FAVOR RESPONDEME Y SOBRE LA cts aplica o no
-
y de cuanto es pues no se calcular exactamente por favor ayudeme






Comentarios