Deducciones en el ITAN

Según LEY 28424 en su  art  6 inc  b) habla sobre deducciones de base imponible del  valor de la maquinarias y equipos que no tengan un antigüedad superior de tres años compre maquinaria vía leasing en el mes de mayo del 2009 al momento de su compra ya tenía un uso aproximadamente de 10 años  mi pregunta es : me correspondería hacer la según el artículo mencionado de la ley 28424 de ser el caso se tomaría el año de fabricación o el año de la compra

Respuesta:

Para efecto de la deducción de las maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres años, el plazo se computará de la siguiente forma:

a) Maquinarias y equipos adquiridos en el país: Desde la fecha del comprobante de pago que acredite la transferencia hecha por su fabricante.

b) Maquinarias y equipos importados: Desde la fecha de la declaración Jurada Única de Aduanas.

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