Aquellas facturas por concepto de recarga virtual de celular en donde consigne el numero del celular diferente a los que tiene registrado una empresa puede dar derecho a crédito fiscal?
Respuesta:
En atención a su consulta, debemos partir de la premisa que para tener derecho al crédito fiscal, el concepto que se adquiera debe ser considerado como costo o gasto para efecto del Impuesto a la Renta.
De ser así, y a efecto de determinar si la compra que nos refiere da a derecho al crédito fiscal del IGV, debemos verificar si el concepto es deducible.
Esto nos lleva a concluir que en tanto el gasto por la recarga virtual sea deducible, el IGV de compra se podrá tomar como crédito fiscal.



January 7, 2011 at 8:42 am
¿UNA EMPRESA PUEDE TENER UN CREDITO FISCAL
DE IGV POR S/. 102,000.00?
¿CON QUE NORMA LEGAL SE PUEDE AMPARAR ESTO?
January 7, 2011 at 4:07 pm
Para tener ese cantidad de credito fiscal que mencionas, puede darse el caso, tendras que sustentas con las facturas de compras y gstos; y ademas cumplan con el principio de causalidad para que el credito fiscal sea valido.